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Documento BOE-A-2022-21565

Resolución de 29 de noviembre de 2022, del Instituto de la Juventud, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Confederación de Centros Juveniles Don Bosco de España, la Federación de Scouts-Exploradores de España y la Federación de Escuelas Cristianas de Tiempo Libre, para el desarrollo de un sistema de reconocimiento y acreditación del aprendizaje no formal en el ámbito de juventud.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 2022, páginas 175738 a 175741 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2022-21565

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 17 de noviembre de 2022 se ha suscrito la adenda de prórroga del convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Confederación de Centros Juveniles Don Bosco de España, la Federación de Scouts-Exploradores de España (ASDE) y la Federación de Escuelas Cristianas de Tiempo Libre (DIDANIA).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Instrumentos de Cooperación, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda de prórroga del convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 29 de noviembre de 2022.–La Directora General del Instituto de la Juventud, María Teresa Pérez Díaz.

ANEXO
Adenda de prórroga del convenio entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, la Confederación de Centros Juveniles Don Bosco de España, la Federación de Scouts-Exploradores de España (ASDE) y la Federación de Escuelas Cristianas de Tiempo Libre (DIDANIA) para el desarrollo de un sistema de reconocimiento y acreditación del aprendizaje no formal en el ámbito de juventud

Madrid, a 17 de noviembre de 2022.

REUNIDOS

De una parte, doña María Teresa Pérez Díaz, Directora General del Instituto de la Juventud (en adelante INJUVE), organismo autónomo del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, nombrada por Real Decreto 358/2020, de 11 de febrero (BOE núm. 37, de 12 de febrero), actuando en nombre y representación del INJUVE, en el ejercicio de las facultades que tiene atribuidas por el artículo 7 del Real Decreto 486/2005, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Instituto de la Juventud con domicilio a efectos de este convenio en la calle Marqués de Riscal, 16, de Madrid.

Y de otra parte, la Confederación de Centros Juveniles Don Bosco España, NIF G46949376, con domicilio en la calle Joaquín Turina, 39, 28044 Madrid, representada en este acto por don Pedro Hernández Delgado, en calidad de representante legal, según poder notarial de 16 de junio de 2020 refrendado el 22 de septiembre de 2022.

La Federación ASDE Scouts de España, NIF G28498954, con domicilio en la calle Lago Calafate, 3, bajo, 28018 Madrid, representada en este acto por doña Elena Cabezas Alcalá, en calidad de Presidenta, según Asamblea Scout General Extraordinaria de 27 de noviembre de 2021.

Y la Federación de Entidades Cristianas de Tiempo Libre (DIDANIA), NIF V08812851, con domicilio en la calle Joaquín Turina, 39, 28044 Madrid, representada en este acto por don Xesús María Vilas Otero, en calidad de Presidente, según Asamblea General de 23 de octubre de 2021.

EXPONEN

Primero.

Que el INJUVE es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, que tiene encomendadas, entre otras funciones recogidas en los artículos 2 y 3 del Real Decreto 486/2005, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de la Juventud, el fomento del asociacionismo juvenil y la colaboración para su avance, el desarrollo y coordinación de un sistema de información y comunicación en materia de juventud, la promoción cultural de la juventud y el conocimiento de otras realidades culturales, la promoción de la igualdad de oportunidades entre los jóvenes y el fomento de la formación en los valores de solidaridad e igualdad.

Segundo.

Que la Confederación de Centros Juveniles Don Bosco de España trabaja junto a las Federaciones y Centros Juveniles en defensa y promoción de la infancia y la juventud, especialmente la que está en riesgo de exclusión, a través del protagonismo juvenil y el estilo educativo de Don Bosco. Para ello desarrolla una serie de acciones y programas en su labor de prevención, educación y promoción integral de niños y jóvenes que se llevan a cabo por los centros juveniles y asociaciones, en el ámbito local, y por las federaciones, en el ámbito autonómico.

Tercero.

Que la Federación de Scouts-Exploradores de España (ASDE) trabaja por una educación en valores en el tiempo libre desarrollando un método propio de actuación, el método scout, que ha demostrado fusionar en sus más de cien años de historia la tradición y la innovación. Tradición en los que principios que impulsan a cada scout a trascender la realidad de cada día y a comprometerse personal y libremente con los ideales y valores sobre los que construir un mundo más justo. Innovación en la propuesta de acción adaptada a las realidades culturales, sociales y económicas de los entornos más cercanos.

Cuarto.

Que la Federación de Escuelas Cristianas de Tiempo Libre (DIDANIA) es una federación de entidades cristianas de tiempo libre, cuya misión es coordinar y potenciar el trabajo en el tiempo libre educativo, la animación sociocultural y el voluntariado, tejiendo red para intervenir en la sociedad con un estilo y valores críticos y transformadores acordes a los planteamientos del Evangelio. Fundada en 1977 como Federación de Escuelas de Educadores en el Tiempo Libre Cristianas, ha evolucionado hacia una plataforma federativa que aglutina actualmente tanto a entidades de formación como a redes de centros de tiempo libre.

Quinto.

Que con fecha 11 de octubre de 2018 se procedió a la suscripción del Convenio entre el Instituto de la Juventud, del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, la Confederación de Centros Juveniles Don Bosco de España, la Federación de Scouts-Exploradores de España (ASDE) y la Federación de Escuelas Cristianas de Tiempo Libre (DIDANIA), para el desarrollo de un sistema de reconocimiento y acreditación del aprendizaje no formal en el ámbito de juventud que acredite las competencias adquiridas mediante la participación en actividades juveniles y voluntariado juvenil. El Convenio entró en vigor el 26 de noviembre de 2018 y tiene una vigencia de 4 años, por lo que su vigencia finaliza el 26 de noviembre de 2022.

Sexto.

Que este convenio establece en el párrafo segundo de la cláusula décimo cuarta que «Si las partes estiman necesario prorrogar este Convenio porque persistan las actuaciones y programas que forman parte del mismo y constando la evaluación positiva de la totalidad de las partes, previo cumplimiento en cada caso de las exigencias del ordenamiento jurídico de obligado cumplimiento para las partes firmantes, podrán formalizar por escrito los sucesivos acuerdos de su prórroga anual por un periodo total de hasta cuatro años adicionales a la duración inicial del Convenio».

Séptimo.

Que la comisión de seguimiento del Convenio ha valorado de manera positiva las actuaciones realizadas al amparo del mismo, y considerando que persisten las actuaciones y programas que forman parte del Convenio, ha propuesto su prórroga por un año adicional.

Por todo ello, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda de prórroga, que se regirá conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la Adenda.

Las partes firmantes acuerdan la prórroga por un año de la vigencia del Convenio entre el Instituto de la Juventud, del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, la Confederación de Centros Juveniles Don Bosco de España, la Federación de Scouts-Exploradores de España (ASDE) y la Federación de Escuelas Cristianas de Tiempo Libre (DIDANIA), para el desarrollo de un sistema de reconocimiento y acreditación del aprendizaje no formal en el ámbito de juventud, suscrito con fecha 11 de octubre de 2018 y fecha de entrada en vigor el 26 de noviembre de 2018.

Dicha prórroga finalizará el 25 de noviembre de 2023.

Segunda. Obligaciones de las partes.

Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, dirigidas a dar continuidad al objeto de la colaboración.

Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes se entenderán vigentes hasta la extinción de la prórroga por el transcurso de los plazos.

Tercera. Evaluación económica de la Adenda.

De acuerdo con la cláusula novena del convenio, esta Adenda no comporta obligaciones económicas entre las partes firmantes.

Cuarta. Eficacia de la Adenda.

La presente Adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y surtirá efectos una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, será publicada, en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial del Estado».

Por el Instituto de la Juventud, María Teresa Pérez Díaz.–Por la Confederación de Centros Juveniles Don Bosco de España, Pedro Hernández Delgado–Por la Federación de Scouts-Exploradores de España (ASDE), Elena Cabezas Alcalá.–Por la Federación de Escuelas Cristianas de Tiempo Libre (DIDANIA), Xesús María Vilas Otero.

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