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Documento BOE-A-2020-3939

Resolución de 11 de marzo de 2020, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con Metro de Madrid, SA, para el desarrollo de actuaciones de promoción cultural y turística y del uso del servicio del transporte del ferrocarril metropolitano, en relación con la singularización de Atocha dentro del proyecto "Estación del Arte".

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 20 de marzo de 2020, páginas 26464 a 26465 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2020-3939

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional del Prado y Metro de Madrid, S.A., han suscrito, con fecha 4 de marzo de 2020, una adenda de prórroga al convenio firmado el 1 de marzo de 2018, para el desarrollo de actuaciones de promoción cultural y turística y de utilización del transporte de ferrocarril metropolitano en relación con la singularización de la estación de Atocha dentro del proyecto «Estación del Arte», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 11 de marzo de 2020.–El Director del Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus.

ANEXO
Adenda de prórroga al Convenio de fecha 1 de marzo de 2018 entre Metro de Madrid S.A. y el Museo Nacional del Prado para el desarrollo de actuaciones de promoción cultural y turística y de utilización del transporte de ferrocarril metropolitano en relación con la singularización de la estación de Atocha dentro del proyecto «Estación del Arte»

En Madrid, a 4 de marzo de 2020.

REUNIDOS

De una parte, el Museo Nacional del Prado, con domicilio en Madrid, Paseo del Prado s/n y CIF Q-2828018-H, representado por don Miguel Falomir Faus, Director del Organismo Público Museo Nacional del Prado, según dispone el Real Decreto 278/2017, de 17 de marzo, por el que se nombra Director del Museo Nacional del Prado y en virtud de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, en su artículo 7.2.l (en adelante, el MNP).

Y de otra parte, Metro de Madrid, S.A., con domicilio social en Madrid, Calle Cavanilles, n.º 58, y NIF A-28/001352, representado por doña Silvia Roldán Fernández, Consejera Delegada de la misma, en virtud de las facultades que ostenta y que constan expresadas en la escritura pública otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid don Pedro José Bartolomé fuentes, el día 17 de octubre de 2019 con número 2214 de protocolo.

Reconociéndose mutuamente la capacidad necesaria y suficiente para ello,

MANIFIESTAN

I. Que el 1 de marzo de 2018, el MNP y Metro de Madrid formalizaron un Convenio para el desarrollo de actuaciones de promoción cultural y turística, y del uso del servicio de transporte de ferrocarril metropolitano, en relación con la singularización de la estación de Atocha dentro del proyecto «Estación del Arte».

II. Que debido al interés por las dos partes de continuar con la colaboración en los mismos términos y estando vigente el compromiso de las partes a tal fin,

ACUERDAN

Primero. Prorrogar el Convenio de 1 de marzo de 2018.

Mediante el presente acuerdo, y al amparo de lo establecido en la letra h) punto 2.º del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el objeto de la presente adenda es prorrogar por dos años adicionales la vigencia del convenio de fecha 1 de marzo de 2018 entre el Museo Nacional del Prado y Metro De Madrid S.A., publicado en el BOE de 22 de marzo de 2018, y extenderla, por lo tanto, hasta el 22 de marzo de 2022.

Segundo. Permanencia inalterada del resto del clausulado del Convenio.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado por la presente adenda, le será de aplicación el clausulado contenido en el Convenio formalizado por ambas partes con fecha 1 de marzo de 2018.

Tercero. Validez y eficacia de la presente adenda.

Los efectos de la presente adenda comenzarán tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicación en el «Boletín Oficial del Estado». A tal fin, el Museo Nacional del Prado practicará la debida notificación al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación en el plazo de quince días desde su firma, así como el inicio de los trámites administrativos necesarios para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad las partes firman la presente Adenda por duplicado ejemplar, uno para cada parte, en la ciudad y fecha indicadas en el encabezamiento.–Por el Museo Nacional del Prado, el Director, Miguel Falomir Faus.–Por Metro de Madrid, S.A., la Consejera Delegada, Silvia Roldán Fernández.

La presente adenda al Convenio de fecha 1 de marzo de 2018 ha sido informado favorablemente por los Servicios Jurídicos del Estado con fecha 19 de febrero de 2020 y por la SGT del Ministerio de Hacienda, el 3 de marzo de 2020, de acuerdo con los preceptos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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