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Documento BOE-A-2020-14501

Resolución de 30 de octubre de 2020, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica la Adenda al Convenio de Delegación de la Unión Europea, en relación a la acción "Promoción del empleo y mejora de las condiciones de vida de los pescadores artesanales costeros, jóvenes y mujeres de los alrededores de los espacios naturales protegidos del norte de Mauritania-Promopêche".

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 19 de noviembre de 2020, páginas 101921 a 101922 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2020-14501

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» la Adenda n.º 1 del Convenio de Delegación de la Unión Europea representada por la Comisión Europea T05-EUTF-SAH-MR-05-01 «Promoción del empleo y mejora de las condiciones de vida de los pescadores artesanales costeros, jóvenes y mujeres de los alrededores de los espacios naturales protegidos del norte de Mauritania-Promopêche» celebrado entre el Órgano de Contratación y la Organización el 23 de marzo de 2018, cuyo texto figura como anexo a esta resolución.

Asimismo, se indica que los anexos de la Adenda n.º 1 del Convenio de delegación, así como el Convenio de delegación con sus anexos, se encuentran disponibles en la Sede electrónica de la AECID (www.aecid.gob.es).

Madrid, 30 de octubre de 2020.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Magdy Esteban Martínez Solimán.

ANEXO
Adenda al Convenio de Delegación de la Unión Europea, en relación a la acción «Promoción del empleo y mejora de  las condiciones de vida de los pescadores artesanales costeros, jóvenes y mujeres de los alrededores de los espacios naturales protegidos del norte de Mauritania-Promopêche»

UNIÓN EUROPEA ADENDA N.º 1 - CONVENIO DE DELEGACIÓN T05-EUTF-SAH-MR-05-01 (en lo sucesivo la «Adenda»)

La Unión Europea, representada por la Comisión Europea (en lo sucesivo, el «Órgano de Contratación»), por una parte, y

La Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo (AECID), entidad pública con sede en España, en Av. Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid, España (en lo sucesivo la «Organización»), por otra parte, individualmente, una «parte» y, colectivamente, las «partes» han convenido en lo siguiente:

En virtud de la presente Adenda, se sustituyen o completan según se indica a continuación las siguientes disposiciones del Convenio de Delegación T05-EUTF-SAH-MR-05-01 «Promoción del empleo y mejora de las condiciones de vida de los pescadores artesanales costeros, jóvenes y mujeres de los alrededores de los espacios naturales protegidos del norte de Mauritania-Promopêche» celebrado entre el Órgano de Contratación y la Organización el 23 de marzo de 2018 (en lo sucesivo, «el convenio»):

Cláusula 3.1 de las «Condiciones Particulares».–Financiación de la acción.

Se calcula que el coste total de la acción será de 7.700.000,00 euros (en lo sucesivo, la «moneda del convenio»), conforme a lo establecido en el Anexo III. El Órgano de Contratación se compromete a aportar una contribución en nombre de la UE por un importe máximo de 7.700.000,00 euros. El importe final se determinará de conformidad con las cláusulas de 18 a 20 del Anexo II.

Cláusula 6.1 de las «Condiciones Particulares».–Anexos.

Se modifican y sustituyen los siguientes documentos, que se corresponden con dos anexos del convenio:

Anexo I: Descripción de la acción. Se adjunta a la presente Adenda la nueva versión de los documentos que constituyen el Anexo I-Descripción de la acción (Anexo I), incluidos la matriz del marco lógico del proyecto (Anexo I.A) y el cronograma del proyecto (Anexo I.B).

Anexo III: Presupuesto de la acción. Se adjunta a la presente Adenda la nueva versión del Anexo III: Presupuesto de la acción.

El resto de los términos del contrato se mantienen sin modificaciones.

La presente Adenda surtirá efecto a partir del día en que la firme la parte que lo haga en último lugar(1).

(1) De conformidad con la normativa española, la presente Adenda surtirá efecto en España a partir del día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» español (BOE). La Organización comunicará esta fecha de publicación al Órgano de Contratación por escrito y a la mayor brevedad.

Hecho en tres ejemplares originales en francés, uno para la Organización y dos para el Órgano de Contratación.–Por la Organización, firmado el 22 de octubre de 2020, la Coordinadora General de la Cooperación Española en Mauritania, Rita Santos Suárez.–Por el Órgano de Contratación, firmado el 21 de octubre de 2020, el Jefe de Cooperación Delegación Europea en Mauritania, Thierry Cozier.

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