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Documento BOE-A-2021-7752

Resolución de 4 de mayo de 2021, de la Secretaría General de Innovación, por la que se publica el Convenio con la Agencia Andaluza del Conocimiento y el Ayuntamiento de Málaga, para la organización del Foro Transfiere.

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 10 de mayo de 2021, páginas 56382 a 56395 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2021-7752

TEXTO ORIGINAL

Con fecha de 30 marzo de 2021 fue suscrito el Convenio entre el Ministerio de Ciencia e Innovación, la Agencia Andaluza del Conocimiento de la Junta de Andalucía, y el Ayuntamiento de Málaga para la organización del Foro Transfiere.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 4 de mayo de 2021.–La Secretaria General de Innovación, Teresa Riesgo Alcaide.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Ciencia e Innovación, la Agencia Andaluza del Conocimiento de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Málaga para la organización del Foro Transfiere

REUNIDOS

De una parte, doña Teresa Riesgo Alcaide, en nombre y representación de la Administración General del Estado - Ministerio de Ciencia e Innovación, en su calidad de Secretaria General de Innovación, nombrada por Real Decreto 211/2020, de 29 de enero, y ejerciendo esta competencia por delegación del Ministro de Ciencia e Innovación en virtud del artículo 15.1.b) de la Orden CIN/639/2020, de 6 de julio, por la que se delegan competencias.

De otra parte, doña Teresa Serrano Gotarredona, en nombre y representación de la Agencia Andaluza del Conocimiento de la Junta de Andalucía, en su calidad de Directora Gerente, en virtud del Decreto 188/2020, de 17 de noviembre (BOJA número 225, de 20 de noviembre de 2020), atendiendo a lo dispuesto en el artículo 13 de los Estatutos de la Agencia Andaluza del Conocimiento, aprobados por Decreto 92/2011, de 19 de abril, y modificados por el Decreto 1/2018, de 9 de enero.

Y de otra, don Francisco de la Torre Prados, en nombre y representación del Ayuntamiento de Málaga, en su calidad de Alcalde del Excelentísimo Ayuntamiento de Málaga, elegido como tal en la Sesión Especial de Constitución celebrada por el Excelentísimo Ayuntamiento de Málaga en Pleno, con fecha 15 de junio de 2019, en la que se procedió a constituir la Corporación Municipal surgida de las elecciones del día 26 de mayo de 2019, conforme a la normativa aplicable, y que queda recogida en el Acta número 11/19, de 15 de junio de 2019, actuando para este acto por delegación de la Junta de Gobierno Local, tal y como refleja el acta de la reunión celebrada con fecha 26 de marzo de 2021.

Las entidades firmantes, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, se reconocen la capacidad para convenir y obligarse en los términos del presente documento y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Ciencia e Innovación (en adelante, MICIN), es el Departamento de la Administración General del Estado al que corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de ciencia, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, incluyendo la investigación científica, así como el resto de las competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.

Que más concretamente, la Secretaría General de Innovación ejercerá la dirección de las competencias atribuidas al departamento en materia de innovación y transferencia del conocimiento, sin perjuicio de la actividad propia de los organismos públicos de investigación y restantes entidades vinculadas o dependientes de este Ministerio en dicho ámbito.

Entre otras, es competente para la propuesta y gestión de iniciativas de fomento de la innovación, incluidas las de circulación del conocimiento, la colaboración público-privada y la promoción de la creación de empresas de base tecnológica basadas en el conocimiento; la coordinación de actividades de promoción de los ámbitos estratégicos en materia de innovación; la dirección de las actuaciones estatales en materia de transferencia del conocimiento, en coordinación con el Ministerio de Universidades; el impulso a la compra pública de innovación; la promoción y colaboración con las plataformas tecnológicas en áreas estratégicas; el desarrollo de funciones vinculadas a la innovación en el ámbito de la internacionalización y promoción internacional, así como el impulso de programas conjuntos con comunidades autónomas y corporaciones locales en materia de innovación.

Segundo.

Que la Agencia Andaluza del Conocimiento (en adelante, AAC), es una Agencia Pública Empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, dotada de personalidad jurídica diferenciada. La AAC, actualmente adscrita a la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, tiene competencias en materia de universidades, investigación científica y técnica y transferencia del conocimiento. Según recoge el artículo 54 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de investigación científica y técnica, la competencia exclusiva en relación con los centros y estructuras de investigación de la Administración de la Junta de Andalucía y a los proyectos financiados por ésta, que incluye:

– El establecimiento de líneas propias de investigación y el seguimiento, control y evaluación de los proyectos.

– La organización, régimen de funcionamiento, control, seguimiento y acreditación de los centros y estructuras radicadas en Andalucía.

– La regulación y gestión de las becas y de las ayudas convocadas y financiadas por la Administración de la Junta de Andalucía.

– La regulación y la formación profesional del personal investigador y de apoyo a la investigación.

– La difusión de la ciencia y la transferencia de resultados.

La AAC tiene encomendadas, entre otras, las competencias relativas a la coordinación y el fomento de la investigación científica y técnica y la transferencia del conocimiento y la tecnología en el Sistema Andaluz del Conocimiento, así como su seguimiento y evaluación, con especial atención a las personas dedicadas a la investigación, los proyectos de investigación y la aplicación del conocimiento, la difusión de la ciencia a la sociedad y de sus resultados al tejido productivo.

En concreto, según recogen los artículos 4.2 y 5 de sus Estatutos, a la AAC le corresponde:

– El fomento de la innovación tecnológica en Andalucía, transfiriendo conocimiento, a través de los Agentes del Conocimiento y de la participación de las empresas y de dichos Agentes en los programas de I+D+I de la Unión Europea.

– La promoción y fomento de las actuaciones de investigación.

– La ejecución de actuaciones de especial relevancia pública, dentro de sus competencias.

Tercero.

Que el Ayuntamiento de Málaga, consciente del carácter emprendedor de su ciudad, lleva a cabo múltiples proyectos tecnológicos que se desarrollan en esta capital. El Ayuntamiento de Málaga no sólo promueve estos proyectos, sino que además lidera iniciativas cuyos objetivos van más allá de la modernización, logrando ser referencia para el resto de las ciudades españolas y europeas. En su apuesta continua por la innovación, lleva a cabo el desarrollo de políticas, actividades e iniciativas de innovación y emprendimiento en la ciudad.

Que el Ayuntamiento de Málaga, para la gestión de sus intereses, y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los términos previstos en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

Asimismo y sin perjuicio de las competencias enunciadas en el artículo 9 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, los municipios andaluces tienen competencia para ejercer su iniciativa en la ordenación y ejecución de cualesquiera actividades y servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades de la comunidad municipal, siempre que no estén atribuidas a otros niveles de gobierno (artículo 8 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía).

Que el artículo 25.2.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local incluye, entre las competencias propias de los municipios, las relativa a la promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

Cuarto.

El Foro Transfiere celebrado en Málaga con carácter anual desde el año 2012, aúna, de un lado, los grupos de investigación de las Universidades y otras instituciones que desarrollan I+D+I, plataformas, parques y centros tecnológicos, así como organismos públicos con competencias en esta materia, y, de otro lado, empresas de base tecnológica, organizaciones empresariales y clústeres de diversos sectores.

El Foro Transfiere se caracteriza por:

– Ser un espacio dedicado específicamente a la transferencia de conocimiento y la cooperación empresarial, siendo el gran Foro profesional y multisectorial de la Innovación.

– Ser un Foro de networking cuyo principal objetivo es fomentar la cooperación entre el ámbito científico y el sector empresarial a través de la transferencia de conocimiento. Así, representantes institucionales, investigadores, técnicos y profesionales procedentes del ámbito público y privado, ponen en común las últimas novedades tecnológicas para crear de este modo, oportunidades de negocio con empresas.

– Disponer de una herramienta online propia, una plataforma de networking desarrollada de forma exclusiva y adaptada a las necesidades de los participantes. Esta herramienta ha sido diseñada bajo las directrices de la Conferencia de Rectores de las Universidades.

– Españolas (CRUE) y del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), con el objetivo de responder a las necesidades de la comunidad investigadora.

– Contar con un equipo especializado en la organización de eventos profesionales y de networking que posee la importante experiencia de haber realizado con éxito nueve ediciones del Foro.

– Situar a Málaga, Andalucía y España como epicentro del debate sobre las últimas novedades en el panorama científico-investigador, con la correspondiente difusión que ello supone en canales profesionales y altamente especializados.

– Facilitar que la comunidad científica e investigadora asimile que la cita anual en Málaga resulta clave para anticipar las tendencias en investigación en los diferentes sectores productivos.

– Contribuir al desarrollo socioeconómico y a la competitividad del tejido empresarial del entorno, así como a la integración del sistema ciencia, tecnología y empresa.

Que el Foro Transfiere se ha consolidado como el principal evento especializado en I+D+I del Sur de Europa para compartir conocimiento científico y promover la innovación, siendo el espacio idóneo para conocer las tendencias actuales y dinamizar la ciencia y la investigación española a nivel internacional.

El Foro Transfiere reúne a los principales agentes del ecosistema nacional del I+D+I para debatir sobre la innovación tecnológica en España y su convergencia internacional, permitiéndoles:

– Establecer contactos b2b a través de una agenda de networking online.

– Transferir conocimiento científico y dar a conocer líneas de investigación tecnológica.

– Presentar productos, servicios y proyectos innovadores.

– Establecer alianzas estratégicas y sinergias.

– Conocer las necesidades tecnológicas de la Administración Pública, a través de procesos de consulta a los mercados reales.

– Encontrar soluciones innovadoras y oportunidades de negocio para los diferentes sectores estratégicos de la economía (retos tecnológicos).

Quinto.

Que, dentro del conjunto de iniciativas y actividades que la AAC está impulsando para poner en valor el conocimiento científico generado en universidades y organismos de investigación andaluces y convertirlo en bienes y servicios que generen riqueza y empleo, se encuentra la participación en la organización del Foro Transfiere, formando parte del Comité Organizador del mismo desde su primera edición en el año 2012.

Sexto.

Que el Ayuntamiento de Málaga viene desde hace años apostando por un modelo de desarrollo de la ciudad basado en la innovación mediante el desarrollo de políticas, actividades e iniciativas de innovación y emprendimiento. Entre dichas iniciativas se encuentra la participación en la organización del Foro Transfiere, formando parte del Comité Organizador del mismo desde su primera edición en el año 2012.

Séptimo.

El Foro Transfiere supone una oportunidad para demostrar la capacidad de Málaga, Andalucía y España para promover y organizar encuentros de gran envergadura en torno a la generación de conocimiento, que llegan a un amplio público y especializado gracias al papel dinamizador del comité organizador. La celebración de Transfiere va en sintonía con un modelo productivo basado en la generación de conocimiento y la promoción del talento español en el ámbito internacional.

Octavo.

Las partes intervinientes, actuando en el ámbito de sus respectivas competencias, consideran de primordial interés la celebración del Foro Transfiere en Andalucía, pues contribuye a sus fines comunes en cuanto a la consecución de un modelo económico basado en la innovación, la internacionalización, la cooperación y la transferencia de conocimiento y la promoción del talento español en el ámbito internacional. Por tanto, las partes consideran necesario formalizar una colaboración para la coorganización del Foro Transfiere, Foro Europeo para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, con un enfoque plurisectorial.

En consecuencia, de lo expuesto anteriormente, las partes se reconocen mutuamente la legitimación y capacidades necesarias para el otorgamiento del presente documento con intención de obligarse legalmente, y en su virtud acuerdan suscribir el presente Convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto del presente Convenio es regular los términos de la colaboración entre el MICIN, la AAC y el Ayuntamiento de Málaga para la organización del Foro Transfiere, Foro Europeo para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, con un enfoque plurisectorial, con el fin de crear un espacio en el que se fomente la cooperación entre el ámbito científico y el sector empresarial para el impulso de la transferencia de conocimiento.

Esta colaboración facilitará la puesta en común, en torno al evento, de una masa crítica de recursos y conocimientos de distintos campos, tecnologías, disciplinas científicas e infraestructuras de investigación para abordar los retos y necesidades que se plantean en el Foro, que se celebra en Málaga, con carácter anual.

El Foro tiene por objeto la transferencia del conocimiento con un enfoque plurisectorial, y aúna, de un lado, los grupos de investigación de las Universidades y otras instituciones que desarrollan I+D+I, plataformas, parques y centros tecnológicos, así como organismos públicos con competencias en esta materia, y, de otro lado, empresas de base tecnológica, organizaciones empresariales y clusters de diversos sectores. El Foro Transfiere ofrece todas las novedades, tendencias, soluciones y herramientas para crear un perfecto ecosistema de la innovación.

Asimismo, la colaboración entre estas tres entidades se extenderá a reforzar la proyección de Málaga, Andalucía y España en el exterior a través del Foro, el cual ha adquirido una amplia dimensión internacional, y se ha consolidado como uno de los principales Foros europeos para la Ciencia, Tecnología e Innovación.

Los objetivos estratégicos generales del Foro, aprobados por las entidades firmantes, son los que se enumeran a continuación:

– Puesta en valor de la transferencia del conocimiento como eje central.

– Desarrollo de contenidos y temáticas orientados al impulso de la transferencia de conocimiento.

– Crecimiento sostenido y cualificado de los indicadores.

– Internacionalización.

Segunda. Responsabilidades y aportaciones de los firmantes.

1. Serán responsabilidades de los firmantes, en sus respectivos ámbitos de competencia:

– Propiciar, a través de su participación en el Foro, el impulso del fomento de la innovación, la circulación del conocimiento, la colaboración público-privada y la promoción de empresas de base tecnológica basadas en el conocimiento.

– Promover el impulso de la compra pública de innovación y la colaboración con las plataformas tecnológicas en áreas estratégicas.

– Contribuir a la consecución de los indicadores de crecimiento: contratos de transferencia de conocimiento suscritos, profesionales acreditados, empresas expositoras, grupos de investigación, universidades, plataformas tecnológicas, países, capacidades tecnológicas, citas establecidas, ponentes, difusión en medios de comunicación.

– Difundir la convocatoria a través de sus redes de influencia y alcance.

– Reforzar la imagen del Foro y a su vez la proyección de Málaga, Andalucía y España en el exterior logrando ser un punto de referencia en materia de innovación y transferencia de conocimiento.

– Fomentar la presencia en el Foro de todos los actores que constituyen el ecosistema del I+D+I.

– Promover la participación de representantes institucionales de la Administración de la Junta de Andalucía, MICIN y Ayuntamiento de Málaga.

– Contribuir al cumplimiento del plan estratégico consensuado por los firmantes y aprobado por la Comisión de Seguimiento, que será comunicado al Comité Organizador.

– Poner a disposición del Foro los recursos necesarios para la consecución de los objetivos y las líneas de acción dispuestas en cada edición para su consecución, de conformidad con sus disponibilidades presupuestarias.

– Proporcionar soporte institucional al evento, promoviendo la participación de representantes institucionales del Ayuntamiento de Málaga, de la Administración de la Junta de Andalucía y del Gobierno de España.

– Proponer contenidos y ponentes estratégicos para el programa de mesas redondas del Internacional Innovation Programme, enmarcados en los proyectos:

• Gobierno de España: Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027; Plan Estatal de I+D+i, Horizonte Europa, entre otros.

• Agencia Andaluza del Conocimiento: Estrategia de I+D+i de Andalucía 2021-2027, Estrategia de Compra Pública de Innovación de Andalucía, entre otros.

• Ayuntamiento de Málaga: Planes Estratégicos de la Ciudad de Málaga tecnológica e innovadora.

– Participar como jurado en el «Premio de Periodismo de Apoyo a la Divulgación Científica».

– Dinamizar la participación del networking a fin de contar con todos los agentes necesarios en favor de la transferencia del conocimiento.

2. Cada uno de los firmantes se compromete a realizar las siguientes aportaciones:

1. Aportaciones del Ministerio de Ciencia e Innovación:

El Ministerio de Ciencia e Innovación se compromete a realizar las siguientes aportaciones:

a) Aportación del espacio (sala acondicionada según la necesidad en cada caso) para la celebración de las distintas reuniones necesarias para la organización del Foro a lo largo del año en alguna de sus instalaciones siempre y cuando se realicen en Madrid:

– Comité Organizador.

– Comisión de Seguimiento del Convenio.

– Comisión de Dinamización de Empresas.

– Comisión de Dinamización de Grupos de Investigación.

– Comisión de Comunicación y Divulgación.

– Comisión de Inversores.

– Jurado premio de periodismo.

b) Liderazgo de las siguientes comisiones de trabajo a través de sus unidades propias o a través de sus entidades vinculadas:

– Comisión de Seguimiento del Convenio: Secretaría General de Innovación.

– Comisión de Dinamización de Empresas: Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI).

– Comisión de Dinamización de Grupos de Investigación: Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).

– Coordinación del Foro destinado a contenidos transversales situado en el área del Gobierno de España. Aportación de contenidos de interés y a ser posible en primicia de procesos de compra pública, programas de subvenciones y ayudas susceptibles de interés para el público objetivo del Foro.

c) Difusión y dinamización de los contenidos a representantes de otras comunidades autónomas distintas a la Administración de la Junta de Andalucía.

2. Aportaciones de la Agencia Andaluza del Conocimiento:

La Agencia Andaluza del Conocimiento se compromete a realizar las siguientes aportaciones:

a) Arrendamiento del espacio necesario para la celebración del Foro: El espacio necesario se determinará en las reuniones del Comité Organizador y en función del número de participantes y de las actividades que se organicen. Para la determinación de la aportación económica de la AAC, se ha hecho un presupuesto estimativo del evento basado en el de la edición anterior, en la que se necesitaron en concreto los siguientes espacios del Palacio de Ferias y Congresos de Málaga: Auditorio 2, Pabellón 1, Sala 1.ª planta (10 salas multiusos), Sala de conferencias 1, Sala de conferencias 2 (Antesala 2), Sala de exposiciones 1, Sala polivalente (Restaurante principal, Patio Central y Hall) y Sala VIP para dar cabida a todos los expositores y actividades organizadas. En cualquier caso, el presupuesto final será el resultante del tamaño final del Foro en función del número de participantes, expositores y sala de actividades a instalar y no superará el precio máximo incluido en este Convenio de 153.850 € (ciento cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta euros) (IVA no incluido), con cargo a la partida presupuestaria 1451170000G/54A/22606/00, créditos cofinanciados con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), del programa operativo FEDER de Andalucía 2014-2020, dentro del objetivo específico 1.2.2. «Transferencia de conocimiento y cooperación entre empresas y centros de investigación» y de la programación financiera de la medida A1122062EC «Transferencia de tecnología y cooperación entre universidades y empresas, principalmente en beneficio de las PYME». Para ello, llevará a cabo un contrato de arrendamiento y la forma de pago se determinará en el mismo.

El desglose de esta cantidad de alquiler se corresponde con:

– Pabellón 1: 78.750 euros.

– Auditorio 2: 6.200 euros.

– Salas de Conferencias y Exposiciones: 14.450 euros.

– Multiusos (10 salas): 16.500 euros.

– Sala Polivalente (restaurante principal, patio central y hall): 35.700 euros.

– Sala VIP: 2.250 euros.

b) Diseño de la zona expositiva de la Administración de la Junta de Andalucía: zona exclusiva donde se promocionan (a través de stands institucionales) los agentes más relevantes del ecosistema andaluz del I+D+i.

c) Liderazgo de un Comité Regional, a los efectos de coordinar la participación de los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento en el Foro.

d) Coordinar las actividades y contenidos relacionados con compra pública de innovación, impulsar las CPI en marcha en Andalucía, programas de ayudas a la I+D+i a nivel regional.

3. Aportaciones del Ayuntamiento de Málaga:

El Ayuntamiento de Málaga se compromete a aportar la cantidad económica de 100.000€, en concepto de transferencias corrientes que aportará a la sociedad municipal a la que le encargará la realización y ejecución del Foro, para la realización de Ferias y eventos de contenido innovador y tecnológico. Esta aportación aparecerá reflejada en el presupuesto de la sociedad municipal dentro de la partida número 40100. Estos fondos que serán transferidos a la sociedad municipal que el Ayuntamiento determine, estarán inicialmente destinados a sufragar las siguientes partidas, si bien, las mismas podrían sufrir alguna variación en función de la evolución que presente el Foro:

– Promoción, publicidad y relaciones públicas (creación gráfica, prensa diaria, prensa técnica y social media): 30.000 euros.

– Montaje: montaje de exposición, stand Ayuntamiento e instalación de moquetas: 30.000 euros.

– Personal de apoyo externo: 40.000 euros.

– Diseño de la zona expositiva del Ayuntamiento de Málaga: zona exclusiva donde se promocionan los agentes y empresas públicas más relevantes del ecosistema malagueño del I+D+i.

Además, de la cantidad mencionada, existen otros compromisos económicos que aumentan la aportación del Ayuntamiento de Málaga, a sumar a los 100.000 euros anteriores:

• Cesión del uso de la marca Transfiere valorada en 208.000 euros, según tasación oficial emitida por Pons, Consultores de la Propiedad Industrial.

Tercera. Ejecución del Foro.

El Ayuntamiento de Málaga asumirá la materialización del Foro Transfiere.

La materialización del Foro comprende desde su diseño (en colaboración con las entidades cofirmantes) y ejecución, hasta la elaboración de la correspondiente memoria explicativa que contenga todo el material editado para la difusión y el resumen del cumplimiento de los objetivos contenidos en el presente Convenio.

Cuarta. Coordinación de las actuaciones en el ámbito del MICIN.

En el ámbito del MICIN, la Secretaría General de Innovación, en su calidad de órgano responsable de las competencias atribuidas al Departamento en materia de innovación y transferencia del conocimiento, será la encargada de coordinar a los restantes órganos y unidades del Ministerio, así como a los organismos dependientes y vinculados al mismo, a los efectos de su participación y representación en el Foro Transfiere.

En este sentido, la Secretaría General de Innovación:

– Centralizará, a nivel interno, las aportaciones de dichos órganos, unidades y organismos para la determinación de los contenidos del Foro, con el fin de dotar de coherencia al conjunto de las aportaciones.

– Centralizará, a nivel interno, la representación institucional de dichos órganos, unidades y organismos en el Foro, con el fin de dotar de coherencia a dicha representación.

– Trasladará a la Comisión de Seguimiento la propuesta de aportaciones del MICIN a los contenidos del Foro a efectos de la definición del programa; así como la propuesta de representación institucional del MICIN durante la celebración del Foro, sin perjuicio de que ambos aspectos se consensúen en el seno de la citada Comisión.

– Actuará como intermediario del MICIN con los restantes firmantes del Convenio, así como con el Ayuntamiento de Málaga (en su calidad de entidad responsable de la materialización del Foro, de conformidad con lo establecido en la cláusula anterior) en todo lo relativo a la preparación y celebración del Foro.

Quinta. Coordinación de las actuaciones en el ámbito de la AAC.

La AAC, en su calidad de organismo responsable de las competencias relativas a la coordinación y el fomento de la investigación científica y técnica y la transferencia del conocimiento y la tecnología en el Sistema Andaluz del Conocimiento, será la encargada de coordinar a los restantes organismos de la Administración de la Junta de Andalucía y agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, a los efectos de su participación y representación en el Foro Transfiere.

En este sentido, la AAC:

– Centralizará y coordinará, a nivel interno, las aportaciones de dichos organismos y agentes para la determinación de los contenidos del Foro, con el fin de dotar de coherencia al conjunto de las aportaciones.

– Centralizará, a nivel interno, la representación institucional de la Administración de la Junta de Andalucía en el Foro, con el fin de dotar de coherencia a dicha representación.

– Trasladará a la Comisión de Seguimiento la propuesta de aportaciones de los distintos organismos y agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, a los contenidos del Foro a efectos de la definición del programa.

– Gestionará y coordinará la zona expositiva correspondiente a la Junta de Andalucía con el objetivo de incluir en ella a los agentes más relevantes del ecosistema andaluz de I+D+I.

Sexta. Comisión de seguimiento.

A fin de asegurar la adecuada ejecución del presente Convenio, deberá constituirse una Comisión de Seguimiento integrada al menos por dos representantes de cada uno de los firmantes, que actuará como principal órgano de coordinación de las actuaciones a desarrollar para la organización y celebración del Foro, y del que serán subsidiarios los órganos de apoyo a los que hace referencia la cláusula Séptima.

Esta Comisión, que se reunirá en la fecha determinada por acuerdo entre las entidades firmantes, tendrá las siguientes funciones:

– Realizar un seguimiento de las actuaciones que se desarrollen en el marco de este Convenio, así como el seguimiento de los objetivos estratégicos, las líneas de actuación y los indicadores de seguimiento establecidos para cada edición.

– Coordinar las actuaciones necesarias para la adecuada ejecución del Convenio, definiendo las medidas correctoras oportunas para conseguir el adecuado cumplimiento del mismo.

– Valorar el grado de cumplimiento de los objetivos previstos.

– Interpretar las dudas y resolver las controversias que pudieran surgir en relación con la interpretación y ejecución del Convenio.

– Liquidación del Convenio en caso de extinción, conforme a lo dispuesto en la cláusula novena del mismo, decidiendo lo procedente en relación con las actuaciones derivadas de su ejecución aún pendientes.

– Proponer la prórroga del Convenio.

En el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor del presente Convenio, cada una de las entidades firmantes nombrará a sus representantes y lo comunicará a las restantes. Para la sustitución de los miembros de la Comisión bastará con una comunicación a las otras entidades firmantes con carácter previo a la celebración de cada reunión.

El MICIN estará representado por la Secretaria General de Innovación, en calidad de órgano responsable de las competencias atribuidas al Departamento en materia de innovación y transferencia del conocimiento.

El Ayuntamiento de Málaga actuará como Secretaría Técnica, lo que implicará la elaboración de los borradores de órdenes del día y actas de las reuniones de la Comisión; su distribución para aprobación por las entidades firmantes del Convenio; la recopilación de comentarios, su incorporación a los documentos; la elaboración de las propuestas de calendarios de reunión de la Comisión de Seguimiento y de los órganos de apoyo de ésta, que deberán ser aprobados por la Comisión, etc.

Esta Comisión de Seguimiento se regirá por lo establecido en la Subsección 1.ª de la Sección 3.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 19 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

La Comisión se considerará el mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio a los efectos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptima. Órganos de apoyo.

1. Con el fin de garantizar el buen funcionamiento del Foro, existirá un Comité Organizador y cinco Comisiones de Trabajo, compuestas por entidades y empresas representativas del ecosistema de la innovación, sin capacidad ejecutiva y que actuarán como asesores expertos de apoyo de la Comisión de Seguimiento del Convenio. Para ello, se reunirán con antelación suficiente a la fecha de celebración de cada reunión de dicha Comisión de Seguimiento. Su composición será consensuada por las entidades firmantes y aprobada por la Comisión de Seguimiento.

2. Serán funciones del Comité Organizador las siguientes:

a. Asistir al menos al 50% de las reuniones del comité (4 al año).

b. Poner en contacto a la organización del Foro con su red de contactos y directores de innovación de empresas o perfil similar:

I. Proponer reuniones y acompañar en las mismas si necesario.

II. Facilitar presentaciones de Transfiere en actos y actividades propias (asambleas, jornadas, reuniones…).

III. Entidades homólogas internacionales.

c. Aportar empresas y entidades que participen de manera activa tanto en las zonas de networking como en el área expositiva, retos, demo center

d. Aportar sugerencias y contenidos de temáticas de interés y actualidad para el programa.

e. Proponer y organizar actividades paralelas que aporten público, contenido y valor al evento.

f. Promover acciones de dinamización y difusión a través de su red de contactos, redes sociales y web.

g. Todas aquellas acciones necesarias para llevar a cabo la consecución de los objetivos del Foro con el mayor éxito posible.

3. Serán funciones comunes de todas las Comisiones de Trabajo las siguientes:

a. Asistir al menos al 50% de las reuniones.

b. Identificar y asesorar sobre contactos estratégicos dentro sus ámbitos de actividad que participen de manera activa tanto en todas las áreas del Foro (contenidos, networking) como en el área expositiva, retos, demo center

c. Aportar y facilitar contenidos estratégicos de temáticas de interés y actualidad para el programa dentro de sus ámbitos de actividad, así como los contactos para su presencia en el Foro.

d. Promover acciones de dinamización y difusión a través de su red de contactos, redes sociales y web.

e. Asesorar al Comité en las funciones específicas de la Comisión dando cuenta de los avances en cada una de las reuniones del Comité Organizador.

f. Todas aquellas acciones necesarias para llevar a cabo la consecución de los objetivos del Foro con el mayor éxito posible.

4. Serán funciones específicas de cada Comisión de Trabajo las siguientes:

a. Comisión de Dinamización de Empresas:

I. Colaborar en la configuración y puesta en marcha de contenidos, temáticas y selección de ponentes en materia de empresas: proyectos, convocatorias, programas en colaboración, actividades paralelas… de interés para el participante de Transfiere.

II. Colaborar en la selección y puesta en contacto al máximo nivel: empresas de referencia en innovación y empresas tanto públicas como privadas que tractoricen los sectores estratégicos

III. Poner en contacto e involucrar a: asociaciones y colectivos empresariales, clusters, parques tecnológicos y centros tecnológicos.

IV. Promover el lanzamiento de Retos Tecnológicos y de Procesos de Compra Pública de Innovación.

b. Comisión de Grupos de investigación:

I. Colaborar en la configuración y puesta en marcha de contenidos, temáticas y selección de ponentes en materia de investigación, universidades, Organismos Públicos de Investigación (OPIS), Oficinas de Transferencia de Resultados de la Investigación (OTRIS), centros tecnológicos: proyectos, convocatorias, programas en colaboración, actividades paralelas… de interés para el participante de Transfiere.

II. Seleccionar y poner en contacto: investigadores y grupos de investigación de referencia de manera individual y a través de las OTRIS.

III. Identificar y seleccionar casos de éxito de referencia.

IV. Promover la presencia en Retos Tecnológicos y en los Procesos de Compra Pública de Innovación.

c. Comisión de Comunicación y Divulgación:

I. Colaborar en la estrategia de comunicación y marketing de Transfiere.

II. Mejorar la captación de participantes mediante la selección y puesta en contacto con medios de comunicación especializados, comunidad online, ámbito internacional.

III. Contribuir a la consolidación del Premio de Periodismo.

IV. Coordinar las Jornadas de la Asociación Española de Comunicación Científica.

d. Comisión de Inversores:

I. Colaborar en la configuración y puesta en marcha de contenidos, temáticas y selección de ponentes en materia de inversión: proyectos, convocatorias, programas, actividades paralelas… de interés para el participante de Transfiere.

II. Colaborar en la selección y puesta en contacto al máximo nivel: grupos de inversión de referencia en innovación tanto nacionales como internacionales.

III. Promover el lanzamiento de rondas de inversión con presencia de compradores en el Foro.

e. Jurado Premio Periodismo:

I. Revisión y supervisión de las bases.

II. Selección y evaluación de los trabajos recibidos.

III. Fallo del premio.

IV. Dinamización del Premio, convocatoria y premiados, entre sus colectivos de interés.

5. Las Comisiones de trabajo abordarán objetivos e indicadores, que serán fijados por la Comisión de Seguimiento, de acuerdo a los objetivos estratégicos del Foro.

6. Estas Comisiones reportarán el resultado de sus trabajos a la Comisión de Seguimiento, con antelación suficiente para su análisis y aprobación por dicha Comisión.

Octava. Eficacia del Convenio y publicidad.

El presente Convenio producirá efectos una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Sus efectos se extenderán durante un año, pudiendo prorrogarse antes de su finalización, por periodos de igual duración, hasta un máximo de cuatro años adicionales, mediante acuerdo unánime de los firmantes atendiendo a lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Se deberá constatar la colaboración de los firmantes en todas las actividades editoriales, informativas y promocionales en relación con las actuaciones contempladas en este Convenio, insertando el logo que se facilite al efecto.

Novena. Extinción del Convenio.

Serán causa de resolución del presente Convenio:

a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes no incumplidoras podrá, de conformidad con lo previsto en el artículo 51.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo, que se determine con la Comisión de Seguimiento, con las obligaciones o compromisos pendientes o incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados por el mismo en el caso de que estos fueran cuantificables económicamente. En todo caso, ambas partes, a través de la Comisión de Seguimiento, adoptarán las medidas necesarias para asegurar la terminación de los procedimientos en curso.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en otras leyes.

Décima. Modificación del Convenio.

La modificación del contenido del Convenio se realizará a través de la Comisión de Seguimiento del mismo, requerirá acuerdo unánime de los firmantes y se recogerá expresamente mediante la firma de una Adenda.

Undécima. Justificación y liquidación del Convenio.

El cumplimiento y la resolución del Convenio darán lugar a su liquidación con objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes.

La gestión, justificación y resto de actuaciones relacionadas con los gastos derivados del Convenio al incluir compromisos financieros para las entidades firmantes, así como con los fondos comprometidos, deben ajustarse a lo dispuesto en la legislación presupuestaria.

Si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del Convenio existen actuaciones en curso de ejecución las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, podrán acordar la continuación o finalización de las que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.

En todo caso habrán de respetarse los plazos de ejecución de las actividades que se encuentren planificadas y aprobadas en dicho momento.

Finalizadas las actuaciones objeto del Convenio, y en el plazo máximo de tres meses, las partes aportarán a la Comisión de Seguimiento la documentación justificativa de los gastos derivados de las obligaciones recogidas en la cláusula segunda del mismo, de manera que permita acreditar que el gasto se corresponde con los conceptos señalados en dichas obligaciones.

En el seno de la Comisión de Seguimiento se realizarán las actuaciones tendentes a la liquidación del Convenio. En el caso de que los gastos válidamente justificados fueran inferiores a las aportaciones realizadas, procederá la devolución de las eventuales cantidades sobrantes de forma proporcional a la financiación aportada por cada una de las partes.

Duodécima. Justificación de los gastos.

Cada parte destinará el importe de su aportación económica al objeto de este Convenio conforme a los compromisos establecidos en el mismo. Cada una de las partes se hará cargo de las facturas correspondientes hasta el importe de su aportación de acuerdo con la distribución de gastos establecida en el presente Convenio y con los criterios que fijará la Comisión de Seguimiento.

Las partes se comprometen a liquidar las facturas que le corresponden dentro del plazo de un mes a partir de la presentación del justificante del gasto realizado en la que permita acreditar que la documentación justificativa de los gastos aportada se corresponde con los conceptos señalados en las obligaciones recogidas en la cláusula segunda del presente Convenio.

A la finalización del foro, las partes se comprometen a presentar en la Comisión de Seguimiento del Convenio una memoria explicativa del gasto realizado.

Decimotercera. Protección de datos de carácter personal.

Será de aplicación la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), por ser de aplicación directa desde el 25 de mayo de 2018.

También será de aplicación la normativa respecto de los datos que de tal carácter les sean suministrados o deban suministrar en la ejecución del presente Convenio y a informar a los posibles interesados, en los términos previstos en la referida normativa, de la finalidad del tratamiento de sus datos y de los derechos que ostentan en relación con el mismo.

Decimocuarta. Confidencialidad de la información.

La información que los firmantes se entreguen para el desarrollo de este Convenio tendrá carácter confidencial, a menos que las mismas acuerden lo contrario.

Dicho carácter se notificará expresamente a los respectivos empleados y se mantendrá el carácter confidencial de la información una vez terminado el Convenio.

Con independencia de la terminación del presente Convenio, el compromiso de confidencialidad permanecerá por tiempo ilimitado o hasta que esa información, por otro medio, pase a ser dominio público.

Decimoquinta. Régimen Jurídico y Resolución de Controversias.

El presente Convenio tendrá carácter administrativo y se regirá por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Todas las cuestiones que se susciten entre las partes firmantes por la interpretación del presente Convenio serán resueltas de común acuerdo entre ellas, en el seno de la Comisión de Seguimiento. En el caso de que tal acuerdo no fuera posible, las posibles controversias deberán ser resueltas de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y, en prueba de conformidad, los representantes de las entidades arriba indicadas firman el presente Convenio en Madrid a 30 de marzo de 2021.–Por el Ministerio de Ciencia e Innovación, Teresa Riesgo Alcaide.–Por la Agencia Andaluza del Conocimiento, Teresa Serrano Gotarredona.–Por el Ayuntamiento de Málaga, Francisco de la Torre Prados.

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