Por Orden de 17 de enero de 2019, la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia («Boletín Oficial de la Región de Murcia» del 21), convocó procedimiento selectivo para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación.
Concluidas todas las fases del procedimiento selectivo, la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por Orden de 11 de marzo de 2020 (BORM del 28), aprueba el expediente del procedimiento selectivo y declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo, a los aspirantes seleccionados nombrados funcionarios en prácticas por Orden de 3 de diciembre de 2019 (BORM del 20).
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por corrección de errores del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 26 de julio).
Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
Este Ministerio ha dispuesto:
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 17 de enero de 2019, que aparecen relacionados en el anexo a esta orden, con indicación del número de Registro de Personal y puntuación que les corresponde.
Los nombrados a través de la presente orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación con efectos de 1 de abril de 2020.
La presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, contra esta orden, que es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 15 de abril de 2020.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, P.D. (Orden EFP/1422/2018, de 27 de diciembre), el Subsecretario de Educación y Formación Profesional, Fernando Gurrea Casamayor.
NRP | Apellidos y nombre | DNI | Turno | Puntuación |
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****660046 A0510 | Esteban Luis, María del Rocío. | *****6600 | 01 | 7,3440 |
****502168 A0510 | Mateos Mula, Antonia. | *****5021 | 01 | 7,2936 |
****542513 A0510 | Guerrero Martínez, Ignacio José. | *****5425 | 01 | 6,8889 |
****806235 A0510 | Martínez Conesa, Diego. | *****8062 | 01 | 6,7661 |
****059046 A0510 | Garrido González, María Pilar. | *****0590 | 01 | 6,7110 |
****056957 A0510 | Guillamón García, Alejandro. | *****0569 | 01 | 6,3978 |
****673868 A0510 | Pertusa Mirete, José. | *****6738 | 01 | 6,2599 |
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