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Documento BOE-A-2021-15922

Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la realización de una nueva campaña de comunicación internacional a favor del sector agroalimentario español en los años 2021 y 2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 30 de septiembre de 2021, páginas 120397 a 120404 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2021-15922

TEXTO ORIGINAL

El Secretario General de Agricultura y Alimentación, actuando por delegación del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la Presidenta de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., han suscrito un Convenio para la realización de una nueva campaña de comunicación internacional a favor del sector agroalimentario español en los años 2021 y 2022.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 28 de septiembre de 2021.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEJO
Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la realización de una nueva campaña de comunicación internacional a favor del sector agroalimentario español en los años 2021 y 2022

16 de septiembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, don Fernando Miranda Sotillos, Secretario General de Agricultura y Alimentación, en virtud del Real Decreto 542/2018, de 18 de junio, por el que se dispone su nombramiento (BOE de 19 de junio de 2018), actuando en nombre y representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), conforme a las competencias que le confiere el apartado segundo, punto 1, del capítulo II de la Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (BOE de 18 de enero de 2019).

Y, de otra parte, doña Xiana Margarida Méndez Bértolo, Presidenta de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (ICEX), Entidad Pública Empresarial adscrita al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de la Secretaría de Estado de Comercio, con sede en Madrid, paseo de la Castellana, n.º 278, y NIF Q2891001F. La interviniente citada actúa en nombre y representación de ICEX en virtud de su nombramiento efectuado por Real Decreto 649/2018, de 22 de junio (BOE núm. 152, de 23 de junio de 2018) y de las atribuciones que tiene atribuidas por el artículo 6 del Estatuto de ICEX, aprobado mediante Real Decreto 1636/2011, de 14 de noviembre (BOE núm. 284, de 25 de noviembre de 2011).

Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

1. Que el Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del MAPA y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, establece en el artículo 6.1.j) que entre las funciones de la Dirección General de la Industria Alimentaria estará la de proponer y desarrollar instrumentos encaminados a promocionar y orientar el consumo de productos agroalimentarios y pesqueros, en particular a través del diseño y realización de campañas institucionales de publicidad y de comunicación, en coordinación, en su caso, con ICEX. Competencias que serán ejercidas por la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España, según se dispone en el apartado 2.c) del mismo artículo.

2. Que de acuerdo con el Real Decreto-ley 4/2011, de 8 de abril, de medidas urgentes de impulso a la internacionalización, ICEX, es una Entidad Pública Empresarial que tiene entre sus fines promover la internacionalización de la empresa española y la mejora de su competitividad a través de la prestación de los servicios, programas, apoyos económicos, e instrumentos de información, financiación o asesoría que en cada caso se requieran.

3. Que el 7 de septiembre de 2020 (BOE de 12 de septiembre de 2020) ambas instituciones suscribieron un Convenio para relanzar la imagen internacional del sector agroalimentario y poner en valor la excelencia y diversidad de los alimentos y bebidas españoles, tras el grave daño ocasionado por la crisis sanitaria en la percepción de nuestros productos en los mercados internacionales.

4. Que MAPA e ICEX consideran conveniente renovar el compromiso de promoción de la imagen del sector agroalimentario, tras haber comprobado el impacto tan positivo que los primeros meses de campaña ha generado en todos los países en los que se ha desarrollado, teniendo en cuenta que la construcción de la imagen y reputación del sector son el resultado de un esfuerzo continuado en el tiempo, que requiere ser reforzado en este momento.

5. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, recogida en el artículo 47.2.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, siéndole de aplicación el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto de este Convenio es la colaboración en el diseño e implementación de la campaña de comunicación internacional a favor del sector agroalimentario español, que se desarrollará en el periodo comprendido entre los ejercicios 2021 y 2022.

Segunda. Líneas de actuación.

Para asentar los mensajes de excelencia, diversidad, compromiso y sostenibilidad del sector agroalimentario español y reforzar el vínculo creado con los profesionales y consumidores internacionales tras la realización de la anterior campaña de comunicación internacional 2020-2021, ICEX y MAPA renuevan el compromiso para fortalecer la imagen de calidad y responsabilidad generada durante la pandemia por COVID-19 y reforzar la imagen de los productos españoles en Estados Unidos ante el nuevo escenario comercial Así, ambas instituciones pondrán en marcha diferentes instrumentos para consolidar la notoriedad y reputación generada en los distintos públicos objetivos de la campaña:

– Inserciones en medios internacionales de comunicación generalistas, sectoriales y de estilo de vida para difundir contenidos sobre alimentos y bebidas españolas al consumidor final con el objetivo de dinamizar la demanda de productos españoles.

– Desarrollo de acciones de relaciones públicas dirigidos a público profesional con el objetivo de incrementar el conocimiento y dinamizar el interés de los compradores y prescriptores internacionales por los alimentos y bebidas españoles.

Por tanto, las líneas de actuación programadas para el cumplimiento del objeto del presente Convenio son las siguientes:

– Internacionalización en Estados Unidos de la campaña «El País Más Rico del Mundo».

Inserción de la campaña «El País Más Rico del Mundo» –que MAPA ha desarrollado en España durante 2020– en Estados Unidos, con la correspondiente contratación de soportes audiovisuales y digitales para su difusión al consumidor final estadounidense.

– Ampliación y desarrollo de la campaña Spain Food Nation a través de la producción y publicación de contenidos en medios de comunicación, así como la organización y celebración de eventos de relaciones públicas, en concreto:

• Actuaciones de alcance global:

° Mantenimiento y actualización de la web global de la campaña y promoción digital internacional de contenidos de la web.

° Promoción dirigida al consumidor final a través de la producción y distribución de contenidos en grupos editoriales de estilo de vida de alcance global con especial incidencia en Europa, Asia, América y Oriente Medio, en la modalidad branded content con carácter preferente.

• Actuaciones en mercados específicos:

° Dirigidas a consumidor final, a través de la inversión en medios de comunicación generalistas sectoriales y de estilo de vida, de ámbito local o global, con carácter preferente en las modalidades branded content y publirreportaje, en las siguientes áreas geográficas:

América del Norte (Estados Unidos y México).

Europa (Unión Europea, Reino Unido, Suiza y Rusia).

Asia (China y Japón).

° Dirigidas a público profesional, a través de eventos de relaciones públicas con compradores y prescriptores, en las siguientes áreas geográficas:

América del Norte (Estados Unidos y México).

Europa (Unión Europea, Reino Unido, Suiza y Rusia).

Asia (China y Japón).

Tercera. Obligaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, el MAPA se compromete a realizar las siguientes actuaciones, conforme al presupuesto desglosado en el anexo:

1. Participar en el diseño, elaboración y realización del programa de actividades referido en la cláusula segunda y en el anexo, y aprobar el programa de actividades elaborado por ICEX.

2. Aportar la cantidad máxima de tres millones veinte mil euros (3.020.000 €) en la totalidad del periodo de actuaciones del presente Convenio del 2021 y 2022, una vez ejecutadas y justificadas las acciones programadas. El desglose por ejercicio será el siguiente:

– Quinientos veinte mil euros (520.000 €) para el ejercicio económico 2021.

– Dos millones quinientos mil euros (2.500.000 €) para el ejercicio 2022 con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08

3. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del presente Convenio.

4. Participar en la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden dentro del presente Convenio.

5. Promover entre las empresas españolas del sector la participación en las actuaciones internacionales que se acuerden dentro del presente Convenio.

Cuarta. Obligaciones de ICEX España Exportación e Inversiones E.P.E.

1. Asumir la responsabilidad directa de las gestiones necesarias para el buen desarrollo de las acciones promocionales previstas, informando al MAPA de las mismas.

2. Aportar la cantidad máxima de un millón quinientos veinte mil euros (1.520.000 €) En la totalidad del periodo de actuaciones del presente Convenio de los ejercicios 2021 y 2022, de conformidad con lo indicado en el anexo y de acuerdo al siguiente desglose:

– Un millón veinte mil euros (1.020.000 €) para el ejercicio económico 2021.

– Quinientos mil euros (500.000 €) para el ejercicio económico 2022.

3. Diseñar y ejecutar, conjuntamente con el MAPA, las actividades mencionadas en la cláusula segunda y en el anexo, debiendo tener en cuenta todos los aspectos técnicos necesarios para la correcta ejecución de las mismas.

4. Diseñar y aportar un programa de actividades detallado que recoja una descripción de las acciones a realizar, así como una valoración de su impacto, presupuesto y posible calendario de acciones. Este programa deberá presentarse ante el MAPA y estará sometido a su aprobación.

5. Elaborar y aportar todos los elementos divulgativos y promocionales necesarios para el adecuado desarrollo de las acciones contempladas en el presente Convenio.

6. Incluir la imagen de #alimentosdespaña en las actuaciones promocionales.

7. Apoyar la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden dentro del presente Convenio.

8. A efectos de las aportaciones establecidas en el calendario de la cláusula quinta, una vez realizadas las acciones previstas en el anexo, elaborar y presentar la documentación pertinente para la justificación del cumplimiento de las mismas, que consistirá en una memoria que comprenda, al menos:

a) Una descripción de las acciones realizadas.

b) Una valoración sobre su impacto.

c) Las correspondientes justificaciones sistematizadas del gasto y pago, indicando la parte aportada por el MAPA.

d) Cualquier otra información que pueda contribuir a valorar la eficacia de las acciones emprendidas.

9. Para el desarrollo de las actuaciones previstas en el presente Convenio, ICEX podrá llevar a cabo su ejecución a través de la red de Oficinas Económicas y Comerciales de la Secretaría de Estado de Comercio en el exterior, que tienen la consideración de centros de actuación de ICEX en el exterior.

Quinta. Financiación y forma de pago.

El presupuesto total que conlleva la organización y celebración de las actuaciones programadas objeto del Convenio, asciende a cuatro millones quinientos cuarenta mil euros (4.540.000 €) de acuerdo con el presupuesto que se adjunta como anexo.

El MAPA participará en las acciones objeto de este Convenio con un presupuesto máximo de tres millones veinte mil euros (3.020.000 €):

– Quinientos veinte mil euros (520.000 €) para el ejercicio económico de 2021, para la campaña Spain Food Nation, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 de 2021.

– Dos millones quinientos mil euros (2.500.000,00 €) para el ejercicio 2022, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 de 2022 o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico correspondiente:

• Un millón quinientos mil euros (1.500.000 €), para la internacionalización de la campaña El País Más Rico del Mundo.

• Un millón de euros (1.000.000 €), para la campaña Spain Food Nation.

ICEX participará en las acciones objeto de este Convenio con un presupuesto máximo de un millón quinientos veinte mil euros (1.520.000 €):

– Un millón veinte mil euros (1.020.000 €) para el ejercicio económico 2021.

– Quinientos mil euros (500.000 €) para el ejercicio económico 2022.

Ambas partes contribuirán al 50 % en el desarrollo de la campaña Spain Food Nation hasta las cantidades máximas de las aportaciones previstas por las Partes en el anexo a este Convenio, es decir, hasta un millón quinientos veinte mil euros cada una.

Con respecto a las actividades a realizar en el marco de la internacionalización de la campaña «El País Más Rico del Mundo», estas serán financiadas íntegramente con las aportaciones de MAPA, hasta un millón quinientos mil euros, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo.

ICEX adelantará los fondos correspondientes a las actividades a realizar previstas bajo el presente Convenio.

El MAPA realizará la aportación de la cantidad estipulada a ICEX una vez realizadas las actividades, previa certificación justificativa de los gastos realizados, de conformidad con el siguiente calendario:

Primera aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente Convenio, ejecutadas desde la fecha en la que el Convenio adquiera eficacia hasta el 31 de octubre de 2021, y cuyo pago sea justificado hasta el 25 de noviembre de 2021, previa justificación por parte de ICEX de la ejecución de las acciones correspondientes, aportando una memoria de acuerdo con lo especificado en la cláusula cuarta del presente Convenio, así como sus correspondientes documentos justificativos.

Segunda aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente Convenio, ejecutadas, desde el 1 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021, y cuyo pago sea justificado antes del 31 de enero de 2022, previa justificación por parte de ICEX de la ejecución de las acciones correspondientes, aportando una memoria de acuerdo con lo especificado en la cláusula cuarta del presente Convenio, así como sus correspondientes documentos justificativos.

Tercera aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente Convenio, ejecutadas desde el 1 de enero de 2022 hasta el 30 de junio de 2022, y cuyo pago sea justificado antes del 30 de septiembre de 2022, previa justificación por parte de ICEX de la ejecución de las acciones correspondientes, aportando una memoria de acuerdo con lo especificado en la cláusula cuarta del presente Convenio, así como sus correspondientes documentos justificativos.

Si se produjera algún retraso en las actividades previstas en el calendario, se analizará la situación en la Comisión de seguimiento para acomodar el calendario de aportaciones previstas dentro del plazo de duración del Convenio. En el caso de que se produzcan estos retrasos, y, en consecuencia, alguno de las aportaciones previstas tuviera que realizarse más allá del periodo de duración fijado en el presente Convenio, las partes, de común acuerdo, suscribirán la correspondiente adenda prevista en la cláusula novena del Convenio antes de la fecha de finalización del mismo, establecida en la cláusula octava.

ICEX justificará el gasto de su aportación a este Convenio de acuerdo con el siguiente calendario:

Primera aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente Convenio, ejecutadas, desde la fecha en la que el Convenio adquiera eficacia hasta el 31 de diciembre de 2021, y cuyo pago sea justificado antes del 31 de marzo de 2022, previa justificación por parte de ICEX de la ejecución de las acciones correspondientes, aportando una memoria de acuerdo con lo especificado en la cláusula cuarta del presente Convenio, así como sus correspondientes documentos justificativos.

Segunda aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente Convenio, ejecutadas desde el 1 de enero de 2022 hasta el 30 de junio de 2022, y cuyo pago sea justificado antes del 30 de septiembre de 2022, previa justificación por parte de ICEX de la ejecución de las acciones correspondientes, aportando una memoria de acuerdo con lo especificado en la cláusula cuarta del presente Convenio, así como sus correspondientes documentos justificativos.

Adicionalmente, se establece una liquidación de cierre al final del periodo de vigencia del Convenio en la que se regularizarán las aportaciones de ICEX y MAPA, en caso de haber diferencias en los términos de financiación establecidos en el Convenio.

Sexta. Comisión de Seguimiento.

A los efectos de garantizar el cumplimiento del presente Convenio se crea una Comisión de Seguimiento para un mejor desarrollo de las actuaciones a realizar, con la siguiente composición:

Por parte del MAPA: Dos representantes de la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España.

Por parte de ICEX: Dos representantes de la Dirección de Alimentos, Vinos y Gastronomía.

La Comisión de Seguimiento se reunirá cuantas veces se estime necesario a petición de una de las partes, con al menos 10 días naturales de antelación. Los acuerdos de la Comisión de seguimiento se adoptarán por unanimidad de sus miembros, todos ellos tienen derecho a voz y voto, y de sus reuniones se levantará la correspondiente acta.

La Comisión podrá requerir la comparecencia, por interés de las mismas, de otros expertos en la materia a tratar, con voz pero sin voto.

La Comisión tendrá encomendadas las siguientes funciones:

– Impulsar y desarrollar el presente Convenio.

– El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.

– La resolución de problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantarse respecto a la ejecución del Convenio.

Séptima. Publicidad.

La actuación conjunta MAPA-ICEX constará de modo visible y fácilmente legible en toda la publicidad, difusión, resultados, etc., que se realice en cualquier medio de difusión, por cualquiera de las partes, notificando dicha actuación previamente a la otra parte.

Octava. Duración del Convenio y su eficacia.

El presente Convenio surtirá efectos desde su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO), que se producirá dentro de los cinco días hábiles siguientes a su formalización hasta el 31 de diciembre del año 2022.

Asimismo será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Novena. Modificación, extinción e incumplimiento del Convenio.

Cualquiera de las partes podrá proponer la modificación de este Convenio, en cualquier momento, antes de su finalización, para introducir las modificaciones que estimen pertinentes. De producirse la modificación del Convenio, los correspondientes cambios habrán de incorporarse al mismo y requerirá acuerdo unánime de los firmantes.

Toda modificación del Convenio deberá formalizarse mediante adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Según lo establecido en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio quedará extinguido ante el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las causas de resolución recogidas en dicho artículo.

El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes dará lugar a la resolución del Convenio en los términos previstos en el citado artículo.

El incumplimiento parcial de las obligaciones y compromisos de cualquiera de las Partes, será valorado de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, siendo el importe de dicha parte a contribuir a los gastos previstos en el Convenio proporcional al importe de las acciones realizadas.

Ambas partes se reservan el ejercicio de las acciones legales que procedan, en orden a la resolución de este Convenio, así como para la reclamación de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo.

Décima. Condición suspensiva.

La eficacia de este Convenio en relación con las actuaciones financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para 2021 y 2022 queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 o la que pueda sustituirla en los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio correspondiente.

Undécima. Confidencialidad, titularidad y uso de los resultados y protección de datos.

Sin perjuicio de las líneas de actuación en materia de difusión de la información, y de la publicidad que las partes den a este Convenio o a las actuaciones derivadas del mismo, las partes velarán por la debida confidencialidad de la información que se genere entre ambas.

Si de las actuaciones realizadas al amparo del presente Convenio se derivaran derechos de propiedad industrial, intelectual u otros de análoga naturaleza, serán propiedad en partes iguales del MAPA y de ICEX, sin que ninguna de las partes cotitulares pueda ejercer su derecho de explotación de manera independiente, sin el consentimiento expreso y por escrito del otro cotitular.

Asimismo, ambas partes en el ejercicio de las funciones previstas en el presente Convenio, adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Duodécima. Resolución de conflictos.

Los conflictos a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente Convenio, que no hayan sido resueltos por la Comisión de seguimiento prevista en la cláusula sexta, quedarán sometidos al conocimiento y resolución de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.

Decimotercera. Compromisos FEDER.

Las partes declaran conocer que las actividades a realizar por el ICEX para la ejecución del objeto del presente Convenio son susceptibles de ser cofinanciadas con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

A tal efecto, las partes se comprometen a adoptar, en el seno de la Comisión de seguimiento, las medidas necesarias para cumplir con las disposiciones vigentes relativas a su certificación y cumplimiento, tales como visibilidad de la ayuda financiera de la Unión Europea, análisis de los posibles riesgos de incompatibilidad y solapamiento o cualquier otra obligación establecida al efecto.

En prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo convenido, otorgan el presente documento, en el lugar y fecha indicados.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P. D. (Orden APA/21/2019, de 10 de enero), el Secretario General de Agricultura y Alimentación, Fernando Miranda Sotillos.–La Presidenta de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., Xiana Margarida Méndez Bértolo.

ANEXO
Presupuesto desglosado en euros, sin IVA
Líneas de actuación Total Convenio 2021 2022
ICEX MAPA ICEX MAPA
Convenio MAPA/ICEX. 4.540.000 1.020.000 520.000 500.000 2.500.000
1. Internacionalización de la campaña El País Más Rico del Mundo en Estados Unidos. 1.500.000 1.500.000
2. Ampliación campaña Spain Food Nation. 3.040.000 1.020.000 520.000 500.000 1.000.000
2.1 Actuaciones de alcance global. 800.000 20.000 320.000 30.000 430.000
2.1.1 Mantenimiento y actualización de la web global de la campaña y promoción digital internacional de contenidos de la web. 100.000 20.000 20.000 30.000 30.000
2.1.2 Promoción dirigida a consumidor final: Inversión en grupos de comunicación de estilo de vida de alcance global, con especial incidencia en Europa, Asia, América y Oriente Medio: producción y distribución de nuevos contenidos en la modalidad branded content, renovación de derechos de talent y su distribución, adaptación de piezas producidas en 2020 y su distribución. 700.000 300.000 400.000
2.2 Actuaciones en mercados específicos. 2.240.000 1.000.000 200.000 470.000 570.000
2.2.1 Actuaciones dirigidas a consumidor final: Inversión en medios de comunicación generalistas, sectoriales y de estilo de vida, de ámbito local o global, por áreas geográficas. 770.000 200.000 570.000
2.2.2 Actuaciones dirigidas a público profesional. Inversión en eventos de relaciones públicas con compradores y prescriptores. 1.470.000 1.000.000 470.000
  Total Convenio. 4.540.000 1.020.000 520.000 500.000 2.500.000

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