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Documento BOE-A-2022-11210

Real Decreto 564/2022, de 5 de julio, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el Real Taller de Aserrío de Valsaín, en el término municipal del Real Sitio de San Ildefonso (Segovia).

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 6 de julio de 2022, páginas 95449 a 95451 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2022-11210

TEXTO ORIGINAL

La declaración de Bien de Interés Cultural (BIC), cuya incoación se llevó a cabo por Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Bellas Artes (BOE núm. 3, de 4 de enero de 2022), se realiza de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El Real Taller de Aserrío de Valsaín constituye una excepcional muestra de la arqueología industrial del siglo XIX en nuestro país. Este se encuentra enclavado en el monte Matas de Valsaín, provincia de Segovia, en el término municipal del Real Sitio de San Ildefonso. La construcción del inmueble fue llevada a cabo bajo el patrocinio de la Casa Real en 1884, pasando posteriormente su titularidad a Patrimonio Nacional. Más tarde, y por Acuerdo del Consejo de Ministros de 1983, de conformidad con lo establecido por la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora de Patrimonio Nacional, la titularidad de todas las instalaciones del aserradero, así como de los montes de Valsaín en los que se ubican, fue transferida al Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ICONA). En un momento posterior, los bienes y derechos del mencionado organismo se integraron, a la desaparición de este, en el actual Organismo Autónomo Parques Nacionales, adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Este taller es a su vez un elemento integrante del patrimonio histórico español, como inmueble de interés histórico e industrial, según lo establecido en el artículo 1.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6.b) y 9.2 de la vigente Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, corresponde al Ministerio de Cultura y Deporte la incoación y tramitación del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, dado que el Real Taller de Aserrío de Valsaín se encuentra ubicado en los montes de Valsaín, cuya titularidad fue trasferida al Organismo Autónomo Parques Nacionales, adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

La tramitación del citado expediente se ha llevado a efecto según lo establecido en las citadas anteriormente Ley 16/1985, de 25 de junio, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 2.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, y 14 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, a propuesta del Ministro de Cultura y Deporte, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de julio de 2022,

DISPONGO:

Artículo 1. Declaración de Bien de Interés Cultural.

Se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el Real Taller de Aserrío de Valsaín, en el término municipal del Real Sitio de San Ildefonso (Segovia).

Artículo 2. Descripción.

El edificio antiguo del Aserrío de Valsaín consta de un cuerpo central longitudinal diáfano en una altura sobre sótano y dos naves laterales simétricas de dos plantas en alzado sobre sótano. Ambas naves se separaban en su momento de la nave central por sendos muros cortafuegos, hoy desaparecidos.

El alzado de la nave situada en el ala norte –en la que se encuentran las calderas y la máquina de vapor, incluidas dentro de esta declaración por su estrecha vinculación física e histórica con el inmueble del aserrío mecánico–, desapareció tras los últimos trabajos de consolidación de la cubierta y de parte del edificio en 2007. La nave lateral del extremo opuesto, el sur, estaba por su parte destinada a albergar la sala de afilado, que contaba con tres afiladoras, y la fragua, así como el taller de reparación de máquinas y la casa del director del aserrío. Actualmente, aloja parte de las oficinas del Centro Montes y Aserradero de Valsaín, unidad dependiente del Organismo Autónomo Parques Nacionales encargado del cuidado del inmueble y de los montes en los que se enclava.

La fachada, por su parte, se caracteriza por la presencia de numerosos vanos, que en rehabilitaciones posteriores se cubrieron con cerramientos vítreos modernos para proteger el interior de la intemperie y cuenta con un basamento de piedra y pilastras de ladrillo que han sido restaurados. Los frentes, tanto de las dos naves transversales adyacentes como del tramo central de la fachada principal rematan en una serie de piñones escalonados a la flamenca, situándose en el piñón central, a manera de frontón, el escudo de armas de Alfonso XII rodeado por el Toisón de Oro y la cadena de la Orden de Carlos III.

El inmueble cierra en su parte superior con una cubierta a dos aguas especialmente sobresaliente por el entramado de cuchillos triangulados del que está compuesta y que se puede apreciar desde el interior, tanto de la nave central como de la sala de la máquina de vapor. Esta ha sido rehabilitada en varias ocasiones, pero sigue conservando las cerchas originales.

Respecto al basamento del edificio, tras el inicio de la obra y la excavación de la zanja de drenaje de la fachada noroeste, se descubrió que la edificación carece de cimentación, siendo los propios muros y solera del sótano los que ejercen esta función. En este sótano es donde se encontraba todo el árbol que movía la maquinaria de aserrar situada en el piso superior, de la cual actualmente se conserva solo el eje transversal y algunas ruedas, tanto metálicas como de madera, así como los apoyos de las mencionadas máquinas. En estos apoyos, constituidos por gruesas pilastras de ladrillo, se pueden observar las conducciones destinadas a recoger el serrín resultante de las labores de trabajo de la madera, probablemente mediante algún sistema de cintas móviles; este serrín sobrante se reutilizaba como combustible para alimentar la caldera.

Por último, se conservan, aunque solo parcialmente, las baldosas que cubrían originalmente el solar de este sótano. Sin embargo, las condiciones de humedad extremas provocadas por la afloración de aguas subterráneas han deteriorado en buena parte este pavimento.

Artículo 3. Delimitación del bien.

El edificio del Real Taller de Aserrío de Valsaín se encuentra, tomando como referencia el punto central de la nave principal, en las coordenadas UTM ETRS89 30 N 414406,80-4525999,60. Se encuentra enclavado en el monte Matas de Valsaín, número 1 del CUP de la provincia de Segovia, colindando con la pradera de Navalhorno, en el término municipal del Real Sitio de San Ildefonso, provincia de Segovia.

La delimitación del Bien de Interés Cultural coincide con el área delimitada por el inmueble principal, la chimenea y el depósito de agua situado entre ambos. El entorno de protección, por su parte, viene delimitado por la tapia del jardín situado frente a la fachada este del inmueble principal, por un lado, y por el camino para tránsito de vehículos que separa las instalaciones del aserrío moderno del tradicional Real Aserrío Mecánico de Valsaín por el otro. Ninguna de las actividades derivadas de la producción llevada a cabo en el aserrío moderno que colinda con las instalaciones del inmueble a proteger deberán transcender los límites establecidos por esta declaración. Del mismo modo, dichos límites han sido establecidos buscando compaginar la protección efectiva del inmueble del antiguo Real Aserrío de Valsaín con el no entorpecimiento de las labores que posibilitan el correcto funcionamiento de las instalaciones modernas.

Artículo 4. Descripción complementaria.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente real decreto, así como la zona afectada por la declaración, son las que constan en el plano y demás documentación que obran en el expediente.

Artículo 5. Publicidad.

La declaración de Bien de Interés Cultural tendrá efectos a partir de la fecha de publicación del presente real decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 5 de julio de 2022.

FELIPE R.

El Ministro de Cultura y Deporte,

MIQUEL OCTAVI ICETA I LLORENS

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