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Documento BOE-A-2022-14554

Resolución de 18 de julio de 2022, de la Autoridad Portuaria de Valencia, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio con la Fundación de la Comunidad Valenciana para la Investigación, Promoción y Estudios Comerciales de Valenciaport, de cesión de los derechos de explotación del Máster en Gestión Portuaria y Transporte Intermodal y de los cursos anexos de Especialista en Gestión Portuaria, Transporte Intermodal, Transporte Marítimo, Transporte Terrestre, Gestión Aduanera.

Publicado en:
«BOE» núm. 213, de 5 de septiembre de 2022, páginas 123448 a 123450 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2022-14554

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 23 de mayo de 2022 fue suscrita la «Adenda de Prórroga y Modificación del Convenio de cesión de los derechos de explotación del Máster en Gestión Portuaria y Transporte Intermodal y de los cursos anexos de Especialista en Gestión Portuaria, Transporte Intermodal, Transporte Marítimo, Transporte Terrestre, Gestión Aduanera». Habiéndose, por lo tanto, perfeccionado el consentimiento de las partes y conforme a lo señalado en la cláusula vigésimo primera del indicado Convenio en cuanto a la legislación que resulta de aplicación, esta Presidencia ha resuelto:

Único.

Acordar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada Adenda, adjunta a la presente Resolución.

Valencia, 18 de julio de 2022.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Valencia, Aurelio Martínez Estévez.

ADENDA DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE CESIÓN DE LOS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN DEL MÁSTER EN GESTIÓN PORTUARIA Y TRANSPORTE INTERMODAL Y DE LOS CURSOS ANEXOS DE ESPECIALISTA EN GESTIÓN PORTUARIA, TRANSPORTE INTERMODAL, TRANSPORTE MARÍTIMO, TRANSPORTE TERRESTRE, GESTIÓN ADUANERA

23 de mayo de 2022.

REUNIDOS

De una parte, la Autoridad Portuaria de Valencia (en adelante APV), identificada con el CIF Q-46/670407-G y con domicilio en Muelle del Turia, s/n, 46024 Valencia, y en su nombre y representación su Presidente, don Aurelio Martínez Estévez, cargo para el que fue designado mediante Decreto 124/2015, de 31 de julio, del Consell de la Generalitat, publicado en el DOCV, número 7585, de 4 de agosto de 2015 y en el «Boletín Oficial del Estado», número 194, de fecha 14 de agosto de 2015.

De otra parte, la Fundación de la Comunidad Valenciana para la Investigación, Promoción y Estudios Comerciales de Valenciaport (en adelante «FV», la «Fundación» o «Fundación Valenciaport»), con domicilio en Avda. Muelle Turia s/n, 46024 Valencia, y CIF -G97360325, y en su nombre don Antonio Torregrosa Maicas, que ejerce su representación en virtud de poder otorgado ante el Notario de Valencia, don Alejandro Cervera Taulet, el 14 de noviembre de 2007, número 474 de protocolo.

Las partes se declaran respectivamente, en el carácter en el que intervienen, con plena capacidad jurídica para suscribir la presente adenda y en el caso de representar a terceros, cada uno de los intervinientes asegura que el poder con el que actúa no ha sido revocado y que es bastante para obligar a sus representados en virtud del mismo, y a tal objeto

EXPONEN

I. En fecha 10 de enero de 2019 (BOE núm. 123, de 23 de mayo de 2019) la APV y la FV firmaron el referido Convenio, cuyo objeto era regular la cesión de los derechos de explotación del Máster en Gestión Portuaria y Transporte Intermodal y de los cursos anexos de Especialista en Gestión Portuaria, Transporte Intermodal, Transporte Marítimo, Transporte Terrestre, Gestión Aduanera y Gestión Administrativa y Economica del Programa de Becas (MGPTI y cursos de Especialización).

II. De acuerdo con lo dispuesto en su cláusula decimosegunda, la duración del Convenio es de cuatro años, a contar desde el día la firma (10 de enero de 2019), prorrogable por otros cuatro años más, por acuerdo expreso de las partes y antes de la expiración del plazo convenido, a través de la correspondiente adenda al convenio, resultando conveniente que el acuerdo de prórroga se adopte con la antelación suficiente a la finalización del plazo de vigencia del convenio.

III. Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en su cláusula decimonovena, el convenio puede modificarse por acuerdo expreso de las partes durante su vigencia, debiendo formalizarse la misma a través de la correspondiente adenda al convenio y debiendo canalizarse ésta a través de la Comisión de Seguimiento.

A los presentes efectos, la cláusula decimoquinta del convenio establece la constitución de una Comisión de Seguimiento entre cuyas funciones corresponde «El seguimiento de los compromisos adquiridos entre las partes, recogidos en el presente documento. En especial todo lo relativo a la gestión del programa de becas».

Que de conformidad con lo previsto en las citadas cláusulas, ambas partes firmantes estiman conveniente modificar el texto del convenio para, por un lado, incorporar en la cláusula séptima del convenio, lo relativo a la gestión económica del programa de becas para cursar el MGPTI y cursos de Especialización, con destino el personal laboral de la Autoridad Portuaria de Valencia, que hasta este momento se venía gestionando en el marco de otro procedimiento, así como, por otro lado, proceder a la modificación de la composición actual de la comisión de seguimiento del Convenio recogida en su anexo I, debido a los cambios organizativos acaecidos en la Fundación Valenciaport desde que se produjo la firma del convenio.

IV. Que, estando próximo el vencimiento del plazo de vigencia inicial del Convenio, y dado el desarrollo exitoso en los objetivos del mismo, ambas partes están de acuerdo en continuar la presente colaboración en términos similares a los establecidos en el Convenio vigente.

En atención a las anteriores consideraciones, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga y modificación del Convenio, que se regirá de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de esta adenda es acordar la prórroga y modificación del Convenio de cesión de los derechos de explotación del Máster en Gestión Portuaria y Transporte Intermodal y de los cursos anexos de Especialista en Gestión Portuaria, Transporte Intermodal, Transporte Marítimo, Transporte Terrestre, Gestión Aduanera suscrito entre la Autoridad Portuaria de Valencia y la Fundación Valenciaport el 10 de enero de 2019, en los términos que a continuación se expondrán.

Segunda. Prórroga del Convenio.

Se prorroga hasta el 31 de julio de 2026 el Convenio suscrito entre las partes referido en la cláusula anterior, de conformidad con lo previsto en su cláusula decimosegunda.

Tercera. Modificación de la cláusula séptima.

Se añaden tres apartados nuevos a la cláusula séptima denominada Gestión económica y presupuestaria del Máster y de los cursos asociados, para incorporar al convenio la gestión económica del programa de becas con destino al personal laboral de la Autoridad Portuaria de Valencia, quedando redactados como sigue:

«7.8 La APV asumirá el coste generado como consecuencia de la convocatoria, tramitación y desarrollo de hasta un máximo de tres becas anuales para cursar el Máster en Gestión Portuaria y Transporte Intermodal con destino el personal laboral de la Autoridad Portuaria de Valencia.

7.9 La cuantía de las becas se determinará de acuerdo con lo previsto en el presente convenio y se imputará con cargo al Presupuesto de Explotación de la APV y distribuido en la anualidad que corresponda.

7.10 En la convocatoria, proceso de selección y, en su caso, reintegro de las becas deberá observarse lo dispuesto en el procedimiento interno APV correspondiente.»

Cuarta. Modificación del anexo I del convenio.

Se modifica la composición actual de la comisión de seguimiento del Convenio recogida en el Anexo I del convenio que queda redactada de la siguiente forma:

«La Comisión de Seguimiento de la ejecución del convenio descrita en la cláusula decimoquinta estará compuesta por:

– Por parte de la APV:

• El Director General: Francesc Sánchez.

• La Directora de Recursos Humanos y Organización: Elena Oliver.

– Por parte de la FV:

• El Director General: Antonio Torregrosa.

• La Directora de Formación: Ana Rumbeu.»

El resto de las cláusulas del convenio permanecerán con el mismo contenido.

En prueba de conformidad y plena aceptación de lo acordado, las partes formalizan la presente adenda, en Valencia, en la fecha de la última firma digital realizada.–Por Fundación Valenciaport,  Antonio Torregrosa Maicas.–Por Autoridad Portuaria de Valencia, Aurelio Martínez Estévez.

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