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Documento BOE-A-2020-4639

Resolución de 20 de abril de 2020, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con la Fundación Ciudad de la Energía, para la prestación de apoyo auxiliar en tareas y labores técnicas y jurídico-administrativas en programas y convocatorias de ayudas así como en relación a actuaciones enmarcadas en los ámbitos de la eficiencia energética y de las energías renovables.

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 24 de abril de 2020, páginas 30253 a 30254 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2020-4639

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la adenda de prórroga al convenio entre el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía y la Fundación Ciudad de la Energía para la prestación de apoyo auxiliar en tareas y labores técnicas y jurídico-administrativas en programas y convocatorias de ayudas así como en relación a actuaciones enmarcadas en los ámbitos de la eficiencia energética y de las energías renovables, que figura como anexo a la presente resolución.

Madrid, 20 de abril de 2020.–El Director General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, Joan Groizard Payeras.

ANEXO
Adenda de prórroga al convenio entre el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía y la Fundación Ciudad de la Energía para la prestación de apoyo auxiliar en tareas y labores técnicas y jurídico-administrativas en programas y convocatorias de ayudas así como en relación a actuaciones enmarcadas en los ámbitos de la eficiencia energética y de las energías renovables

En Madrid, a 20 de abril de 2020.

REUNIDOS

De una parte, D. Joan Groizard Payeras, en su calidad de Director General del E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. (en adelante «IDAE»), Entidad Pública Empresarial adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a través de la Secretaría de Estado de Energía, con sede en Madrid, Calle Madera número 8, C.P. 28004, y con NIF Q2820009E, nombrado por Real Decreto número 191/2020, de 28 de enero (BOE, n.º 25, de 28 de enero) así como haciendo uso de las facultades conferidas para la suscripción de esta adenda en virtud del acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de la entidad n.º 290 en fecha 6 de abril de 2020.

De otra, D. Arsenio Terrón Alfonso, en su calidad de Director General de la Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN, F.S.P. (en adelante, «la Fundación»), con domicilio social en Cubillos del Sil (León), C.P. 24492, avenida Presidente Rodríguez Zapatero, s/n, y NIF G84737238, inscrita en el Registro de Fundaciones de Competencia Estatal con el número 913, actuando en nombre y representación de la citada institución y en virtud de las atribuciones que le confieren los poderes otorgados ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Pedro-José Bartolomé Fuentes, el día 11 de enero de 2019, con el número 59 de su protocolo.

Las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente documento y a tal efecto,

EXPONEN

Con fecha 18 de marzo de 2019 se firmó el Convenio entre el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía y la Fundación Ciudad de la Energía para la prestación de apoyo auxiliar en tareas y labores técnicas y jurídico-administrativas en programas y convocatorias de ayudas así como en relación a actuaciones enmarcadas en los ámbitos de la eficiencia energética y de las energías renovables. El Convenio fue inscrito en el registro de convenios con fecha 21 de marzo de 2019 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 26 de abril de 2019.

La cláusula novena del texto firmado previene en su apartado 2 que, sin perjuicio de que el periodo de vigencia máxima del Convenio se estableciera en doce meses desde que adquiriese eficacia a tenor de lo previsto en el apartado 5 de esa misma cláusula, dicho convenio podría prorrogarse por acuerdo unánime de las partes en los términos expresados en el art. 49.h).2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En aplicación de la mencionada previsión se formula la presente adenda de prórroga.

Primera. Prórroga de la vigencia.

En virtud de lo dispuesto en el apartado 2 de la cláusula novena del Convenio entre el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía y la Fundación Ciudad de la Energía para la prestación de apoyo auxiliar en tareas y labores técnicas y jurídico-administrativas en programas y convocatorias de ayudas así como en relación a actuaciones enmarcadas en los ámbitos de la eficiencia energética y de las energías renovables se amplía su vigencia durante un año a contar desde la fecha en que finaliza la inicialmente establecida de doce meses en el apartado 1 de esa misma cláusula.

Segunda. Financiación.

De conformidad con lo establecido en la cláusula séptima del Convenio, esta Adenda de prórroga no implicará contraprestación o transferencia alguna de recursos económicos entre las entidades signatarias del mismo.

Tercera. Vigencia del contenido del Convenio.

Seguirán siendo de plena aplicación, durante la vigencia de la presente prórroga, las condiciones acordadas en el Convenio que mediante la presente Adenda se prorroga, permaneciendo inalterables durante el período de duración de la prórroga.

Cuarta. Validez y eficacia.

La adenda que se perfecciona por su firma, producirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La comunicación de la suscripción de la adenda al Registro se efectuará en el plazo de 15 días desde su firma en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y para que así conste y en prueba de su conformidad con lo expuesto, ambas partes firman el presente documento en duplicado ejemplar en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento.–El Director General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, Joan Groizard Payeras.–El Director General de la Fundación Ciudad de la Energía (CIUDEN), Arsenio Terrón Alfonso.

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