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Documento BOE-A-2021-19984

Orden PCM/1342/2021, de 30 de noviembre, por la que se modifica la Orden PRA/18/2018, de 17 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro de Investigaciones Sociológicas del Premio Nacional de Sociología y Ciencia Política.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 2 de diciembre de 2021, páginas 149174 a 149175 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2021-19984
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2021/11/30/pcm1342

TEXTO ORIGINAL

La Ley 39/1995, de 19 de diciembre, de Organización del Centro de Investigaciones Sociológicas, y su reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 1214/1997, de 18 de julio, sobre organización del Centro de Investigaciones Sociológicas, regulan entre las funciones encomendadas al Centro de Investigaciones Sociológicas «la promoción y estímulo de la investigación social aplicada, mediante la organización de cursos y seminarios, la convocatoria de becas, ayudas y premios, y la participación en programas de formación de técnicos y especialistas en la materia».

Entre los mecanismos que se señalan, la Orden PRA/18/2018, de 17 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro de Investigaciones Sociológicas del Premio Nacional de Sociología y Ciencia Política, estableció la regulación a través de la cual se regulaba dicho Premio.

A partir de la experiencia de las convocatorias anteriores, se ha determinado la conveniencia de modificar la forma de presentación de las solicitudes, en tanto en cuanto la configuración actual no se adaptaba con facilidad a la realidad de los grupos de interesados que participan de este procedimiento.

Por otro lado, se ha puesto de manifiesto la necesidad de precisar los sujetos legitimados para presentar candidaturas.

La norma se adecua a los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, toda vez que los principios de necesidad y eficacia han quedado justificados «supra». Respecto del principio de proporcionalidad, esta orden contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad descrita. En relación con el principio de seguridad jurídica, la orden se integra de forma coherente en el marco de nuestro ordenamiento jurídico. De la misma forma, se han tenido en cuenta en la elaboración de esta norma los principios de transparencia y eficiencia, a partir de la experiencia de las anteriores convocatorias.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, esta orden ha sido sometida a informes de la Abogacía del Estado en el Departamento y de la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado en el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

En su virtud, y con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden PRA/18/2018, de 17 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro de Investigaciones Sociológicas del Premio Nacional de Sociología y Ciencia Política.

La Orden PRA/18/2018, de 17 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro de Investigaciones Sociológicas del Premio Nacional de Sociología y Ciencia Política se modifica en los siguientes términos:

Uno. Los apartados 1 y 2 del artículo 4 quedan redactados de la siguiente manera:

«Artículo 4. Presentación de candidaturas.

1. Podrán proponer candidaturas al Premio todas aquellas instituciones, organismos, fundaciones de carácter público o privado y facultades o departamentos de universidad vinculados a las ramas de conocimiento de la Sociología y Ciencia Política, así como los miembros del Jurado designado.

2. Las propuestas de candidaturas, deberán presentarse en la Sede Electrónica del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, en el Registro General del Centro de Investigaciones Sociológicas, o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, se estará a lo dispuesto en el artículo 14. 2 a), b) y d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de noviembre de 2021.–El Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños García.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/11/2021
  • Fecha de publicación: 02/12/2021
  • Fecha de entrada en vigor: 03/12/2021
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 4.1 y 2 de la Orden PRA/18/2018, de 17 de enero (Ref. BOE-A-2018-673).
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Ayudas
  • Centro de Investigaciones Sociológicas
  • Ciencias Políticas y Sociología
  • Premios
  • Procedimiento administrativo

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