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Documento BOE-A-2020-17319

Orden HAC/1282/2020, de 28 de diciembre, sobre delegación de la gestión censal del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 340, de 30 de diciembre de 2020, páginas 125708 a 125708 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2020-17319
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2020/12/28/hac1282

TEXTO ORIGINAL

El artículo 91 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, prevé que las competencias en materia de gestión censal de las cuotas municipales del Impuesto sobre Actividades Económicas, atribuidas a la Administración Tributaria del Estado, puedan ser delegadas en otras entidades.

Esta delegación de competencias está regulada en el Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto. En sus artículos 20 a 24 establece el procedimiento para la solicitud y concesión de la delegación, los requisitos que deben cumplir las entidades solicitantes y el alcance de la delegación, así como el procedimiento para la renuncia expresa y la revocación de la misma.

Según el artículo 20, las solicitudes de delegación deben formularse antes del 1 de octubre del año anterior a aquel en el que hayan de surtir efecto y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21, la concesión de la misma se hará mediante Orden del Ministro de Hacienda, en la actualidad Ministra de Hacienda, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» antes del inicio del año natural en el que la delegación vaya a hacerse efectiva.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Delegación de la gestión censal a las siguientes Diputaciones.

Se concede la delegación de la gestión censal de las cuotas municipales del Impuesto sobre Actividades Económicas, en las condiciones establecidas en el Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto, a la Diputación de Córdoba para el Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba y a la Diputación de Almería para el Ayuntamiento de Carboneras.

Artículo 2. Denegación de la delegación de la gestión censal a una Diputación.

Se deniega la delegación de la gestión censal a la Diputación de Sevilla para el Ayuntamiento de Osuna por incurrir en la causa prevista en el artículo 22.2.d) del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo lo dispuesto en el artículo 1 que entrará en vigor el día 1 de enero de 2021.

Contra la presente orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación.

Madrid, 28 de diciembre de 2020.–La Ministra de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/12/2020
  • Fecha de publicación: 30/12/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 31/12/2020
  • Entrada en vigor, con la salvedad indicada el 31 de diciembre de 2020.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 91 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-2004-4214).
    • los arts. 20 a 24 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero (Ref. BOE-A-1995-5917).
Materias
  • Almería
  • Ayuntamientos
  • Córdoba
  • Delegación de atribuciones
  • Diputaciones Provinciales
  • Impuesto sobre Actividades Económicas
  • Ministerio de Hacienda

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