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Documento BOE-A-2018-9830

Resolución de 2 de julio de 2018, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio trilateral entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el Principado de Asturias y la Entidad Pública Empresarial Red.es, para la extensión del acceso a la banda ancha ultrarrápida de los centros docentes españoles.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 13 de julio de 2018, páginas 70831 a 70833 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2018-9830

TEXTO ORIGINAL

El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, el Consejero de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y el Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, han suscrito, con fecha 29 de diciembre de 2017, una Adenda al Convenio trilateral para la extensión del acceso a la banda ancha ultrarrápida de los centros docentes españoles.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida Adenda como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 2 de julio de 2018.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO
Adenda al Convenio trilateral entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el Principado de Asturias y la Entidad Pública Empresarial Red.es para la extensión del acceso a la banda ancha ultrarrápida de los centros docentes españoles

C-123/15-SV AD1

En Madrid a 29 de diciembre de 2017

REUNIDOS

De una parte, don Marcial Marín Hellín, Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, en virtud del Real Decreto 603/2015, de 3 de julio, por el que se dispone su nombramiento y actuando en el ejercicio de la competencia que le otorga el artículo 14.6 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra parte, don Genaro Alonso Megido, Consejero de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, en virtud del Decreto 7/2015, de 28 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, por el que se nombra a los miembros del Consejo de Gobierno, actuando en ejercicio de las facultades que tiene atribuidas por el Decreto 6/2015, de 28 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, designado para la suscripción del presente Convenio, en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su reunión celebrada el 28 de diciembre de 2017.

De otra parte, don José Manuel Leceta García, mayor de edad y con DNI 03085869-M, en nombre y representación de la Entidad Pública Empresarial Red.es, con domicilio en la Plaza de Manuel Gómez Moreno s/n, 28020, Madrid y CIF Q-2891006-E, en su calidad de Director General, facultado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1.k) del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (en adelante «MECD»), la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias (en adelante «la Comunidad Autónoma»), y la Entidad Pública Empresarial Red.es, (en adelante, «Red.es») podrán ser denominadas, individualmente, «la Parte» y, de forma conjunta, «las Partes».

Todas las Partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente adenda al Convenio Trilateral, y en su virtud,

EXPONEN

Primero.

Que el 30 de marzo de 2015 se firma el Convenio Marco entre el Ministerio de Industria, Energía y Turismo (actual Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital), el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el Ministerio de Economía y Competitividad (actual Ministerio de Economía, Industria y Competitividad), y Red.es para la extensión del acceso a la banda ancha ultrarrápida de los centros docentes españoles (en adelante, «el Convenio Marco»). Dicho Convenio Marco recoge que las Comunidades Autónomas que así lo deseen podrán participar en el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, asumiendo los derechos y obligaciones que les correspondan, en los términos y condiciones recogidos en el mismo mediante la suscripción de Convenios específicos.

Segundo.

Que el 22 de diciembre de 2015 se firmó el Convenio Trilateral entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y la Entidad Pública Empresarial Red.es para la extensión del acceso a la banda ancha ultrarrápida de los centros docentes españoles, en adelante el «Convenio Trilateral».

Tercero.

Que con fecha 18 de septiembre de 2017 se suscribió una adenda de ampliación de la vigencia del Convenio Marco hasta 30 de marzo de 2019.

Cuarto.

Que en la Cláusula Undécima del Convenio Trilateral se establece «El presente Convenio surtirá efectos desde el momento de su firma y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017, pudiendo prorrogarse por acuerdo expreso de las partes. Sin perjuicio de lo anterior, se continuará con la ejecución, hasta su conclusión, de las actuaciones que se encuentren iniciadas a la fecha de fin de vigencia del Convenio».

Quinto.

Que en la reunión de Comisión de Seguimiento del Convenio Trilateral celebrada el 19 de septiembre de 2017, se propuso adecuar la duración de dicho Convenio a la vigencia del Convenio Marco, disponiendo así del plazo necesario para la efectiva ejecución de los trabajos previstos. En dicha reunión, de conformidad con lo previsto en la cláusula Octava del mismo, la Comisión de Seguimiento propuso y aprobó iniciar los trámites de autorización de una adenda de prórroga de la vigencia del Convenio Trilateral entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y Red.es hasta 30 de marzo de 2019.

En base a lo expuesto anteriormente, las Partes acuerdan suscribir la presente Adenda Convenio Trilateral de acuerdo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación de la cláusula de vigencia del Convenio Trilateral.

Se modifica la Cláusula Undécima de vigencia del Convenio que queda redactada en los siguientes términos: «El presente Convenio surtirá efectos desde el momento de su firma y extenderá su vigencia hasta el 30 de marzo de 2019, pudiendo prorrogarse por acuerdo de las Partes por un período de hasta 4 años adicionales, lo cual deberá instrumentarse mediante la suscripción de Adendas al presente Convenio. Sin perjuicio de lo anterior, se continuará con la ejecución, hasta su conclusión, de las actuaciones que se encuentren iniciadas a la fecha de fin de vigencia del Convenio».

Segunda. Eficacia del presente acuerdo.

En todo lo no novado expresamente por la presente Adenda, seguirá en vigor lo dispuesto en el Convenio Trilateral. La presente Adenda entrará en vigor una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de cuanto antecede, las Partes suscriben la presente Adenda al Convenio Trilateral, en el lugar y fechas señalados en este documento.

El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Marcial Marín Hellín.–El Consejero de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, Genaro Alonso Megido.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, José Manuel Leceta García.

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