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Documento BOE-A-2019-8764

Resolución de 30 de mayo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial para 2019 del Convenio colectivo de Médicos del Mundo.

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 12 de junio de 2019, páginas 61543 a 61545 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2019-8764
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2019/05/30/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial para 2019 del Convenio colectivo de Médicos del Mundo (código de convenio número 90103272012019), revisión salarial suscrita con fecha 4 de abril de 2019 por la Comisión Paritaria de dicho Convenio, en la que están integrados los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y por las organizaciones sindicales CC.OO., FesP-UGT, CGT y STEI Intersindical, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de mayo de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

COMISIÓN PARITARIA DE INTERPRETACIÓN Y VIGILANCIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE MÉDICOS DEL MUNDO (CPIVC)

En Madrid, a 4 de abril de 2019, reunida la CPIVC en el edificio de la Sede de Madrid de Médicos del Mundo (en adelante, MdM) y siendo las 14:30 horas, los abajo firmantes, acuerdan:

Primero. Aprobación de las tablas salariales 2019.

La CPIVC acuerda las tablas salariales que estarán vigentes durante el año 2019 en el Convenio Colectivo de MdM, las cuales recogen el incremento del IPC oficial del gobierno a fecha 31 de diciembre de 2018 (1,2% anual).

Tablas salariales 2019

Grupo profesional

Salario base anual

Euros

0

27.408,36

1

24.852,18

2

22.722,02

3

20.336,25

4

18.177,69

Tabla de antigüedades 2019

Grupo profesional

Importe anual por cuatrienio

Euros

0

636,03

1

624,65

2

603,22

3

527,80

4

450,10

Tabla de complementos 2019

Complemento de Peligrosidad anual 604,78 €
Complemento de Conducción y Mantenimiento de Vehículos anual 515,44 €

Tablas salariales vigentes en MdM desde 01/01/2019

Estas dos tablas se aplicarán según lo establecido en la disposición transitoria 1.ª, a tal efecto.

En ambas tablas, las cantidades reflejadas corresponden a salarios brutos anuales.

Nivel

Puesto de trabajo

Salario desde 01/01/2019

Euros

A

A Director Gerente

62.285,34

B

B1 Director Departamento

51.613,46

C

C1 Jefe Área-Desk

44.993,49

C2 Jefe Área

40.425,11

C3 Jefe Unidad

36.696,34

D

D1 Técnico de Área

32.983,42

D2 Técnico Unidad

30.652,13

D3 Técnico/a Intervención

27.836,66

D4 Técnico de Apoyo

25.009,46

E

E1 Administrativo

22.506,98

E1 Aux. Adm. y Recepcionista

19.571,99
Nivel Tiempo en Terreno

Grupo 1

Logista, Personal Sanitario

Euros

Grupo 2

Logista-Administrador de Proyectos

Euros

Grupo 3

Administrador de País y Coordinador de Proyecto

Euros

Grupo 4

Coordinador Médico

Euros

Grupo 5

Coordinador de País

Euros

1

0 - 3 meses

23.543,50 24.214,91 26.181,37 26.852,55 29.475,82

2

4 – 12 meses

24.214,91 24.887,45 26.852,55 27.520,32 30.146,76

3

13 – 24 meses

24.887,45 25.561,13 27.520,32 28.192,62 30.815,43

4

25 – 36 meses

25.561,13 26.234,81 28.192,62 28.864,93 31.486,36

5

37 – 48 meses

26.234,81 26.907,35 28.864,93 29.536,10 32.156,16

6

49 – 60 meses

26.907,35 27.576,48 29.536,10 30.208,41 32.825,96

7

5 Años o +

27.576,48 28.250,16 30.208,41 30.878,44 34.165,57

Relación de asistentes:

Por parte de la Dirección de MdM:

– Don César Riquer Antón.

– Don Óscar Pita Castro.

Por parte de la Representación Sindical:

Por CC.OO:

– Don Emanuele Lini.

Por FesP-UGT:

– Don Daniel Rodríguez Méndez.

Por CGT:

– Doña Cintia Martín-Blas Méndez.

Por STEI Intersindical:

– Doña Carla Vilarasau Cuffia.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/05/2019
  • Fecha de publicación: 12/06/2019
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 24 de enero de 2019 (Ref. BOE-A-2019-1758).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Médicos
  • Organizaciones No Gubernamentales

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