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Documento BOE-A-2020-7256

Resolución de 18 de junio de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la primera Adenda al Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ciudad Real y la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Ciudad Real, para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 3 de julio de 2020, páginas 47452 a 47455 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Referencia:
BOE-A-2020-7256

TEXTO ORIGINAL

Suscrita la Primera Adenda al Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ciudad Real y la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Ciudad Real para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Madrid, 18 de junio de 2020.–La Secretaria General Técnica, Iria Álvarez Besteiro.

ANEXO
Primera Adenda al Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ciudad Real y la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Ciudad Real para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido

REUNIDAS

De una parte, doña M. Paula Mellado Quesada, en su condición de Directora Provincial de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ciudad Real, nombrada por Resolución de 8 de abril de 2019 (BOE del 22), en virtud de las competencias que le confiere la resolución de 12 de junio de 2012.

Y, de otra parte, doña M. Paula Mellado Quesada, en su condición de Directora Provincial de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Ciudad Real, nombrada por Resolución de 8 de abril de 2019 (BOE del 22), en virtud de las competencias que le confiere la resolución de 18 de febrero de 2019.

Intervienen como tales y en la representación que ostentan se reconocen entre sí la capacidad legal necesaria para suscribir el presente Convenio y

EXPONEN

I. Que las Partes suscribieron el 12 de diciembre de 2019 un Convenio para establecer los criterios de gestión, administración y participación en la financiación de los gastos comunes, no susceptibles de individualización, derivados de los contratos de obras, servicios, suministros y otros gastos que sean necesarios en el funcionamiento de los inmuebles de uso compartido que figuran en el Anexo I del citado Convenio.

II. Que, en la cláusula décima del Convenio se establece que el mismo puede ser objeto de modificación por acuerdo unánime de las Partes.

III. Que, es voluntad de las Partes modificar el Convenio al objeto de añadir un nuevo inmueble de uso compartido entre las partes, denominado nave-almacén sito en la calle Tintoreros, 3 de la localidad de Ciudad Real, con número de inventario en IGBISS 13/0033.

En consecuencia, las Partes, de común acuerdo, deciden suscribir la presente Modificación al Convenio (en lo sucesivo, la Modificación) que se regirá mediante las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Carácter de la Modificación.

Las Partes declaran el carácter modificativo parcial y no extintivo de la presente Modificación en relación con el Convenio, quedando subsistente en todo lo no previsto expresamente en este documento lo dispuesto en el Convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Segunda. Objeto.

La presente Modificación tiene por objeto añadir un nuevo inmueble de uso compartido por las partes y establecer los criterios de gestión, administración y participación en la financiación de los gastos comunes, no susceptibles de individualización, derivados de los contratos de obras, servicios, suministros y otros gastos que sean necesarios en el funcionamiento de dicho inmueble que es utilizado por las partes de este Convenio y que se relaciona en el Anexo II.

Estos gastos se concretan en todos aquellos necesarios para la limpieza, mantenimiento, vigilancia, suministro eléctrico, suministro de agua y para cargas tributarias y permisos municipales de todo el inmueble, que se consideran comunes al no ser susceptibles de individualización dentro del mismo. También se incluyen en esta Modificación todos aquellos gastos, distintos de los anteriormente enumerados, relativos al inmueble compartido, que tampoco sean susceptibles de individualización entre las partes.

Conforme a lo establecido en el artículo 12.4 del Real Decreto 1221/1992, de 9 de octubre, sobre el Patrimonio de la Seguridad Social, quedan expresamente exceptuadas de esta Modificación la gestión y administración de las zonas y elementos privativos adscritos a cada una de las Entidades, cuyos gastos puedan ser objeto de individualización.

Las obligaciones y compromisos económicos asumidos por cada una de las partes y su distribución temporal se realizarán según se indica en el Anexo II.

La estimación del gasto por ejercicios del inmueble es:

Para el ejercicio 2020 se prevé un gasto de 8.391,42 euros.

Para el ejercicio 2021 se prevé un gasto de 8.517,29 euros.

Para el ejercicio 2022 se prevé un gasto de 8.645,05 euros.

Para el ejercicio 2023 se prevé un gasto de 8.774,73 euros.

Tercera. Anexo II.

Se añade un nuevo anexo al final del Convenio:

ANEXO II

– Número de IGBISS: 13/0033.

– Denominación del inmueble: nave-almacén.

– Ubicación: calle Tintoreros, 3 de la localidad de Ciudad Real.

– Entidades ocupantes del inmueble y, en su caso, título de ocupación: Dirección Provincial de la TGSS de Ciudad Real en virtud de escritura de compraventa de fecha 09-06-1988; la Dirección Provincial del INSS mediante resolución de adscripción del Director General de la TGSS de fecha 17-01-2020.

– La distribución de superficie entre las Entidades ocupantes, según Resolución de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social de 17-01-2020, es la siguiente en metros cuadrados:

Año 2020

Plantas Superficie total Entidad TGSS Entidad INSS Zona común
Baja 909 m2 454,50 m2 454,50 m2  
Totales 909 m2 454,50 m2 454,50 m2  
% para distribución de gastos Entidad TGSS Entidad INSS
100 % 50% 50%

Año 2021

Plantas Superficie total Entidad TGSS Entidad INSS Zona común
Baja 909 m2 454,50 m2 454,50 m2  
Totales 909 m2 454,50 m2 454,50 m2  
% para distribución de gastos Entidad TGSS Entidad INSS
100% 50% 50%

Año 2022

Plantas Superficie total Entidad TGSS Entidad INSS Zona común
Baja 909 m2 454,50 m2 454,50 m2  
Totales 909 m2 454,50 m2 454,50 m2  
% para distribución de gastos Entidad TGSS Entidad INSS
100% 50% 50%

Año 2023

Plantas Superficie total Entidad TGSS Entidad INSS Zona común
Baja 909 m2 454,50 m2 454,50 m2  
Totales 909 m2 454,50 m2 454,50 m2  
% para distribución de gastos Entidad TGSS Entidad INSS
100% 50% 50%
Cuarto. Entrada en vigor.

Lo acordado bajo la presente Modificación estará vigente durante la duración del Convenio. La Adenda se perfecciona en el momento de su firma y será eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y publicado en el «Boletín Oficial el Estado» («BOE»).

Y para que conste a los efectos oportunos, las Partes firman la presente Modificación a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.

En Ciudad Real, a 10 de junio de 2020.–M.ª Paula Mellado Quesada, Directora Provincial de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ciudad Real.–M.ª Paula Mellado Quesada, Directora Provincial de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Ciudad Real.

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