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Documento BOE-A-2022-8702

Resolución de 19 de mayo de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se fijan los precios públicos de los espectáculos programados en salas de su titularidad, así como el de determinados servicios prestados por centros dependientes del organismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 27 de mayo de 2022, páginas 73144 a 73161 (18 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2022-8702
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2022/05/19/(3)

TEXTO ORIGINAL

La Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, define estos últimos en su artículo 24 como las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan por la prestación de servicios o la realización de actividades efectuadas en régimen de derecho público cuando, prestándose también tales servicios o actividades por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados.

El artículo 3 del Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, establece como función de este organismo autónomo dependiente del Ministerio de Cultura y Deporte, la «programación y gestión de las unidades de producción, musicales, líricas, coreográficas y teatrales del organismo autónomo».

Para el cumplimiento de esta función, el artículo 8.3 del mismo real decreto, establece como medio económico «Los ingresos de derecho público o privado que le corresponda percibir y los que se produzcan a consecuencia de sus actividades de gestión y explotación.»

La presente resolución actualiza los precios públicos por asistencia a espectáculos y prestación de servicios en el ámbito del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante, el INAEM) a fin homogeneizar los descuentos, abonos y precios por entrada

Así pues, de conformidad con lo establecido en el artículo 26.1.b) de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, modificada por el artículo 2 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público, con informe favorable de la Abogacía del Estado en el Ministerio de Cultura y Deporte, de fecha 4 de mayo de 2022, así como de la Oficina Presupuestaria, de fecha 12 de mayo de 2022, y previa autorización del Ministro de Cultura y Deporte, de fecha 17 de mayo de 2022, resuelvo:

Apartado primero. Aprobación de los precios públicos.

Se aprueban los precios públicos, y condiciones para su aplicación, contenidos en el anexo I de la presente resolución.

Apartado segundo. Ámbito de aplicación.

La presente resolución será de aplicación a los precios públicos que perciba el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música a través de las Unidades dependientes enumeradas en el anexo I, no a los precios de espectáculos organizados por terceros a los que el INAEM haya cedido sus espacios.

La resolución se aplica igualmente a los precios del Castillo-Palacio de Magalia, los precios de los cursos de formación impartidos por el centro de Tecnología del Espectáculo y por el laboratorio Rivas-Cherif del Centro Dramático Nacional y los precios de reprografía.

No se incluyen los precios del Museo Nacional del Teatro de Almagro, regulados, junto con los de diferentes museos de gestión estatal, en la Orden ECD/868/2015, de 5 de mayo, por la que se regula la visita pública a los museos de titularidad estatal adscritos y gestionados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y por el Instituto nacional de las Artes Escénicas y de la Música (BOE de 13 de mayo).

Apartado tercero. Normas generales.

1. Los precios que figuran en el anexo I llevan incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido cuando éste sea exigible, salvo aquellos servicios prestados por el Castillo-Palacio de Magalia cuando así se indica, para lo que debe tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 20.1.14 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

2. Los precios establecidos por la presente resolución no incluyen, en su caso, los soportes necesarios, los gastos de preparación especial adicional, plastificado, expedición, embalaje, envío o cualesquiera otros que deberán ser satisfechos por los solicitantes de los servicios con independencia de aquellos, salvo que se incluyan expresamente todos o alguno de estos conceptos en el apartado correspondiente del anexo I.

3. Si los servicios solicitados presentaran particularidades especiales que alterasen sustancialmente el coste de la prestación, la contraprestación no tendrá la naturaleza de precio público y se establecerá mediante precio pactado en una relación contractual o de encargo específica, que se notificará al interesado para su conformidad. Para la determinación del precio pactado se tendrá en cuenta el criterio económico de cobertura de costes originados por la realización de los trabajos necesarios, así como la utilidad que su ejecución pueda reportar al centro prestador del servicio.

4. La entrega de reproducciones, duplicados o copias de cualquier soporte, o su obtención por medios propios del solicitante, estarán sujetas a la legislación sobre Propiedad Intelectual y demás normativa vigente, debiéndose acreditar por el solicitante en su caso, la cesión de los correspondientes derechos. La utilización posterior de las reproducciones deberá respectar en todo caso la finalidad específica para la que hayan sido autorizadas

5. En el caso de instituciones públicas, y colectivos especialmente vinculados a la cultura, así como cuando existan razones sociales o de interés público, se podrán conceder reducciones en los precios establecidos en el anexo I, previa suscripción del correspondiente convenio o resolución de la Dirección General del INAEM.

6. El importe de los precios que se fija en el anexo de esta resolución se podrá actualizar total o parcialmente en función de las especiales características de determinados espectáculos. Para efectuar dicha actualización se tendrá en cuenta los costes de producción.

Apartado cuarto. Obligación y forma de pago de los precios públicos.

Los precios públicos establecidos en la presente disposición serán exigibles antes de que se inicie la prestación de los servicios correspondientes. La obligación de pagar los precios públicos regulados en esta resolución nace, con carácter general, antes de que se inicie la prestación del servicio o el inicio de la actividad. Cuando por causa no imputable al obligado al pago no se realice la prestación del servicio o de la actividad, procederá la devolución del importe que corresponda, o tratándose de espectáculos, se admitirá el canje de las entradas cuando ello fuera posible.

El pago del importe de los precios públicos se realizará en efectivo, mediante tarjeta de crédito, ingreso en la cuenta corriente que el INAEM tiene autorizada al efecto por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, pago electrónico, transferencia bancaria o cheque, siempre que lo permita la forma de operar de la unidad que preste los servicios.

Las comisiones para particulares, por la utilización del sistema informático de venta de localidades, en espectáculos organizados en espacios del INAEM, serán los que en cada momento se determinen a través del correspondiente procedimiento de contratación, con la empresa que gestione dicho servicio.

Las comisiones aplicables a los organizadores de espectáculos a los que se ceda el uso de espacios del INAEM serán de 1,25 por ciento del importe total de las ventas realizadas a través del sistema de venta de entradas del INAEM. En caso de suspensión imputable al organizador, éste abonará al INAEM las comisiones por entradas vendidas que se reclamen al Instituto.

Apartado quinto. Descuentos.

Los descuentos y sus condiciones de aplicación serán los que figuran en el Anexo I a la presente resolución, debiendo tener en cuenta, con carácter general que, en cualquier momento, los interesados podrán ser requeridos a acreditar fehacientemente la condición que ha dado lugar al descuento, teniendo que aportar el documento justificativo. El personal administrativo, de taquilla o sala del INAEM podrá tomar nota del número o código que conste en el documento presentado.

Apartado sexto. Normas específicas para los precios públicos de reproducción de registros.

1. La reproducción de registros legibles por ordenador se realizará únicamente respecto de los registros contenidos en las bases de datos que sean propiedad del INAEM

2. Los productos de reprografía especificados estarán disponibles en función de las posibilidades técnicas y logísticas de las respectivas Unidades.

Apartado séptimo. Normas específicas para los precios públicos de cursos de formación.

En relación con los precios de los cursos de formación para personal externo al INAEM, se tendrá en cuanta lo siguiente:

a) En los cursos de menos de 120 horas organizados por el centro de Tecnología del espectáculo, se efectuará una reducción en el precio de la matrícula del 50% a los ex alumnos de cursos de larga duración del mismo centro y a los profesores colaboradores que impartan docencia en el curso de larga duración en vigor el año de la celebración del curso corto en que se matriculen.

b) Podrán aprobarse reducciones en el precio de la matrícula para el personal dependiente de la Administración General del Estado.

c) Podrán establecerse otras eventuales reducciones en los precios mediante convenio suscrito con otras entidades.

Apartado octavo. Recursos.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.1 c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente acto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 del citado texto legal. Asimismo, podrá recurrirse potestativamente en reposición ante este Instituto en el plazo de un mes, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Disposición derogatoria única.

Quedan sin efecto cuantas disposiciones de igual rango se opongan a lo establecido en la presente resolución, en particular, la siguiente:

– La Resolución de 23 de octubre de 2015, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se fijan los precios públicos de los espectáculos programados en salas de su titularidad, así como el de determinados servicios prestados por centros dependientes del organismo.

Disposición final única. Efectos.

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de mayo de 2022.–El Director General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Joan Francesc Marco Conchillo.

ANEXO I
Índice de contenidos

a) Unidades de Producción Artística:

1. Centro Dramático Nacional.

2. Centro Nacional de Difusión Musical.

3. Compañía Nacional de Teatro Clásico.

4. Orquesta y Coro Nacionales de España.

5. Joven Orquesta Nacional de España.

6. Teatro de la Zarzuela.

b) Unidad de alojamiento y recreo.

7. Castillo Palacio de Magalia.

c) Cursos de formación:

8. Centro de Tecnología del Espectáculo

d) Descuentos sociales:

1. Entradas sueltas. Descuentos para personas mayores de 65 años, personas menores de 30 años, personas en situación legal de desempleo, personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%, familias numerosas o familias monoparentales en los precios de las entradas de los espectáculos del INAEM en sus teatros y auditorios.

2. Abonos y Pases. Descuentos para personas mayores de 65 años, personas menores de 30 años, personas en situación legal de desempleo, personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%, familias numerosas o familias monoparentales en los precios de los abonos y pases de los espectáculos del INAEM en sus teatros y auditorios.

3. Localidad de acompañante de persona con movilidad reducida o con grado de discapacidad igual o superior al 65% en los precios de las entradas de los espectáculos del INAEM en sus teatros y auditorios

e) descuentos transversales:

1. Descuentos Promociones INAEM.

2. Descuento Plus Abonados INAEM.

3. Cupones INAEM.

4. Descuento Último minuto.

A) Unidades de producción artística.

1. Centro Dramático Nacional.

1.1 Teatro María Guerrero:

Sala Principal:

Patio: 25 euros.

Platea: 25 euros.

1.ª fila Palco Platea: 25 euros.

2.ª fila Palco Platea: 20 euros.

Delantera 1.º piso: 25 euros.

2.ª fila 1.º piso: 20 euros.

Delantera 2.º piso: 20 euros.

2.ª fila 2.º piso: 18 euros.

3.º piso: 12 euros.

Visibilidad parcialmente reducida: 16 euros.

Visibilidad reducida: 6 euros.

Sala Princesa:

Patio Butacas: 25 euros.

Visibilidad parcialmente reducida: 16 euros.

Visibilidad reducida: 6 euros.

1.2 Teatro Valle-Inclán:

Sala Grande:

Zona A: 25 euros.

Zona B: 20 euros.

Visibilidad parcialmente reducida: 16 euros.

Visibilidad reducida: 6 euros.

Sala Francisco Nieva:

Patio Butacas: 25 euros.

Visibilidad parcialmente reducida: 16 euros.

Visibilidad reducida: 6 euros.

Sala El Mirlo Blanco:

Patio Butacas: 25 euros.

Visibilidad parcialmente reducida: 16 euros.

Visibilidad reducida: 6 euros.

1.3 Actividades especiales y familiares:

Teatro familiar: (ambas salas): 7 euros. Menores de 12 años: 3 euros.

Actividades transversales: de 1 a 3 euros según espectáculo / actividad.

Muestras abiertas al público de talleres: 10 euros.

1.4 Descuentos*:

Pases (descuento aplicado respecto a la venta de la entrada suelta):

– Drama total: – 50 %

– 10 Dramas CDN: – 40 %

– 5 Dramas CDN: – 30 %

– 3 Dramas CDN: –20 %

– Drama Doble CDN: - 50 %

Descuentos a grupos (solo en las taquillas del CDN):

Salas grandes (martes, jueves, viernes):

De 10 a 29 personas: – 25 %

De 30 personas en adelante: – 50 %

Sala Princesa, Francisco Nieva y Mirlo Blanco:

De 10 a 19 personas: – 25 %

De 20 personas en adelante: – 50 %

Descuento a profesionales de Artes Escénicas recogidos en Anexo: -50%. Sólo una localidad por socio.

Día del espectador (miércoles): – 50 %

* Descuentos no acumulables ni aplicables a las actividades especiales y familiares.

1.5 Cursos de formación:

Actividades impartidas por creadoras/es nacionales e internacionales:

5-9 horas: 20 euros.

10-19 horas: 40 euros.

20-39 horas: 60 euros.

40-49 horas: 100 euros.

50- 74 horas: 150 euros.

75-99 horas: 175 euros.

99-200 horas: 200 euros.

Actividades extraordinarias: 5 euros por hora.

2. Centro Nacional de Difusión Musical

2.1 Conciertos Auditorio Nacional de Música. Sala Sinfónica:

Ciclo Universo Barroco, Conciertos extraordinarios de otros ciclos: «Jazz en el Auditorio, Fronteras, Andalucía Flamenca, Liceo de Cámara XXI» y Otros conciertos extraordinarios:

Zona A: 80 I 60 I 50 I 40 I 30 I 20 euros.

Zona B: 64 I 50 I 40 I 32 I 24 I 18 euros.

Zona C: 48 I 40 I 32 I 24 I 18 I 15 euros.

Zona D: 32 I 30 I 24 I 18 I 15 I 12 euros.

Zona E: 22 I 20 I 18 I 15 I 12 I 10 euros.

Zonas D y E: Butaca Joven: 5 euros. Sólo para Ciclo Universo Barroco.

Actividades especiales y familiares:

Ciclo Bach Vermut:

Todas las zonas: 5 euros.

2.2 Conciertos Auditorio Nacional de Música. Sala de Cámara:

Todos los Ciclos:

Zona A: 40 I 32 I 24 euros.

Zona B: 30 I 24 I 18 euros.

Zona C: 20 I 16 I 12 euros.

2.3 Conciertos Auditorio Museo Reina Sofía.

Ciclo Series 20/21 MNCARS: Gratuito.

2.4 Conciertos en el Teatro de la Zarzuela:

Ciclo Lied:

Zona A: 36 euros.

Zona B: 33 euros.

Zona C: 28 euros.

Zona D: 25 euros.

Zona E: 20 euros.

Zona F: 16 euros.

Zona G: 12 euros.

Zona A visibilidad reducida: 18 euros.

Zona B visibilidad reducida: 11 euros.

Zona D visibilidad reducida: 8 euros.

Zona F visibilidad reducida: 4 euros.

2.5 Descuentos*

Abonos por cada ciclo del Auditorio Nacional y del Teatro de La Zarzuela: - 25 % sobre el precio de las localidades.

Descuento sobre localidades.

– Grupos de 20 o más personas: –20 %.

– Butaca Joven: 5 euros (Zonas D y E en los conciertos del Ciclo Universo Barroco.

*Descuentos no acumulables ni aplicables al Ciclo Bach Vermut.

3. Compañía Nacional de Teatro Clásico.

3.1 Teatro de la Comedia:

Sala principal:

Butaca y Palcos de Platea: 25 euros.

Delantera de 1.º piso: 25 euros.

Butaca y Palcos 1.º piso: 20 euros.

Delantera de 2.º piso: 20 euros.

Butaca y Palcos 2.º piso: 18 euros.

Butaca 3.º piso: 12 euros.

Butacas de Patio y 1.º piso visibilidad reducida: 16 euros.

Butaca de 2.º y 3.º piso visibilidad reducida: 6 euros.

3.2 Sala Tirso de Molina: 25 euros.

3.3 Actividades especiales y familiares:

Teatro familiar: (ambas salas): 7 euros. Menores de 12 años: 3 euros

3.4 Descuentos*:

Abonos:

– Pase de temporada: - 50%

– Abono 10 espectáculos: - 40%

– Abono 5 espectáculos: - 30%

– Abono 3 espectáculos: - 20%

Día del espectador (miércoles): – 50 %

Descuento a grupos:

– Grupos de 10-29 personas: -25%

– Grupos de 30 o más personas: -50%

Descuento a profesionales de Artes Escénicas de asociaciones recogidas en anexo: -50%. Sólo una localidad por socio.

*Descuentos no acumulables ni aplicables a las actividades especiales y familiares.

3.5 Cursos de formación:

Actividades impartidas por creadoras/es nacionales e internacionales:

5-9 horas: 20 euros.

10-19 horas: 40 euros.

20-39 horas: 60 euros.

40-49 horas: 100 euros.

50-74 horas: 150 euros.

75-99 horas: 175 euros.

99-200 horas: 200 euros.

Actividades extraordinarias: 5 euros por hora.

4. Orquesta y Coro Nacionales de España.

4.1 Entradas sueltas:

Ciclo Sinfónico - viernes y sábado:

Zona Central: 40 euros.

Zona A: 36 euros.

Zona B: 28 euros.

Zona C: 20 euros.

Zona D: 13 euros.

Ciclo Sinfónico – Domingos:

Zona Central: 28 euros.

Zona A: 24 euros.

Zona B: 20 euros.

Zona C: 16 euros.

Zona D: 12 euros.

Conciertos en abono de producción extraordinaria - Viernes y sábados.

Zona Central: 60 euros.

Zona A: 48 euros.

Zona B: 36 euros.

Zona C: 24 euros.

Zona D: 16 euros.

Conciertos en abono de producción extraordinaria - Domingos.

Zona Central: 38 euros.

Zona A: 32 euros.

Zona B: 28 euros.

Zona C: 22 euros.

Zona D: 16 euros.

Otros conciertos extraordinarios:

Zona Central: 80 euros.

Zona A: 64 euros.

Zona B: 48 euros.

Zona C: 32 euros.

Zona D: 22 euros.

Ciclo Descubre y Conozcamos los nombres:

Zona Central: 28 euros.

Zona A: 24 euros.

Zona B: 20 euros.

Zona C: 16 euros.

Ciclo En familia:

Zona Central, A y B: 14 euros.

Zonas C y D: 10 euros.

Ciclo Satélites:

Zona única: 12 euros.

Ciclo Focus Festival:

Zona única: 12 euros.

Actividades especiales y familiares:

Conciertos escolares:

Zona única: 5 euros.

Ciclo Adoptar un músico.

Zona única: 5 euros.

4.2 Descuentos.

4.2.1 Descuentos en abonos:

Abonos en Ciclo Sinfónico:

Abono 22 conciertos en viernes y sábados, 25% de descuento respecto a la venta de entradas sueltas.

Abono 15 conciertos en viernes y sábados, 20% de descuento respecto a la venta de entradas sueltas.

Abonos 11 conciertos a y b en viernes y sábados, 15% de descuento respecto a la venta de entradas sueltas.

Abono completo en domingo, 50% de descuento respecto a la venta del precio de entradas sueltas de domingo. No acumulable y sujeto a disponibilidad.

Abonos en otros ciclos:

Abonados Satélites, 25% de descuento respecto a la venta de entradas sueltas.

Abono Descubre… Conozcamos los nombres, 25% de descuento respecto a la venta de entradas sueltas.

4.2.2 Descuentos* en otros tipos de abono para abonados del Ciclo Sinfónico:

Abonados 22, 90% de descuento en la compra del abono del Ciclo Satélites sobre el precio del abono, 10% de descuento en la compra del abono del Ciclo Descubre sobre el precio del abono.

Abonados 15, 50% de descuento en la compra del abono del Ciclo Satélites sobre el precio del abono, 10% de descuento en la compra del abono del Ciclo Descubre sobre el precio del abono.

Abonados 11 25% de descuento en la compra del abono del Ciclo Satélites sobre el precio del abono, 10% de descuento en la compra del abono del Ciclo Descubre sobre el precio del abono.

Abonados domingo 10% de descuento en la compra del abono del Ciclo Descubre sobre el precio del abono.

4.2.3 Descuentos* para grupos:

Grupos de entre 10 y 19 personas (c. sinfónico viernes y sábados y c. satélites) 15% descuento.

Grupos de 20 personas o más:

– C. Sinfónico viernes y sábados y C. Satélites 20%, descuento

– C. Sinfónico domingos y Descubre-Conozcamos los Nombres, 10% descuento.

*Descuentos no acumulables.

5. Joven Orquesta Nacional de España.

5.1 Entradas sueltas:

Sala Sinfónica.

Zona A: 25 euros.

Zona B: 21 euros.

Zona C: 16 euros.

Zona D: 12 euros.

Sala de Cámara: 13 euros.

5.2 Descuentos*:

Descuentos para grupos:

– Grupos de 10 a 19 personas: -15%

– Grupos de más de 20 personas: -20%

*Descuentos no acumulables.

6. Teatro de la Zarzuela.

6.1 Entradas sueltas:

Zarzuela:

Zona A: 50 euros.

Zona B: 48 euros.

Zona C: 38 euros.

Zona D: 32 euros.

Zona E: 26 euros.

Zona F: 22 euros.

Zona G: 20 euros.

Menor comodidad Zona A: 23 euros.

Visibilidad reducida Zona B: 11 euros.

Visibilidad reducida Zona D: 9 euros.

Visibilidad reducida Zonas F y G: 5 euros.

Conciertos líricos:

Zona A: 36 euros.

Zona B: 33 euros.

Zona C: 28 euros.

Zona D: 25 euros.

Zona E: 20 euros.

Zona F: 16 euros.

Zona G: 12 euros.

Menor comodidad Zona A: 18 euros.

Visibilidad reducida Zona B: 11 euros.

Visibilidad reducida Zona D: 8 euros.

Visibilidad reducida Zonda F: 4 euros.

Danza:

Zona A: 40 euros.

Zona B: 38 euros.

Zona C: 31 euros.

Zona D: 25 euros.

Zona E: 20 euros.

Zona F: 16 euros.

Zona G: 14 euros.

Actividades especiales y familiares:

Notas del Ambigú: 10 euros.

Proyecto Zarza: 10 euros

A propósito de: 6 euros.

Domingos de Cámara con Ñ: 6 euros

6.2 Descuentos en abonos:

Abono de temporada: -25% respecto a la venta de entradas sueltas.

6.3 Descuentos en entradas sueltas*:

Descuento a grupos escolares a partir de 15 alumnos: -40%. En funciones abiertas de los proyectos didácticos.

Funciones pedagógicas y Proyecto Zarza sólo se aplica un descuento de menores de 30 años, y será del 30%

*Descuentos no acumulables

B) Unidad de alojamiento y recreo.

7. Castillo Palacio de Magalia.

7.1 Tarifas para eventos corporativos:

Concepto Tarifas

1. Precios aplicables a la Administración y Entidades sin fines de lucro

Pensión completa en habitación triple (persona/día).

96 euros

Pensión completa en habitación doble (persona/día).

108 euros

Pensión completa en habitación individual (persona/día).

132 euros

Media pensión en habitación triple (persona/día).

68 euros

Media pensión en habitación doble (persona/día).

76 euros

Media pensión en habitación individual (persona/día).

104 euros

Alojamiento y desayuno en habitación triple (3 pax).

128 euros

Alojamiento y desayuno en habitación doble (2 pax).

104 euros

Alojamiento y desayuno en habitación individual (1 pax).

80 euros

Reserva de sala/s media jornada.

200 euros

Reserva de sala/s jornada completa.

320 euros

Desayuno.

9 euros

Coffee-break.

5,50 euros

Almuerzo.

26 euros

Merienda.

5,50 euros

Cena.

26 euros

Fotocopias.

0,10 euros

Teléfonos: Recargo sobre el coste de la llamada facturado por la empresa suministradora del servicio.

200%

2. Precios aplicables a empresas privadas

Pensión completa en habitación triple (persona/día).

116 euros

Pensión completa en habitación doble (persona/día).

130 euros

Pensión completa en habitación individual (persona/día).

160 euros

Media pensión en habitación triple (persona/día).

82 euros

Media pensión en habitación doble (persona/día).

92 euros

Media pensión en habitación individual (persona/día).

125 euros

Alojamiento y desayuno en habitación triple (3 pax).

160 euros

Alojamiento y desayuno en habitación doble (2 pax).

130 euros

Alojamiento y desayuno en habitación individual (1 pax).

100 euros

Reserva de sala/s media jornada.

250 euros

Reserva de sala/s jornada completa.

400 euros

Desayuno.

10 euros

Coffee-break.

6 euros

Almuerzo.

32 euros

Merienda.

6 euros

Cena.

32 euros

Fotocopias.

0,10 euros

Teléfonos: Recargo sobre el coste de la llamada facturado por la empresa suministradora del servicio.

200%

Los precios anteriores, tanto para administración y entidades sin fines de lucro, como para empresas privadas, no incluyen IVA.

Concepto Tarifas
Precios cafetería (IVA incluido)
Cafetería:  
Cafes e infusiones. 1,50 euros
Carajillo. 2,50 euros
Cervezas:  
Cerveza. 2,20 euros
Cerveza sin alcohol. 2 euros
Refrescos:  
Refrescos y zumos. 2 euros
Agua mineral. 1,50 euros
Aperitivos:  
Vermouth, Cinzano, Campari y similares. 2,75 euros
Jerez y vinos:  
Copa de vino (blanco, rosado o tinto). 2,50 euros
Jerez, manzanilla y similares. 3 euros
Vino dulce. 3 euros
Combinados:  
Combinados nacionales. 4,50 euros
Combinados de importación. 6 euros
Anises y similares:  
Anises y similares. 2,20 euros
Coñac y licores:  
Carlos I, Cardenal Mendoza y similares. 7,70 euros
Coñac (Torres, Veterano, Soberano, Carlos III). 4 euros
Tía María, Grappa, Bayleys, Pacharán y similares. 4,50 euros
Licor de hierbas y similares. 3,50 euros
Ginebras-Ron-Vodkas:  
Ginebras nacionales. 4,50 euros
Ginebras especiales e importación. 6,50 euros
Vodka importación. 5,50 euros
Ron (3 años). 4,50 euros
Ron (5 años). 5,50 euros
Ron (7 años). 6,50 euros
Tequila. 5,50 euros
Espumosos:  
Cava (botella). 13 euros
Whisky:  
Reservas, Chivas, Malta o Jack Daniels. 8 euros
Whisky escocés. 6,50 euros
Dyc y similares. 4,50 euros
Glenrothes y similares. 11 euros
 
Precios a aplicar a todos los clientes, sin diferenciar empresa privada, Administración o entidades sin ánimo de lucro así como residenciales o clientes corporativos convencionales.

Alquiler de instalaciones*:

Alquiler de instalaciones jornada completa 2.000 euros.

Precio hora después de las 24,00 horas. 150 euros.

Alquiler de un espacio determinado del Castillo (máximo 4 horas) 600 euros.

*Estos precios de alquiler de instalaciones no incluyen IVA.

Consideraciones generales:

1. En los precios de las tarifas por alojamiento y desayuno está incluida la utilización de las salas de reunión, de las salas de estar, del gimnasio, de la piscina climatizada y de la biblioteca, según disponibilidad del Castillo.

2. Cualquier otro servicio extraordinario, será facturado en función de su coste y fijado por la Dirección General.

3. Para la formalización de la reserva tanto las empresas privadas como las entidades sin fines de lucro (no públicas) deberán abonar el 25% del importe de la contratación, que se descontará de la factura final. Si se produce una anulación imputable al cliente, únicamente se devolverá la cantidad abonada en concepto de reserva si dicha anulación se comunica al Castillo con una antelación igual o superior a 20 días naturales respecto a la fecha contratada. Las Administraciones Públicas no estarán obligadas a abonar cantidad alguna en concepto de reserva.

4. A las Agencias de viajes o empresas organizadoras de eventos solo se les podrán facturar los precios de empresa privada. Una vez que dichas empresas hayan abonado al INAEM el total de la factura previamente presentada por este Organismo, tendrán derecho a percibir por sus servicios una cantidad equivalente, IVA incluido, al 5% del importe (grupos de hasta 20 personas) o bien al 10% (grupos de más de 20 personas) -antes de repercutir el IVA-. Esta comisión se aplicará sobre las tarifas correspondientes a los regímenes de alojamiento desayuno, media pensión, pensión completa y servicios sueltos (excluidos precios cafetería y alquiler de instalaciones), y deberá facturarse al INAEM.

7.2 Tarifas para eventos residenciales:

Concepto Tarifas
Precios aplicables a la Administración y Entidades sin fines de lucro (en caso de empresa privada no se aplicarán las tarifas de residenciales)
Pensión completa en habitación triple (persona/día). 46 euros
Pensión completa en habitación doble (persona/día). 48 euros
Pensión completa en habitación individual (persona/día). 50 euros
Media pensión en habitación triple (persona/día). 36 euros
Media pensión en habitación doble (persona/día). 38 euros
Media pensión en habitación individual (persona/día). 40 euros
Alojamiento y desayuno en habitación triple (3 pax). 78 euros
Alojamiento y desayuno en habitación doble (2 pax). 56 euros
Alojamiento y desayuno en habitación individual (1 pax). 30 euros
Desayuno. 4,50 euros
Servicio de coffe-break. 3 euros
Almuerzo. 11 euros
Cena. 11 euros
Fotocopias. 0,10 euros
Teléfonos: Recargo sobre el coste de la llamada facturado por la empresa suministradora del servicio. 200%
   
Los precios anteriores, tanto para administración y entidades sin fines de lucro, no incluyen IVA.

 

Concepto Tarifas
Precios cafetería (IVA incluido)
Cafetería:  
Cafes e infusiones. 1,50 euros
Carajillo. 2,50 euros
Cervezas:  
Cerveza. 2,20 euros
Cerveza sin alcohol. 2,00 euros
Refrescos:  
Refrescos y zumos. 2,00 euros
Agua mineral. 1,50 euros
Aperitivos:  
Vermouth, Cinzano, Campari y similares. 2,75 euros
Jerez y vinos:  
Copa de vino (blanco, rosado o tinto). 2,50 euros
Jerez, manzanilla y similares. 3,00 euros
Vino dulce. 3,00 euros
Combinados:  
Combinados nacionales. 4,50 euros
Combinados de importación. 6,00 euros
Anises y similares:  
Anises y similares. 2,20 euros
Coñac y licores.  
Carlos I, Cardenal Mendoza y similares. 7,70 euros
Coñac (Torres, Veterano, Soberano, Carlos III). 4,00 euros
Tía María, Grappa, Bayleys, Pacharán y similares. 4,50 euros
Licor de hierbas y similares. 3,50 euros
Ginebras-Ron-Vodkas:  
Ginebras nacionales. 4,50 euros
Ginebras especiales e importación. 6,50 euros
Vodka importación. 5,50 euros
Ron (3 años). 4,50 euros
Ron (5 años). 5,50 euros
Ron (7 años). 6,50 euros
Tequila. 5,50 euros
Espumosos:  
Cava (botella). 13,00 euros
Whisky:  
Reservas, Chivas, Malta o Jack Daniels. 8,00 euros
Whisky escocés. 6,50 euros
Dyc y similares. 4,50 euros
Glenrothes y similares. 11,00 euros
Precios a aplicar a todos los clientes, sin diferenciar empresa privada, Administración o entidades sin ánimo de lucro así como residenciales o clientes corporativos convencionales.

Consideraciones generales contratación eventos residenciales.

1. En los precios de las tarifas por alojamiento y desayuno está incluida la utilización de las salas de reunión, de las salas de estar, del gimnasio, de la piscina climatizada y de la biblioteca, según disponibilidad del Castillo.

2. Cualquier otro servicio extraordinario, será facturado en función de su coste y fijado por la Dirección General.

3. Los grupos residenciales han de contratar un mínimo de 4 noches salvo motivos justificados a validar por la Dirección de la Unidad estando su objeto social directamente relacionado con el del INAEM. En ningún caso se aplicarán tarifas de grupos residenciales a la empresa privada.

4. Para la formalización de la reserva se deberá abonar el 25% del importe de la contratación, que se descontará de la factura final. Si se produce una anulación imputable al cliente, únicamente se devolverá la cantidad abonada en concepto de reserva si dicha anulación se comunica al Castillo con una antelación igual o superior a 20 días naturales respecto a la fecha contratada. Las Administraciones Públicas no estarán obligadas a abonar cantidad alguna en concepto de reserva.

C) Cursos de formación:

8. Centro de Tecnología del Espectáculo.

8.1 Tarifas.

– Cursos monográficos básicos, avanzados o de especialización hasta 100 horas de duración: matrícula hasta 450 euros; docencia: hasta 50 euros/hora.

– Cursos de iniciación para técnicos de espectáculo en vivo hasta 990 horas de duración: matrícula hasta 850 euros; docencia: hasta 50 euros/hora.

– Cursos financiados por otras Administraciones o entidades, según condicionado de la entidad financiadora.

– Cursos bienales de técnicos para el espectáculo en vivo, hasta 1.400 horas de duración: 1.200 euros; docencia: hasta 50 euros/hora.

– Cursos a medida para entidades o empresas: diseño de cursos: hasta 1.600 euros. Docencia de cursos a medida: hasta 100 euros/hora.

– Docencia de clase magistral, conferencia: hasta 150 euros/hora.

8.2 Bonificaciones:

 Todos los cursos:

– 50% de reducción del precio de matrícula al antiguo alumnado del CTE de cursos bienales, cursos FIP y cursos de Formación Inicial y Técnico Superior en cada una de sus especialidades.

– 50% de reducción al profesorado colaborador del CTE en activo o en los cinco años anteriores.

– exención parcial o total del precio de matrícula a beneficiarios de entidades en convenio con el CTE, según condiciones marcadas en cada convenio.

– Exención parcial del precio de matrícula a personas con discapacidad superior al 33%.

Cursos monográficos básicos, avanzados o de especialización de hasta 100 horas de duración:

– matrícula reducida de 50 euros para un número determinado de plazas en cursos seleccionados del CTE para profesionales técnicos del espectáculo en vivo con al menos 2 años de experiencia, en situación de desempleo / precariedad según condicionado de cada curso (acreditación mediante vida laboral, cartilla de desempleo, certificación de ingresos fiscales).

Cursos bienales de técnicos para el espectáculo en vivo de 1.400 horas:

– Reintegro del pago de matrícula para un alumno o alumna de cada área con menores ingresos acreditados según declaración IRPF.

– Las bonificaciones no son acumulables.

D) Descuentos sociales:

1. Entradas sueltas. Descuentos para personas mayores de 65 años, personas menores de 30 años, personas en situación legal de desempleo, personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%, familias numerosas o familias monoparentales, en los precios de las entradas sueltas de los espectáculos del INAEM en sus teatros y auditorios: 50% en todos los canales de venta del INAEM (no acumulables a excepción de algunos descuentos transversales).

2. Abonos y pases. Descuentos para personas mayores de 65 años, personas menores de 30 años, personas en situación legal de desempleo, personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%, familias numerosas o familias monoparentales en los precios de los abonos y pases de los espectáculos del INAEM en sus teatros y auditorios: 50% respecto a la venta de la entrada suelta, en todos los canales de venta del INAEM.

3. Gratuidad en localidades de acompañante de persona con movilidad reducida o con grado de discapacidad igual o superior al 65% en los precios de las entradas de los espectáculos del INAEM en sus teatros y auditorios.

E) Descuentos transversales:

1. Descuentos Promociones INAEM. Sólo en espectáculos seleccionados y por tiempo limitado. Reducciones del 25% o del 50% excepto día del espectador. Los usuarios con derecho a descuentos sociales podrán aplicar una bonificación adicional del 25% en las promociones con un 25% de descuento general.

2. Descuento Plus Abonados INAEM 10% de descuento para abonados del INAEM en la compra de localidades sueltas mediante la aplicación de un código. Personal e intransferible. Acumulable con descuentos sociales. Máximo 2 entradas por espectáculo.

3. Cupones INAEM. 10%, 20%, 30%, 40% y 50% de descuento para compras online en espectáculos seleccionados. Acumulable o no a otros descuentos (se especificará en cada promoción).

4. Descuento Último minuto, menores de 30 años, desde una hora antes del comienzo del espectáculo en taquilla, en función de la disponibilidad y en zonas determinadas: 5 euros.

En los Ciclos especiales y familiares y en las actividades transversales con precio igual o inferior a 10 euros no se podrán aplicar los descuentos. Excepción: Proyecto Zarza del Teatro de la Zarzuela, en que sólo se aplica un descuento del 30% a menores de 30 años.

ANEXO II

Asociaciones de profesionales de las Artes Escénicas que se pueden acoger al descuento en localidades sueltas en el Centro Dramático Nacional y la Compañía Nacional de Teatro Clásico. Como requisito deben estar dados de alta en la base de datos de profesionales de las Artes Escénicas del INAEM, comunicada y actualizada semestralmente por la Asociación Profesional a la que pertenezcan, previo consentimiento del tratamiento de sus datos, en cada caso.

– Unión de Actores y Actrices.

– Academia de las Artes Escénicas de España.

– Asociación de Autoras y Autores de Teatro (AAT).

– Asociación de Artistas Plásticos Escénicos de España (AAPEE).

– Asociación de Autores de Iluminación (AAI).

– Real Escuela Superior de Arte Dramático (RESAD).

– Profesionales del Dramático. (CDN-INAEM).

– Asociación de Regiduría de Espectáculos (ARE).

– Centro de Tecnología del espectáculo (CTE-INAEM).

– Profesionales, Artistas y Creadores de Circo de Madrid (MADPAC).

– Asociación de Empresas de Artes Escénicas de la Comunidad de Madrid (ARTEMAD).

– Asociación gallega de empresas de Artes Escénicas (Escena Galega).

– Asociación de actrices y actores de Galicia (AAAG).

– Associació de Companyies de Teatre Professional de Catalunya (CIATRE).

– Asociación de Compañías Profesionales de Teatro de Asturias (ESCENASTURIAS).

– Asociación de Actrices y Actores de Cádiz (AAAC).

– Associació d’Actors i Directors Professionals de Catalunya (AADPC).

– Asociación de compañías profesionales de artes escénicas de Castilla-La Mancha (ESCENOCAM).

– Asociación de Compañías Profesionales de Artes Escénicas en La Rioja (AESCENA).

– Asociación de Profesionales de las Artes Escénicas de Navarra (NAPAE).

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/05/2022
  • Fecha de publicación: 27/05/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 28/05/2022
Referencias anteriores
  • DEROGA, de forma reiterada, la Resolución de 23 de octubre de 2015 (Ref. BOE-A-2015-12148).
  • DE CONFORMIDAD con la Ley 8/1989, de 13 de abril (Ref. BOE-A-1989-8508).
  • CITA Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre (Ref. BOE-A-1996-28432).
Materias
  • Espectáculos
  • Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música
  • Música
  • Precios
  • Teatro

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