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Documento BOE-A-2022-7688

Resolución de 29 de abril de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de las cuotas adicionales de caballa (MAC/8c3411) y merluza sur (HKE/8c3411) obtenidas para 2022 por intercambio con Países Bajos, Polonia y Francia.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 11 de mayo de 2022, páginas 65815 a 65822 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2022-7688

TEXTO ORIGINAL

La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican determinadas órdenes que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas, establece en su artículo 8 las condiciones para los intercambios de cuotas con otros Estados miembros, los conocidos como swaps.

En concreto, en su punto 4.a) se establece cómo proceder con aquellos swaps iniciados de oficio por la Secretaría General de Pesca en los que se utilizan stocks no repartidos en España para conseguir de otros Estados miembros stocks que están repartidos en España. Así, las cantidades obtenidas por dichos swaps se asignarán en un 40 % según los repartos entre las diferentes modalidades mientras que el 60 % se distribuirá para atender a las flotas con mayores necesidades. Por otro lado, el artículo 8.4.b de la Orden APA/315/2020 determina cómo proceder con aquellos swaps iniciados de oficio por la Secretaría General de Pesca en los que se utilizan stocks repartidos en España para conseguir de otros Estados miembros stocks que también están repartidos en España.

Con esta base, la Secretaría General de Pesca ha venido buscando la mejora de las cuotas para la flota española en el presente año 2022, en base al interés general, de dos especies importantes y de gran valor, como son la caballa y la merluza, en concreto del stock sur. Una vez cerrados intercambios con otros Estados miembros, se considera necesario llevar a cabo la mejor distribución posible de las cuotas obtenidas de manera combinada, buscando el equilibrio necesario entre las diferentes censos con asignación de estos dos stocks, para su aprovechamiento más eficaz y eficiente, teniendo en cuenta la evolución actual del consumo de la cuota de caballa en su campaña estacional en 2022 y las necesidades que se vienen constatando en los últimos años de la merluza sur.

En primer lugar, en negociaciones ya habituales en los últimos años que se llevan a cabo con otros Estados miembros, la Secretaría General de Pesca ha realizado dos intercambios de cuotas, concretamente con Países Bajos y Polonia, para el presente año 2022, con el objetivo de incrementar la cuota disponible de caballa de España para la presente campaña. Así, España ha cedido un total 18.700 toneladas del stock WHB/1X14, y ha recibido a cambio 1.700 toneladas de caballa del stock MAC/2CX14, todas ellas con posibilidad mediante condición especial de ser utilizadas en la zona 8c y 9a (MAC/*8C910).

Dado que el stock cedido por España no está repartido internamente en España, en aplicación del artículo 8.1.a) de la Orden APA/315/2020, de 1 de abril, procede, por tanto, aplicar las condiciones señaladas para el reparto de las cantidades obtenidas de caballa, al estar disponibles por la condición especial en todas las zonas donde la flota española captura esta especie. Por ello, en este momento y en base a la evolución que está teniendo la actual campaña de caballa 2022, procede distribuir el 60 % de las cantidades obtenidas de caballa entre aquellas flotas con un mayor consumo de sus cuotas, los censos de arrastre de fondo del Cantábrico y Noroeste y cerco del Cantábrico y Noroeste, con el objetivo del mejor aprovechamiento posible de estas cantidades adicionales obtenidas. El 40 % de las cantidades obtenidas se distribuye entre todas las flotas por los repartos establecidos, de modo así también otras flotas se pueden beneficiar de esta cuota adicional de caballa obtenida, teniendo en cuenta el momento temporal y geográfico de esta campaña estacional, y los consumos que se están registrando en este momento.

En segundo lugar, la merluza sur es una de las especies para las que la flota española tiene más necesidad de cuota, habida cuenta de las reducciones que han tenido lugar de la cuota asignada a España en los últimos años. Así, para el año 2022 se ha producido una nueva reducción de un 8 % de la cuota respecto al año 2021, a lo que cabe añadir que en el año presente continúa sin estar disponible la flexibilidad interespecies prevista por la Política Pesquera Común, como opción para mitigar el impacto de la entrada en vigor de dicha obligación de desembarque.

En el marco de la negociación habitual que se lleva a cabo con Francia, se ha acordado un intercambio en el que se ven implicados varios stocks. En este año 2022 se han obtenido de Francia 300 toneladas de merluza sur (HKE/8C3411), de las que 30 toneladas lo han sido a cambio de 30 toneladas de rape sur (ANF/8C3411), un stock que ha mostrado un consumo global bajo de la cuota asignada a España en los últimos años, prácticamente generalizado entre todos los segmentos. Las flotas que comparten ambos stocks son las flotas de arrastre de fondo en Cantábrico Noroeste, la flota de arrastre de fondo en aguas de Portugal, la flota del golfo de Cádiz y la flota de otros artes del Cantábrico y Noroeste, representada en la asignación de cuotas de rape dentro del grupo de otros artes distintos de arrastre y cerco. Por ello procede asignar la cantidad de merluza obtenida a cambio del rape, 30 toneladas, a estas cuatro modalidades, en función del porcentaje asignado a cada modalidad, y a su vez para aquellas modalidades con posibilidades de pesca individuales, esa cantidad de la modalidad, por posibilidades de pesca de cada barco. Del mismo modo procede actuar con el rape intercambiado con Francia, las 30 toneladas, en cuanto a las deducciones correspondientes.

El resto, 270 toneladas de merluza sur, se han obtenido a cambio de stocks que no tienen un reparto interno entre la flota española como son, por un lado, 50 toneladas de rayas del stock SRX/89-C y, por otro, 150 toneladas del atún blanco, stock ALB/AN05N, que se compensan en este momento con 150 toneladas conseguidas por un intercambio negociado con Portugal.

Siguiendo la Orden APA/315/2020, de 1 de abril, el 40 % de las 270 toneladas de HKE/8C3411 recibidas mediante swap con Francia, 108 toneladas, se asignan a todos los buques y flotas en base a los repartos establecidos; el 60 % restante, 162 toneladas, se asignan de manera lineal a los barcos y grupos de barcos con mayores necesidades de cuota de esta especie, y también teniendo en cuenta sus consumos constatados de los últimos años. Claramente a nivel global son los censos de palangre de fondo del Cantábrico y Noroeste, volanta del Cantábrico y Noroeste y artes menores del Cantábrico y Noroeste los que tienen esta mayor necesidad actual de cuota de merluza sur, coincidente con su gran dependencia, económica y para su actividad habitual propia y específica de estos artes de pesca, de esta especie. Dentro de las dos primeras, con un reparto individual por buque y con posibilidad de una gestión conjunta de las cuotas asignadas, hay buques con necesidades mayores en base a los consumos de los últimos años, y que además reciben cuotas por transmisión temporal de otros buques, mientras que hay otros que incluso llevan a cabo cesiones de sus cuotas asignadas de merluza sur, por lo que procede concentrar en los primeros, de modo lineal, el reparto de esta cantidad.

Por tanto, mediante la presente resolución se distribuyen de manera combinada las cantidades adicionales obtenidas de caballa y merluza sur por intercambios con otros Estados miembros, aplicando los porcentajes del 40 % y 60 % señalados en el punto 4.a) del artículo 8 de la Orden APA/315/2020, de 1 de abril, de tal manera que resulta en el necesario equilibrio entre las necesidades actuales de las distintas flotas que explotan estos stocks.

Por todo lo señalado, la Secretaria General de Pesca, una vez consultado el sector pesquero afectado, resuelve lo siguiente:

Primero.

Repartir 680 toneladas de cuota de caballa, el 40 % de las 1.700 toneladas obtenidas por intercambio con Países Bajos y Polonia, según los repartos establecidos por las Órdenes AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, y AAA/1416/2016, de 18 de agosto, entre los diferentes segmentos de flota. Dichas cantidades por segmentos de flota se distribuirán a continuación según los repartos establecidos, conforme al Anexo I. En el caso de las provincias de otras artes diferentes de arrastre y cerco del Cantábrico y Noroeste estas cantidades se añaden a sus cuotas de pesca dirigida y/o accesoria, según se determinará, en su caso, en las correspondientes resoluciones para las diferentes provincias, siendo las cantidades adicionales para cada una las que figuran en el Anexo II.

Segundo.

Repartir 1.020 toneladas de cuota de caballa, el 60 % de las 1.700 toneladas obtenidas por intercambio con Países Bajos y Polonia, a las flotas de arrastre de fondo del Cantábrico y Noroeste y cerco del Cantábrico y Noroeste. Concretamente, se reparten 465.120 kg para la flota de arrastre de fondo del Cantábrico y Noroeste, y 554.880 kg para la flota de cerco del Cantábrico y Noroeste, manteniendo la proporción relativa que estas dos flotas tienen en el reparto de la caballa. A su vez, en ambos casos se reparten dichas cantidades por posibilidades de pesca de los buques y grupos de buques en gestión conjunta para la campaña 2022, en base a las resoluciones ya publicadas para ambos censos, y se introducen en la aplicación Gestcuotas.

Tercero.

Detraer 30 toneladas de cuota de rape sur (ANF/8C3411) aportadas a Francia por los segmentos y flotas en ellas incluidas que cuentan con una asignación de este stock y, a la vez, pueden recibir cuota de merluza sur, según los repartos establecidos, por las Órdenes AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, y Orden AAA/1505/2014, de 31 de julio, tal como figura en el anexo III de la presente Resolución.

Dichas cantidades se deducirán a continuación, en su caso, según los repartos individuales establecidos.

Cuarto.

Repartir 30 toneladas de cuota de merluza sur (HKE/8C3411) a los segmentos y flotas del punto Primero que han aportado rape sur (ANF/8C3411) con el ratio establecido de una tonelada de merluza por cada tonelada de rape (el ratio proveniente de 30 toneladas de merluza y 30 toneladas de rape). En caso de segmentos donde hay varias flotas que aportan rape, la asignación de merluza se lleva a cabo según sus proporciones relativas de reparto de merluza sur.

Dicho reparto es el que figura en el anexo IV de la presente Resolución.

Dichas cantidades se distribuirán a continuación, en su caso, según los repartos individuales establecidos.

Quinto.

Repartir 270 toneladas de cuota de merluza sur (HKE/8C3411) obtenidas en intercambio con Francia a todas las flotas con asignación de merluza sur, del siguiente modo:

– Un 40 %, 108 toneladas, a todas las segmentos y flotas según los repartos establecidos por las Órdenes AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, y Orden AAA/1505/2014, de 31 de julio, recogidos en el Anexo V. Después, a las modalidades con reparto individual de posibilidades de pesca, el reparto se lleva de acuerdo a sus posibilidades individuales.

– Un 60 %, 162 toneladas, de la manera que se recoge en el anexo VI.

Sexto.

La asignación de estas cantidades adicionales de caballa y merluza sur obtenidas, así como las cantidades aportadas de rape sur, y los criterios utilizados sólo tienen efectos para el presente año 2022.

Séptimo.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 29 de abril de 2022.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.

ANEXO I
Modalidades y caladeros Kg de cuota de caballa
ARRASTRE DE FONDO DEL CANTÁBRICO Y NOROESTE. 192.930
CERCO DEL CANTÁBRICO Y NOROESTE. 230.187
OTRAS ARTES DIFERENTES DE ARRASTRE Y CERCO. 248.178
FLOTA NEAFC. 3.400
GOLFO DE CÁDIZ. 5.304
ANEXO II
Otras artes diferentes de arrastre y cerco-provincias Kg de cuota de caballa
A CORUÑA. 17.122
LUGO. 14.367
PONTEVEDRA. 11.836
ASTURIAS. 36.574
CANTABRIA. 63.893
GUIPÚZCOA. 30.642
VIZCAYA. 73.744
 TOTAL. 248.178
ANEXO III
Modalidades y caladeros Kg. de cuota de ANF/8C3411 aportados
ARRASTRE DE FONDO EN AGUAS DE PORTUGAL. 2.895
ARRASTRE DE FONDO EN CNW. 16.379
OTRAS ARTES DEL CNW. 9.751
GOLFO DE CÁDIZ. 975
ANEXO IV
Modalidades y caladeros Kg. de cuota de HKE/8C3411 recibidos
ARRASTRE DE FONDO EN AGUAS DE PORTUGAL. 2.895
ARRASTRE DE FONDO EN CNW. 16.379
GOLFO DE CÁDIZ. 975
PALANGRE DE FONDO CNW. 2.181
VOLANTA CNW. 4.411
ARTES MENORES CNW. 3.159
ANEXO V
Modalidades y caladeros

Kg. de cuota de HKE/8C3411 recibidos (tramo 40 % - 108 t.)

ARRASTRE DE FONDO EN AGUAS DE PORTUGAL. 3.035
ARRASTRE DE FONDO EN CNW. 52.812
GOLFO DE CÁDIZ. 6.739
PALANGRE DE FONDO CNW. 9.914
VOLANTA CNW. 20.056
ARTES MENORES CNW. 14.364
PINCHO - CAÑA. 1.080
ANEXO VI
Modalidades y caladeros

Kg. de cuota de HKE/8C3411 recibidos (tramo 60 % - 162 t.)

ARTES MENORES CNW. 21.200
Censo CFO Buque Tipo de Gestión Entidad de Gestión Cuota inicial (kg)
Palangre de fondo CNW. 22321 ABRA DE MUXIA. CONJUNTA. A. PALANGREROS CNW. 40.000
Palangre de fondo CNW. 24492 BENYJOR. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 27802 CARMINCHIN. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 25426 CORVO. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 24418 CRUZ Y CRISTO. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 25065 EL DAVID. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 24869 FARELO II. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 23995 LAURA MAR. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 23014 MAPEI. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 25762 MARES DEL SEÑOR. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 26367 NUEVO CARMEN. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 23189 NUEVO CHISU. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 27417 NUEVO FRANCES. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 24496 NUEVO HERMANOS SUAREZ. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 27141 NUEVO MADRE DOLORES. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 27421 NUEVO NAUTILUS. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 23376 NUEVO PADRE. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 27384 NUEVO SALORIO. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 25766 OS CASTRO. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 23081 PESCALEMA. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 21880 SANTA RITA. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 27730 SIEMPRE SAN PABLO. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 22700 VALENCIA FILGUEIRA. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 22461 VIENTO Y CALMA. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 11364 SIEMPRE RUFO. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 26985 MAR DE PEDRO. CONJUNTA. ARMASTUR. 6.400
Palangre de fondo CNW. 26008 NUEVO MAR AZUL. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 27291 SIEMPRE MARIA. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 25528 SIEMPRE VULCANO. CONJUNTA.
Palangre de fondo CNW. 23790 NOVAS TERAN. INDIVIDUAL. ARMASTUR. 1.600
Palangre de fondo CNW. 25023 ATAIN. INDIVIDUAL. A. PALANGREROS CNW. 1.600
Palangre de fondo CNW. 22525 BETI MAURIXIO. INDIVIDUAL. A. PALANGREROS CNW. 1.600
Palangre de fondo CNW. 23747 CU CA. INDIVIDUAL. A. PALANGREROS CNW. 1.600
Palangre de fondo CNW. 23517 MADRE PILAR. INDIVIDUAL. A. PALANGREROS CNW. 1.600
Palangre de fondo CNW. 25055 NUBERU. INDIVIDUAL. A. PALANGREROS CNW. 1.600
Palangre de fondo CNW. 23532 NUEVO FURUNO. INDIVIDUAL. A. PALANGREROS CNW. 1.600
Palangre de fondo CNW. 25284 MANUEL TERESA. INDIVIDUAL. C.P. DE CEDEIRA. 1.600
Palangre de fondo CNW. 25858 NUEVA CARLA. INDIVIDUAL. C.P. DE CUDILLERO. 1.600
Palangre de fondo CNW. 21777 SUAREZ VALLE. INDIVIDUAL. C.P. DE CUDILLERO. 1.600
Palangre de fondo CNW. 25501 GURE ITXAROPENA. INDIVIDUAL. FECOPEGUI. 1.600
Palangre de fondo CNW. 26233 KALA BERRI. INDIVIDUAL. FECOPEGUI. 1.600
Palangre de fondo CNW. 7966 ANA JESUS. INDIVIDUAL. FECOPPAS. 1.600
Palangre de fondo CNW. 25306 EL CISNE DE. INDIVIDUAL. FECOPPAS. 1.600
Palangre de fondo CNW. 24390 VIRGEN DE MARES. INDIVIDUAL. FECOPPAS. 1.600
Palangre de fondo CNW. 24514 ARLANPI. INDIVIDUAL. F.C.P. DE VIZCAYA. 1.600
Palangre de fondo CNW. 24356 GURE FATIMA. INDIVIDUAL. F.C.P. DE VIZCAYA. 1.600
Palangre de fondo CNW. 26311 GURE ITXAS BEGI. INDIVIDUAL. F.C.P. DE VIZCAYA. 1.600
Palangre de fondo CNW. 25490 ITOITZ. INDIVIDUAL. F.C.P. DE VIZCAYA. 1.600
Palangre de fondo CNW. 23878 OS DOUS DE SEMPRE. INDIVIDUAL. ORPAL. 1.600
Volanta CNW. 23570 ARADON BERRIA. CONJUNTA. A. ARTES FIJAS CNW. 3.200
Volanta CNW. 23487 NUEVO VIRGEN GUADALUPANA. CONJUNTA.
Volanta CNW. 24097 NAVEOTE. CONJUNTA. AVOCANO - GRUPO 1. 8.000
Volanta CNW. 22240 NUEVO ENZO. CONJUNTA.
Volanta CNW. 24831 PEIXIÑO PRIMERO. CONJUNTA.
Volanta CNW. 26633 SIEMPRE DIABLILLO. CONJUNTA.
Volanta CNW. 25747 TRES HERMANOS CACHARELOS. CONJUNTA.
Volanta CNW. 27262 NUEVO BOSCO. CONJUNTA. AVOCANO - GRUPO 2. 3.200
Volanta CNW. 3896 RIOMASMA. CONJUNTA.
Volanta CNW. 23938 BEDIA. CONJUNTA. C.P. CEDEIRA. 6.400
Volanta CNW. 21655 FRESAN. CONJUNTA.
Volanta CNW. 24632 NUEVO RICHARD. CONJUNTA.
Volanta CNW. 24137 SAN ROMAN. CONJUNTA.
Volanta CNW. 22720 BORRASCA PRIMERO. CONJUNTA. C.P. CORME. 3.200
Volanta CNW. 23579 MOISES DANIEL. CONJUNTA.
Volanta CNW. 21940 BRUAL. INDIVIDUAL. A.A. DE ARTES FIJOS CNW. 1.600
Volanta CNW. 23020 HERMANOS ISTILLARTY. INDIVIDUAL. A.A. DE ARTES FIJOS CNW. 1.600
Volanta CNW. 21686 HERMANOS SILVA. INDIVIDUAL. A.A. DE ARTES FIJOS CNW. 1.600
Volanta CNW. 23576 MADRE RAFAELA. INDIVIDUAL. A.A. DE ARTES FIJOS CNW. 1.600
Volanta CNW. 23025 PLAYA DE LUARCA. INDIVIDUAL. A.A. DE ARTES FIJOS CNW. 1.600
Volanta CNW. 23046 REGINO JESUS. INDIVIDUAL. A.A. DE ARTES FIJOS CNW. 1.600
Volanta CNW. 14737 SARRIDAL. INDIVIDUAL. A.A. DE ARTES FIJOS CNW. 1.600
Volanta CNW. 23823 AMUTIO HIERRO DOS. INDIVIDUAL. AVOCANO. 1.600
Volanta CNW. 25792 BEREZMAR. INDIVIDUAL. AVOCANO. 1.600
Volanta CNW. 27435 BRISAS DE ALBA. INDIVIDUAL. AVOCANO. 1.600
Volanta CNW. 24835 BRISAS DE CEDEIRA. INDIVIDUAL. AVOCANO. 1.600
Volanta CNW. 22303 CARABEL. INDIVIDUAL. AVOCANO. 1.600
Volanta CNW. 26107 EL CAÑAVERA. INDIVIDUAL. AVOCANO. 1.600
Volanta CNW. 26823 HERMANOS MASCATO DOS. INDIVIDUAL. AVOCANO. 1.600
Volanta CNW. 26487 JOSE EDUARDO. INDIVIDUAL. AVOCANO. 1.600
Volanta CNW. 26648 MASCATO TRES. INDIVIDUAL. AVOCANO. 1.600
Volanta CNW. 25388 NUEVO LIBERTAD. INDIVIDUAL. AVOCANO. 1.600
Volanta CNW. 27457 NUEVO MAPEI. INDIVIDUAL. AVOCANO. 1.600
Volanta CNW. 23585 NUEVO MONTEVEO. INDIVIDUAL. AVOCANO. 1.600
Volanta CNW. 24439 NUEVO PEÑIL. INDIVIDUAL. AVOCANO. 1.600
Volanta CNW. 24816 PLAYA DE BARES. INDIVIDUAL. AVOCANO. 1.600
Volanta CNW. 24853 SIEMPRE ANGELA. INDIVIDUAL. AVOCANO. 1.600
Volanta CNW. 100273 DAMAR. INDIVIDUAL.   1.600
Volanta CNW. 24606 MARTIN DANIEL. INDIVIDUAL.   1.600

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