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Documento BOE-A-2021-21961

Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 31 de diciembre de 2021, páginas 168102 a 168130 (29 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2021-21961

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Ciudad Autónoma de Melilla han suscrito, con fecha 17 de diciembre de 2021, un Convenio para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 22 de diciembre de 2021.–El Secretario de Estado de Derechos Sociales, Ignacio Álvarez Peralta.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio De Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Ciudad Autónoma de Melilla para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia

REUNIDOS

Doña Ione Belarra Urteaga, Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, nombrada por Real Decreto 235/2021, de 30 de marzo (BOE de 31 de marzo), en nombre y representación del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Doña Francisca de los Ángeles García Maeso, Consejera de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal de la Ciudad Autónoma de Melilla, nombrada por Decreto de Presidencia n.º 940, de fecha 2 de agosto de 2021, en nombre y representación de la Ciudad Autónoma de Melilla, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento del Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y de conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 13 de agosto de 2021, relativo a modificación del Decreto de distribución de competencias entre las consejerías de la ciudad, de fecha 19 de diciembre de 2019 y una vez obtenida la aprobación y autorización, en su reunión de fecha 20 de agosto de 2021 del Consejo de Gobierno (Resolución núm. 2021000625) de acuerdo con lo previsto en el art. 16.8 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraord. n.º 2, de 30/01/2017).

Las partes intervienen en nombre y representación de sus respectivas Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente Convenio en los términos que en él se contienen, y al efecto,

EXPONEN

I

Que por Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por RD 139/2020, de 28 de enero, por los que se reestructuran los departamentos ministeriales, y por Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, modificado por RD 311/2021, de 4 de mayo, corresponde al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de bienestar social, de familia, de protección del menor, de cohesión y de atención a las personas en situación de dependencia o con discapacidad.

Que, con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, se ha dotado al presupuesto para el ejercicio 2021 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 de una cantidad de 910,3 millones de euros para el eje de «Economía de los Cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Que, de estos 910,3 millones de euros, 730,8 serán ejecutados por las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales mediante proyectos que deberán corresponderse con determinados tipos de inversión en materia de servicios sociales, tal y como se establece en los Acuerdos reseñados en el apartado IV.

II

Que la Ciudad Autónoma de Melilla, de conformidad con su Estatuto de Autonomía, es competente en materia de servicios sociales y, en virtud de ello, ha presentado una serie de proyectos que se ajustan a los requisitos exigidos para el eje de «Economía de los Cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con el fin de mejorar los equipamientos para cuidados de larga duración, modernizar sus servicios sociales, establecer proyectos piloto de innovación en servicios sociales y la realización de actuaciones enmarcadas en el «Plan España país accesible».

III

Que el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia prevé una serie de instrumentos jurídicos para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos, entre los cuales están los Convenios de colaboración.

De esta forma, los citados Convenios se configuran como el instrumento a través del cual las Administraciones Públicas intervinientes acuerdan los proyectos, hitos y objetivos de los mismos, así como la financiación establecida para cada uno de ellos.

IV

Que el Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia alcanzó, el 15 de enero de 2021, un acuerdo sobre los criterios para la distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia.

Posteriormente, por Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de abril de 2021, se aprobó la propuesta de distribución territorial entre las Comunidades Autónomas y los criterios de reparto de los créditos de la Administración General del Estado para la financiación, durante el período 2021-2023, de los distintos proyectos presentados por las Comunidades Autónomas, para su posterior aprobación en Consejo Territorial, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 44 del Real Decreto-ley 36/2020 y el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

V

Que, por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, se aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que detalla las inversiones y reformas para el período 2021-2023 con la finalidad de impulsar la recuperación y lograr el máximo impacto contra-cíclico.

Para ello, el Plan de Recuperación articula una agenda coherente de reformas estructurales que responden al diagnóstico compartido por las instituciones europeas, el gobierno español y los principales agentes económicos y sociales, en ámbitos clave para reforzar la estructura económica y social del país; más concretamente, en el ámbito de los servicios sociales, aquellas necesarias para la implantación de un estado del bienestar moderno que proteja a los ciudadanos, garantice el cuidado de los mayores y dependientes, refuerce los servicios sociales y también proporcione oportunidades vitales a las nuevas generaciones.

VI

Que el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) aprobó en fecha de 30 de abril de 2021 el Acuerdo para la distribución de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 «Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión social» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En dicho Acuerdo se dispone que, para hacer efectiva la entrega de la financiación correspondiente a los proyectos presentados, considerando los criterios establecidos para su reparto, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 iniciará de inmediato los trámites para formalizar los Convenios a suscribir con cada comunidad autónoma, recogidos en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En tales Convenios se incluirá la concreción para cada Comunidad Autónoma del importe a percibir, así como de los proyectos, hitos y objetivos de los mismos y marco temporal de ejecución de conformidad con el precitado Acuerdo.

VII

Que la Administración General del Estado ha incluido en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, los créditos para financiar los proyectos presentados por las Comunidades Autónomas y que se realizará mediante la celebración de Convenios con las Administraciones de las mismas.

Que, por su parte, la Ciudad Autónoma de Melilla, ha presentado una relación pormenorizada de proyectos de inversión a realizar y que serán financiados con cargo a los créditos aportados por la Administración General del Estado al resultar elegibles conforme a su marco regulatorio.

Por todo ello, las partes acuerdan libremente suscribir el presente Convenio de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto acordar los proyectos a ejecutar por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla con cargo a los Fondos Europeos procedentes del mecanismo de recuperación y resiliencia, los hitos y objetivos de los mismos, así como los importes necesarios para la financiación establecida para cada uno de ellos.

La relación de proyectos, los hitos y objetivos, así como los costes de cada uno de ellos, se recoge en los anexos I, II y III del presente Convenio.

El objeto del Convenio es, por tanto, determinar las obligaciones asumidas por cada una de las partes intervinientes para la realización de dichos proyectos.

Segunda. Compromisos económicos asumidos por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

1. El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, de conformidad con los Acuerdos del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 15 de enero y 30 de abril de 2021, en el primer punto de su apartado común «Distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia», denominado «Variables para la distribución de fondos y resultado de su aplicación en 2021», y por el que se acuerdan los criterios de distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia, y por el que se aprueba la distribución territorial de los créditos para la financiación de proyectos de inversión del componente 22 «Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión social» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aportará en 2021 tres millones seiscientos cincuenta y cuatro mil euros (3.654.000 €) con cargo a las aplicaciones presupuestarias 50 230A 450 «Proyectos piloto de innovación en servicios sociales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» y 50 230A 754: «Transferencias de Capital a CCAA. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia».

2. De acuerdo con la planificación prevista para la ejecución de estos proyectos, que se concreta en el anexo I, las cantidades a aportar por parte del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 en 2022 y 2023 serán las siguientes:

2022: Cuatro millones quinientos mil euros (4.500.000 €).

2023: Cinco millones de euros (5.000.000 €).

Dichas aportaciones están condicionadas para los años 2022 y 2023 a contar previamente con las pertinentes aprobaciones tanto del Consejo de Ministros como del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Dependencia.

Tercera. Compromisos asumidos por la Ciudad Autónoma de Melilla en cuanto a la ejecución de los proyectos.

1. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021 como en el artículo 37.4 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación y Resiliencia, los ingresos percibidos por la Ciudad Autónoma de Melilla para la ejecución de proyectos objeto de financiación por estar incluidos dentro del ámbito del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia quedan legalmente afectados a financiar dichos proyectos, con la correlativa obligación del reintegro total o parcial de dichos ingresos en caso de no realizarse el gasto o en caso de incumplimiento total o parcial de los objetivos previstos.

2. Los proyectos a realizar serán los recogidos en el anexo I y se ejecutarán de conformidad con los objetivos establecidos en el anexo III, debiéndose cumplir con los hitos intermedios y la calendarización de cada proyecto definidos en el anexo II.

3. Será responsabilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla el seguimiento de la ejecución del coste estimado a través del seguimiento de la ejecución contable de los gastos imputados a proyectos o iniciativas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

4. Asimismo, será responsabilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla la fiabilidad y el seguimiento de tales indicadores, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de los hitos y de los objetivos. La Ciudad Autónoma de Melilla realizará una memoria semestral del cumplimiento de los hitos y objetivos recogidos en el anexo II, que será entregado en el formato y plazos establecidos por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

5. Si la Ciudad Autónoma de Melilla, en ejecución de líneas de medidas o proyectos integrados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, debiera otorgar financiación a destinarios finales, públicos o privados, establecerá mecanismos que aseguren que las medidas a desarrollar por estos últimos contribuyen al logro de los objetivos previstos y que aportan la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores. La financiación a terceros se vinculará al logro de los objetivos que se persiguen.

6. El coste estimado de los proyectos a ejecutar por la Ciudad Autónoma de Melilla deberá ser actualizado a los dos años en caso de revisión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para tener en cuenta la asignación final del 30 %, que se calculará con los datos a 30 de junio de 2022.

Una revisión al alza en el coste estimado en una etapa posterior no constituye una circunstancia objetiva que pueda desencadenar la modificación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

7. Si procede, los hitos y objetivos deberán ajustarse en función de la revisión del coste estimado, antes mencionada. Si la Ciudad Autónoma de Melilla necesitara realizar reprogramaciones de hitos y/u objetivos, se habría de valorar si tal reprogramación afectaría al coste estimado de la medida. Si el coste se viera afectado, el ajuste habría de realizarse consecuentemente. En todo caso, se seguirá el procedimiento que para la posible modificación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se determine por parte de la Administración General del Estado.

8. Cualquier ajuste a la baja en la financiación europea derivado de correcciones sobre el coste estimado o sobre la contribución financiera deberá ser asumido por la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante la devolución de los créditos implicados.

Cuarta. Compromisos asumidos por la Ciudad Autónoma de Melilla en materia de información.

La Ciudad Autónoma de Melilla se compromete a:

1. Cumplir las condiciones de suministro y publicación periódica de información relativa a indicadores, en los términos en los que se establezca por el Ministerio de Hacienda de conformidad con la normativa nacional y comunitaria;

2. Cumplir las condiciones de suministro y publicación periódica de información en cuanto a ejecución del gasto en proyectos y medidas en relación al coste estimado, en los términos en los que se establezca por el Ministerio de Hacienda de conformidad con la normativa nacional y comunitaria;

3. Mantener una adecuada pista de auditoría de las mediciones de los respectivos indicadores y la obligación al mantenimiento de la documentación soporte conforme a lo previsto en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.

4. Presentar al final de la ejecución de la medida en un plazo que se establecerá posteriormente, una cuenta justificativa sobre la utilización de los fondos recibidos para la misma, incluyendo:

– Grado de cumplimiento de hitos y objetivos respecto de los fijados inicialmente o, en su caso, revisados.

– Coste real de la medida respecto del coste estimado inicialmente o revisado.

– Descripción de la medida y la manera de implementación, mecanismos de control aplicados en su ejecución.

5. Presentar una cuenta justificativa final para la liquidación del Convenio, tanto en lo que respecta a los importes utilizados como a los hitos y objetivos conseguidos, tras el cierre del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, es decir, tras todos los posibles controles nacionales y comunitarios que sobre las medidas financiadas con él puedan recaer.

Quinta. Obligación de sometimiento, por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla, a las disposiciones comunitarias sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Al ser la Ciudad Autónoma de Melilla la responsable de la ejecución de los proyectos objeto de financiación, ésta se compromete a cumplir la totalidad de las disposiciones comunitarias sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en particular, aunque no de manera exclusiva:

1. A cumplir con la obligación de aseguramiento de la regularidad del gasto subyacente y de la adopción de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.

2. Al cumplimiento de la normativa sobre Ayudas de Estado en general y, en particular, respecto a los controles que se han aplicar para garantizar que el diseño de inversiones cumple dicha normativa en las medidas que se ejecuten por la Ciudad Autónoma de Melilla, con especial referencia a los supuestos en los que vayan a participar varias administraciones públicas, en los que se deberá tener especial cuidado con las reglas de acumulación de ayudas y las de incompatibilidad entre ayudas comunitarias, así como con las intensidades máximas, procurando que las categorías de ayudas, en la medida de lo posible, no sean concurrentes sino complementarias y que los gastos elegibles no sean los mismos.

A tal efecto, si procede, tanto para el control del cumplimiento de lo anterior como para la prevención de la doble financiación, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas, especialmente en lo relativo a las obligaciones de suministro de información de la misma.

3. A contribuir a la fiabilidad del sistema en general y del sistema de seguimiento de indicadores del cumplimiento de hitos y objetivos y de seguimiento del coste estimado en particular;

4. A guardar la trazabilidad de cada una de las medidas y cada uno de los perceptores finales de los fondos, así como de disponer de un sistema que permita calcular y seguir los objetivos cuyo nivel de consecución tiene que reportar la Ciudad Autónoma de Melilla. Esta obligación de pista de auditoría alcanza a la relativa al cumplimiento de hitos y objetivos y medición de indicadores.

5. A comunicar y facilitar la información disponible sobre la financiación comunitaria de las medidas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

6. A someterse a las actuaciones de la autoridad de control, nacionales o comunitarias, o de las entidades que actúen bajo su coordinación o responsabilidad.

Sexta. Consecuencias aplicables en caso de incumplimiento.

Correlativamente a las obligaciones asumidas en el presente Convenio por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla, se establecen las siguientes consecuencias en caso de incurrir en algún incumplimiento:

1. Cuando no se puedan lograr, en todo o en parte, los objetivos previstos, siempre y cuando el incumplimiento impida el retorno de fondos europeos por el Tesoro: reintegro por importe del retorno no percibido en relación con las medidas de la responsabilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla.

2. Cuando no pueda acreditarse el logro de los objetivos por falta de fiabilidad de los indicadores reportados, siempre y cuando el incumplimiento impida el retorno de fondos europeos por el Tesoro: reintegro por el importe del retorno no percibido en relación con las medidas de la responsabilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla.

3. Por la comisión de cualquier irregularidad que afecte a medidas bajo su responsabilidad determinada en cualquier control desarrollado por autoridades nacionales o comunitarias que recaiga sobre aquellas y que impida el retorno de fondos por el Tesoro: reintegro del importe del retorno no percibido en relación con las medidas de la responsabilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla.

4. Por la no utilización de las cantidades recibidas para las medidas para las que se transfirieron: reintegro de fondos al Estado por el importe indebidamente utilizado.

Séptima. Comisión de Seguimiento.

1. Para la vigilancia, control y resolución de cuantas cuestiones se susciten en torno a la interpretación y aplicación de la ejecución del presente Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos representantes de cada una de las partes.

Dicha Comisión se constituirá en el plazo de quince días contados desde la firma del presente Convenio y dictará las normas internas de su funcionamiento, debiéndose reunir siempre que lo solicite alguna de las partes y, en todo caso, al menos una vez al año.

2. La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo dispuesto en la sección tercera del capítulo II del título preliminar de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

3. La Comisión, que se deberá reunir al menos una vez durante la vigencia del Convenio, será paritaria y estará integrada por los siguientes miembros:

Por parte del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030:

– Dos representantes designados por la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.

Por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla:

– Dos representantes designados por la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal.

4. Las funciones asignadas a la Comisión de Seguimiento seguimiento consistirán en la vigilancia, control y resolución de cuantas cuestiones se susciten en torno a la interpretación y aplicación de la ejecución del presente Convenio.

Octava. Publicidad y difusión.

1. La Ciudad Autónoma de Melilla se compromete a destacar, en cuantas actividades realice para la difusión de las acciones previstas en el presente Convenio, la financiación efectuada por la Administración General del Estado, así como hacerlo constar en cuantos materiales se reproduzcan y utilicen para la difusión o publicidad de los proyectos financiados, de acuerdo con lo establecido en el «Manual de imagen Institucional de la Administración General del Estado», aprobado por Orden de 27 de septiembre de 1999 en desarrollo del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, y por la Resolución de 28 de febrero de 2020, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional adaptándolo a la nueva estructura de departamentos ministeriales de la Administración General del Estado, y la Guía para la edición y publicación de páginas web en la Administración General del Estado, aprobada por Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado para las Administraciones Públicas.

2. Adicionalmente, se hará mención del origen de esta financiación y se velará por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique «financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU», en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público. Esta publicidad se realizará de conformidad con lo establecido en el Manual de Marca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia confeccionado por la Secretaría de Estado de Comunicación, que se incorpora al presente Convenio como anexo IV.

Novena. Vigencia.

El presente Convenio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026, sin posibilidad de prórroga.

Conforme a lo indicado en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, este Convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma».

Décima. Extinción.

El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución y, en concreto, por las causas establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

No obstante, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del Convenio existen actuaciones que en ese momento estén iniciadas, las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento del Convenio, podrán acordar su continuación hasta su completa terminación, justificación y liquidación conforme a las cláusulas contenidas en el mismo, conforme a lo establecido en el art. 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En caso de resolución del Convenio por incumplimiento total o parcial de sus obligaciones por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla, éste deberá reintegrar al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 las cantidades que hubiera percibido como aportación económica del mismo, siendo a cargo de la citada Administración la financiación de las actividades que, en su caso, se hallen en curso.

Undécima. Modificación.

La modificación del presente Convenio requerirá acuerdo expreso de los firmantes, según el artículo 49. g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público mediante la correspondiente Adenda de modificación, siguiendo la misma tramitación que para su suscripción.

Duodécima. Protección de datos.

Ambas partes se comprometen a cumplir las exigencias previstas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD. La citada obligación subsistirá aun después de terminado el proyecto. Asimismo, cuando proceda, vendrán obligados al cumplimiento de lo establecido en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

Decimotercera. Régimen jurídico y jurisdicción competente.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa y su régimen jurídico está regulado en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La Jurisdicción Contencioso-administrativa será la competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente Convenio, dada la naturaleza administrativa de éste, de acuerdo con las previsiones de los artículos 11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el presente Convenio.–Por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra Urteaga, Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030.–Por la Ciudad Autónoma de Melilla, Francisca de los Ángeles García Maeso, Consejera de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal.

ANEXO I
Melilla

Relación de proyectos a ejecutar

N.º Nombre Línea actual Línea anterior Importe (millones €)
        2021 2022 2023 Total
1 Albergue de estancia media de personas sin hogar. I1 I2 752.000,00 € 1.100.000,00 € 1.025.000,00 € 2.877.000,00 €
  Albergue de estancia media de personas sin hogar. l2 l7 752.000,00 € 1.100.000,00 € 1.025.000,00 € 2.877.000,00 €
2 Programa de integración en red del tercer sector. I2 I4/I5 100.000,00 € 100.000,00 € 300.000,00 € 500.000,00 €
3 Piso tutelados para personas con enfermedad mental /personas con diversidad funcional intelectual. I1 I2 600.000,00 € 200.000,00 € 450.000,00 € 1.250.000,00 €
4 Remodelación de instalaciones centro de día para personas mayores y personas sin recursos. I1 I2 1.125.000,00 € 100.000,00 € 100.000,00 € 325.000,00 €
  Remodelación de instalaciones centro de día para personas mayores y personas sin recursos. l2 l7 1.125.000,00 € 100.000,00 € 100.000,00 € 325.000,00 €
5 Proyecto piloto de pisos para personas ex tuteladas por el sistema de protección especialmente para aquellos espacialmente vulnerables. I2 I5/ I7 250.000,00 € 450.000,00 € 500.000,00 € 1.200.000,00 €
6 Centro de ubicación múltiple de entidades del tercer sector en el ámbito de las personas con diversidad funcional. I2 I5/I4 700.000,00 € 1.000.000,00 € 1.200.000,00 € 2.900.000,00 €
7 Mejora del sistema de ventilación del centro de personas con diversidad funcional intelectual. I2 I2/ I7 150.000,00 € 100.000,00 € 150.000,00 € 450.000,00 €
8 Programa de integración en red de los centros de menores con la Ciudad Autónoma de Melilla y los organismos competentes de la Ciudad Autónoma de Melilla. I2 I5/I7 100.000,00 € 250.000,00 € 150.000,00 € 500.000,00 €
Total. 3.654.000,00 4.500.000,00 5.000.000,00 13.204.000,00
ANEXO II
Melilla

Relación de hitos a alcanzar por línea y semestre

Línea de inversión Semestre Hito
I1 2.º Semestre 2021. 1) Finalización redacción del proyecto de albergue de estancia media personas sin hogar; 2) Finalización redacción del proyecto de piso tutelados para personas con enfermedad mental/ personas con diversidad funcional intelectual; 3) Finalización redacción del proyecto de piso tutelado para personas con enfermedad mental /personas con diversidad intelectual; 4) Finalización redacción del proyecto de remodelación de Instalaciones Centro de Día para personas mayores; 5) Finalización redacción del proyecto de piso piloto para personas extuteladas por el Sistema de Protección de Menores especialmente vulnerables.
I1 1.er semestre 2022. 1) Supervisión de proyecto y licitación de obras del proyecto de albergue de estancia media personas sin hogar; 2) Supervisión de proyecto y licitación de obras del proyecto de piso tutelados para personas con enfermedad mental/ personas con diversidad funcional intelectual; 3) Supervisión de proyecto y licitación de obras del proyecto de piso tutelado para personas con enfermedad mental /personas con diversidad intelectual; 4) Supervisión de proyecto y licitación del proyecto de remodelación de Instalaciones Centro de Día para personas mayores; 5) Supervisión de proyecto y licitación del proyecto de piso piloto para personas extuteladas por el Sistema de Protección de Menores especialmente vulnerables.
I1 2.º Semestre 2022. 1) Ejecución del proyecto de albergue de estancia media personas sin hogar; 2) Ejecución del proyecto de piso tutelados para personas con enfermedad mental/ personas con diversidad funcional intelectual; 3) Ejecución del proyecto de piso tutelado para personas con enfermedad mental /personas con diversidad intelectual; 4) Ejecución del proyecto de remodelación de Instalaciones Centro de Día para personas mayores; 5) Ejecución del proyecto de piso piloto para personas extuteladas por el Sistema de Protección de Menores especialmente vulnerables.
I1 1.er Semestre 2023. 1) Ejecución del proyecto de albergue de estancia media personas sin hogar; 2) Ejecución del proyecto de piso tutelados para personas con enfermedad mental/ personas con diversidad funcional intelectual; 3) Ejecución del proyecto de piso tutelado para personas con enfermedad mental /personas con diversidad intelectual; 4) Ejecución del proyecto de remodelación de Instalaciones Centro de Día para personas mayores; 5) Ejecución del proyecto de piso piloto para personas extuteladas por el Sistema de Protección de Menores especialmente vulnerables.
I1 2.º Semestre 2023. 1) Puesta en funcionamiento del albergue de estancia media personas sin hogar; 2) Puesta en funcionamiento de piso tutelados para personas con enfermedad mental/ personas con diversidad funcional intelectual; 3) Puesta en funcionamiento del piso tutelado para personas con enfermedad mental /personas con diversidad intelectual; 4) Puesta en funcionamiento del proyecto de remodelación de Instalaciones Centro de Día para personas mayores; 5) Puesta en funcionamiento del proyecto de piso piloto para personas extuteladas por el Sistema de Protección de Menores especialmente vulnerables.
I2 2.º Semestre 2021. 1) Finalización redacción del proyecto de Centro de ubicación múltiple para entidades sin tercer sector en el ámbito de las personas con diversidad funcional; 2) Finalización redacción del proyecto de Centro de Ubicación Múltiple de Entidades del Tercer Sector en el ámbito de las personas con diversidad funcional; 3) Finalización redacción del proyecto de mejora del sistema de ventilación/climatización de Centros de Personas con diversidad funcional intelectual; 4) Finalización redacción del proyecto del Programa de Integración en red del tercer sector.
I2 1.er semestre 2022. 1) Supervisión de proyecto y licitación de obras del proyecto de Centro de ubicación múltiple para entidades sin tercer sector en el ámbito de las personas con diversidad funcional; 2) Supervisión de proyecto y licitación de obras del proyecto de Centro de Ubicación Múltiple de Entidades del Tercer Sector en el ámbito de las personas con diversidad funcional; 3) Supervisión de proyecto y licitación de obras del proyecto de mejora del sistema de ventilación/climatización de Centros de Personas con diversidad funcional intelectual; 4) Supervisión de proyecto y licitación de obras del proyecto del Programa de Integración en red del tercer sector.
I2 2.º Semestre 2022. 1) Ejecución del proyecto de Centro de ubicación múltiple para entidades sin tercer sector en el ámbito de las personas con diversidad funcional; 2) Ejecución del proyecto de Centro de Ubicación Múltiple de Entidades del Tercer Sector en el ámbito de las personas con diversidad funcional; 3) Ejecución del proyecto de mejora del sistema de ventilación/climatización de Centros de Personas con diversidad funcional intelectual; 4) Ejecución del Programa de Integración en red del tercer sector.
I2 1.er Semestre 2023. 1) Ejecución del proyecto de Centro de ubicación múltiple para entidades sin tercer sector en el ámbito de las personas con diversidad funcional; 2) Ejecución del proyecto de Centro de Ubicación Múltiple de Entidades del Tercer Sector en el ámbito de las personas con diversidad funcional; 3) Ejecución del proyecto de mejora del sistema de ventilación/climatización de Centros de Personas con diversidad funcional intelectual; 4) Ejecución del Programa de Integración en red del tercer sector.
I2 2.º Semestre 2023. 1) Puesta en funcionamiento del Centro de ubicación múltiple para entidades sin tercer sector en el ámbito de las personas con diversidad funcional; 2) Puesta en funcionamiento del Centro de Ubicación Múltiple de Entidades del Tercer Sector en el ámbito de las personas con diversidad funcional; 3) Puesta en funcionamiento de la mejora del sistema de ventilación/climatización de Centros de Personas con diversidad funcional intelectual; 4) Puesta en funcionamiento del programa de Integración en red del tercer sector.
ANEXO III
Descripción de los proyectos a desarrollar por la Ciudad con Autónoma: Melilla

Proyecto n.º: 1

Nombre del proyecto:

Albergue de estancia media de personas sin hogar y personas vulnerables

Línea: C22.I1/C22.I2

a) Descripción de la inversión. Edificabilidad de un albergue de atención a personas sin hogar o personas sin domicilio para una estancia intermedia bajo el principio de Housing first».
b) Implementación de la inversión. Adquisición y habilitación edificio residencial para dedicarlo a la acogida de los usuarios.
c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

2021: 1.504.000,00 €.

2022: 2.200.000,00 €.

2023: 2.050.000,00 €.

Total: 5.754.000 euros.

d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación.

– Adquisición de infraestructura.

– Adquisición de equipamientos.

Programas de formación laboral para personas en riesgo de exclusión.

Proyecto n.º: 2

Nombre del proyecto:

Programa de integración en red del tercer sector

Línea: C22.I2

a) Descripción de la inversión. La interconectividad de los programas sociales que se desarrollan desde las entidades del tercer sector es básica para la optimización de los recursos destinados a las personas sin recursos.
b) Implementación de la inversión. Diseño de aplicación informática y canalización de la red hasta las sedes de las entidades del tercer sector y facilitación de equipos informáticos para la implementación de la referida aplicación.
c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

2021: 100.000,00 €.

2022: 100.000,00 €.

2023: 300.000,00 €.

Total: 500.000 euros.

d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación.

– Desarrollo de aplicación informática.

– Adquisición de equipamientos.

– Canalización de la fibra óptica.

– Formación a miembros del Tercer sector en TIC.

Proyecto n.º: 3

Nombre del proyecto:

Piso tutelado para personas con enfermedad mental/personas con discapacidad intelectual

Línea: C22.I1

a) Descripción de la inversión. La inexistencia de recursos para personas con enfermedad mental en Melilla hace que estos enfermos tengan que trasladarse a la Ciudad de Málaga rompiendo los lazos familiares y comunitarios Igualmente, existe cierto sector de personas con diversidad funcional intelectual cuya afectación permite llevar una vida autónoma de acuerdo con lo recogido en la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad hecho en New York, de 13 de diciembre de 2006.
b) Implementación de la inversión. Adquisición y habilitación de dos pisos tutelados para destinarlo a la ocupación por personas que bajo criterio sanitario pueden llevar una vida independiente mediante un seguimiento terapéutico de baja intensidad.
c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

2021: 600.000,00 €.

2022: 200.000,00 €.

2023: 450.000,00 €.

Total:1.250.000 euros.

d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación.

– Adquisición de Infraestructura.

– Adquisición de equipamiento domestico.

– Formación a cuidadores.

– Formación ocupacional a beneficiarios del proyecto.

Proyecto n.º 4

Nombre del proyecto:

Remodelación de instalaciones centro de día-comedor social para personas mayores y personas sin recursos

Línea: C22.I1/ C22.I2

a) Descripción de la inversión. Se trata de mejorar los espacios destinados a la atención social a los mayores del centro de día de la Ciudad Autónoma de Melilla y facilitar atención alimentaría básica a personas sin recursos.
b) Implementación de la inversión. Ampliación de espacios edificables sobre el edificio actualmente existente que redunda en la atención del usuario al disponer de espacios adaptados.
c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

2021: 250.000,00 €.

2022: 200.000,00 €.

2023: 200.000,00 €.

Total: 650.000 euros.

d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación.

– Realización de Infraestructura.

– Adquisición de mobiliario.

– Formación en TIC adaptadas para personas mayores.

Proyecto n.º: 5

Nombre del proyecto:

Proyecto piloto de pisos para personas ex tuteladas por el sistema de protección para aquellos especialmente vulnerables

Línea: C22.I2

a) Descripción de la inversión. Se trata de dedicar un espacio residencial reducido para aquellos menores especialmente vulnerables que accede a la mayoría de edad.
b) Implementación de la inversión. Adquisición de dos pisos para destinarlos al acogimiento residencial de menores extutelados en tanto se consigue la inclusión de estos en el mercado laboral y su preparación para la vida adulta.
c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

2021: 250.000,00 €.

2022: 450.000,00 €.

2023: 500.000,00 €.

Total:1.200.000 euros.

d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación.

Adquisición de Infraestructura Adquisición de mobiliario.

Formación en autocuidados para extutelados y formación laboral.

Proyecto n.º: 6

Nombre del proyecto:

Centro de ubicación múltiple de entidades del tercer sector en el ámbito de las personas con diversidad funcional

Línea: C22.I2

a) Descripción de la inversión. Se trata de dedicar un espacio para destinarlo a la instalación de las Entidades del Tercer Sector que se dedican a la atención a personas con diversidad funcional.
b) Implementación de la inversión. Adquisición y dotación de un centro de usos múltiples donde se puedan ubicar las distintas Entidades del Tercer Sector que se dedican a la atención a las personas con diversidad funcional.
c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

2021: 700.000,00 €.

2022: 1.000.000,00 €.

2023: 1.200.000,00 €.

Total:2.900.000 euros.

d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación.

– Adquisición de Infraestructura.

– Adquisición de mobiliarios.

Proyecto n.º: 7

Nombre del proyecto:

Mejora del sistema de ventilación del centro de personas con diversidad funcional intelectual

Línea: C22.I2

a) Descripción de la inversión. Se trata de mejorar el sistema de ventilación del Centro de Personas con Diversidad Funcional Intelectual Fco. Gámez Morón.
b) Implementación de la inversión. Adquisición e instalación de equipos de ventilación de todo el centro.
c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

2021: 150.000,00 €.

2022: 100.000,00 €.

2023: 150.000,00 €.

Total:450.000 euros.

d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación. Adquisición e instalación de equipo de climatización/ventilación del centro Instalación del mismo.

Proyecto n.º: 8

Nombre del proyecto:

Programa de integración en red de los centros de menores con la Ciudad

Autónoma de Melilla y los organismos competentes de la Ciudad Autónoma de Melilla

Línea: C22.I2

a) Descripción de la inversión. La interconectividad digital de los Centros de Menores con los servicios sociales y de protección de menores de la Ciudad de Melilla, así como con otros servicios auxiliares y de emergencia que permitan una rápida actuación en caso de situaciones de emergencia.
b) Implementación de la inversión. Diseño de aplicación informática y canalización de la red de fibra hasta las sedes de las entidades públicos y privados y facilitación de equipos informáticos para la implementación de la referida aplicación.
c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

2021: 100.000,00 €.

2022: 250.000,00 €.

2023: 150.000,00 €.

Total:500.000 euros.

d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación.

– Desarrollo de aplicación informática.

– Adquisición de equipamientos.

– Canalización de la fibra óptica hasta los puntos de acceso entre los distintos centros de acogida y los servicios públicos competentes.

– Formación a usuarios de la aplicación.

ANEXO IV

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