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Documento BOE-A-2018-3723

Resolución de 28 de febrero de 2018, de la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo, por la que se publica la Addenda de modificación al Convenio de colaboración con la Xunta de Galicia y el Ayuntamiento de Cambados (Pontevedra), para la realización y financiación de las obras de remodelación de la Plaza de Abastos y Lonja Vieja.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 16 de marzo de 2018, páginas 30574 a 30576 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2018-3723

TEXTO ORIGINAL

Con fecha de 13 de diciembre de 2017 se ha suscrito la Addenda de modificación al Convenio de colaboración suscrito el 30 de diciembre de 2014 entre el Ministerio de Fomento, la Consellería de Economía e Industria de la Xunta de Galicia y el Ayuntamiento de Cambados (Pontevedra) para la realización y financiación de las obras de Remodelación de la Plaza de Abastos y Lonja Vieja.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Addenda de Modificación, cuyo texto figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 28 de febrero de 2018. –El Director general de Arquitectura, Vivienda y Suelo, Antonio Aguilar Mediavilla.

ANEXO
Addenda de modificación al Convenio de colaboración suscrito el 30 de diciembre de 2014 entre el Ministerio de Fomento, la Consellería de Economía e Industria de la Xunta de Galicia y el Ayuntamiento de Cambados (Pontevedra) para la realización y financiación de las obras de remodelación de la Plaza de Abastos y Lonja Vieja

REUNIDOS

En Madrid, a 13 de diciembre de 2017.

De una parte, don Julio Gómez-Pomar Rodríguez, Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, en virtud de nombramiento por el Real Decreto 851/2014, de 3 de octubre, en nombre y representación del Ministerio de Fomento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.2 g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra, don Francisco José Conde López, Conselleiro de Economía e Industria de la Xunta de Galicia, en virtud del nombramiento efectuado en el Decreto 229/2012, de 2 de diciembre, actuando en el ejercicio de su cargo y con las competencias que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su Presidencia, modificada por las Leyes 11/1998, de 20 de octubre, y 7/2002, de 27 de diciembre.

Y de otra, doña Fátima Abal Roma, Alcaldesa del Ayuntamiento de Cambados (Pontevedra), que actúa en nombre y representación de éste, designada en la sesión plenaria de 13 de junio de 2015 y facultada para este otorgamiento en virtud de lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 7/85, de 22 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre.

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 30 de diciembre de 2014, y previa su tramitación reglamentaria el Ministerio de Fomento, la Consejería de Economía e Industria de la Xunta de Galicia y el Ayuntamiento de Cambados (Pontevedra) suscribieron un Convenio para la realización y financiación de las obras de Remodelación de la Plaza de Abastos y Lonja Vieja en Cambados (Pontevedra), con un presupuesto máximo de tres millones seiscientos mil euros (3.600.000 €), IVA incluido.

Segundo.

Que ante la imposibilidad material de cumplir las anualidades recogidas en el referido Convenio, las partes intervinientes proponen la modificación del Convenio de las siguientes cláusulas, quedando estas de la siguiente forma:

Cláusula segunda.

Su cláusula segunda «Presupuesto, financiación y anualidades» mantiene su contenido a excepción de la distribución recogida de las anualidades, al desaparecer las correspondientes a los pasados años de 2014, 2015 y 2016, al no poderse licitar en este último las referidas obras objeto del Convenio, quedando como se recoge en el siguiente cuadro, con la conformidad de todas las partes intervinientes.

Administración

Año 2017

Año 2018

Año 2019

Año 2020

Total

Ministerio de Fomento

0,00

00,00

1.102.200,00

1.057.800,00

2.160.000,00

Xunta de Galicia

0,00

178.920,00

330.660,00

138.420,00

648.000,00

Concello de Cambados

37.000,00

218.680,00

404.140,00

132.180,00

792.000,00

Total

37.000,00

397.600,00

1.837.000,00

1.328.400,00

3.600.000,00

1,03%

11,04%

51,03%

36,9%

100,00%

Cláusula quinta.

Su cláusula quinta «Abono de la financiación y financiación autonómica», mantiene su contenido íntegro de su primer párrafo relativo a los pagos que realice el Ayuntamiento y modificándose los correspondientes a la Comunidad Autónoma de Galicia, quedando de la siguiente forma el segundo párrafo de la presente cláusula:

«La aportación financiera de la Comunidad Autónoma de Galicia será con cargo a la aplicación presupuestaria 09.30.751-A 761.3 financiada con fondos propios libres (1010) y proyecto de inversión número 2015.00275. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 19.4 y 26 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se trata de una subvención de concesión directa que se instrumenta a través de ese convenio de colaboración. La Consejería de Economía, Emprego e Industria se compromete a transferir al Ayuntamiento los fondos correspondientes a cada aportación, una vez que se presente la justificación documental de la aprobación de la certificación de obra ejecutada y la factura en cada una de las anualidades.»

Cláusula séptima.

Su cláusula séptima «Destino aportación financiera», se mantiene su contenido íntegro de los dos primeros párrafos, quedando el tercero modificado de la siguiente forma» la entrega del proyecto de ejecución deberá realizarse obligatoriamente dentro del segundo semestre de 2017, a fin de que pueda ser supervisado y aprobado técnicamente por la Oficina de Supervisión de proyectos de la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo del Ministerio de Fomento».

Cláusula duodécima.

Su cláusula duodécima «Duración» queda redactada de la siguiente forma, conforme lo estipulado en el artículo 49 h).1º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público en relación a su Disposición Adicional Octava: «el Convenio entrará en vigor desde su fecha de publicación en el BOE tras la inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020». Antes de su finalización y previo el cumplimiento de todos los trámites y requisitos, las partes podrán acordar unánimemente su prorroga, que en ningún caso podrán sobrepasar el día 2 de octubre de 2023.

Cláusula decimoquinta.

La cláusula decimoquinta «Naturaleza y régimen jurídico» queda redactada de la siguiente forma: « Este Convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el artículo 47 apartado 1.º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás normas de derecho administrativo aplicables.

El resto de las cláusulas del Convenio permanece inalterable.

Cláusula adicional.

Conforme se establece en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, se modifica el término «Convenio de Colaboración» por «Convenio» para su adaptación a lo establecido en la citada Ley.

Y, en prueba de conformidad, se suscribe esta Addenda de modificación del Convenio en el lugar y fecha arriba indicados, por triplicado ejemplar y a un sólo efecto, quedando uno de ellos en poder de cada una de las partes.–El Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, Julio Gómez-Pomar Rodríguez.–El Consejero de Economía e Industria, Francisco José Conde López.–La Alcaldesa del Ayuntamiento de Cambados, Fátima Abal Roma.

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