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Documento BOE-A-2023-14791

Resolución de 6 de junio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la Carta de Servicios del Centro de Publicaciones, para el periodo 2023-2026.

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 22 de junio de 2023, páginas 88372 a 88372 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2023-14791

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, las cartas de servicios son documentos que constituyen el instrumento a través del cual los órganos, organismos y entidades de la Administración General del Estado informan a los ciudadanos y usuarios sobre los servicios que tienen encomendados, sobre los derechos que les asisten en relación con aquellos y sobre los compromisos de calidad en su prestación.

El artículo 11.1 de dicha disposición establece que «Las cartas de servicios y sus posteriores actualizaciones serán aprobadas por resolución del Subsecretario del departamento al que pertenezca el órgano o esté adscrito el organismo proponente».

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el citado Real Decreto, la Inspección General, dependiente de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda y Función Pública, ha propuesto la aprobación de la Carta de Servicios del Centro de Publicaciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Visto el informe favorable de la Dirección General de Gobernanza Pública del citado Ministerio, de fecha 31 de mayo de 2023, en relación con esta propuesta de aprobación de la Carta de Servicios, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 11.1 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio,

Esta Subsecretaría ha resuelto:

Primero.

Aprobar la Carta de Servicios del Centro de Publicaciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda y Función Pública, que tendrá vigencia a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Segundo.

Esta Carta de Servicios deberá estar disponible en la sede electrónica del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Asimismo, se remitirá al Punto de Acceso General de la Administración General del Estado (PAG), con el fin de garantizar el acceso a esta información por parte de los ciudadanos y usuarios.

Madrid, 6 de junio de 2023.–La Subsecretaria de Hacienda y Función Pública, Pilar Paneque Sosa.

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