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Documento BOE-A-2018-3793

Resolución de 14 de marzo de 2018, de la Subsecretaría, por la que se modifica la de 11 de julio de 2017 por la que se crea el Grupo de coordinación de los Delegados Especiales del Estado en los Consorcios de Zona Franca, y se establece su composición, funciones y régimen de funcionamiento.

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 17 de marzo de 2018, páginas 31009 a 31010 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2018-3793
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/03/14/(1)

TEXTO ORIGINAL

La resolución de 11 de julio de 2017, de la Subsecretaría, creó el grupo de coordinación de los Delegados Especiales del Estado en los Consorcios de Zona Franca, estableciendo su composición, funciones y régimen de funcionamiento. Este grupo se creó con el objetivo de constituirse en un mecanismo permanente de coordinación de las funciones desempeñadas por los Delegados Especiales del Estado en los Consorcios de Zona Franca entre sí, y de interlocución entre ellos y el Ministerio de Hacienda y Función Pública en los temas que les fueran comunes.

En su artículo séptimo se regula el régimen del secretario del grupo, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 16 y 19 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Celebrada la reunión constitutiva del grupo de coordinación, se planteó en ella la conveniencia y posibilidad de que los Abogados del Estado coordinadores de los convenios de asistencia jurídica de los Consorcios pudieran realizar las labores de secretario del grupo, en atención a su elevado conocimiento jurídico, a la función que incumbe a los secretarios de velar por la legalidad formal y material de las actuaciones de los órganos colegiados y, finalmente, al hecho de que cada Consorcio de Zona Franca ha suscrito convenio por el cual los Abogados del Estado prestan su asistencia jurídica.

Por lo anterior, con la finalidad de adaptar el régimen del secretario del grupo de coordinación de los Delegados Especiales del Estado en los Consorcios de Zona Franca, dispongo:

Artículo único. Modificación del artículo séptimo de la Resolución de 11 de julio de 2017, de la Subsecretaría, por la que se crea el Grupo de coordinación de los Delegados Especiales del Estado en los Consorcios de Zona Franca, y se establece su composición, funciones y régimen de funcionamiento.

El artículo séptimo, el Secretario, de la Resolución de 11 de julio de 2017, de la Subsecretaría, por la que se crea el Grupo de coordinación de los Delegados Especiales del Estado en los Consorcios de Zona Franca, y se establece su composición, funciones y régimen de funcionamiento, queda redactado del siguiente modo:

«Séptimo. El Secretario.

El Secretario tendrá a su cargo velar por la legalidad formal y material de las actuaciones del grupo de coordinación, certificar las actuaciones del mismo y garantizar que los procedimientos y reglas de constitución y adopción de acuerdos son respetadas.

Particularmente, le corresponderá:

a) Asistir a las reuniones con voz pero sin voto.

b) Efectuar la convocatoria de las reuniones del órgano por orden del Presidente, así como las citaciones a los miembros del mismo.

c) Recibir los actos de comunicación de los miembros con el órgano, sean notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones o cualquiera otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento.

d) Preparar el despacho de los asuntos, redactar y autorizar las actas de las reuniones.

e) Expedir certificaciones de las consultas y acuerdos aprobados.

f) Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Secretario.

Le corresponderá convocar de forma extraordinaria al grupo de coordinación en el caso de que el Presidente cesara en su condición de Delegado Especial del Estado, en un plazo no superior a 45 días desde el citado cese. La convocatoria de carácter extraordinario tendrá como objeto la elección de un nuevo Presidente.

Realizará la labor de Secretario el Abogado del Estado coordinador del convenio de asistencia jurídica correspondiente al Consorcio cuyo Delegado Especial sea Presidente.»

Disposición final única. Efectos.

Esta resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de marzo de 2018.–El Subsecretario de Hacienda y Función Pública, Felipe Vicente Martínez Rico.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/03/2018
  • Fecha de publicación: 17/03/2018
  • Efectos desde el 17 de marzo de 2018.
Referencias anteriores
Materias
  • Administración General del Estado
  • Comités consultivos
  • Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
  • Zonas francas

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