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Documento BOE-A-2018-954

Resolución de 15 de enero de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta de prórroga de ultraactividad del Convenio colectivo de Compañía Logística de Hidrocarburos, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 25 de enero de 2018, páginas 9623 a 9624 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2018-954
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/01/15/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de prórroga de ultraactividad del Convenio colectivo de la empresa Compañía Logística de Hidrocarburos, S.A. (Código de convenio n.º 90000830011981), que fue suscrita con fecha 19 de diciembre de 2017, de una parte por la persona designada por la empresa en representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de UGT, CC.OO. y CGT en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta de prórroga de ultraactividad del Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de enero de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE ACUERDOS
Prórroga ultraactividad Convenio Colectivo

Secretaría de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de CLH, S.A.

En el domicilio social de la Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, S.A., calle Titán, 13, de Madrid, siendo las 12:30 horas del 19 de diciembre de 2017, reunidas las Representación de la Empresa y la de las Secciones Sindicales UGT, CC.OO. y CGT, que integran la Comisión Negociadora del Convenio, en representación de los Trabajadores, con el fin de tratar sobre la conveniencia, compartida por todas las partes, de ampliar el plazo de ultraactividad del Convenio Colectivo 2010-2015 de CLH, denunciado con fecha del 26 de marzo de 2015.

De una parte: Doña Cristina Jaraba Delgado, Directora Corporativa de RRHH, en representación de la Empresa CLH.

Y de otra: Don Francisco Luque Vargas, en representación de la Sección Sindical de UGT en CLH, que cuenta en la Comisión Negociadora con 5 miembros de los 12 que conforman la representación sindical.

Don Ricardo Navarro Moya, en representación de la Sección Sindical de CC.OO. en CLH, que cuenta en la Comisión Negociadora con 4 miembros de los 12 que conforman la representación sindical.

Don Luis Miguel Sánchez Seseña, en representación de la Sección Sindical de CGT en CLH, que cuenta en la Comisión Negociadora con 3 miembros de los 12 que conforman la representación sindical.

Ambas partes, en sus respectivas representaciones, se reconocen plena capacidad jurídica para suscribir el presente documento y a tal efecto, tras las oportunas deliberaciones, a tenor de lo dispuesto en el artículo 86.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,

ACUERDAN

1. Ampliar la ultraactividad del Convenio Colectivo de CLH, cuya denuncia fue notificada el 26 de marzo de 2015, hasta la fecha de firma de un nuevo convenio colectivo en CLH que sustituya al que ahora se prorroga en su ultraactividad, garantizando hasta esa fecha el mantenimiento de las condiciones establecidas en el mismo, con excepción de aquellas que ya hubieran sido objeto de modificación mediante acuerdo parcial del nuevo convenio o lo fueran en el futuro, que mantendrán su vigencia hasta la entrada en vigor del nuevo convenio.

2. Proseguir las negociaciones para la firma de un nuevo Convenio Colectivo, en CLH iniciadas con fecha 29 de abril de 2015, fecha de constitución de la mesa negociadora.

Y para que así conste a los efectos oportunos, se firma por quintuplicado ejemplar el presente documento en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

Sin más asuntos que tratar se levanta esta sesión a las 13:00 horas del día de la fecha.

Y yo, como Secretario, de cuanto antecede doy fe.–Guillermo Hilla Merchán, Secretario de la Comisión Negociadora.

Por la Representación de la Empresa

Por la Representación de los Trabajadores

Fdo.

Por CC.OO.

Por UGT

Por CGT

Fdo.

Fdo.

Fdo.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/01/2018
  • Fecha de publicación: 25/01/2018
Referencias anteriores
  • PRORROGA el Convenio publicado por Resolución de 8 de junio de 2011 (Ref. BOE-A-2011-10726).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Hidrocarburos
  • Transportes

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