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Documento BOE-A-2021-10863

Orden EFP/686/2021, de 18 de junio, por la que se autoriza la implantación de enseñanzas de formación profesional en centros públicos de Ceuta y Melilla a partir del curso 2021/2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 30 de junio de 2021, páginas 78166 a 78168 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-A-2021-10863

TEXTO ORIGINAL

La Formación Profesional es uno de los ejes vertebradores del sistema productivo del país, ya que favorece la empleabilidad y la mejora de la cualificación profesional tan necesaria para conseguir empleos de calidad.

El Plan para la Formación Profesional, el crecimiento económico y social, y la empleabilidad, en el marco del I Plan Estratégico de la Formación Profesional, propone convertir la Formación Profesional en una palanca para el crecimiento, contemplando la mejora de la accesibilidad a la Formación Profesional.

La implantación de nuevos ciclos incide, sin lugar a dudas, en la reducción de las tasas de abandono educativo temprano y en la mejora de la cualificación de la población, en especial de las personas jóvenes, permitiendo así mejorar su competencia profesional y favoreciendo la transición o reinserción al mercado laboral una gran parte de las personas que han salido del mismo en los últimos meses.

Las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Formación Profesional en las Ciudades Autónomas de Ceuta y de Melilla, tras estudiar las demandas de implantación de enseñanzas con nuevas perspectivas profesionales para la población de ambas ciudades, han realizado una propuesta para modificar la actual oferta educativa.

Visto el título I, capítulo V de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que regula enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo y los ciclos formativos, y en el título IV del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo.

Visto lo establecido en el Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de los centros integrados de Formación Profesional.

Visto el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Visto Real Decreto 478/2020, de 7 de abril, por el que se establece el curso de especialización en ciberseguridad en entornos de las tecnologías de operación y se fijan los aspectos básicos del currículo.

Vistas las propuestas realizadas por ambas Direcciones Provinciales de implantación de nuevas enseñanzas que permitan a los jóvenes desarrollar capacidades para el desempeño cualificado de las diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica y la combinación del estudio y de la formación con la actividad laboral u otras responsabilidades, así como con aquellas situaciones personales que dificulten el estudio y la formación en régimen de enseñanzas presencial, dispongo:

Primero.

Autorizar la implantación de las enseñanzas de Formación Profesional en la modalidad presencial en los centros que se relacionan en el anexo I, a partir del curso 2021/2022.

Segundo.

Autorizar la implantación de las enseñanzas de Formación Profesional en la modalidad a distancia en los centros que se relacionan en el anexo II, a partir del curso 2021/2022.

Tercero.

Autorizar el traslado de enseñanzas de Formación Profesional entre los centros que se relacionan en el anexo III, a partir del curso 2021/2022.

Cuarto.

No podrán implantarse en los centros más enseñanzas que las autorizadas por esta Orden, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.2 del Reglamento de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de enero.

Los Directores Provinciales de Ceuta y Melilla velarán por el cumplimiento de esta norma.

Madrid, 18 de junio de 2021.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), la Secretaria General de Formación Profesional, Clara Sanz López.

ANEXO I
Centros públicos a los que se autoriza la implantación en modalidad presencial de enseñanzas de Formación Profesional a partir del curso 2021-2022
Provincia/Centro/Código de centro Familia profesional Nivel Nombre del ciclo formativo
Ceuta
IES Almina. 51000304. Industrias Alimentarias. CFGM Panadería, Repostería y Confitería.
IES Clara Campoamor. 51004671. Agraria. CFGS Gestión Forestal y del Medio Natural.
IES Clara Campoamor. 51004671. Actividades Físicas y Deportivas CFGS Acondicionamiento Físico.
IES Puertas del Campo. 51000331. Informática y Comunicaciones. CFGS Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma.
IES Siete Colinas. 51000298. Energía y Agua. CFGS Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica.
IES Siete Colinas. 51000298. Edificación y Obra Civil. CFGS Organización y Control de Obras de Construcción.
Melilla
IES Leopoldo Queipo. 52000397. Informática y Comunicaciones. Curso de especialización de GS Ciberseguridad en Entornos de las Tecnologías de la Información.
IES Miguel Fernández. 52000658. Seguridad y Medio Ambiente. CFGS Educación y Control Ambiental.
IES Rusadir. 52000701. Imagen Personal. CFGS Estilismo y Dirección de Peluquería.
ANEXO II
Centros públicos a los que se autoriza la implantación de Ciclos Formativos de Formación Profesional en la modalidad a distancia a partir del curso 2021-2022
Provincia/Centro/Código de centro Familia profesional Nivel Nombre del ciclo formativo
Ceuta
IES Abyla. 51000286. Electricidad y Electrónica. CFGM Instalación de Telecomunicaciones.
IES Abyla. 51000286. Servicios Socioculturales y a la Comunidad. CFGS Integración Social.
Melilla
IES Leopoldo Queipo. 52000397. Informática y Comunicaciones. CFGS Desarrollo de Aplicaciones Web.
ANEXO III
Traslado de enseñanzas de Formación Profesional entre centros públicos a partir del curso 2021-2022
Centro de origen de la enseñanza Familia profesional Nivel Nombre del ciclo formativo Centro de destino de la enseñanza
Ceuta
IES Luis de Camoens. 51000638. Imagen y Sonido. CFGM Video Disc-Jockey y Sonido.

IES Siete Colinas.

51000298

IES Luis de Camoens. 51000638. Imagen y Sonido. CFGS Producción de Audiovisuales y Espectáculos.

IES Siete Colinas.

51000298

IES Clara Campoamor. 51004671. Mantenimiento y Servicios a la Producción. CFGS Prevención de Riesgos Profesionales.

IES Luis de Camoens.

51000638

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