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Documento BOE-A-2019-14057

Resolución de 25 de septiembre de 2019, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con el Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Ciudad Real, para la colaboración de la Semana Europea del Deporte.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 2 de octubre de 2019, páginas 108921 a 108927 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2019-14057

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio entre el Consejo Superior de Deportes y el Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Ciudad Real, para la colaboración de la Semana Europea del Deporte a celebrar del 23 al 30 de septiembre de 2019.

Madrid, 25 de septiembre de 2019.–La Presidenta del Consejo Superior de Deportes, María José Rienda Contreras.

ANEXO
Convenio entre el Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Ciudad Real y el Consejo Superior de Deportes para el desarrollo del evento «#beactive night» a celebrar dentro del programa de actividades de la Semana Europea del Deporte entre el día 28 y el 29 de septiembre de 2019

Ciudad Real, 5 de septiembre de 2019.

REUNIDOS

De una parte, Pilar Zamora Bastante, Alcaldesa de Ciudad Real y Presidenta de su Patronato Municipal de Deportes (PMD), según figura en los estatutos del PMD de 16 de febrero de 1981, asistida por el Secretario Delegado del organismo autónomo, Patronato Municipal de Deportes; ostenta la Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real desde su elección y toma de posesión, que tuvo lugar en sesión plenaria de constitución de la Corporación Municipal de 15 de junio de 2019.

De otra, D. Mariano Soriano Lacambra, Director General de Deportes del Consejo Superior de Deportes, actuando en nombre y presentación de este organismo en virtud del nombramiento efectuado por el Real Decreto 983/2018, de 27 de julio (BOE de 28 de julio de 2018), avocando para sí la competencia delegada en el artículo 41.1 c) de la Orden ECD/602/2017, de 20 de junio, de delegación de competencias del Ministerio de Cultura y Deporte.

En virtud de las competencias que respectivamente les confieren sus cargos, reconociéndose ambas partes capacidad y poder suficiente para contratar y obligarse,

EXPONEN

I. La «Semana Europea del Deporte» (en adelante, SED) es una iniciativa de la Comisión Europea cuyo objetivo es promover la participación y la sensibilización de los europeos para la mejora de su salud y su bienestar a través de la actividad física y la práctica deportiva.

Las actividades de la SED son coordinadas a nivel europeo por la Comisión Europea, si bien la organización debe incluir programas a nivel comunitario, nacional, regional y local.

A nivel nacional, la coordinación de las actividades que conforman la SED corresponde al Consejo Superior de Deportes (en adelante, CSD), Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte, encargado de la realización de las políticas de la Administración del Estado en el ámbito del deporte.

II. La SED nació con vocación de convertirse en una referencia temporal cada año, celebrándose su primera edición en 2015, habiéndose celebrado nuevas ediciones en los años 2016, 2017 y 2018.

III. El CSD, como interlocutor español ante la Comisión Europea, al igual que hiciera en las ediciones pasadas, continúa liderando y promoviendo la realización en España de acciones de participación en la SED.

Asimismo, con el fin de conseguir que la promoción de la actividad física y el deporte para todos llegue a todo el territorio, precisa de la colaboración de entidades públicas y privadas que se impliquen en esta campaña con su respaldo y ayuda en materia de comunicación.

IV. La Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha, establece, entre sus principios rectores, recogidos en el artículo 3, que «La actividad física y el deporte poseen interés público como una fuente para la mejora de la salud, el aumento de la calidad de vida y el bienestar social, y requieren de una actuación transversal de todos los agentes implicados en estas áreas.» y que «Las distintas Administraciones Públicas deberán garantizar el acceso a la actividad física y al deporte a aquellos sectores de la sociedad con mayores dificultades para ello, en especial, las personas con discapacidad, las mujeres y la población en situación de riesgo de exclusión social».

Asimismo, establece que «las distintas Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha diseñarán, planificarán y ejecutarán sus políticas públicas en materia de actividad física y deporte».

Entre sus competencias se encuentra «El fomento de la actividad física y el deporte en todos los niveles educativos, sin perjuicio de la autonomía de la universidad».

V. El Patronato Municipal de Deportes (PMD) Artículo Primero.-, se constituye como Fundación Pública de Servicio al amparo del artículo 85 c), del Reglamento de Servicio de las Corporaciones Locales y otras disposiciones análogas que se dicten en el futuro, creándose con personalidad jurídica propia y autonomía financiera y funcional, dependiente del Ayuntamiento en orden, entre otros, a los siguientes objetivos:

Al PMD, de carácter eminentemente técnico y especializado, le viene encomendada, en régimen de descentralización, la organización y administración de cualquiera de las competencias legalmente asignadas a los municipios, tanto actos deportivos de carácter ordinario como extraordinario, organizadas directamente o en colaboración.

Entre sus objetivos prioritarios figuran, en virtud de sus Estatutos:

1.º La finalidad primordial será la promoción deportiva y el desarrollo de la educación física de la población de su Municipio o zona de influencia así como las prácticas deportivas de carácter aficionado.

2.º La promoción de toda clase de instalaciones deportivas, así como la conservación, reparación y administración de las de propiedad municipal.

VI. El PMD y el CSD comparten, entre otros, el objetivo de incentivar a los ciudadanos en la práctica de la actividad física, difundiendo sus valores inherentes y apoyando en todo caso la implementación del deporte y la actividad física con áreas de inclusión social, igualdad de oportunidades e igualdad de género. A este fin desean sumar nuevamente esfuerzos en aras de enriquecer el conjunto de actividades de carácter deportivo que se desarrollarán en la SED, que en su cuarta edición tendrá lugar entre el 23 y el 30 de septiembre de 2019.

Así, ambas instituciones desean celebrar en la ciudad de Ciudad Real, en la velada del 28 al 29 de septiembre de 2019, una serie de eventos lúdico-deportivos, de forma que un conjunto de ellos será financiado y coordinado por la PMD y el otro por el CSD, según se explica en las cláusulas siguientes.

VII. Las partes, en el ejercicio de las competencias que le están legalmente atribuidas y reconociéndose plena capacidad y legitimación en la representación que respectivamente ostentan, suscriben el presente convenio de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Es objeto del presente convenio establecer el marco de colaboración entre el Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Ciudad Real y el CSD para el desarrollo de la serie de eventos lúdico-deportivos que se celebrarán en la citada ciudad en la velada del 28 al 29 de septiembre 2019 (en adelante denominada indistintamente «la velada»).

Segunda.

Los objetivos perseguidos consistirán en la promoción de la participación y la sensibilización sobre la importancia del deporte y la actividad física, integradas dentro de una estrategia global, pero persiguiendo efectos a largo plazo como la mejora de los niveles de práctica de toda la población, especialmente entre sectores de población prioritarios, como es el de la población infantil, mujeres y discapacitados.

Tercera.

El evento a desarrollar tendrá lugar aproximadamente desde las 20:00 h del 28 de septiembre a las 4:00 h del 29 de septiembre y consistirá en acciones públicas localizadas en la Plaza de Toros de Ciudad Real y sus alrededores que se erijan como referencia de la animación, la promoción y las prácticas deportivas. La velada será de acceso libre y tendrá siempre carácter gratuito para los participantes, orientado al público en general y caracterizándose las actividades en particular por:

Estar dirigidas al deporte de base de forma prioritaria.

Incentivar a los ciudadanos la práctica de actividades físicas y de deporte de todo tipo y a abandonar prácticas sedentarias.

Hacer especial incidencia en actividades que promuevan la mejora de la salud de la población, enfatizando sus efectos preventivos sobre numerosos problemas de salud.

Estar dirigidas a todas las edades: infantiles, para jóvenes, adultos y personas mayores.

Promover la igualdad de género en la práctica deportiva.

Potenciar actividades dirigidas a la inclusión de personas con discapacidad y el deporte como herramientas de inclusión social.

Tendentes a luchar contra la violencia, la intolerancia, la xenofobia, el racismo y la lacra del dopaje.

Cuarta.

Parte de las actividades y eventos lúdico deportivos que integrarán la velada será coordinada y dirigida por el PMD, y otra parte lo será por el CSD. En el Anexo I se especifica el reparto de responsabilidades de las instituciones en cada una de las actividades. De cualquier modo, el Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Ciudad Real asumirá la organización y dirección técnica del conjunto de las actividades y facilitará todos los permisos y autorizaciones que se deriven de las actividades previstas y de las instalaciones necesarias para el desarrollo de la velada.

Quinta.

El CSD incluirá el conjunto de actividades que formen parte de la velada en la página web de las acciones españolas de la SED, dando una dimensión internacional a las acciones de promoción de la práctica deportiva del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Ciudad Real. A este fin, el Patronato facilitará al CSD la información correspondiente.

Sexta.

Para el conjunto de actividades que formen parte de la velada el Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Ciudad Real colaborará mediante el apoyo logístico necesario, coordinando la cobertura de las diversas necesidades de servicios e infraestructura municipales que, desde los puntos de vista material y formal, se requieran para su correcto desarrollo.

Séptima.

La PMD tiene previsto impulsar un conjunto de actividades adicionales en el marco de la SED, pero localizadas fuera de la velada. Estas actividades se reflejan en el Anexo III.

Octava.

El PMD, colaborará en la difusión de la SED y de los eventos y actividades programadas en el Anexo I, a través de la utilización de los circuitos de publicidad exterior de la ciudad, según disponibilidad, y entendiendo que la producción de anuncios y demás creatividades será asumida de forma compartida por el CSD y el PMD.

Igualmente, se informará a través de la página web del PMD www.pmdciudadreal.es y del teléfono 926211044 (extensiones 851, 854, 849 y 858) y se emitirán notas de prensa, colaborando en las presentaciones y demás actuaciones con los medios de comunicación, distribuyendo entre los centros deportivos municipales el material de difusión que produzca el CSD. El apoyo del PMD al Plan de Comunicación tentativo se detalla en el Anexo II.

Novena.

En la publicidad que cualquiera de las partes firmantes realice de las actuaciones derivadas del presente convenio (publicaciones, carteles, etc…) se hará constar expresamente que éstas se llevan a cabo en virtud del mismo, coordinándose con el servicio que corresponda del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Ciudad Real las demás acciones de información que se acuerden por las partes.

Décima.

Asimismo, en el marco de esta colaboración y dado el impacto que para la imagen de la Ciudad supone la celebración de un evento de esta magnitud, el CSD facilitará al Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Ciudad Real su aparición en diferentes soportes que se estructuren alrededor del mismo.

Undécima.

Se creará una Comisión Técnica Mixta, con la finalidad prevista en el artículo 49 apartado f) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, especialmente para la coordinación y el seguimiento de las diferentes actuaciones desarrolladas al amparo del presente Convenio, que estará constituida por:

Dos representantes designado por el PMD.

Dos representantes designado por el CSD.

La presidencia de la Comisión se ejercerá de forma rotatoria y por periodos similares a lo largo del plazo de vigencia del convenio, comenzando la misma el representante del PMD.

La Comisión se reunirá siempre que sea necesario para el seguimiento del convenio, y será la encargada de resolver cuantas cuestiones puedan plantearse durante la vigencia del mismo, derivadas de posibles discrepancias en cuanto a su ejecución o interpretación de los acuerdos. Asimismo, podrán asistir cuantas personas se consideren necesarias en función del asunto a tratar en cada sesión.

El régimen de funcionamiento de la Comisión será el establecido en los artículos 15 y siguientes de la de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Duodécima.

El convenio podrá ser objeto de modificación a lo largo de su vigencia, de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, en caso de variaciones en el calendario, horarios o número de sesiones, que puedan suponer un cambio en las condiciones del mismo, previa la tramitación preceptiva correspondiente e informe favorable de los órganos municipales competentes. La modificación se incorporará como parte inseparable del texto del convenio.

Decimotercera.

Además de por el incumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, será causa de extinción del mismo incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:.

El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

El acuerdo unánime de todos los firmantes.

El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, en cuyo caso la parte a la que no sea imputable la causa de incumplimiento podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados, si así se hubiera previsto.

Por decisión judicial.

Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en otras leyes.

No obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existieran actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, vigilancia y control del convenio referida en la cláusula décima, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización.

Decimocuarta.

De conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el Boletín Oficial del Estado y extenderá su vigencia hasta el día 1 de octubre de 2019, fecha en la que habrán concluido la diferentes actividades derivadas de la celebración del evento.

Decimoquinta.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo el establecido en los artículos 47 y siguientes del Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Decimosexta.

Las partes acuerdan someterse a los órganos jurisdiccionales de CIUDAD REAL para la resolución de cualquier litigio que en la interpretación o cumplimiento de las respectivas obligaciones contenidas en las cláusulas del presente convenio pudiera originarse entre ellas.

Decimoséptima.

Este Convenio será objeto de publicación conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1 b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, norma a la que se sujeta el presente Convenio.

Y en prueba de conformidad con lo manifestado, firman el presente convenio en el lugar y fecha arriba indicados.–La Presidenta del PMD y Alcaldesa de Ciudad Real, Pilar Zamora Bastante.–El Director General de Deportes del CSD, Mariano Soriano Lacambra.

ANEXO I
Programa provisional del conjunto de eventos lúdico-deportivos a realizar en la velada del 28 al 29 de septiembre de 2019 y reparto de responsabilidades
Instalación o actividad Responsable financiación Responsable coordinación Responsable de promoción ante público potencial Definición de contenido Otros
Escenario principal com pantallla LED Gigante para Master Class o similares CSD CSD PMD PMD/CSD  
Transporte, montaje e instalación de zonas deportivas en zonas aledañas de:          
Esgrima. CSD CSD PMD PMD  
Bádminton CSD CSD PMD PMD  
Rocódromo en zonas aledañas CSD CSD PMD PMD  
Frontón CSD CSD PMD PMD  
  CSD CSD PMD PMD  
Celebración de una carrera popular nocturna CSD CSD PMD PMD  
Celebración de una Roller Night Nocturna CSD CSD PMD PMD  
Instalación de 2 carpas de 3x3 metros con posibilidad de cierre por los 4 costados destinadas a actividades diversas. CSD CSD PMD PMD  
King-Ball PMD PMD PMD PMD  
Hidratación PMD PMD PMD PMD  

PMD: Patronato Municipal de Deportes de Ciudad Real.

CSD: Consejo Superior de Deportes de España.

ANEXO II
Apoyo del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Ciudad Real al plan de comunicación

Presencia semanal de los medios de comunicación de carácter local: prensa escrita, televisión, médios digitales y rádios.

Página web del PMD.

Redes Sociales: Facebook, Twitter, Instagram y Youtube.

Listado de asistentes propuestos

Altos cargos del Gobierno Central y Regional y de las Administraciones Públicas.

Corporación Municipal.

Miembros de la Junta Rectora del Patronato Municipal de Deportes.

Federaciones Deportivas de la Comunidad Autónoma.

Deportistas de Alto Nivel.

Clubes y Asociaciones Deportivas de Ciudad Real.

ANEXO III
Actividades adicionales impulsadas por el Patronato Municipal de Deportes de Ciudad Real en el ámbito de la Semana Europea del Deporte
Del viernes 20 al domingo 22 de septiembre. Ciudad Real Fitness Challenge Crossfit.
Lunes 23/09/19 (mañana). Taller de Boccia.
Martes 24/09/19 (mañana). Inauguración Exposición Concurso Fotográfico Concurso Hípico Nacional de Saltos 2019.
Martes 24/09/19 (tarde). Seminario Fundación Diagrama, relacionado con la actividad físico-deportiva.
Martes 24/09/19 (mañana). Actividades lúdico-deportivas para escolares en zonas urbanas.
Miércoles 25/09/19 (tarde). Conferencia «Centenario de la Escuela Central de Educación Física de Toledo» «30 Aniversario del Club Orientación Ciudad Real».
Jueves 26/09/19 (mañana). Carreras de orientación para alumnos de secundaria.
Jueves 26/09/19 (tarde). Gala de los premios al deporte escolar.

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