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Documento BOE-A-2022-11284

Resolución de 4 de julio de 2022, del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela, sobre delegación de competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 7 de julio de 2022, páginas 95932 a 95933 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2022-11284
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2022/07/04/(1)

TEXTO ORIGINAL

Los vigentes Estatutos del Consorcio de la ciudad de Santiago de Compostela, aprobados por acuerdo de su Consejo de Administración de fecha 26 de noviembre de 2018 y publicados en el BOE núm. 292, de 4 de diciembre de 2018, establecen una serie de competencias del Consejo de Administración que, en aras de la operatividad del organismo, ya prevé puedan ser delegadas en otros órganos de gobierno y administración de la entidad.

En las sesiones del Consejo de Administración del 22 de abril de 2022 y de 30 de mayo de 2022, se adoptaron respectivamente, los siguientes acuerdos de delegación de competencias que ahora se publican.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector Público y en virtud de lo recogido en el artículo 12.2 a de los vigentes Estatutos del organismo resuelvo proceder a la publicación de los citados acuerdos de delegación de competencias, que figuran como anexo a la presente resolución.

Santiago de Compostela, 4 de julio de 2022.–La Gerente del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela, Belén Hernández Lafuente.

ANEXO

Acuerdo de 22 de abril del 2022 del Consejo de Administración del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela de delegación de competencias.

Los vigentes Estatutos del Consorcio de la ciudad de Santiago de Compostela, aprobados por acuerdo de su Consejo de Administración de fecha 26 de noviembre de 2018 y publicados en el BOE núm. 292 de 4 de diciembre de 2018, establecen una serie de competencias del Consejo de Administración que, en aras de la operatividad del organismo, ya prevé puedan ser delegadas en otros órganos de gobierno y administración de la entidad.

El artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, define la sede electrónica como aquella dirección electrónica, disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, o bien a una o varios organismos públicos o entidades de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias.

Corresponde a cada Administración Pública determinar, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del citado artículo, las condiciones e instrumentos de creación de las sedes electrónicas, con sujeción a los principios de transparencia, publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad. En todo caso debe garantizarse la identificación del órgano titular de la sede, así como los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas.

Por otra parte, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, regula en sus artículos 9 a 12 la sede electrónica. En el mismo, se determina el contenido del acto o resolución aprobatoria, y se establece la obligatoriedad de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en el directorio del Punto de Acceso General Electrónico correspondiente. Con ello se aportan a los ciudadanos las garantías de plena certeza y seguridad en sus relaciones con la Administración Pública.

Al estar el Consorcio de la ciudad de Santiago tramitando la aprobación de la entrada en funcionamiento de su sede electrónica, en base a todo lo anterior y a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, vista la propuesta de acuerdo de delegación de competencias y el informe favorable de la Abogacía del Estado de fecha 21 de abril de 2022, el consejo de administración aprueba por unanimidad el siguiente acuerdo:

Se delega en la Comisión Ejecutiva la competencia de: «Aprobación de la creación la Sede Electrónica del Consorcio de la Ciudad de Santiago».

Acuerdo de 30 de mayo del 2022 del Consejo de Administración del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela de delegación de competencias.

La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, determina en su disposición adicional sexta la posibilidad de establecer una convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración. La Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública sobre las orientaciones para la puesta en marcha de los procesos derivados de la misma, en abril de 2022, abre la posibilidad de incluir en dichos procedimientos las plazas ocupadas por trabajadores indefinidos de sentencias.

Visto el informe favorable de la Abogacía del Estado, de fecha 27 de mayo de 2022, el Consejo de Administración aprueba por unanimidad la oferta de empleo público de estabilización de personal laboral para el año 2022, condicionada a la recepción de la autorización de las Direcciones Generales de la Función Pública y Costes de Personal.

Adicionalmente se adopta el siguiente acuerdo:

Se delega en la Comisión Ejecutiva la competencia de: «Aprobación de las bases de las convocatorias que desarrollen esta Oferta Pública de Empleo de consolidación 2022».

Las resoluciones que se adopten en virtud de las delegaciones conferidas por el presente acuerdo indicarán expresamente que se adoptan por delegación y se considerarán dictadas por el órgano delegante. El Consejo de Administración puede revocar estas delegaciones en cualquier momento.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y el artículo 8.7 de los vigentes Estatutos del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela, el presente acuerdo deberá ser publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Belén Hernández Lafuente, Gerente del Consorcio de la Ciudad de Santiago.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 04/07/2022
  • Fecha de publicación: 07/07/2022
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • A Coruña
  • Administración Local
  • Delegación de atribuciones
  • Real Patronato de la Ciudad de Santiago de Compostela

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