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Documento BOE-A-2021-7751

Resolución de 4 de mayo de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica la Adenda al Convenio con el Servicio Andaluz de Salud, para la aplicación de las TIC en la gestión de la cronicidad y la continuidad asistencial en el Sistema Sanitario Público de Andalucía.

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 10 de mayo de 2021, páginas 56379 a 56381 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2021-7751

TEXTO ORIGINAL

El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y el Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud han suscrito, con fecha 9 de marzo de 2021, adenda al Convenio de 7 de marzo de 2018 entre el Servicio Andaluz de Salud y la Entidad Pública Empresarial Red.es para la aplicación de las TIC en la gestión de la cronicidad y la continuidad asistencial en el Sistema Sanitario Público de Andalucía (C029/17-SV_AD1).

Para generar conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del referido Convenio.

Madrid, 4 de mayo de 2021.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., David Cierco Jiménez de Parga.

ADENDA AL CONVENIO DE 7 DE MARZO DE 2018 ENTRE EL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD Y LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES PARA LA APLICACIÓN DE LAS TIC EN LA GESTIÓN DE LA CRONICIDAD Y LA CONTINUIDAD ASISTENCIAL EN EL SISTEMA SANITARIO PUBLICO DE ANDALUCÍA (C029/17-SV_AD1

En Madrid y Sevilla, a 9 de marzo de 2021.

REUNIDOS

De una parte, don Miguel Ángel Guzmán Ruiz, Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud, nombrado por Decreto 595/2019, de 19 de noviembre (BOJA núm. 226, de 22 de noviembre de 2019), cuya representación ostenta de conformidad con el artículo 69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y en ejercicio de las funciones que le atribuye el artículo 12.1.g) del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud.

De otra parte, don David Cierco Jiménez de Parga, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., con domicilio en la plaza de Manuel Gómez Moreno, s/n, 28020 Madrid, y CIF Q-2891006-E, nombrado por el Consejo de Administración en su sesión de 24 de julio de 2018 y facultado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1.k) del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Red.es.

El Servicio Andaluz de Salud (en adelante SAS) y la Entidad Pública Empresarial Red.es, (en adelante, Red.es) podrán ser denominadas, individualmente, la Parte y, de forma conjunta, las Partes.

Las Partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente adenda, y en su virtud,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 7 de marzo de 2018, el Servicio Andaluz de Salud y la Entidad Pública Empresarial Red.es, suscribieron el Convenio para la aplicación de las TIC en la gestión de la cronicidad y la continuidad asistencial en el Sistema Sanitario Público de Andalucía (en adelante el Convenio), que entró en vigor con su publicación en el BOE-A-2018-4368, de fecha 28 de marzo de 2018.

Segundo.

Que, en virtud de lo dispuesto en la cláusula undécima del Convenio, su plazo de vigencia se extiende hasta el 28 de marzo de 2022.

Tercero.

Que, en virtud de lo dispuesto en la cláusula undécima del Convenio, el Convenio puede prorrogarse por acuerdo de las partes, hasta un máximo de cuatro años más.

Cuarto.

Que, la celebración de los comicios autonómicos en Diciembre de 2018, unido a la puesta en marcha de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y al impacto de la pandemia COVID-19 en la actividad del Servicio Andaluz de Salud, cuyos efectos se están prologando más allá de la duración del estado de alarma, y se prevé que puedan perdurar hasta la finalización de la crisis sanitaria; han repercutido en retrasos en la definición de los proyectos, en la preparación y tramitación de las correspondientes licitaciones, y en la ejecución de los proyectos, que impiden la consecución de la totalidad de las actuaciones en el marco de vigencia actual del Convenio (28 de marzo de 2022).

Quinto.

Que, reunida la Comisión de Seguimiento del Convenio, con fecha 30 de junio de 2020, y a la vista de lo expuesto anteriormente, las Partes propusieron y aprobaron iniciar los trámites de autorización de una adenda para la prórroga del Convenio hasta el 31 de diciembre de 2023, de modo que se posibilite la ejecución completa de las actuaciones previstas.

Sexto.

Que la prórroga del Convenio no tiene impacto económico.

Séptimo.

Que como consecuencia de todo lo anterior las Partes,

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar la vigencia del Convenio hasta el 31 de diciembre de 2023, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula undécima del mismo.

Segundo.

Que, salvo en las modificaciones expuestas y en lo que no contradiga a la presente adenda, se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del Convenio.

Tercero.

La presente adenda entrará en vigor tras su publicación en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación.

Y en prueba de conformidad, las Partes firman la presente adenda en Madrid y Sevilla, en la fecha de 9 de marzo de 2021.–El Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud, Miguel Ángel Guzmán Ruiz.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, David Cierco Jiménez de Parga,

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