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Documento BOE-A-2022-14077

Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre el complemento retributivo de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el personal de administración y servicios del VII Convenio colectivo de las empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

Publicado en:
«BOE» núm. 203, de 24 de agosto de 2022, páginas 120258 a 120260 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2022-14077
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2022/08/10/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acuerdo de 1 de junio de 2022, sobre el complemento denominado «complemento retributivo de la Comunidad Autónoma de La Rioja» para el personal de administración y servicios, remitido por la Comisión Paritaria del VII Convenio Colectivo de las Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos (código de convenio número: 99008725011994), publicado en el BOE de 27 de septiembre de 2021, acuerdo que fue suscrito, de una parte por las organizaciones empresariales EyG-La Rioja y CECE-La Rioja en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FEUSO-La Rioja, FSIE-La Rioja, FeSP-UGT-La Rioja y CC. OO.-La Rioja en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria del convenio.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de agosto de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACUERDO ENTRE LAS ORGANIZACIONES PATRONALES TITULARES DE CENTROS Y SINDICALES MÁS REPRESENTATIVAS DE LA ENSEÑANZA PRIVADA DE LA RIOJA

En Logroño, siendo las 9:00 horas del día 1 de junio de 2022, reunidos los representantes de las organizaciones patronales y sindicales más representativas en el sector de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos de La Rioja, y que se citan más abajo

MANIFIESTAN

Primero.

Que en fecha 16 de noviembre de 2018 se firmó un «Acuerdo entre el Gobierno de La Rioja por el que las organizaciones patronales, de titulares de centros y sindicales más representativas en el sector de la enseñanza concertada de La Rioja sobre homologación salarial y otros» en el que el Gobierno de La Rioja se comprometía a incluir en la partida de «Otros Gastos» de los módulos económicos de los conciertos educativos fijados en los presupuestos generales anuales de la Comunidad Autónoma, siempre dentro de las disponibilidades presupuestarias, incrementos que permitieran avanzar progresivamente en la adecuación de sus cuantías al coste real de los gastos que deben sufragar.

Asimismo, las organizaciones patronales se comprometían a repercutir en los salarios del personal de administración y servicios (PAS) dichos incrementos en la cuantía que de común acuerdo se determine en aras a su progresiva homologación retributiva con el PAS de la enseñanza pública. En todo caso, dicho incremento se fijará de forma lineal para todo el personal en jornada completa y, de forma proporcional a su jornada para el personal con jornada parcial.

Segundo.

Que la partida de «Otros Gastos» de los módulos de conciertos contemplados para los distintos niveles educativos en los artículos 21, 22, 23 y 23 y en el anexo II de la Ley 6/2021, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2022 (BOR de 28 de diciembre de 2021), una vez firmadas y publicadas en el BOE de 20 de mayo de 2022 las tablas salariales para el año 2022 del VII Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, permite una mejora retributiva para el personal de administración y servicios y para el personal complementario titulado respecto a las que venía percibiendo en 2022.

Tercero.

Que la disposición adicional octava del VII Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos (BOE de 27 de septiembre de 2021) prevé la posibilidad de que las organizaciones patronales y sindicales, por mayoría de su respectiva representatividad, acuerden la incorporación a dicho Convenio de complementos salariales para todo el personal afectado por el mismo.

Y en consonancia con lo anterior

ACUERDAN

Primero.

La fijación de una nueva cuantía del complemento retributivo denominado «Complemento retributivo de la Comunidad Autónoma de La Rioja» que hasta la fecha viene percibiendo el personal de administración y servicios (grupos 2 y 3).

Segundo.

La percepción del citado complemento en sus distintas cuantías será efectiva para todo el personal de administración y servicios acogido al VII Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, y surtirá efectos desde el 1 de enero de 2022.

La cuantía del citado complemento será la establecida en el anexo que se acompaña.

Tercero.

Dicho complemento será abonado de forma íntegra a aquellos trabajadores contratados a jornada completa, y de forma proporcional a su jornada a aquellos trabajadores contratados a jornada parcial.

Cuarto.

Las diferencias económicas devengadas y no percibidas derivadas de la aplicación retroactiva con efectos de 1 enero de 2022 de las cantidades establecidas en el presente acuerdo, se abonarán a los trabajadores en el plazo máximo de tres meses desde su firma.

Quinto.

Facultar al representante de Educación y Gestión de La Rioja para remitir el presente acuerdo a la Comisión Paritaria del VII Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, para que proceda a su depósito ante el organismo competente en orden a su publicación en el BOE.

Y sin más asuntos que tratar y con el fin de que surta los efectos legales oportunos, firman el presente acuerdo en la fecha y lugar arriba indicados.–EyG-La Rioja, Ana Isabel Preciado Moreno.–CECE-La Rioja, Ramón Ruiz Lucendo.–FEUSO-La Rioja, Alejandro Vesga Fernández.–FSIE-La Rioja, Gonzalo González Ortega.–FeSP-UGT-La Rioja, Elena Fragueiro Grande.–CC. OO.-La Rioja, Gloria Andrés Hurtado.

ANEXO
Personal

Importe mensual

Euros

Importe año 2022

Euros

Personal de Administración y Servicios. 196,00 2.744 (*)

(*) A percibir en 14 pagas.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/08/2022
  • Fecha de publicación: 24/08/2022
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 15 de septiembre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-15665).
Materias
  • Centros de enseñanza privada
  • Convenios colectivos
  • La Rioja

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