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Documento BOE-A-2020-3494

Resolución de 2 de marzo de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial del V Convenio colectivo para la acuicultura marina nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 11 de marzo de 2020, páginas 24543 a 24545 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2020-3494
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/03/02/(6)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del V Convenio colectivo para la acuicultura marina nacional (código de convenio 99016365012007), que fue suscrito con fecha 17 de enero de 2020, de una parte por la Asociación Empresarial de Acuicultura de España (APROMAR), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por los sindicatos FICA-UGT y CC.OO. Industria en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de marzo de 2020.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL V CONVENIO COLECTIVO DE ACUICULTURA MARINA NACIONAL

Madrid, 17 de enero de 2020.

Asistentes:

Por la Empleadora:

Asociación Empresarial de Acuicultura de España (APROMAR).

Don Javier Ojeda González-Posada.

Abril &Asesores, S.L. (doña Mónica Abril y don Jorge Abril).

Don Juan García Hernández.

Don Alexander Rendón Rodríguez.

Por la Representación Social:

FICA-UGT:

Don Antonio Muñoz Ramos.

Don Sebastián Serena Expósito.

CC.OO. Industria:

Don Francisco Javier Velasco Cuevas.

Don José Fuentes Cabello.

REUNIDOS

Siendo las 12:00 horas, se reúnen los asistentes antes relacionados en los locales de la U.G.T. sito en avenida de América, n.º 25, octava planta, 28002 de Madrid, se reúne la Comisión Paritaria regulada en el artículo 43 del Convenio Colectivo de Acuicultura Marina Nacional al objeto de debatir el siguiente orden del día:

1. Negociación del incremento salarial del convenio para 2020 (Art. 20).

2. Ruegos y preguntas.

Se acuerda por los asistentes que para la presente reunión actúe como Presidente don Francisco Javier Velasco Cuevas como representante de la parte social y como Secretario don Javier Ojeda González-Posada por la parte empleadora.

Primer punto del Orden del Día: Abierta la sesión y respecto al único punto del orden del día, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del convenio colectivo de Acuicultura marina nacional, se procede a actualizar las tablas salariales para el afio 2020.

Al respecto, las partes acuerdan aplicar un incremento salarial de 2% respecto a las tablas salariales vigentes para el año 2019, de modo que las tablas para el 2020 son las siguientes:

Tablas Salariales 2020 Convenio Colectivo de Acuicultura Marina Nacional

CATEGORÍAS

Categorías

Salario

Euros

Plus Espec.

Euros

Total mes

Euros

Total año

Euros

Grupo 1. Personal Técnico
Dirección Técnica. 1.478,38 482,19 1.960,58 27.448,06
Jefatura de departamento. 1.465,01 459,23 1.924,24 26.939,36
Jefatura de sección. 1.346,01 429,51 1.775,52 24.857,31
Personal Técnico A. 1.185,43 140,48 1.325,91 18.562,74
Personal Técnico B. 1.104,27 54,94 1.159,20 16.228,86
Grupo 2. Personal Administrativo
 Grupo A:        
Jefatura administrativa 1.ª 1.346,01 429,51 1.775,52 24.857,31
Jefatura administrativa 2.ª 1.252,82   1.252,82 17.539,54
 Grupo B:        
Oficialía 1.ª administrativo. 1.185,43   1.185,43 16.595,98
Oficialfa 2.ª administrativo. 1.104,27   1.104,27 15.459,72
Personal Auxiliar administrativo-telefonista. 1.005,20   1.005,20 14.072,83
Ordenanza. 1.005,20   1.005,20 14.072,83
Grupo 3. Personal de Producción (viveros en tierra o viveros flotantes)
 Grupo A:        

Personal Encargado, Jefatura de planta o Jefatura de vivero.

1.344,69 429,51 1.774,20 24.838,79
Personal Patrón de embarcación acuicultor. 1.188,72 140,48 1.329,20 18.608,79
Personal Buceador Acuicultor de 1.ª 1.185,43 140,48 1.325,91 18.562,74
Personal Buceador Acuicultor de 2.ª 1.104,27 105,36 1.209,62 16.934,71
Personal Acuicultor Oficial 1.ª 1.185,43   1.185,43 16.596,04
 Grupo 8:        
Personal Acuicultor Oficial 2.ª 1.104,27   1.104,27 15.459,72
Personal Acuicultor especialista. 1.052,21   1.052,21 14.730,96
Personal Marinero. 1.005,20   1.005,20 14.072,83
Personal Auxiliar acuicultor. 1.005,20   1.005,20 14.072,83
Grupo 4. Personal de Servicios
Personal Responsable envasador-clasificador. 1.185,43   1.185,43 16.595,98
Personal Envasador-clasificador. 1.005,20   1.005,20 14.072,83
Personal Guardia, vigilante, portero, vigilante del mar. 1.005,20   1.005,20 14.072,83
Personal Peonaje. 1.005,20   1.005,20  
Personal de Limpieza. 1.005,20   1.005,20  
Grupo 5. Personal de Mantenimiento
Personal Técnico de mantenimiento. 1.344,68 429,51 1.774,20 24.838,74
Personal Maquinista-conductor. 1.159,19 140,48 1.299,68 18.195,47
Personal Oficial 1.ª mantenimiento. 1.185,43   1.185,43 16.595,98
Personal Oficial 2.ª mantenimiento. 1.104,27   1.104,27 15.459,72
Personal Auxiliar de mantenimiento. 1.005,20   1.005,20 14.072,83
Personal Almacenero. 1.005,20   1.005,20 14.072,83
Personal Redero. 1.005,20   1.005,20 14.072,83

Plus transporte diario: 4,24 euros.

Plus disponibilidad: 83,23 euros.

Plus nocturnidad: 5,31 euros.

La comisión paritaria delega en la persona de don Javier Ojeda-Posada para el registro y depósito de la presente acta.

El presente acuerdo ha sido adoptado por unanimidad de cada una de las representaciones.

Sin más asuntos que tratar, y siendo las 13:20 horas, se extiende y firma por todos los asistentes la presente acta en prueba de conformidad con su contenido, en el lugar y fecha indicado.

Fdo. Los asistentes        Fdo. El secretario de acta

 

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/03/2020
  • Fecha de publicación: 11/03/2020
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el convenio publicado por Resolución de 24 de mayo de 2019 (Ref. BOE-A-2019-8347).
Materias
  • Acuicultura
  • Convenios colectivos
  • Cultivos marinos
  • Mar
  • Piscicultura

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