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Documento BOE-A-2020-6736

Resolución de 16 de junio de 2020, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica la Adenda al Convenio con Stichting Kunstmuseum Den Haag (La Haya), para la organización conjunta de la exposición "Mondrian y De Stijl".

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 25 de junio de 2020, páginas 44387 a 44395 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2020-6736

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (Madrid) y Stichting Kunstmuseum Den Haag (La Haya) han suscrito, con fecha 19 de mayo de 2020, una Adenda al Convenio para la organización conjunta de la exposición «Mondrian y De Stijl», por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 16 de junio de 2020.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel J. Borja-Villel.

ANEXO
Adenda al Convenio firmado el 19 de diciembre de 2019 entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (Madrid) Y Stichting Kunstmuseum Den Haag (La Haya) para la organización conjunta de la exposición «Mondrian and de Stijl»

La siguiente adenda al Convenio se celebra el 19 de mayo de 2020 por y entre las siguientes partes (cada una de ellas una Parte, y a título colectivo denominadas las Partes):

De una parte, don Manuel J. Borja-Villel, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, quien actúa de conformidad con los poderes derivados de la Orden 34/2011, de 4 de octubre, que regula el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, que aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, en lo sucesivo, denominado MNCARS

Y, de otra parte, don Benno Tempel, Director General del Stichting Kunstmuseum Den Haag, con sede social en P.O. box 72 (dirección para visitantes: Stadhouderslaan 41. 2501 CB Den Haag, Países Bajos), con capacidad jurídica suficiente para participar en el presente Convenio, en lo sucesivo, denominado Stichting Kunstmuseum.

Las partes manifiestan:

Primero.

Que las partes firmaron el 19 de diciembre de 2019 un Convenio con objeto de establecer los términos de la colaboración entre el MNCARS y el Stichting Kunstmuseum (en adelante denominado «el Convenio») para la organización conjunta de una exposición dedicada a Piet Mondrian y al movimiento De Stijl (en adelante denominada «la Exposición).

Segundo.

Que en el marco de dicha colaboración debido a la excepcional situación ocasionada como consecuencia de la emergencia sanitaria derivada de la epidemia de Covid-19, se ha hecho imposible la celebración de la exposición en las fechas y en las condiciones previstas.

Tercero.

Que las partes manifiestan su deseo de dar continuidad a dicha colaboración para la celebración de la exposición.

Que por todo lo anterior, las partes acuerdan mediante la presente adenda modificar el convenio que las partes firmaron el 19 de diciembre de 2019, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto actualizar los nuevos compromisos de la colaboración entre el MNCARS y el Stichting Kunstmuseum para la organización conjunta de una exposición dedicada a Piet Mondrian y al movimiento De Stijl (en adelante denominada «la Exposición»).

Segunda. Calendario actualizado de la exposición.

Las nuevas fechas inclusivas de apertura al público para la Exposición en el MNCARS serán del 10 de noviembre de 2020 al 1 de marzo de 2021.

Tercera. Préstamo actualizado de obras.

3.1 El Stichting Kunstmuseum contribuirá a la Exposición con 38 Obras de Mondrian y De Stijl provenientes de su colección y detalladas en el Anexo I (en adelante denominadas «las Obras»).

3.2 El valor total del seguro de las Obras es de 26.236.500,00 € (veintiséis millones doscientos treinta y seis mil quinientos euros).

3.3 Las Obras se prestan al MNCARS para su exposición tal y como se estipula en el convenio suscrito el 19 de diciembre de 2019.

3.4 El periodo de préstamo comienza con la retirada de las Obras de las instalaciones del Stichting Kunstmuseum y finaliza con la devolución de las Obras a las instalaciones del Stichting Kunstmuseum.

Cuarta. Responsabilidades del MNCARS.

El MNCARS está al corriente de que el préstamo de las Obras se otorga a su propia cuenta y riesgo. De acuerdo a lo establecido en «el Convenio» suscrito por las partes.

Quinta. Estipulaciones financieras actualizadas.

5.1 Según lo establecido en «el Convenio» en la cláusula duodécima, Cuota de la Exposición, El MNCARS pagará al Stichting Kunstmuseum una cuota de 84.500€ (ochenta y cuatro mil quinientos euros), IVA excluido, por la organización conjunta de la Exposición, por el que el Stichting Kunstmuseum emitirá dos facturas de 42.250€ cada una (IVA excluido), con vencimiento el 31 de enero de 2020 (primer plazo) y el 12 de mayo de 2020 (segundo plazo, a la inauguración de la Exposición), pagaderas en los (30) días hábiles siguientes a la recepción de las facturas correspondientes.

Esta cuota expositiva incluye:

– Canon por el préstamo de las Obras.

– Asesoramiento de comisariado del experto en Mondrian y textos relacionados entregados por los servicios profesionales del Stichting Kunstmuseum.

– Alquiler del embalaje de las Obras.

– Una recopilación de reproducciones digitales.

Respecto a la actualización del número de préstamos establecido en la cláusula tercera de la presente Adenda, se acuerda una cuota total actualizada de 70.300,00 € (setenta mil trescientos euros), IVA excluido, por la organización conjunta de la Exposición. De los cuales, una vez abonado por parte del MNCARS, previa presentación de factura del Stichting Kunstmuseum., el primer plazo de 42.250,00 € según los plazos establecidos en «el Convenio», restaría por abonar la cantidad de 28.050,00 € (segundo plazo, a la inauguración de la Exposición), pagaderas en los (30) días hábiles siguientes a la recepción de la factura correspondiente.

5.2 El gasto máximo actualizado soportado por el MNCARS en concepto de Cuota de Organización en ejecución de la presente Adenda a «el Convenio» se adjuntará a esta en el Anexo II (Presupuesto Actualizado de Cuota de Organización de la Exposición del MNCARS).

Sexta. Mantenimiento del resto del clausulado del Convenio.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado en la presente adenda, será de aplicación el Convenio suscrito por las partes con fecha de 19 de diciembre de 2019.

Séptima. Idioma de la Adenda al Convenio.

La presente Adenda a «el Convenio» ha sido redactada en español e inglés. En caso de disputas sobre el significado preciso de los términos de esta Adenda, las Partes acuerdan que será la versión en inglés la que prevalezca.

Octava. Eficacia y validez de la presente Adenda al Convenio de 19 de diciembre de 2019.

La presente Adenda al Convenio será válida desde el momento en que lo firmen las Partes y entrará en vigor una vez que se registre ante el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación aplicable al Sector Público y posteriormente sea publicado en el «Boletín Oficial del Estado», conforme al artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En testimonio de lo cual, las Partes firman la presente Adenda a «el Convenio» en el lugar y la fecha que figuran anteriormente.–Por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel J. Borja-Villel.–Por el Stichting Kunstmuseum den Haag, Benno Tempel.

ANEXO I
Lista de obras actualizada

1

2

3

4

5

ANEXO II
Presupuesto actualizado de cuota de organización de la exposición

1

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