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Documento BOE-A-2023-17496

Resolución de 12 de junio de 2023, de SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Calahorra, para establecer las fases de ejecución del nudo de acceso desde la carretera nacional N-232 a la actuación industrial "El Recuenco".

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 29 de julio de 2023, páginas 112659 a 112662 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2023-17496

TEXTO ORIGINAL

Habiendo sido suscrita el pasado 8 de junio de 2023, previa tramitación pertinente, la Adenda para prorrogar y modificar el convenio entre el Ayuntamiento de Calahorra y SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo, para establecer las fases de ejecución del nudo de acceso desde la carretera nacional N-232 a la actuación industrial «El Recuenco» de 24 de mayo de 2019, y, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, sobre Convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 12 de junio de 2023.–El Director General de SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo, Fidel Vázquez Alarcón.

ANEXO
Adenda para prorrogar y modificar el Convenio entre el Ayuntamiento de Calahorra y SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo, para establecer las fases de ejecución del nudo de acceso desde la carretera nacional N-232 a la actuación industrial «El Recuenco» de 24 de mayo de 2019

REUNIDOS

De una parte, don Fidel Vázquez Alarcón en nombre y representación de SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo, adscrita al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (en adelante SEPES), con NIF Q2801671E, y domicilio en el Paseo de la Castellana, 91 de Madrid. Se halla facultado para este acto en su condición de Director General de SEPES, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 33/2022, de 11 de enero (BOE núm. 10 de 12 de enero de 2022), en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 7 y 18 del Real Decreto 1525/1999 por el que se aprueba el Estatuto de SEPES, modificado por Real Decreto 855/2021, de 5 octubre (BOE 6 de octubre de 2021).

Y de otra, doña Elisa Garrido Jiménez, Alcaldesa de Calahorra en representación del Ayuntamiento, en el ejercicio de las competencias establecidas en el artículo 21, apartado 1, letra b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, estando facultada para este acto, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2023 (núm. de acuerdo 416).

Ambas partes, declaran tener capacidad legal suficiente para suscribir la presente adenda y a tal efecto

EXPONEN

Primero.

Que, en fecha 24 de mayo de 2019, fue suscrito Convenio entre el Ayuntamiento de Calahorra y SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo, para establecer las fases de ejecución del nudo de acceso desde la Carretera Nacional N-232 a la actuación industrial «El Recuenco». Este convenio entró en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», esto es, el 17 de junio de 2019 (BOE núm. 144).

Segundo.

Que las previsiones en él contenidas en cuanto a plazos de ejecución de las obras han variado sustancialmente, lo que ha llevado a las partes a considerar una prórroga del convenio por cuatro años más, tal como lo prevé su estipulación sexta, toda vez que el plazo total de ejecución de las obras en él contenidas excede del inicialmente fijado de vigencia del mismo.

Ello implica asimismo una modificación de las anualidades estimadas y su cuantificación económica, en definitiva, una modificación de la estipulación segunda del convenio, manteniendo el resto de su contenido en sus mismos términos.

Tercero.

De igual modo, y a la vista de las circunstancias, las partes han acordado una modificación de la estipulación sexta del convenio, en el sentido de modificar el inciso final del párrafo segundo que queda redactado de la siguiente manera: «La prórroga debe ser tramitada y aprobada por las partes que lo suscriben con antelación a la finalización de su vigencia».

Cuarto.

Para dar cumplimiento a los acuerdos alcanzados, expuestos en los expositivos anteriores, ambas partes han adoptado los siguientes acuerdos por sus respectivos órganos de gobierno:

– Por parte del Ayuntamiento de Calahorra, Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 7 de junio de 2022 (núm. de acuerdo 611), –rectificado por otro de 14 de junio de 2022 (núm. de acuerdo 628)–, mediante el que se aprueba inicialmente la prórroga del plazo de vigencia del convenio y la adenda núm. 1 que modifica las estipulaciones segunda y sexta del mismo. Este acuerdo fue sometido a información pública por plazo de veinte días hábiles, mediante anuncio insertado en el «Boletín Oficial de La Rioja» de fecha núm. 50, de fecha 13 de marzo de 2023, en el diario de difusión local «Diario de La Rioja» de fecha 15 de marzo de 2023 y por medios telemáticos, en el espacio destinado a tablón edictal del Portal de Transparencia, sin que se haya presentado alegación alguna. La Junta de Gobierno Local, en acuerdo de fecha 25 de abril de 2023 (núm. de acuerdo 416), ha acordado la aprobación definitiva de la prórroga del plazo de vigencia y la adenda núm. 1 que modifica las estipulaciones segunda y sexta del mismo.

– Por parte de SEPES, Acuerdo del Consejo de Administración adoptado en sesión de 22 de junio de 2022.

En virtud de lo expuesto, las partes, de común acuerdo y mediante la presente adenda, proceden a formalizar los acuerdos alcanzados de prorrogar la vigencia del convenio de 24 de mayo de 2019 y de modificación del mismo conforme a las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de la presente adenda es prorrogar el convenio entre el Ayuntamiento de Calahorra y SEPES, para establecer las fases de ejecución del nudo de acceso desde la Carretera Nacional N-232 a la actuación industrial «El Recuenco» de 24 de mayo de 2019, y modificar las estipulaciones segunda y sexta del mismo.

El convenio que se prorroga continuará vigente en todo lo que no se oponga a la presente adenda.

Segunda. Prórroga de la vigencia del convenio.

Se prorroga el plazo de vigencia del Convenio entre el Ayuntamiento de Calahorra y SEPES, para establecer las fases de ejecución del nudo de acceso desde la Carretera Nacional N-232 a la actuación industrial «El Recuenco» de 24 de mayo de 2019, que entró en vigor el 17 de junio de 2019 (BOE núm. 144, de 17 de junio de 2019), por cuatro años más, esto es, hasta el 17 de junio de 2027.

Tercera. Modificación de la Estipulación Segunda.

Se modifica la estipulación segunda del convenio únicamente en cuanto a la distribución de anualidades y su cuantificación económica, que quedará de la siguiente manera:

2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027
67.983,00 252.095,00 650.000,00 1.000.000,00 2.000.000,00 2.564.961,00 2.564.961,00
Cuarta. Modificación de la estipulación sexta.

La estipulación sexta quedará redactada de la siguiente forma:

«Sexta. Vigencia del convenio. Previsión temporal y plazos.

Este convenio tendrá una vigencia de cuatro años conforme a la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.

Antes de la finalización de este período de vigencia, y si fuera necesario para dar tiempo al cumplimiento de las condiciones establecidas para la ejecución de las fases, podrá prorrogarse el mismo por cuatro años más. La prórroga deberá ser tramitada y aprobada por las partes que lo suscriben con antelación a la finalización de su vigencia.

Finalizado el plazo de vigencia de este convenio el nudo de enlace deberá haber sido ejecutado en su totalidad, es decir, deberán haber sido ejecutadas las dos fases incluidas en la estipulación segunda de este convenio, lo que así se refleja en la previsión de anualidades recogida en la estipulación segunda, sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo de la estipulación siguiente.»

Quinta. Eficacia de la adenda.

La adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes.

De conformidad con lo establecido en el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, la adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el «Boletín Oficial de La Rioja».

Sexta. Naturaleza jurídica.

La presenta adenda y el convenio al que complementa tienen naturaleza jurídico-administrativa rigiéndose, además de por la normativa especial, Real Decreto Legislativo 7/2015 de 30 de Octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana y Ley 5/2006 de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Rioja, por lo dispuesto al respecto en la en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las cuestiones litigiosas que se susciten en relación con su interpretación y ejecución, no resueltas por la Comisión de seguimiento establecida en la estipulación octava del convenio, serán resueltas por los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo competentes por razón de la materia y del territorio.

Y para que conste, y en prueba de conformidad y aceptación de todas y cada una de las estipulaciones, ambas partes intervinientes se ratifican y firman el presente documento considerando que la adenda ha sido formalizada en la fecha de la última de las firmas recogidas en la misma.–Por SEPES, el Director General, Fidel Vázquez Alarcón (firmado electrónicamente el 8 de junio de 2023).–Por el Ayuntamiento de Calahorra, la Alcaldesa, Elisa Garrido Jiménez (firmado electrónicamente el 7 de junio de 2023).

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