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Documento BOE-A-2018-304

Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Diputació de Castelló, para la difusión de las bases de datos y de imágenes del extinto Instituto de Promoción Cerámica.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 9 de enero de 2018, páginas 3852 a 3856 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2018-304

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Diputació de Castelló, han suscrito, con fecha 31 de agosto de 2017, un Convenio para la difusión de las bases de datos y de imágenes del extinto Instituto de Promoción Cerámica, dependiente de la Diputación de Castellón, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 29 de diciembre de 2017.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Diputació de Castelló para la difusión de las bases de datos y de imágenes del extinto Instituto de Promoción Cerámica dependiente de la Diputación de Castellón

En Madrid, a 31 de agosto de 2017.

REUNIDOS

De una parte, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y en su nombre don Luis Lafuente Batanero, Director General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, designado mediante Real Decreto 670/2016, de 9 de diciembre, actuando en el ejercicio de las competencias que le vienen conferidas en el artículo 25, punto 1, apartado c, de la Orden ECD/602/2017, de 20 de junio, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Y de otra parte, la Diputació de Castelló y en su nombre don Javier Moliner Gargallo, Presidente de la Diputació de Castelló, actuando en el ejercicio de su cargo y en representación de la misma facultado para la firma de este protocolo en virtud del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de fecha 15 de noviembre de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, asistido por don Manuel Pesudo Esteve, Secretario General de aquella, en funciones de fedatario público, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 2.h) y 3.e) del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la administración local con habilitación de carácter nacional.

Ambas partes se reconocen mutuamente su plena competencia y capacidad para suscribir el presente convenio de colaboración en nombre de las instituciones a las que representan y

MANIFIESTAN

Primero.

Que conforme el artículo 8 del Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa, de formación profesional y de universidades, así como la promoción, protección, y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y de la creación literaria, de las actividades cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, la promoción y difusión de la cultura en español, así como el impulso de las acciones de cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura.

Segundo.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 10 del Real Decreto 284/2017, de 24 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Artículo le corresponde a la Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, entre otras, el desarrollo de las siguientes funciones, la gestión y promoción de los museos de titularidad estatal adscritos a la Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural y el ejercicio de las actuaciones inherentes a la titularidad de los museos estatales gestionados por las Comunidades Autónomas.

Tercero.

Que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, a la que está adscrito el Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias «González Martí», considera de interés favorecer al máximo la colaboración con empresas e instituciones a través de la firma de convenios que contribuyan al desarrollo y apoyo en labores culturales.

Cuarto.

Que el Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias «González Martí», tiene encomendada entre otras, la tarea de mostrar de manera destacada la evolución histórica de la cerámica, así como sus producciones actuales.

Quinto.

La Diputación de Castellón, y en concreto el Archivo de la Diputación, tiene encomendada, entre otras, la tarea de difundir la documentación que conserva con la finalidad de contribuir al conocimiento crítico y reflexivo de nuestra historia. Además, la provincia de Castellón constituye un espacio clave en el desarrollo cerámico desde el siglo XVIII hasta nuestros días, por lo que resulta de especial interés incrementar el acceso a la información.

Sexto.

El extinto Instituto de Promoción Cerámica, dependiente de la Diputació de Castelló, desde 1984 ha desarrollado potentes bases de datos vinculadas con el conocimiento de la cerámica arquitectónica, a través del desarrollo de la fototeca, biblioteca y catalogoteca vinculada con esta materia, motivo por el cual el Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias «González Martí», tanto a través de su web institucional, como también en los proyectos en los que interviene o pueda intervenir en el futuro, caso actualmente del Proyecto Creative Europe «Ceramics and its Dimensions» pretende dar difusión y poner en valor esta importante labor.

Séptimo.

Por las razones expuestas, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Diputació de Castelló consideran de interés suscribir un Convenio de colaboración con la finalidad de otorgar visibilidad y difusión a la tarea de catalogación y documentación llevada a cabo por el extinto Instituto de Promoción Cerámica.

De conformidad con lo anteriormente indicado las partes se reconocen plena capacidad jurídica, competencia y legitimación suficientes para obligarse y a tal efecto suscribir el presente Convenio de colaboración conforme a las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto fijar las obligaciones de las partes para dar visibilidad y difusión a la tarea de catalogación y documentación que desarrolló el Instituto de Promoción Cerámica, dependiente de la Diputació de Castelló, desde 1984 mediante la puesta a disposición a través de la web institucional del Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias «González Martí» así como en la de cualquier otro proyecto en el que el Museo participe vinculado con la cerámica arquitectónica.

Facilitar una mayor visibilidad al enlace ahora disponible en la web de la Diputació de Castelló, en la siguiente dirección:

http://archivopublicaciones.dipcas.es/GestionDocumental/cargarBusquedaArchivoFotografico.do?tipo=FC.

Del mismo modo, la Diputació de Castelló tiene por objeto extender la colaboración para fomentar el conocimiento de la evolución histórica de la cerámica, así como sus producciones actuales a otros territorios europeos gracias a la Presidencia que ostenta don Javier Moliner Gargallo, presidente de la Diputació de Castelló, de la Asociación Internacional Partenalia, reconocida como lobby de las provincias en Europa.

El objeto del convenio de colaboración entre ambas administraciones tiene como finalidad última difundir el conocimiento en cerámica arquitectónica y potenciar la difusión de la evolución histórica de la cerámica, teniendo en cuenta la importancia de la provincia de Castellón en este desarrollo.

Segunda. Obligaciones de las partes.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se compromete a otorgar visibilidad y difusión mediante un enlace a las bases de datos referentes a fototeca, biblioteca, catalogoteca del extinto Instituto de Promoción Cerámica, dependiente de la Diputació de Castelló, sobre cerámica arquitectónica y hacerlas partícipe de su estrategia de difusión online:

1) Asegurar y mantener el enlace en su página institucional en modo 24 × 7, así como la posibilidad de utilizar este enlace en otras webs que se deriven de la participación del Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias González Martí en proyectos europeos e internacionales.

2) Incluir los contenidos de la fototeca, biblioteca y catalogoteca del extinto Instituto de Promoción Cerámica dentro de la estrategia de difusión online del Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias «González Martí».

Diputació de Castelló se compromete a proporcionar los medios para facilitar el enlace a las bases de datos de catalogación y documentación del extinto Instituto de Promoción Cerámica, con datos e imágenes de gran importancia para el conocimiento de la cerámica arquitectónica a nivel europeo para su publicación y difusión en la web del Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias González Martí, dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, así como en otros proyectos e iniciativas institucionales en las que el Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias «González Martí» participe vinculadas con esta temática.

1) Facilitar el enlace y acceso a las bases de datos de fototeca, biblioteca y catalogoteca del extinto Instituto de Promoción Cerámica dependiente de la Diputació de Castelló.

2) Apoyar las iniciativas de difusión e investigación en materia de cerámica arquitectónica impulsadas por el Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias «González Martí», dependiente de la Subdirección General de Museos Estatales.

Tercera. Régimen jurídico y económico.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se suscribe al amparo de lo establecido en el Capítulo VI de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Del presente convenio no se deriva gasto alguno que suponga financiación de una de las partes a la otra. El presente convenio no supone gasto extraordinario para el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Cuarta. Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.

Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio se constituirá una Comisión de seguimiento que estará integrada por un representante de cada entidad firmante del mismo.

El representante del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte será la persona titular de la Dirección del Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias «González Martí».

El representante de la Diputació de Castelló, pertenecerá al área vinculada con esta temática.

La Comisión velará por el buen cumplimiento de los siguientes ítems:

1.º) Verificar el buen funcionamiento y accesibilidad de los enlaces y el buen uso de las bases de datos e imágenes enlazadas en la web institucional del Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias «González Martí» desarrolladas por el extinto Instituto de Promoción Cerámica dependiente de la Diputació de Castelló.

2.º) Verificar e informar sobre cualquiera otra actividad colaborativa puntual que desarrollen ambas administraciones en el marco de la temática vinculada con la cerámica arquitectónica.

La propia Comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de reuniones y de adopción válida de acuerdos.

En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos a tanto de forma presencial como a distancia, siempre que se aseguren por medios electrónicos la identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos válidos, además, de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y las videoconferencias.

Quinta. Causas de resolución del convenio.

Serán causas de resolución anticipada del presente Convenio conforme a lo establecido en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las siguientes:

a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes en virtud del presente convenio. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de diez días con las obligaciones y compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control y a la otra parte firmante. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

El convenio resuelto por esta causa no conllevará indemnización de las partes.

d) Decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Cualquier otra causa prevista en las leyes.

Sexta. Transparencia y acceso a la información pública.

El Convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.

Séptima. Resolución de controversias y jurisdicción.

Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio de colaboración, sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas anteriores, serán del conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso administrativo.

Como prueba de conformidad, ambas partes firman este convenio por duplicado en el lugar y fecha indicados.–El Director General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, Luis Lafuente Batanero.–El Presidente de la Diputación de Castellón, Javier Moliner Gargallo.

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