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Documento BOE-A-2022-7185

Real Decreto 306/2022, de 3 de mayo, por el que se amplía la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para adecuarla a las necesidades existentes.Ver texto consolidado

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 4 de mayo de 2022, páginas 61238 a 61259 (22 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2022-7185
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/05/03/306

TEXTO ORIGINAL

La Ley 50/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, en su artículo 18.5 establece que el número de Fiscalías, las Secciones territoriales y sus respectivas plantillas se fijarán por real decreto, a propuesta del Ministro de Justicia, previo informe del Fiscal General del Estado, oído el Consejo Fiscal.

En el último año, no ha sido posible la modificación de la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal. A pesar de ello, han seguido incorporándose nuevos miembros a la Carrera Fiscal durante los años 2020 y 2021, teniendo lugar la última la incorporación en junio de 2021 con ciento trece nuevos Abogados Fiscales (59.ª promoción), como consecuencia de la convocatoria de pruebas selectivas de acceso por Acuerdo de 5 de Julio de 2019, habiéndose ofertado únicamente diecinueve plazas vacantes y quedando noventa y cuatro Abogados Fiscales en situación de expectativa de destino.

No obstante, y aunque en los años 2010, 2015 y 2019 se aprobaron los reales decretos correspondientes para la ampliación de la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal, estas ampliaciones no han conseguido paliar el déficit estructural de la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal.

El desequilibrio entre los miembros de la Carrera Fiscal y el número de plazas de la plantilla orgánica, hace necesaria una ampliación de ésta para hacer frente al déficit de la misma, así como al incremento de las funciones del Ministerio Fiscal y de su presencia en los procesos judiciales.

El Ministerio Fiscal ha experimentado en los últimos años un fuerte incremento de su actividad con exigencia de presencia física en los órganos jurisdiccionales tras las diversas reformas legislativas con trascendencia para la plantilla del Ministerio Fiscal, así la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral de la infancia y la adolescencia frente a la violencia, otorga al Ministerio Fiscal un importante papel en relación con las funciones tuitivas de las personas menores de edad y prevé incluso una futura modificación del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal a los efectos de especialización de los fiscales en esta materia.

Especialmente, tras la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, que supondrá una mayor carga de trabajo de la Fiscalía en este ámbito, ya que la citada ley establece en su disposición transitoria quinta que las medidas sobre la capacidad de las personas adoptadas con anterioridad a su entrada en vigor, deberán ser revisadas en un máximo de tres años, o en uno cuando se solicite por las personas con capacidad modificada judicialmente, los declarados pródigos, los progenitores que ostenten la patria potestad prorrogada o rehabilitada, los tutores, curadores, los defensores judiciales o los apoderados preventivos. De modo que esta modificación normativa llevará consigo un examen de todos los expedientes con medidas vigentes.

Por otra parte, la realidad exige cada vez más una potenciación de la actividad investigadora del Fiscal que le permita desplegar su estrategia procesal con eficacia y gestionar adecuadamente el procedimiento judicial. La futura Ley de Enjuiciamiento Criminal requiere la ampliación progresiva de la plantilla del Ministerio Fiscal, pues a semejanza de la Fiscalía Europea el camino emprendido es que la función investigadora recaiga en el fiscal, lo que supone la necesidad de una mayor dotación de medios personales.

Así mismo, en el real decreto de ampliación de plantilla anterior que se deroga, se creó, previo informe favorable del Consejo Fiscal, una plaza de Fiscal de Sala coordinador de los servicios especializados en la protección de las personas con discapacidad y mayores, dando respuesta a la necesidad derivada del desarrollo de la reforma estatuaria operada por la Ley 24/2007, de 9 de octubre, por la que se modifica la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, reguladora del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, y con el objeto de favorecer la necesaria especialización del Ministerio Fiscal.

Para fomentar su adecuado funcionamiento se amplía la plantilla integrando a dos fiscales adscritos al Fiscal de Sala para la Protección de Personas con Discapacidad y Mayores al igual que el resto de Fiscalías de Sala, salvo la de Medio Ambiente que cuenta con tres adscritos, teniendo en cuenta la naturaleza de la materia que es objeto de la especialidad y el trabajo a desarrollar en el futuro.

La modificación contemplada en este real decreto supondrá una notable contribución a la eficacia y calidad de la justicia española y una mejora del servicio que se presta a los ciudadanos, favorecerá la modernización y especialización de la Administración de Justicia.

Por lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 18, apartado cinco, y la disposición final primera de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, se procede a fijar la nueva composición de la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal, adecuándola a las necesidades de la Fiscalía creando sesenta plazas, de las cuales cincuenta y dos corresponden a la segunda categoría con el objetivo de tender hacia la equiparación entre las categorías de las carreras judicial y fiscal y ocho plazas de Abogado Fiscal.

En particular se amplía la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal en aquellas Fiscalías que han presentado durante al menos los últimos tres años necesidades específicas de medidas de refuerzo para afrontar el incremento de la actividad, lo que determina que se trate de necesidades estructurales y no meramente coyunturales.

La distribución de las sesenta plazas creadas se recoge en el articulado de este real decreto, con lo que la plantilla del Ministerio Fiscal contará con un total de 2.613 efectivos, quedando derogado el Real Decreto 255/2019, de 12 de abril, por el que se amplía la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para adecuarla a las necesidades existentes.

Este real decreto ha sido informado por el Consejo Fiscal, las asociaciones profesionales de Fiscales y la Oficina Presupuestaria del Departamento.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de mayo de 2022,

DISPONGO:

Artículo 1. Creación de sesenta plazas.

Se crean sesenta plazas que se distribuirán en la siguiente forma:

a) En la Fiscalía General del Estado: dos plazas de segunda categoría de Fiscal adscrito al Fiscal de Sala para la Protección de Personas con Discapacidad y Mayores.

b) En la Fiscalía de la Audiencia Nacional: una plaza de segunda categoría.

c) En la Comunidad Autónoma de Andalucía: una plaza de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Granada; una plaza de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Almería y una plaza de tercera categoría para la Sección Territorial de El Ejido; una plaza de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Cádiz; una plaza de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Málaga, una plaza de segunda categoría para la Fiscalía de área de Marbella y una plaza de segunda categoría para la Sección Territorial de Fuengirola; y tres plazas de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Sevilla.

d) En la Comunidad Autónoma de Aragón: una plaza de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Zaragoza y una plaza de tercera categoría para la Sección Territorial de Alcañiz.

e) En la Comunidad Autónoma de las Illes Balears: una plaza de segunda categoría para la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Illes Balears y una plaza de tercera categoría para la Sección Territorial de Inca de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Balears.

f) En la Comunidad Autónoma de Canarias: una plaza de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Las Palmas y una plaza de segunda categoría para la Fiscalía de Área de Arrecife de Lanzarote-Puerto del Rosario.

g) En la Comunidad Autónoma de Cantabria: una plaza de tercera categoría para la Sección Territorial de Torrelavega.

h) En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: una plaza de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Ciudad Real y una plaza de tercera categoría para Sección Territorial de Manzanares de la Fiscalía Provincial de Ciudad Real.

i) En la Comunidad de Castilla y León: una plaza de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de León; una plaza de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Salamanca y una plaza de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Segovia.

j) En la Comunidad Autónoma de Cataluña: dos plazas de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Barcelona; una plaza de segunda categoría para la Sección Territorial de Badalona; una plaza de tercera categoría para la Fiscalía de Área de Granollers; una plaza de segunda categoría para la Fiscalía de Área de Sabadell; una plaza de tercera categoría para la Fiscalía de Área de Terrassa; una plaza de segunda categoría para la Fiscalía de Área de Villanova i la Geltrú-Gavá; una plaza de tercera categoría para la Fiscalía de Área de Mataró-Arenys de Mar; una plaza de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Girona; una plaza de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Lérida.

k) En la Comunidad Autónoma de Extremadura: una plaza de segunda categoría para la Sección Territorial de Plasencia de la Fiscalía Provincial de Cáceres.

l) En la Comunidad Autónoma de Galicia: una plaza de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Lugo y una plaza de segunda categoría para la Fiscalía de Área de Vigo.

m) En la Comunidad de Madrid: seis plazas de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Madrid; una plaza de segunda categoría para la Sección territorial de Alcobendas de la Fiscalía Provincial de Madrid; una plaza de segunda categoría para la Fiscalía de Área de Alcalá de Henares; una plaza de segunda categoría para la Fiscalía de Área de Getafe-Leganés y una plaza de segunda categoría para la Fiscalía de Área de Móstoles.

n) En la Región de Murcia: dos plazas de segunda categoría para la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Murcia; una plaza de segunda categoría para la Fiscalía de área de Cartagena y una plaza de segunda categoría para la Sección Territorial de Lorca.

ñ) En la Comunidad Foral Navarra: una plaza de segunda categoría para la Fiscalía de la Comunidad Foral Navarra.

o) En la Comunitat Valenciana: una plaza de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Valencia; una plaza de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Alicante; una plaza de segunda categoría para la Fiscalía de Área de Elche/Elx y una plaza de segunda categoría para la Fiscalía Provincial de Castellón.

p) En la Comunidad Autónoma del País Vasco: una plaza de segunda categoría en la Fiscalía Provincial de Bizkaia; una plaza de segunda categoría para la Sección Territorial de Barakaldo y una plaza de segunda categoría en la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa.

Artículo 2. Plantilla de la Carrera Fiscal.

1. El total de efectivos de la Carrera Fiscal queda constituido por 2.613 Fiscales, distribuidos en las siguientes categorías:

a) Primera categoría: 26 Fiscales de Sala, de los que el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo tiene la consideración de Presidente de Sala de dicho Tribunal.

b) Segunda categoría: 1.942.

c) Tercera categoría: 645.

2. La plantilla del Ministerio Fiscal en la que se relacionan todos los puestos de trabajo que la integran, sus características, su forma de nombramiento y el número de coordinadores asignados a cada Fiscalía es la que figura en el anexo de este real decreto por el que se amplía la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogado el Real Decreto 255/2019, de 12 de abril, por el que se amplía la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para adecuarla a las necesidades existentes.

Disposición final primera. Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.5.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia.

Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

Se habilita a la persona titular del Ministerio de Justicia para dictar las normas necesarias para el desarrollo de este real decreto.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 3 de mayo de 2022.

FELIPE R.

La Ministra de Justicia,

MARÍA PILAR LLOP CUENCA

ANEXO
Plantilla del Ministerio Fiscal
Denominación de la plaza Dotación Categoría Nombramiento Sede N.º de decanos N.º de Coordinadores
Fiscalía General del Estado
Inspección Fiscal
Fiscal Jefe Inspector. 1 1 RD Madrid.    
Teniente Fiscal Inspector. 1 2 RD Madrid.    
Inspector Fiscal. 8 2 RD Madrid.    
Secretaría Técnica
Fiscal Jefe. 1 1 RD Madrid.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Madrid.    
Fiscal. 9 2 RD Madrid.    
Unidad de Apoyo
Fiscal Jefe. 1 1 RD Madrid.    
Fiscal. 3 2 RD Madrid.    
Fiscal de Sala contra la Violencia sobre la Mujer
Fiscal de Sala. 1 1 RD Madrid.    
Fiscal. 2 2 RD Madrid.    
Fiscal de Sala contra los delitos relativos a la ordenación del territorio y la protección del patrimonio histórico, del medio ambiente e incendios forestales
Fiscal de Sala. 1 1 RD Madrid.    
Fiscal. 3 2 RD Madrid.    
Fiscal de Sala de Menores
Fiscal de Sala. 1 1 RD Madrid.    
Fiscal. 2 2 RD Madrid.    
Fiscal de Sala de Siniestralidad Laboral
Fiscal de Sala. 1 1 RD Madrid.    
Fiscal. 2 2 RD Madrid.    
Fiscal de Sala de Seguridad Vial
Fiscal de Sala. 1 1 RD Madrid.    
Fiscal. 2 2 RD Madrid.    
Fiscal de Sala de Extranjería
Fiscal de Sala. 1 1 RD Madrid.    
Fiscal. 2 2 RD Madrid.    
Fiscal de Sala de Criminalidad Informática
Fiscal de Sala. 1 1 RD Madrid.    
Fiscal. 2 2 RD Madrid.    
Fiscal de Sala de Cooperación Penal Internacional
Fiscal de Sala. 1 1 RD Madrid.    
Fiscal. 2 2 RD Madrid.    
Fiscal de Sala para la Protección de Personas con Discapacidad y Mayores
Fiscal de Sala. 1 1 RD Madrid.    
Fiscal. 2 2 RD Madrid.    
Fiscalía del Tribunal Supremo
Teniente Fiscal. 1 1 RD Madrid.    
Fiscal Sala. 8 1 RD Madrid.    
Fiscal. 40 2 RD Madrid.    
Fiscalía ante el Tribunal Constitucional
Fiscal Jefe. 1 1 RD Madrid.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Madrid.    
Fiscal. 7 2 RD Madrid.    
Fiscalía del Tribunal de Cuentas
Fiscal Jefe. 1 1 RD Madrid.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Madrid.    
Fiscal. 4 2 RD Madrid.    
Fiscalía de la Audiencia Nacional
Fiscal Jefe. 1 1 RD Madrid.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Madrid.    
Fiscal. 16 2 RD Madrid.    
Fiscalía Especial Antidroga
Fiscal Jefe. 1 1 RD Madrid.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Madrid.    
Fiscal. 12 2 RD Madrid.    
Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada
Fiscal Jefe. 1 1 RD Madrid.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Madrid.    
Fiscal. 27 2 RD Madrid.    
Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Fiscal Superior. 1 2 RD Granada.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Granada.    
Fiscal. 3 2 RD Granada.    
Sección Territorial de Málaga
Fiscal. 1 2 RD Málaga.    
Sección Territorial de Sevilla
Fiscal. 1 2 RD Sevilla.    
Fiscalía Provincial de Granada
Fiscal Jefe. 1 2 RD Granada.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Granada.    
Fiscal. 25 2 RD Granada. 2 12
Abogado Fiscal. 7 3 OM Granada.    
Sección Territorial de Baza
Fiscal. 1 2 RD Baza. 1 1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Baza.    
Sección Territorial de Motril
Fiscal. 5 2 RD Motril. 1 2
Abogado Fiscal. 3 3 OM Motril.    
Fiscalía Provincial de Almería
Fiscal Jefe. 1 2 RD Almería.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Almería.    
Fiscal. 20 2 RD Almería. 1 7
Abogado Fiscal. 6 3 OM Almería.    
Sección Territorial de Huércal-Overa
Fiscal. 3 2 RD Huércal-Overa. 1 1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Huércal-Overa.    
Sección Territorial de El Ejido
Fiscal. 3 2 RD El Ejido. 1 1
Abogado Fiscal. 3 3 OM El Ejido.    
Fiscalía Provincial de Cádiz
Fiscal Jefe. 1 2 RD Cádiz.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Cádiz.    
Fiscal. 26 2 RD Cádiz. 3 9
Abogado Fiscal. 12 3 OM Cádiz.    
Fiscalía de Área de Algeciras
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Algeciras.    
Fiscal. 13 2 RD Algeciras.   4
Abogado Fiscal. 6 3 OM Algeciras.    
Fiscalía de Área de Jerez de la Frontera
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Jerez de la Frontera.    
Fiscal. 14 2 RD Jerez de la Frontera. 1 4
Abogado Fiscal. 7 3 OM Jerez de la Frontera.    
Fiscalía de Área de Ceuta
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Ceuta.    
Fiscal. 5 2 RD Ceuta.   2
Abogado Fiscal. 2 3 OM Ceuta.    
Fiscalía Provincial de Córdoba
Fiscal Jefe. 1 2 RD Córdoba.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Córdoba.    
Fiscal. 15 2 RD Córdoba. 1 5
Abogado Fiscal. 12 3 OM Córdoba.    
Sección Territorial de Lucena
Fiscal. 2 2 RD Lucena. 1 1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Lucena.    
Fiscalía Provincial de Huelva
Fiscal Jefe. 1 2 RD Huelva.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Huelva.    
Fiscal. 18 2 RD Huelva. 1 6
Abogado Fiscal. 9 3 OM Huelva.    
Fiscalía Provincial de Jaén
Fiscal Jefe. 1 2 RD Jaén.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Jaén.    
Fiscal. 12 2 RD Jaén.   4
Abogado Fiscal. 7 3 OM Jaén.    
Sección Territorial de Linares
Fiscal. 3 2 RD Linares. 1 1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Linares.    
Sección Territorial de Úbeda
Fiscal. 3 2 RD Úbeda. 1 1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Úbeda.    
Fiscalía Provincial de Málaga
Fiscal Jefe. 1 2 RD Málaga.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Málaga.    
Fiscal. 39 2 RD Málaga. 5 13
Abogado Fiscal. 20 3 OM Málaga.    
Fiscalía de Área de Marbella
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Marbella.    
Fiscal. 12 2 RD Marbella.   4
Abogado Fiscal. 5 3 OM Marbella.    
Fiscalía de Área de Melilla
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Melilla.    
Fiscal. 6 2 RD Melilla.   2
Abogado Fiscal. 2 3 OM Melilla.    
Sección Territorial de Torremolinos
Fiscal. 5 2 RD Torremolinos. 1 2
Sección Territorial Vélez-Málaga
Fiscal. 4 2 RD Vélez-Málaga. 1 1
Sección Territorial de Fuengirola
Fiscal. 3 2 RD Fuengirola. 1 1
Abogado fiscal. 2 3 OM Fuengirola.    
Fiscalía Provincial de Sevilla
Fiscal Jefe. 1 2 RD Sevilla.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Sevilla.    
Fiscal. 53 2 RD Sevilla. 5 18
Abogado Fiscal. 12 3 OM Sevilla.    
Sección Territorial Lora del Río
Fiscal. 3 2 RD Lora del Río. 1 1
Abogado Fiscal. 3 3 OM Lora del Río.    
Sección Territorial de Osuna
Fiscal. 3 2 RD Osuna. 1 1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Osuna.    
Fiscalía de Área de Dos Hermanas
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Dos Hermanas.    
Fiscal. 8 2 RD Dos Hermanas.   2
Abogado Fiscal. 8 3 OM Dos Hermanas.    
Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón
Fiscal Superior. 1 2 RD Zaragoza.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Zaragoza.    
Fiscal. 1 2 RD Zaragoza.    
Fiscalía Provincial de Zaragoza
Fiscal Jefe. 1 2 RD Zaragoza.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Zaragoza.    
Fiscal. 29 2 RD Zaragoza. 1 14
Abogado Fiscal. 5 3 OM Zaragoza.    
Sección Territorial de Calatayud
Fiscal. 2 2 RD Calatayud. 1 1
Abogado Fiscal. 1 3 OM Calatayud.    
Fiscalía Provincial de Huesca
Fiscal Jefe. 1 2 RD Huesca.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Huesca.    
Fiscal. 6 2 RD Huesca.   2
Abogado Fiscal. 4 3 OM Huesca.    
Fiscalía Provincial de Teruel
Fiscal Jefe. 1 2 RD Teruel.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Teruel.    
Fiscal. 1 2 RD Teruel.    
Abogado Fiscal. 3 3 OM Teruel.    
Sección Territorial de Alcañiz
Fiscal. 1 2 RD Alcañiz. 1 1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Alcañiz.    
Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Asturias
Fiscal Superior. 1 2 RD Oviedo.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Oviedo.    
Fiscal. 20 2 RD Oviedo. 1 9
Abogado Fiscal. 6 3 OM Oviedo.    
Sección Territorial de Avilés
Fiscal. 3 2 RD Avilés. 1 2
Abogado Fiscal. 3 3 OM Avilés.    
Fiscalía de Área de Gijón
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Gijón.    
Fiscal. 9 2 RD Gijón.   4
Abogado Fiscal. 4 3 OM Gijón.    
Sección Territorial de Langreo
Fiscal. 1 2 RD Langreo. 1 1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Langreo.    
Fiscalía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Fiscal Superior. 1 2 RD Palma de Mallorca.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Palma de Mallorca.    
Fiscal. 30 2 RD Palma de Mallorca. 2 15
Abogado Fiscal. 10 3 OM Palma de Mallorca.    
Sección Territorial de Manacor
Fiscal. 2 2 RD Manacor. 1 1
Abogado Fiscal. 3 3 OM Manacor.    
Fiscalía de Área de Eivissa
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Eivissa.    
Fiscal. 5 2 RD Eivissa.   2
Abogado Fiscal. 3 3 OM Eivissa.    
Sección Territorial de Maó
Fiscal. 4 2 RD Maó. 1 2
Abogado Fiscal. 1 3 OM Maó.    
Sección Territorial de Inca
Fiscal. 2 2 RD Inca. 1 1
Abogado Fiscal. 3 3 OM Inca.    
Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Canarias
Fiscal Superior. 1 2 RD Las Palmas.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Las Palmas.    
Fiscal. 1 2 RD Las Palmas.    
Sección Territorial Santa Cruz de Tenerife
Fiscal. 1 2 RD Santa Cruz de Tenerife.    
Fiscalía Provincial de Las Palmas
Fiscal Jefe. 1 2 RD Las Palmas.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Las Palmas.    
Fiscal. 31 2 RD Las Palmas. 4 15
Abogado Fiscal. 8 3 OM Las Palmas.    
Fiscalía de Área de Arrecife de Lanzarote-Puerto del Rosario
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Arrecife de Lanzarote-Puerto del Rosario.    
Fiscal. 11 2 RD Arrecife de Lanzarote-Puerto del Rosario.   5
Abogado Fiscal. 4 3 OM Arrecife de Lanzarote-Puerto del Rosario.    
Sección Territorial de San Bartolomé de Tirajana
Fiscal. 5 2 RD San Bartolomé de Tirajana. 1 2
Abogado Fiscal. 3 3 OM San Bartolomé de Tirajana.    
Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife
Fiscal Jefe. 1 2 RD Santa Cruz de Tenerife.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Santa Cruz de Tenerife.    
Fiscal. 28 2 RD Santa Cruz de Tenerife. 3 9
Abogado Fiscal. 14 3 OM Santa Cruz de Tenerife.    
Sección Territorial de La Palma
Fiscal. 3 2 RD La Palma. 1 1
Abogado Fiscal. 1 3 OM La Palma.    
Sección Territorial de Arona
Fiscal. 8 2 RD Arona. 1 3
Abogado Fiscal. 1 3 OM Arona.    
Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Fiscal Superior. 1 2 RD Santander.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Santander.    
Fiscal. 13 2 RD Santander. 1 7
Abogado Fiscal. 4 3 OM Santander.    
Sección Territorial de Laredo
Fiscal. 2 2 RD Laredo. 1 1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Laredo.    
Sección Territorial de Torrelavega
Fiscal. 3 2 RD Torrelavega. 1 1
Abogado Fiscal. 3 3 OM Torrelavega.    
Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Fiscal Superior. 1 2 RD Albacete.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Albacete.    
Fiscal. 1 2 RD Albacete.    
Fiscalía Provincial de Albacete
Fiscal Jefe. 1 2 RD Albacete.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Albacete.    
Fiscal. 11 2 RD Albacete.   5
Abogado Fiscal. 5 3 OM Albacete.    
Fiscalía Provincial de Ciudad Real
Fiscal Jefe. 1 2 RD Ciudad Real.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Ciudad Real.    
Fiscal. 10 2 RD Ciudad Real.   3
Abogado Fiscal. 6 3 OM Ciudad Real.    
Sección Territorial de Manzanares
Fiscal. 3 2 RD Manzanares. 1 1
Abogado Fiscal. 3 3 OM Manzanares.    
Fiscalía Provincial de Cuenca
Fiscal Jefe. 1 2 RD Cuenca.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Cuenca.    
Fiscal. 4 2 RD Cuenca.   1
Abogado Fiscal. 3 3 OM Cuenca.    
Fiscalía Provincial de Guadalajara
Fiscal Jefe. 1 2 RD Guadalajara.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Guadalajara.    
Fiscal. 6 2 RD Guadalajara.   2
Abogado Fiscal. 3 3 OM Guadalajara.    
Fiscalía Provincial de Toledo
Fiscal Jefe. 1 2 RD Toledo.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Toledo.    
Fiscal. 11 2 RD Toledo.   3
Abogado Fiscal. 5 3 OM Toledo.    
Sección territorial de Ocaña
Fiscal. 2 2 RD Ocaña. 1 1
Abogado Fiscal. 1 3 OM Ocaña.    
Sección Territorial de Talavera de la Reina
Fiscal. 3 2 RD Talavera de la Reina. 1 1
Abogado Fiscal. 1 3 OM Talavera de la Reina.    
Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Castilla y León
Fiscal Superior. 1 2 RD Burgos.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Burgos.    
Fiscal. 1 2 RD Burgos.    
Sección Territorial de Valladolid
Fiscal. 1 2 RD Valladolid.    
Fiscalía Provincial de Burgos
Fiscal Jefe. 1 2 RD Burgos.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Burgos.    
Fiscal. 10 2 RD Burgos.   5
Abogado Fiscal. 6 3 OM Burgos.    
Fiscalía Provincial de Ávila
Fiscal Jefe. 1 2 RD Ávila.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Ávila.    
Fiscal. 3 2 RD Ávila.   1
Abogado Fiscal. 3 3 OM Ávila.    
Fiscalía Provincial de León
Fiscal Jefe. 1 2 RD León.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD León.    
Fiscal. 9 2 RD León. 1 3
Abogado Fiscal. 6 3 OM León.    
Fiscalía de Área de Ponferrada
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Ponferrada.    
Fiscal. 4 2 RD Ponferrada.   1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Ponferrada.    
Fiscalía Provincial de Palencia
Fiscal Jefe. 1 2 RD Palencia.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Palencia.    
Fiscal. 5 2 RD Palencia.   2
Abogado Fiscal. 3 3 OM Palencia.    
Fiscalía Provincial de Salamanca
Fiscal Jefe. 1 2 RD Salamanca.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Salamanca.    
Fiscal. 10 2 RD Salamanca.   3
Abogado Fiscal. 5 3 OM Salamanca.    
Fiscalía Provincial de Segovia
Fiscal Jefe. 1 2 RD Segovia.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Segovia.    
Fiscal. 4 2 RD Segovia.   1
Abogado Fiscal. 3 3 OM Segovia.    
Fiscalía Provincial de Soria
Fiscal Jefe. 1 2 RD Soria.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Soria.    
Fiscal. 3 2 RD Soria.   1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Soria.    
Fiscalía Provincial de Valladolid
Fiscal Jefe. 1 2 RD Valladolid.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Valladolid.    
Fiscal. 16 2 RD Valladolid. 1 5
Abogado Fiscal. 6 3 OM Valladolid.    
Fiscalía Provincial de Zamora
Fiscal Jefe. 1 2 RD Zamora.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Zamora.    
Fiscal. 4 2 RD Zamora.   1
Abogado Fiscal. 4 3 OM Zamora.    
Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cataluña
Fiscal Superior. 1 2 RD Barcelona.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Barcelona.    
Fiscal. 5 2 RD Barcelona.    
Fiscalía Provincial de Barcelona
Fiscal Jefe. 1 2 RD Barcelona.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Barcelona.    
Fiscal. 116 2 RD Barcelona. 8 58
Abogado Fiscal. 11 3 OM Barcelona.    
Sección Territorial de Badalona
Fiscal. 7 2 RD Badalona. 1 3
Abogado Fiscal. 4 3 OM Badalona.    
Fiscalía de Área de Granollers
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Granollers.    
Fiscal. 11 2 RD Granollers.   5
Abogado Fiscal. 4 3 OM Granollers.    
Sección Territorial de L’ Hospitalet de Llobregat
Fiscal. 12 2 RD L’ Hospitalet de Llobregat. 1 6
Abogado Fiscal. 5 3 OM L’ Hospitalet de Llobregat.    
Fiscalía de Área de Manresa-Igualada-Vic
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Manresa-Igualada.    
Fiscal. 9 2 RD Manresa-Igualada.   4
Abogado Fiscal. 6 3 OM Manresa-Igualada.    
Fiscalía de Área de Sabadell
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Sabadell.    
Fiscal. 12 2 RD Sabadell.   6
Abogado Fiscal. 6 3 OM Sabadell.    
Sección Territorial de Sant Feliú de Llobregat
Fiscal. 8 2 RD Sant Feliú de Llobregat. 1 4
Abogado Fiscal. 4 3 OM Sant Feliú de Llobregat.    
Fiscalía de Área de Terrassa
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Terrassa.    
Fiscal. 11 2 RD Terrassa.   5
Abogado Fiscal. 6 3 OM Terrassa.    
Fiscalía de Área de Vilanova y la Geltrú-Gavá
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Vilanova i la Geltrú-Gavá.    
Fiscal. 12 2 RD Vilanova i la Geltrú-Gavá.   6
Abogado Fiscal. 7 3 OM Vilanova i la Geltrú-Gavá.    
Sección Territorial de Santa Coloma de Gramanet
Fiscal. 2 2 RD Santa Coloma de Gramanet. 1 1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Santa Coloma de Gramanet.    
Fiscalía de Área de Mataró-Arenys de Mar
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Mataró- Arenys de Mar.    
Fiscal. 12 2 RD Mataró- Arenys de Mar.   6
Abogado Fiscal. 5 3 OM Mataró- Arenys de Mar.    
Sección Territorial de El Prat
Fiscal. 2 2 RD El Prat.   1
Abogado Fiscal. 3 3 OM El Prat. 1  
Fiscalía Provincial de Girona
Fiscal Jefe. 1 2 RD Girona.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Girona.    
Fiscal. 20 2 RD Girona. 2 6
Abogado Fiscal. 8 3 OM Girona.    
Sección Territorial de Figueres
Fiscal. 6 2 RD Figueres. 1 2
Abogado Fiscal. 2 3 OM Figueres.    
Sección Territorial de Olot
Fiscal. 2 2 RD Olot. 1 1
Abogado Fiscal. 1 3 OM Olot.    
Sección Territorial de Blanes
Fiscal. 3 2 RD Blanes. 1 1
Abogado Fiscal. 3 3 OM Blanes.    
Fiscalía Provincial de Lleida
Fiscal Jefe. 1 2 RD Lleida.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Lleida.    
Fiscal. 9 2 RD Lleida.   3
Abogado Fiscal. 5 3 OM Lleida.    
Sección Territorial de La Seu d’ Urgell
Fiscal. 2 2 RD La Seu d’ Urgell. 1 1
Abogado Fiscal. 1 3 OM La Seu d’ Urgell.    
Fiscalía Provincial de Tarragona
Fiscal Jefe. 1 2 RD Tarragona.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Tarragona.    
Fiscal. 18 2 RD Tarragona. 2 6
Abogado Fiscal. 4 3 OM Tarragona.    
Sección Territorial de Reus
Fiscal. 8 2 RD Reus. 1 3
Abogado Fiscal. 2 3 OM Reus.    
Sección Territorial de Tortosa
Fiscal. 4 2 RD Tortosa. 1 1
Abogado Fiscal. 1 3 OM Tortosa.    
Sección Territorial de Amposta
Fiscal. 2 2 RD Amposta. 1 1
Abogado Fiscal. 1 3 OM Amposta.    
Sección Territorial de El Vendrell
Fiscal. 4 2 RD El Vendrell. 1 1
Abogado Fiscal. 3 3 OM El Vendrell.    
Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Fiscal Superior. 1 2 RD Cáceres.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Cáceres.    
Fiscal. 1 2 RD Cáceres.    
Fiscalía Provincial de Cáceres
Fiscal Jefe. 1 2 RD Cáceres.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Cáceres.    
Fiscal. 6 2 RD Cáceres.   3
Abogado Fiscal. 4 3 OM Cáceres.    
Sección Territorial de Plasencia
Fiscal. 6 2 RD Plasencia. 1 3
Abogado Fiscal. 2 3 OM Plasencia.    
Fiscalía Provincial de Badajoz
Fiscal Jefe. 1 2 RD Badajoz.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Badajoz.    
Fiscal. 9 2 RD Badajoz.   3
Abogado Fiscal. 6 3 OM Badajoz.    
Fiscalía de Área de Mérida
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Mérida.    
Fiscal. 5 2 RD Mérida.   1
Abogado Fiscal. 4 3 OM Mérida.    
Sección Territorial de Zafra
Fiscal. 1 2 RD Zafra. 1 1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Zafra.    
Sección Territorial de Villanueva de la Serena
Fiscal. 3 2 RD Villanueva de la Serena. 1 1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Villanueva de la Serena.    
Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Galicia
Fiscal Superior. 1 2 RD A Coruña.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD A Coruña.    
Fiscal. 2 2 RD A Coruña.    
Fiscalía Provincial de A Coruña
Fiscal Jefe. 1 2 RD A Coruña.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD A Coruña.    
Fiscal. 26 2 RD A Coruña. 2 13
Abogado Fiscal. 5 3 OM A Coruña.    
Fiscalía de Área de Santiago de Compostela
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Santiago de Compostela.    
Fiscal. 8 2 RD Santiago de Compostela.   4
Abogado Fiscal. 5 3 OM Santiago de Compostela.    
Fiscalía de Área de Ferrol
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Ferrol.    
Fiscal. 3 2 RD Ferrol.   1
Abogado Fiscal. 3 3 OM Ferrol.    
Fiscalía Provincial de Lugo
Fiscal Jefe. 1 2 RD Lugo.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Lugo.    
Fiscal. 6 2 RD Lugo.   1
Abogado Fiscal. 4 3 OM Lugo.    
Sección Territorial de Mondoñedo
Fiscal. 2 2 RD Mondoñedo. 1 1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Mondoñedo.    
Sección Territorial de Monforte de Lemos
Fiscal. 1 2 RD Monforte de Lemos. 1 1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Monforte de Lemos.    
Fiscalía Provincial de Ourense
Fiscal Jefe. 1 2 RD Ourense.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Ourense.    
Fiscal. 7 2 RD Ourense.   2
Abogado Fiscal. 5 3 OM Ourense.    
Sección Territorial de Verín
Fiscal. 1 2 RD Verín. 1 1
Abogado Fiscal. 1 3 OM Verín.    
Fiscalía Provincial de Pontevedra
Fiscal Jefe. 1 2 RD Pontevedra.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Pontevedra.    
Fiscal. 13 2 RD Pontevedra. 1 5
Abogado Fiscal. 7 3 OM Pontevedra.    
Sección Territorial de Cambados
Fiscal. 4 2 RD Cambados. 1 1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Cambados.    
Fiscalía de Área de Vigo
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Vigo.    
Fiscal. 17 2 RD Vigo. 1 5
Abogado Fiscal. 10 3 OM Vigo.    
Fiscalía de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Fiscal Superior. 1 2 RD Logroño.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Logroño.    
Fiscal. 9 2 RD Logroño.   4
Abogado Fiscal. 3 3 OM Logroño.    
Fiscalía de la Comunidad de Madrid
Fiscal Superior. 1 2 RD Madrid.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Madrid.    
Fiscal. 5 2 RD Madrid.    
Fiscalía Provincial de Madrid
Fiscal Jefe. 1 2 RD Madrid.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Madrid.    
Fiscal. 156 2 RD Madrid. 14 78
Abogado Fiscal. 32 3 OM Madrid.    
Fiscalía de Área de Alcalá de Henares
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Alcalá de Henares.    
Fiscal. 20 2 RD Alcalá de Henares. 1 10
Abogado Fiscal. 10 3 OM Alcalá de Henares.    
Fiscalía de Área de Getafe-Leganés
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Getafe-Leganés.    
Fiscal. 18 2 RD Getafe-Leganés. 1 9
Abogado Fiscal. 9 3 OM Getafe-Leganés.    
Fiscalía de Área de Móstoles
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Móstoles.    
Fiscal. 19 2 RD Móstoles. 1 9
Abogado Fiscal. 10 3 OM Móstoles.    
Sección Territorial de Collado-Villalba
Fiscal. 10 2 RD Collado-Villalba. 1 5
Abogado Fiscal. 1 3 OM Collado-Villalba.    
Sección Territorial de Alcobendas
Fiscal. 11 2 RD Alcobendas. 1 5
Abogado Fiscal. 4 3 OM Alcobendas.    
Sección Territorial de Majadahonda-Pozuelo de Alarcón
Fiscal. 7 2 RD Majadahonda-Pozuelo de Alarcón. 1 4
Abogado Fiscal. 3 3 OM Majadahonda-Pozuelo de Alarcón.    
Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Fiscal Superior. 1 2 RD Murcia.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Murcia.    
Fiscal. 29 2 RD Murcia. 2 14
Abogado Fiscal. 6 3 OM Murcia.    
Fiscalía de Área de Cartagena
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Cartagena.    
Fiscal. 11 2 RD Cartagena.   5
Abogado Fiscal. 4 3 OM Cartagena.    
Sección Territorial de Lorca
Fiscal. 5 2 RD Lorca. 1 2
Abogado Fiscal. 3 3 OM Lorca.    
Sección Territorial de Cieza
Fiscal. 3 2 RD Cieza. 1 1
Abogado Fiscal. 2 3 OM Cieza.    
Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra
Fiscal Superior. 1 2 RD Pamplona.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Pamplona.    
Fiscal. 12 2 RD Pamplona.   6
Abogado Fiscal. 4 3 OM Pamplona.    
Sección Territorial de Tudela
Fiscal. 3 2 RD Tudela. 1 1
Abogado Fiscal. 1 3 OM Tudela.    
Fiscalía de la Comunitat Valenciana
Fiscal Superior. 1 2 RD Valencia.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Valencia.    
Fiscal. 3 2 RD Valencia.    
Fiscalía Provincial de Valencia
Fiscal Jefe. 1 2 RD Valencia.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Valencia.    
Fiscal. 86 2 RD Valencia. 10 43
Abogado Fiscal. 18 3 OM Valencia.    
Fiscalía de Área de Alzira
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Alzira.    
Fiscal. 9 2 RD Alzira.   4
Abogado Fiscal. 5 3 OM Alzira.    
Sección Territorial de Gandía
Fiscal. 6 2 RD Gandía. 1 3
Abogado Fiscal. 4 3 OM Gandía.    
Fiscalía Provincial de Alicante
Fiscal Jefe. 1 2 RD Alicante.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Alicante.    
Fiscal. 29 2 RD Alicante. 5 10
Abogado Fiscal. 12 3 OM Alicante.    
Sección Territorial de Alcoy
Fiscal. 3 2 RD Alcoy. 1 1
Abogado Fiscal. 3 3 OM Alcoy.    
Fiscalía de Área de Benidorm-Denia
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Benidorm-Denia.    
Fiscal. 12 2 RD Benidorm-Denia.   4
Abogado Fiscal. 5 3 OM Benidorm-Denia.    
Fiscalía de Área de Elche/Elx
Fiscal Jefe de Área. 1 2 RD Elx-Orihuela.    
Fiscal. 16 2 RD Elx-Orihuela. 1 5
Abogado Fiscal. 9 3 OM Elx-Orihuela.    
Sección Territorial de Torrevieja
Fiscal. 7 2 RD Torrevieja.   2
Abogado Fiscal. 3 3 OM Torrevieja. 1  
Fiscalía Provincial de Castellón
Fiscal Jefe. 1 2 RD Castellón de la Plana.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Castellón de la Plana.    
Fiscal. 18 2 RD Castellón de la Plana. 1 6
Abogado Fiscal. 7 3 OM Castellón de la Plana.    
Sección Territorial de Vinaroz
Fiscal. 4 2 RD Vinaroz. 1 1
Fiscalía de la Comunidad Autónoma del País Vasco
Fiscal Superior. 1 2 RD Bilbao.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Bilbao.    
Fiscal. 1 2 RD Bilbao.    
Fiscalía Provincial de Bizkaia
Fiscal Jefe. 1 2 RD Bilbao.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Bilbao.    
Fiscal. 28 2 RD Bilbao. 1 14
Abogado Fiscal. 14 3 OM Bilbao.    
Sección Territorial de Barakaldo
Fiscal. 7 2 RD Barakaldo. 1 3
Abogado Fiscal. 3 3 OM Barakaldo.    
Fiscalía Provincial de Áraba/Álava
Fiscal Jefe. 1 2 RD Vitoria-Gasteiz.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Vitoria-Gasteiz.    
Fiscal. 7 2 RD Vitoria-Gasteiz.   2
Abogado Fiscal. 4 3 OM Vitoria-Gasteiz.    
Fiscalía Provincial de Gipuzkoa
Fiscal Jefe. 1 2 RD Donostia-San Sebastián.    
Teniente Fiscal. 1 2 RD Donostia-San Sebastián.    
Fiscal. 16 2 RD Donostia-San Sebastián.   5
Abogado Fiscal. 12 3 OM Donostia-San Sebastián.    

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 03/05/2022
  • Fecha de publicación: 04/05/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 05/05/2022
  • Fecha de derogación: 27/04/2023
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DEROGA el Real Decreto 255/2019, de 12 de abril (Ref. BOE-A-2019-5563).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 18.5 y la disposición final 1 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1982-837).
Materias
  • Audiencia Nacional
  • Carrera Fiscal
  • Comunidades Autónomas
  • Fiscal General del Estado
  • Ministerio de Justicia
  • Ministerio Fiscal
  • Plantillas

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