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Documento BOE-A-2018-6959

Resolución de 11 de mayo de 2018, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Coria.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 25 de mayo de 2018, páginas 54505 a 54508 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2018-6959

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio entre el Ayuntamiento de Coria y el Instituto Cervantes.

Madrid, 11 de mayo de 2018.–El Secretario General del Instituto Cervantes, Rafael Rodríguez-Ponga Salamanca.

CONVENIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE CORIA Y EL INSTITUTO CERVANTES

De una parte, don José Manuel García Ballestero, Alcalde de Coria, en uso de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local («BOE» núm. 80, de 3 de abril), actúa en nombre y representación de dicha Corporación Municipal, con domicilio a los efectos del presente convenio en Plaza de San Pedro, 1, CP 10800, Coria, Cáceres.

Y de otra parte, don Juan Manuel Bonet Planes, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 49/2017, de 27 de enero («BOE» de 28 de enero), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Alcalá, 49, 28014 Madrid, con NIF Q-2812007 I.

Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

I. Que el Instituto Cervantes es un organismo público sin ánimo de lucro creado por la Ley 7/1991, de 21 de marzo, con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, cuyos fines primordiales son la promoción y difusión universal de la lengua española y de la cultura en el exterior, así como el fomento de cuantas actividades y acciones contribuyan a la consecución de los fines que tiene encomendados y a mejorar el conocimiento, el uso y la enseñanza del español como lengua extranjera.

II. Que la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su artículo 25, dispone que los municipios pueden promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal y, en concreto, pueden promover la cultura y equipamientos culturales.

III. Que el Ayuntamiento de Coria cuenta con un rico patrimonio histórico y cultural que es, además de su seña de identidad, por su singularidad y riqueza, uno de los principales atractivos turísticos de esta ciudad, y entre las actividades más destacadas para su difusión, el Ayuntamiento viene celebrando el Festival Internacional de Guitarra Ciudad de Coria, referente cultural, de carácter pedagógico y educativo, y punto de encuentro de centenares de alumnos de todo el mundo para aprender de los maestros de la guitarra. Además de las clases magistrales que se imparten a lo largo del certamen, se celebra un concurso (en adelante, «el concurso») y los ganadores de este realizan una serie de conciertos al máximo nivel, algunos de ellos en el extranjero.

IV. Que los fines que persigue el Ayuntamiento de Coria con la realización de esta actividad, de carácter cultural, son concurrentes o complementarios con los del Instituto Cervantes, y que ambas instituciones coinciden en su voluntad de fomentar la difusión del patrimonio cultural de la ciudad y, en especial, del Festival Internacional de Guitarra Ciudad de Coria y desean cooperar en su proyección internacional, a través de los centros del Instituto Cervantes en el exterior.

V. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente convenio ha sido informado favorablemente por el Servicio Jurídico del Instituto Cervantes.

VI. Que, asimismo, su firma ha sido autorizada por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, con fecha 1 de febrero de 2018.

VII. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes, en su sesión de 24 de noviembre de 1995, aprobó los criterios para la firma de convenios con otros organismos de la Administración.

Por lo anterior, las partes estiman suscribir el presente convenio de conformidad con las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.

El presente instrumento tiene por objeto regular la colaboración entre el Ayuntamiento de Coria (en adelante, el Ayuntamiento) y el Instituto Cervantes para el desarrollo de cuantas actividades y acciones, relacionadas con los fines que tienen encomendados ambas instituciones puedan realizar conjuntamente y, en especial, aquellas que contribuyan a su fin común de difusión de la cultura española en el exterior.

Segunda.

El Ayuntamiento y el Instituto Cervantes podrán en poner en marcha, entre otras, las siguientes acciones:

– Promoción y difusión mutua de la oferta académica y cultural de Coria y del Instituto Cervantes, tanto dentro como fuera de España.

– Fomento del turismo idiomático, educativo y cultural en Coria, y en especial del Festival Internacional de Guitarra Ciudad de Coria, como polo de atracción internacional, dando difusión a las programaciones anuales correspondientes.

– En relación con el Festival Internacional de Guitarra Ciudad de Coria, el Instituto Cervantes se compromete a celebrar, a su cargo, en uno de sus centros en el exterior o en sus sedes de Madrid o Alcalá de Henares, uno de los conciertos que realizarán los ganadores de las ediciones XXI y XXII del concurso.

– Cualquier otra que pueda ser de interés para ambas partes.

Tercera.

Para la celebración de los conciertos citados en la cláusula anterior, que el Instituto Cervantes organizará con sus propios medios, el Instituto Cervantes se compromete a asumir a su cargo, conforme a lo establecido en la cláusula quinta siguiente, los gastos por los honorarios, desplazamiento y el alojamiento de los dos ganadores de las ediciones XXl y XXII del concurso, hasta un máximo de 1.200 euros (1.200 €), para que viajen al centro o la sede del Instituto Cervantes en que tengan lugar los mismos.

La decisión final sobre el lugar y la fecha de los conciertos se realizará de mutuo acuerdo entre las partes, durante la vigencia del presente convenio.

El Instituto Cervantes dará la máxima difusión posible a los conciertos y a la colaboración objeto del presente convenio a través de sus cauces habituales.

Cuarta.

El Ayuntamiento colaborará en la promoción y desarrollo de las actividades del Instituto Cervantes incluyendo un enlace a la página web del Instituto Cervantes.

En especial, a través de la página web del Ayuntamiento, dará difusión al diploma de español como lengua extranjera, DELE, que expide el Director del Instituto Cervantes en nombre del Ministro de Educación, Cultura y Deporte (Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre) como diploma oficial de proyección internacional que acredita el conocimiento del español.

Igualmente, fomentará la difusión de la Prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE), que elabora y administra el Instituto Cervantes y es una de las pruebas requeridas para la obtención de la nacionalidad española.

Asimismo, fomentará la difusión del SIELE, Servicio Internacional de Evaluación de la Lengua Española, que es un servicio internacional electrónico de evaluación y certificación de la competencia en español, del que es titular el Instituto Cervantes junto a tres universidades, así como de la Plataforma Virtual que lo complementa para dar cabida a diversos productos e iniciativas vinculados a la lengua española.

Quinta.

Los compromisos de gasto que se atribuye el Instituto Cervantes mediante el presente convenio serán asumidos por el mismo a través de sus propios medios y recursos materiales y humanos, y con cargo a su presupuesto para 2018, en el que cuenta con crédito suficiente hasta un máximo de 1.200 euros (1.200 €).

En caso de prórroga del presente convenio, los gastos para ejercicios futuros estarán supeditados, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias del Instituto Cervantes para cada ejercicio.

En el supuesto de que el desarrollo específico del resto de acciones que se puedan llevar a cabo en ejecución del presente convenio, suponga gastos o transferencia de recursos entre las partes, será objeto de adendas que suscribirán las partes y que se incorporarán al presente convenio a medida que se vayan formalizando, constituyendo parte inseparable del mismo.

Sexta.

Las instituciones firmantes podrán contar con la colaboración de cuantos departamentos, organismos, instituciones y empresas, de carácter público o privado, estén relacionados con el objeto del presente convenio, y cuya contribución se considere de interés para el mismo.

Séptima.

La suscripción del presente convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.

Octava.

El seguimiento de la ejecución de lo establecido en el presente convenio se realizará mediante el intercambio de la información entre las partes y la elaboración de informes de evaluación y de valoración de los resultados.

Cada parte designará al responsable del seguimiento del presente convenio.

Novena.

El presente convenio se perfecciona por el consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y su vigencia se extenderá por un período de un año.

Las partes podrán acordar la prórroga expresa del presente convenio, en cuyo caso, las condiciones de su realización y las obligaciones que asume cada una de las partes seguirán lo dispuesto en este convenio y estarán supeditadas, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias de las partes para el correspondiente ejercicio económico.

El presente convenio podrá resolverse anticipadamente por cualquiera de las siguientes causas:

– Por mutuo acuerdo de las partes.

– Por incumplimiento de las obligaciones de las partes.

En caso de incumplimiento, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a los responsables del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.

Ambas partes se reservan la facultad de resolver unilateralmente este convenio, en cualquier momento, si media causa justificada y suficiente, comunicándoselo por escrito a la otra parte con una antelación mínima de tres meses a la fecha en la que deseen darlo por resuelto.

En cualquier caso, las partes se comprometen a finalizar el desarrollo de las acciones ya iniciadas en el momento de notificación de la denuncia.

Décima.

El Instituto Cervantes realizará la preceptiva comunicación de la firma del presente Convenio al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, para su inscripción en el mismo.

Asimismo, el Instituto Cervantes realizará la tramitación de la publicación del presente convenio en el «Boletín Oficial del Estado», para su eficacia.

Undécima.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento de acuerdo con los principios de buena fe y de eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado por lo que toda controversia e interpretación que se derive del mismo será resuelta por ellas de común acuerdo, a través de los representantes que designen para ello.

Y en prueba de conformidad con todo lo anterior, se firman, por duplicado y a un solo efecto, sendos ejemplares, en los lugares y fechas indicados.–En Madrid, el 11 de mayo de 2018.–Por el Ayuntamiento de Coria, el Alcalde, José Manuel García Ballestero.–Por el Instituto Cervantes, el Director, Juan Manuel Bonet Planes.

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