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Documento BOE-A-2018-4175

Resolución de 23 de marzo de 2018, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones para la campaña atún rojo 2018 para los buques autorizados a la pesca activa de atún rojo en el caladero canario conforme a la Orden APM/264/2017, de 23 de marzo, por la que se regula la pesquería de atún rojo en el atlántico oriental y mediterráneo.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 24 de marzo de 2018, páginas 32822 a 32823 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2018-4175

TEXTO ORIGINAL

La Orden APM/264/2017, de 23 de marzo, por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo incluye como flota dirigida en la letra f) Buques cañeros autorizados a pescar en aguas del Caladero Canario. Además, la citada orden en su disposición adicional segunda obliga a que La autorización de la pesca de atún rojo en aguas del Caladero Canario a buques cañeros que operan en este caladero se deba regular anualmente a través de la correspondiente resolución del Secretario General de Pesca.

La norma citada permite que mediante resolución se haga una asignación de cuota de manera individua o bien de manera conjunta, indicando que las mismas no podrán transferirse a otros buques o a otros segmentos de flota.

En la tramitación de la resolución para esta campaña, en el periodo de audiencia pública, se planteó el establecimiento de una limitación por buque de las posibilidades de pesca, que permitiera planificar de manera eficiente para esta campaña 2018 la actividad individual de cada buque, o de los grupos de buques que decidiesen gestionar de forma compartida sus posibilidades de pesca. No obstante, ante la falta de un amplio consenso, se mantiene el mismo mecanismo de años anteriores, a expensas de la regulación de la pesquería que se lleve a cabo para 2019, momento en el que el TAC de atún rojo del Atlántico Este y Mediterráneo alcanzará las 32.000 toneladas

La citada Orden APM/264/2017, de 23 de marzo, asigna a la flota de la lista f), según el artículo 4.2, el 1,2104% de la cuota total de España no reservada para el fondo de maniobra, que equivale a 57,4972 toneladas en 2018.

Asimismo, dicha Orden, en su artículo 5, permite a la Administración reservar hasta un 5% de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España para la creación de un fondo de maniobra a las que se sumará las posibles cuotas obtenidas por los intercambios realizados con otros Estamos miembros o Terceros Países. Este fondo de maniobra está destinado a su uso para subsanar posibles excesos de capturas respecto a las posibilidades de pesca asignadas a España y para la correcta gestión de la pesquería en general.

Por ello, en aras de corregir la carencia de cuotas que afecta a la flota de Canarias, la cantidad que le corresponde por el reparto se incrementa para la presente campaña en otras 197,5028 toneladas procedentes del fondo de maniobra. De la suma de ambas cantidades se obtiene la cuota total que dispondrá la flota de la lista f) para la presente campaña y que asciende a 255 toneladas.

Asimismo, la cuota total asignada a España debe ser respetada en todo momento y de no ser así podría dar lugar a deducciones en el año siguiente tal y como establece el artículo 105 del Reglamento (CE) 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común. Por lo tanto, deben incluirse en esta resolución mecanismos para el supuesto en que se constate que se ha rebasado la cuota asignada a la flota Canaria de modo que se pueda aplicar la correspondiente deducción del sobrepasamiento en la temporada 2019.

El Secretario General de Pesca, oída la Comunidad Autónoma de Canarias y el sector que representa a los buques incluidos dentro de la lista f), Buques cañeros autorizados a pescar en aguas del Caladero Canario, resuelve:

Primero.

Fijar la cuota conjunta que podrán pescar los buques incluidos en el censo de atún rojo publicado mediante la resolución como lista f) Buques cañeros autorizados a pescar en aguas del Caladero Canario en 255 toneladas para la campaña 2018.

Segundo.

La campaña comenzará a las 00.00 horas del 26 de marzo.

Tercero.

Para un correcto control del consumo de cuota, la pesquería de atún rojo permanecerá cerrada durante el fin de semana (desde las 00:00 horas del sábado a las 23:59 horas del domingo), así como los festivos de ámbito nacional. No obstante, estará autorizada la actividad de pesca durante el fin de semana dirigida a otros túnidos, si posibilidad de dirigirse a la captura de atún rojo.

Cuarto.

Cuando se haya alcanzado el 90% del consumo de la cuota asignada en función de los mecanismos de control que se establezcan, la Secretaría General cerrará de manera preventiva la campaña hasta que se pueda verificar el consumo real.

Quinto.

Si tras el cierre se constata que sigue existiendo cuota disponible, se procederá a una reapertura con unas condiciones específicas que serán fijadas de común acuerdo con el sector y que garanticen que no se produce un sobrepasamiento de la cuota. Si por el contrario, se constata que existe un sobrepasmiento de cuota, la cantidad excedida podrá ser deducida de la cuota del año 2019 que pudiera corresponder a los buques de la lista f) Buques cañeros autorizados a pescar en aguas del Caladero Canario.

Sexto.

La Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura dictará instrucciones para el correcto desarrollo de la misma, que incluirán entre otras, los mecanismos para el correcto control y seguimiento de las capturas y los puertos designados para el desembarco.

Séptimo.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 23 de marzo de 2018.–El Secretario General de Pesca, Alberto López-Asenjo García.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/03/2018
  • Fecha de publicación: 24/03/2018
Materias
  • Canarias
  • Cuota de pesca
  • Flota pesquera
  • Material de pesca
  • Pesca marítima
  • Pescado
  • Veda de pesca

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