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Documento BOE-A-2021-13563

Real Decreto 506/2021, de 6 de julio, por el que se declara la Técnica del Vidrio Soplado en España como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 2021, páginas 97082 a 97083 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2021-13563

TEXTO ORIGINAL

La Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, establece en su artículo 11.2, letra c), que corresponde a la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en colaboración con las Comunidades Autónomas, la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial mediante la Declaración de Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.

El artículo 12 de la citada ley regula el procedimiento de declaración de Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, señalando que el mismo se iniciará de oficio por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, bien por propia iniciativa, a petición razonada de una o más Comunidades Autónomas o por petición motivada de persona física o jurídica.

De acuerdo con ello, por Resolución de 22 de julio de 2020 de la Dirección General de Bellas Artes (BOE de 31 de julio) se acordó la incoación del expediente de declaración de la técnica del vidrio soplado en España como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, disponiéndose además la apertura de un período de información pública. Con carácter previo a dicha resolución, se recabaron los correspondientes informes del Consejo de Patrimonio Histórico y del CSIC como instituciones consultivas en la materia. Asimismo, se sometió el expediente a informe de las comunidades autónomas y de las ciudades con estatuto de autonomía.

Posteriormente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.4 de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, y en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concedió en tiempo y forma el trámite de audiencia.

En virtud del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte, corresponde al Ministerio de Cultura y Deporte la competencia en materia de patrimonio histórico español.

Por todo ello, una vez finalizada la tramitación administrativa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, a propuesta del Ministro de Cultura y Deporte, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de julio de 2021,

DISPONGO:

Artículo 1. Declaración como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.

Se declara la técnica del vidrio soplado en España como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.

Artículo 2. Descripción.

La técnica del vidrio soplado, junto a los procesos, conocimientos, productos, instrumental y maquinaria asociada, así como los espacios arquitectónicos que le son inherentes presenta un conjunto de valores históricos, inmateriales, tecnológicos y artísticos que la hacen merecedora del reconocimiento como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de España.

Dentro del conjunto de valores culturales que presenta esta manifestación, debe destacarse la pervivencia a lo largo del tiempo en diversos centros productores, manteniéndose la actividad de manera ininterrumpida desde hace tres siglos. Al mismo tiempo hay que destacar la variedad de la producción, que en la actualidad mantiene los modelos históricos, junto a nuevos diseños y gran variedad de tipologías.

En la actualidad en España destacan dos focos productores de mayor envergadura por su producción con tradición histórica en la técnica del vidrio soplado: el Centro Nacional del Vidrio de la Granja en Segovia y los Vidrios Gordiola en Mallorca.

No obstante, por todo el territorio español coexisten experiencias individuales con este tipo de técnica, en forma de pequeños talleres artesanos, en muchos casos unidos a museos, que buscan revitalizar y dar visibilidad a producciones características de centros ya extinguidos.

A pesar de esta importancia histórica y sociocultural, en la actualidad la viabilidad de esta práctica se ve amenazada por varios factores como la competitividad de la producción industrial del vidrio y otros materiales frente a esta técnica tradicional. Además, existe una falta de interés de las nuevas generaciones, lo que provoca una situación de peligro a causa de la disminución del número de depositarios de los conocimientos.

Artículo 3. Descripción complementaria.

La descripción complementaria de la manifestación a que se refiere el presente real decreto consta en la documentación obrante en el expediente.

Artículo 4. Publicidad y efectos.

La Declaración de Manifestación Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial tendrá efectos a partir de la fecha de publicación del presente real decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 6 de julio de 2021.

FELIPE R.

El Ministro de Cultura y Deporte,

JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ URIBES

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