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Documento BOE-A-2018-18077

Resolución de 29 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Repotenciación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kv Aldeadávila-Arañuelo, Hinojosa-Almaraz y Aldeadávila-Hinojosa (Cáceres y Salamanca).

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 29 de diciembre de 2018, páginas 130850 a 130867 (18 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica
Referencia:
BOE-A-2018-18077

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente propuesta de Resolución se somete al procedimiento de evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en la sección 1.ª del capítulo 2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto ambiental, por Resolución de la Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, de fecha de 13 de noviembre de 2014, y por consiguiente se procede a formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 41 de la citada Ley.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1.c) del Real Decreto 864/2018, de 13 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica, corresponde a la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como la documentación complementaria aportada por el promotor.

A. Identificación del promotor del proyecto y del órgano sustantivo. Descripción del proyecto y de los elementos ambientales significativos de su entorno

A.1 Promotor y órgano sustantivo del proyecto: Con fecha de 5 de abril de 2018 tiene entrada en el Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, el proyecto de «Repotenciación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV Aldeadávila-Arañuelo, Hinojosa-Almaraz y Aldeadávila-Hinojosa (Cáceres y Salamanca)», procedente de la Dirección General de Política Energética y Minas. El promotor es Red Eléctrica de España, S.A.U. (REE).

A.2 Descripción del proyecto: Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.

A.2.1 Objeto y justificación. En la actualidad REE tiene previsto aumentar la capacidad de transporte de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV que constituye los circuitos «Aldeadávila-Arañuelo, Hinojosa-Almaraz y Aldeadávila-Hinojosa», al estar contempladas en el documento editado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, denominado «Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020».

Con el aumento de la capacidad de transporte prevista por la repotenciación se ha calculado un incremento de la temperatura máxima de operación de 50 ºC a 85 ºC. Este aumento de temperatura implica un aumento de la flecha máxima de las fases, resultando que en determinados vanos no se cumplen las distancias mínimas reglamentarias al terreno y a los cruzamientos con los servicios existentes bajo la línea (líneas de ferrocarril, carreteras, etc.).

La solución adoptada consiste en la elevación de los conductores mediante el recrecido de 43 apoyos que forman parte de los vanos afectados por estas situaciones antirreglamentarias, así como en el soterramiento de un tramo de una línea telefónica.

A.2.2 Localización. La línea discurre por las provincias de Salamanca y Cáceres. Los términos municipales por donde discurre la línea eléctrica y que se ven afectados por las actuaciones a realizar son los siguientes:

– Provincia de Salamanca: Aldeadávila de la Ribera, Vilvestre, Saucelle, Hinojosa de Duero, Lumbrales, Olmedo de Camaces, Bañobarez, Castillejo de San Martín Viejo, Saelices El Chico, Ciudad Rodrigo, Carpio de Azaba, La Encina y El Bodón.

– Provincia de Cáceres: Robledillo de Gata, Pozuelo de Zarzón, Montehermoso, Galisteo, Aldehuela del Jerte, Plasencia y Malpartida de Plasencia.

A.2.3 Descripción sintética de la alternativa seleccionada. La actuación a realizar consiste en la elevación de los conductores mediante el recrecido de 43 de los apoyos existentes, por lo que no se modifica ni el trazado de la línea eléctrica ni la ubicación de los apoyos. Los recrecidos de los apoyos son estructuras metálicas, construidos con perfiles de alas iguales, atornillados y galvanizados, y que se añaden en la base de las ya existentes, de manera que éstas quedan realzadas tantos metros como es necesario para solucionar el incumplimiento reglamentario.

Los apoyos a recrecer son los siguientes:

– En la provincia de Salamanca: 2, 4, 25, 30, 34, 37, 42, 60, 63, 71, 73, 74, 76, 81, 98, 115, 121, 134, 137, 155, 156, 160, 170, 173, 182, 191 y 197.

– En la provincia de Cáceres: 250, 302, 320, 333, 340, 342, 349, 351, 354, 356, 369, 373, 374, 379, 383 y 386.

El recrecido será de 4 m de altura para la mayoría de los apoyos, salvo para el apoyo 37, que será de 8 m y para los apoyos 250 y 354 que será de 6,5 m. En 42 de los apoyos que se van a recrecer se utilizarán los anclajes actuales, puesto que se ha comprobado que las cimentaciones existentes admiten la altura de los recrecidos proyectados.

Existe sólo un apoyo, el 250, que precisa un refuerzo de su cimentación, ya que requiere un recrecido de 6,5 m, admitiendo la cimentación actual únicamente un recrecido de 5,81 m. En este caso se reforzará la cimentación con unas medidas de 2,0 × 2,0 × 1,5 m bajo el nivel del terreno existente. Se aumentará el volumen de hormigón de cada pata en 4 m3, obteniéndose de esta manera una altura de recrecido máximo admisible superior al necesario.

Además también se procede al soterramiento de un tramo de una línea telefónica que cruza el vano de los apoyos 6 y 7, para evitar el recrecimiento del apoyo 7 y optar por una alternativa más adecuada para la conservación y el respeto del medio ambiente.

A.2.4 Alcance de la evaluación. La presente evaluación ambiental se realiza sobre el proyecto «Repotenciación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV Aldeadávila-Arañuelo, Hinojosa-Almaraz y Aldeadávila-Hinojosa (Cáceres y Salamanca)», y no comprende el ámbito de la evaluación de los efectos ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o de desastres, ni de seguridad y salud en el trabajo que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos y están fuera del alcance de la evaluación de impacto ambiental.

A.3 Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto. A continuación se resumen brevemente los elementos ambientales más significativos del entorno:

Suelo: En el área afectada por el proyecto se diferencian tres tipos de suelos, adoptando la terminología Soil Taxonomy System: entisoles, inceptisoles y alfisoles.

Geología: el ámbito del proyecto se encuadra a caballo entre el extremo suroccidental de la submeseta norte, sierra de Gata y vega de la Moraleja ya en la provincia de Cáceres.

Agua: Desde el punto de vista hidrográfico el área del proyecto se incluye en las cuencas hidrográficas del Duero y el Tajo. Los cursos fluviales principales son los ríos Águeda y Camaces en la cuenca del Duero; y en la del Tajo, los ríos Alagón, de los Ángeles, Malavo, Jerte y Tralgas.

Hidrogeología: La zona norte del trazado atraviesa la unidad hidrogeológica 02.19 Ciudad Rodrigo-Salamanca (perteneciente a la cuenca hidrográfica del Duero). En la cuenca hidrográfica del Tajo se atraviesan las unidades hidrogeológicas 03.12 Galisteo y la 03.09 Tiétar.

Aire: En Castilla y León la estación de control de calidad del aire más próxima a la zona de estudio es la estación de El Maillo, mientras que en Extremadura las dos estaciones más cercanas al ámbito de actuación son las de Plasencia y Monfragüe. De acuerdo con los valores registrados en las tres estaciones existe una buena calidad del aire en el territorio analizado.

Flora: Según la información cartográfica así como la derivada del estudio de campo el 97,9% del área de estudio está cubierta por 9 formaciones vegetales homogéneas: terrenos de aprovechamiento agrícola o ganadero (47,3%), dehesas (25,5%), retamares y escobonares más o menos abiertos (8,03%), pinares (6,73%), encinares (5,71%), bosques con predominio de quercíneas (2,9%), madroñal-encinar (0,6%), plantaciones de frondosas (0,6%) y formaciones de ribera (0,4%). El resto de la superficie corresponde a zonas urbanizadas y masas de agua. Respecto a los hábitats de interés comunitario potencialmente afectados, únicamente se afecta a uno catalogado como prioritario (6220 Majadales silícolas supramediterráneos, en el apoyo y acceso del 121). La mayor parte de hábitats de interés comunitario potencialmente afectados corresponden a dehesas de encina (6310 dehesas perennifolias de Quercus spp) y escobonales (4090 Aulagar con escoba blanca). La especie arbórea de mayor presencia es el Quercus ilex y la arbustiva el Cytisus multiflorus.

Fauna: Dadas las características del proyecto el interés se centra principalmente en la avifauna debido a su mayor sensibilidad a este tipo de infraestructuras. En este caso las especies más sensibles detectadas en el ámbito de estudio son: Milano real, cigüeña negra, águila-azor perdicera, grulla común, buitre negro, águila imperial, alimoche común, águila real, cigüeña blanca y buitre leonado. Respecto a los quirópteros no se ha detectado la existencia de refugios de colonias que pudieran verse afectados.

Espacios naturales protegidos: La actuación afecta al parque natural «Arribes del Duero» que destaca por su paisaje granítico y una rica y variada fauna y flora siendo estos los valores ambientales que justificaron su declaración. Presenta unas peculiaridades topográficas al tratarse de una valle encajado, resguardado de los vientos y con mucha insolación, lo que se traduce en una temperatura media anual suave, inexistencia de heladas y una precipitación media de 700 mm/año.

Red Natura 2000: El ámbito de estudio atraviesa los siguientes espacios: ZEC ES4150096 «Arribes del Duero» y ZEPA ES0000118 «Arribes del Duero», ZEPA ES0000218 «Campo de Argañán», ZEC ES4150100 «Campo de Azaba» y ZEPA ES0000202 «Campo de Azaba», ZEC ES4320037 «Sierra de Gata» y ZEPA ES0000370 «Sierra de Gata y valles de las Pilas», así como la ZEC ES4320071 «Ríos Alagón y Jerte».

Paisaje: Dentro del extenso ámbito de estudio ningún paisaje está definido como de especial sensibilidad a escala nacional o que sus valores se encuentran reconocidos como extraordinarios por alguna figura de protección específica o catalogación.

Patrimonio cultural: No se han detectado bienes de interés cultural en el ámbito del proyecto.

B. Resumen del trámite de información pública y de las consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas, y cómo se han tenido en consideración

El trámite de información pública y consulta a las administraciones públicas afectadas se realizó por parte de la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Salamanca y por Dirección del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Extremadura.

En este sentido se informa que los anuncios se publican en el «Boletín Oficial del Estado» número 116, de 16 de mayo de 2017, en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres» número 90, de 15 de mayo de 2017, en el «Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca» número 93, de 18 de mayo de 2017, en el periódico «Diario Extremadura» de 15 de mayo de 2017 y de 24 de mayo de 2017, y en el periódico «La Gaceta» de 15 de mayo de 2017. Durante el trámite de información pública no se recibieron alegaciones al proyecto.

A continuación se especifican las consultas realizadas a las administraciones públicas afectadas:

Tabla 1. Consultas realizadas por la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno de Salamanca a las Administraciones Públicas afectadas e interesados, y contestaciones

Consultados *

Columna a

(Contestaciones a consultas del órgano sustantivo sobre el proyecto y el EsIA)

S.G. Medio Natural. D.G de Calidad y Evaluación Ambiental. MAPAMA

No

Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León. Ministerio de Fomento.

ADIF

C.H. del Duero

C.H. del Tajo

D.G. de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura y Turismo. Junta de Castilla y León

D.G. de Calidad y Sostenibilidad Ambiental. Consejería de Fomento y Medio Ambiente. Junta de Castilla y León

D.G. de Medio Natural. Consejería de Fomento y Medio Ambiente. Junta de Castilla y León

D.G. de Energía y Minas. Consejería de Economía y Hacienda. Junta de Castilla y León

No

Sección de Urbanismo y Ordenación del Territorio. Servicio Territorial de Fomento. Junta de Castilla y León

No

Área de Fomento. Diputación de Salamanca

Ayuntamiento de Aldeadávila

Ayuntamiento de Mieza

Ayuntamiento de Vilvestre

Ayuntamiento de Saucelle

No

Ayuntamiento de Lumbrales

No

Ayuntamiento de Olmedos de Camaces

Ayuntamiento de Bañobárez

Ayuntamiento de Saelices el Chico

No

Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo

No

Ayuntamiento de Carpio de Azaba

Ayuntamiento de El Bodón

No

Ayuntamiento de La Encina

No

Ayuntamiento de Herguijuela de Ciudad Rodrigo

No

Ayuntamiento de El Sahugo

No

Ayuntamiento de Castillejo de Martín Viejo

No

Ayuntamiento de Hinojosa de Duero

No

Ayuntamiento de San Felices de los Gallegos

WWF España

No

SEO/BIRDLIFE

No

Fundación del Patrimonio Natural de Castilla y León

No

Ecologistas en Acción de Castilla y León

No

IBERDROLA

No

Telefónica

No

* La denominación actual de los consultados puede no ser la misma a la original debido a cambios realizados por ellos mismos

Tabla 2. Consultas realizadas por la Dirección del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Extremadura a las Administraciones Públicas afectadas e interesados, y contestaciones

Consultados *

Columna a

(Contestaciones a consultas del órgano sustantivo sobre el proyecto y el EsIA)

Subdirección General de Patrimonio. Ministerio de Defensa

Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura. Ministerio de Fomento

Dirección Adjunta de Mantenimiento y Explotación de Red Convencional. ADIF

Confederación Hidrográfica del Tajo

Subdirección General de Evaluación Ambiental. MAPAMA

No

Subdirección General de Medio Natural. MAPAMA

No

Subdirección General de Calidad del Aire y Medio Ambiente Industrial. MAPAMA

No

Subdirección General de Residuos. MAPAMA

Oficina Española de Cambio Climático. Secretaría de Estado de Medio Ambiente. MAPAMA

No

Patronato del Parque Nacional de Monfragüe

Delegación del Gobierno en Extremadura

Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural. Presidencia de la Junta de Extremadura.

Dirección General de Medio Ambiente. Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio. Junta de Extremadura.

Dirección General de Transportes. Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio. Junta de Extremadura

Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio. Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio. Junta de Extremadura

Dirección General de Agricultura y Ganadería. Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio. Junta de Extremadura

Dirección General de Infraestructuras. Consejería de Economía e Infraestructuras. Junta de Extremadura

Dirección General de Desarrollo Rural. Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio. Junta de Extremadura

Dirección General de Industria, Energía y Minas. Consejería de Economía e Infraestructuras. Junta de Extremadura

Diputación Provincial de Cáceres

Ayuntamiento de Aldehuela del Jerte

No

Ayuntamiento de Galisteo

No

Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia

No

Ayuntamiento de Montehermoso

No

Ayuntamiento de Plasencia

No

Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón

No

Ayuntamiento de Robledillo de Gata

No

Ayuntamiento de Torrecilla de los Ángeles

No

Ayuntamiento de Villanueva de la Sierra

Ayuntamiento de Pinofranqueado

Ayuntamiento de Descargamaría

No

Ayuntamiento de Toril

No

Ayuntamiento de Serrejón

No

Ayuntamiento de Romangordo

No

Ayuntamiento de Almaraz

No

SEO/BIRDLIFE

No

WWF-ADENA

No

Greenpeace

No

Ecologistas en Acción Extremadura

No

ADENEX

No

Telefónica España

No

Enagas Transporte, S.A.U.

ENDESA

Iberdrola

* La denominación actual de los consultados puede no ser la misma a la original debido a cambios realizados por ellos mismos.

Todos los informes recibidos en respuesta a las consultas, así como toda la documentación presentada por REE, incluida la información adicional, pueden consultarse en la web de este Ministerio.

C. Resumen del análisis técnico realizado por el órgano ambiental

Con fecha 5 de abril de 2018 se recibe el expediente completo de información pública remitido desde la Dirección General de Política Energética y Minas y aunque se comprueba que se han realizado correctamente los trámites de información pública, el órgano ambiental decide ampliar las consultas a la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura (cuya informe extemporáneo se recibe el 24 de julio) y a la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León.

Una vez finalizada la revisión exhaustiva del estudio de impacto ambiental, y del proyecto técnico presentado, se detecta la necesidad de solicitar información complementaria al promotor. En este sentido el 29 de mayo de 2018 se emite el oficio al promotor solicitando información adicional, que este remite con fecha de 10 de septiembre de 2018.

Con la información hasta aquí recabada se elabora la declaración de impacto ambiental.

C.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. Durante el proceso de elaboración del proyecto se han considerado las siguientes alternativas:

– Alternativa 0: Supone la no realización del proyecto, que aunque no genera ningún impacto sobre el medio deriva en un detrimento de la calidad del suministro al mantenerse los problemas detectados por impedir el aumento de la capacidad de transporte de la línea.

– Alternativa 1: Con el fin de evitar la afección a determinados elementos del medio debido a la modificación de la estructura de los apoyos afectados, se consideró realizar un cambio completo del cableado de la línea para su sustitución por uno capaz de operar a temperaturas mayores sin sufrir aumento de la flecha máxima.

– Sin embargo, a pesar de que en este caso no se realizarían modificaciones en los apoyos, sería necesario ejecutar trabajos en todos ellos para retirar el cableado antiguo y tender el nuevo, es decir, sería necesario realizar trabajos en todos los apoyos que configuran el tramo aéreo de la línea. Como consecuencia de lo anterior, la afección al medio sería mucho mayor. Además, los trabajos se dilatarían en el tiempo y exigirían cortes constantes en el suministro eléctrico. Por todo lo anterior, esta alternativa fue desechada.

– Alternativa 2: En este caso se estudió la sustitución del emplazamiento de los apoyos por una nueva ubicación que respetara las distancias mínimas de seguridad, pero esta alternativa supondría la generación de un impacto muy importante sobre el medio, relacionado sobre todo con la ocupación del suelo por los nuevos apoyos, así como la necesidad de realizar trabajos de excavación, hormigonado y movimientos de tierra. De igual modo, el trazado actual de la línea implica una longitud de cables menor que cualquier nuevo trazado proyectado. Por lo tanto, esta alternativa resulta desfavorable frente a la opción elegida como más favorable.

– Alternativa 3: Es la alternativa seleccionada, al ser la menos desfavorable de entre todas las analizadas. Esta alternativa ocasiona un menor impacto sobre el medio debido a que se actúa únicamente sobre determinados apoyos, generándose pequeños impactos en la fase de ejecución y mínimos impactos residuales en la fase de explotación.

C.2 Tratamiento de los impactos significativos de la alternativa elegida. A la vista del estudio de impacto ambiental, la información adicional y las contestaciones a las consultas realizadas, se reflejan a continuación los impactos más significativos del proyecto y su tratamiento.

C.2.1 Suelo, subsuelo, geodiversidad: Del estudio realizado se concluye que no hay suelos singulares desde el punto de vista de su valor ambiental, al igual que tampoco hay Puntos de Interés Geológico que pudieran verse afectados por el proyecto. En todo caso los impactos sobre el suelo y la geología se producirán en la fase de obras, puesto que no hay nuevos impactos derivados de la fase de funcionamiento al tratarse de una línea ya existente.

Los impactos derivados de la fase de obras son los siguientes:

– La modificación del terreno para su adecuación en los accesos y/o base de 9 de los 43 apoyos a recrecer, concretamente los apoyos: 2, 25, 42, 115, 134, 250, 356, 369 y 374.

– Los derivados del soterramiento del tramo de la línea telefónica que cruza el vano 6-7.

– El refuerzo de la cimentación del apoyo 250.

Estos impactos consisten básicamente en la eliminación de suelo, movimiento de tierras y compactación del terreno así como el riesgo de contaminación del suelo por limpieza de cubetas de hormigón.

En lo que se refiere a los accesos se aclara que la mayoría de los caminos de acceso son caminos existentes en buen estado y aptos para el paso de la maquinaria lo que no supone nuevos impactos al medio. En este sentido y como medida preventiva se realizó una selección de accesos tanto a los apoyos a recrecer como para la instalación de salvapájaros eligiendo aquellos más favorables desde el punto de vista ambiental.

En todo caso se aplicarán medidas preventivas tales como minimizar la zona de ocupación, limitar la utilización de los caminos de acceso y la plataforma a lo estrictamente necesario, evitar la necesidad de realizar adecuaciones del terreno, así como evitar la afección a zonas de elevada pendiente. Respecto a las excavaciones propias del soterramiento y recrecimiento del apoyo 250 los excedentes de excavación se reutilizarán, en la medida de lo posible, para las labores de restauración.

C.2.2 Agua: El proyecto no afecta directamente a ningún curso de agua, lago, laguna o zona húmeda, al igual que tampoco se detectan impactos en ninguna masa de agua subterránea dado que las actuaciones de adecuación del terreno, soterramiento y cimentación son de pequeña magnitud y el entorno será restaurado a su estado original en la medida de lo posible.

Hay dos apoyos el 42 y 351 que están muy próximos a cursos fluviales (a 15 metros aproximadamente del río Ribera de las Casas y a 22 metros aproximadamente del río Jerte respectivamente), en el primer caso y puesto que en ese apoyo es necesario acondicionar un tramo del camino se podría provocar un leve aumento de la erosión en el entorno próximo, por lo que, con motivo de evitar posibles arrastres se colocará un caballón de tierras, para minimizar el impacto. Con la misma finalidad de evitar los posibles arrastres en el apoyo 351 se colocarán balas de paja.

C.2.3 Aire, factores climáticos, cambio climático: El proyecto no tiene incidencia significativa sobre la calidad del aire, más allá de la emisión de partículas en suspensión y emisiones derivadas de la maquinaria empleada durante la fase de construcción. En todo caso se limitará la velocidad de circulación de los vehículos en los accesos a menos de 30 km/h, asimismo la maquinaria cumplirá la normativa referente a emisiones atmosféricas (marcado CE). Por lo tanto los impactos residuales a la calidad del aire o al cambio climático son mínimos y limitados a la fase de obras.

Respecto a la calidad acústica sí que se generará impacto de carácter local derivado de las actuaciones propias de la fase de obras que solamente se producirán en el periodo diurno. En todo caso en el estudio de impacto ambiental se ha analizado el nivel de ruido generado en los apoyos más desfavorables por proximidad a poblaciones, necesidad de obra civil o proximidad a zonas de especial relevancia para la avifauna, y en el peor de los casos (apoyo 250 por la cimentación) a 50 m el nivel sonoro es de 83 dB y para el resto de apoyos es de 68 dB, por lo tanto no se identifican afecciones significativas por ruido ni a poblaciones próximas ni a avifauna presente en el entorno. Respecto a la fase de funcionamiento, el ruido audible derivado del efecto corona es similar al existente antes de la repotenciación ya que se mantiene la tensión de la línea.

C.2.4 Flora y vegetación, fauna, biodiversidad: Respecto a la flora los impactos más significativos se producen durante la fase obras, derivados principalmente del transporte de la maquinaria y materiales hasta la base de los apoyos y por la ocupación de la campa de trabajo en la propia base; por el acondicionamiento de los accesos y/o de la plataforma en 9 apoyos (2, 25, 42, 115, 134, 250, 356, 369 y 374), así como por los movimientos de tierra derivados del soterramiento del tramo de línea telefónica en el vano 6-7 y del recrecimiento del apoyo 250. Los efectos esperados serán la degradación del tapiz herbáceo por compactación del suelo o por la adecuación del terreno, desbroce de vegetación arbustiva y afección a pies arbóreos.

De forma más concreta durante la fase de obras se afectará directamente a 50 pies arbóreos:

– 27 corresponden a encinas (Quercus ilex): En 19 de ellos se propone poda y en 8 tala.

– 5 alcornoques (Quercus suber) para todos ellos se propone poda.

– 12 son olivos, de los cuales 4 serán trasplantados, 4 podados y 4 talados.

– Tala de un melojo (Quercus pirenaica).

– Poda de un castaño (Castanea sativa).

– Poda de 2 chopos canadienses (Populus x candensis).

– Poda de 2 casuarinas (Casuarina equisetifolia).

El proyecto incluye una serie de medidas preventivas y correctoras para minimizar este impacto, así como un plan específico de restauración, de forma que este impacto sea compatible con la conservación de los valores del entorno.

Respecto a los hábitats afectados, la ejecución del proyecto implicará únicamente la ocupación de 12 zonas en terreno forestal en los que se afectará a pies arbóreos por podas o talas (vano 6-7 y apoyos: 73, 115, 134, 137, 160, 250, 342, 351, 373, 374 y 379) y 13 zonas en las que se alterará de forma temporal el hábitat por la necesidad de adecuar el terreno o para realizar el trabajo de recrecido de los apoyos, de la manera siguiente: apoyos 2 y 25 y vano 6-7: monte bajo, apoyo 42: matorral mediterráneo, apoyo 115: monte bajo, apoyo 121: dehesa, apoyos 134 y 160: encinar, apoyo 250: monte bajo, apoyo 351: matorral de ribera, apoyos 356 y 374: dehesa de encinas, y el apoyo 369: matorral abierto mediterráneo.

En el apoyo 121 se localiza el único hábitat de interés comunitario prioritario afectado en este proyecto que corresponde con el «6620 Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea, subtipo majadales silícolas supramediterráneos», en una superficie de 1.182 m2. Todas estas áreas serán restauradas a su estado original a la finalización del trabajo.

Por tanto el efecto del proyecto sobre los diferentes hábitats no va a suponer una pérdida de superficie o de calidad de estos que pueda repercutir de forma apreciable sobre las comunidades faunísticas, por lo reducido de la ocupación, por la naturaleza de las acciones y la posterior restauración propuesta.

Respecto a los impactos sobre la fauna se concentran principalmente en la fase obras, y son derivados de las molestias ocasionadas por el ruido y el trasiego de maquinaria fundamentalmente. Los efectos directos sobre ejemplares se producirán sobre aquellas especies con menor capacidad de desplazamiento que se vean directamente afectadas. Según el estudio realizado por el promotor sobre las especies más sensibles, durante el trabajo de campo no se han encontrado enclaves con hábitats potenciales de topillo de Cabrera que pudieran verse afectados, así como tampoco se han encontrado refugios de quirópteros.

Mención especial merece la avifauna, siempre sensible a este tipo de proyectos, durante la fase de obras por las molestias derivadas del tipo de actuaciones descritas anteriormente, siendo, el periodo de reproducción y cría el momento más crítico, en consecuencia, el promotor ajustará los trabajos a aquellos periodos que minimicen los efectos sobre la avifauna y sobre la fauna en general.

Durante el funcionamiento del proyecto, las afecciones se producen fundamentalmente sobre la avifauna por los riesgos de colisión y electrocución con la línea eléctrica, sin bien, el presente proyecto consiste en el recrecido de apoyos de una línea ya existente y por lo tanto son afecciones que ya se están dando. En este sentido, tal y como se indica en el condicionado se exigirá las instalación de salvapájaros en las zonas de mayor peligrosidad, así como en los vanos solicitados por los órganos ambientales de las comunidades autónomas consultadas, con lo que la posible alteración del riesgo de colisión se verá compensada con esta medida de prevención. Además se instalarán estos dispositivos en vanos no afectados por el proyecto lo que redunda en una mejora la infraestructura actual desde el punto de vista ambiental.

C.2.5 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000: En lo que se refiere a los espacios naturales protegidos se destacan las afecciones al espacio natural protegido «Arribes del Duero» derivadas del recrecido de los apoyos 2, 4, 25, 30, 34, 37, 42, 60 y 63 y del soterramiento del tramo de la línea telefónica que cruza el vano 6-7. De estos, tan sólo los apoyos 2, 25 y 42 necesitan tareas de adecuación del terreno. La superficie total del Parque Natural es de 106.105 ha por lo que el porcentaje de superficie afectada es ínfimo (0,005%). En lo que se refiere a la fase de funcionamiento es previsible una mejora de la situación actual, respecto a la avifauna, al instalar medidas anticolisión en todo el trazado coincidente con este espacio.

Respecto a la Red Natura 2000 las afecciones que se detectan son:

– ZEC ES4150096 «Arribes del Duero» y ZEPA ES0000118 «Arribes del Duero» con actuaciones en los apoyos 2, 4, 25, 30, 34, 37, 42, 60 y 63, además del soterramiento en el vano 6-7. Durante la fase de obras se producirán afecciones por desbroces en los apoyos 2, 25, 34 y 42 así como en el vano 6-7, compactación del terreno en los apoyos 4, 60 y 63, y afecciones derivadas del acondicionamiento del terreno en los apoyos 2, 25 y 42. También son previsible afecciones indirectas derivadas de las actuaciones sobre el apoyo 115 dada su proximidad.

– ZEPA ES0000218 «Campo de Argañan», incluye los apoyos a recrecer 155, 156, 160, 170 y 173. Se identifican afecciones por desbroce en el apoyo 160, actuaciones de compactación del terreno en los apoyos 155, 156, 170 y 173, y trabajos forestales (talas y podas) en el apoyo 160.

– ZEC ES4150100 «Campo de Azaba» y ZEPA ES0000202 «Campo de Azaba» que incluye el apoyo a recrecer 182, que se verá afectado por compactación del terreno.

– ZEC ES4320037 «Sierra de Gata» y ZEPA ES0000370 «Sierra de Gata y Valle de las Pilas», únicamente se verá afectado de forma indirecta por las actuación de recrecimiento del apoyo 250 que incluyen la cimentación de su base, pero que geográficamente se encuentra fuera de este espacio.

– ZEC ES4320071 «Ríos Alagón y Jerte». Incluye el apoyo 351 y se considera el 333 por los efectos indirectos que puede causar la actividad dada su proximidad. En el apoyo 351 se producirá una afección directa por trabajos forestales, concretamente la poda de dos chopos canadienses.

C.2.6 Paisaje: Durante la fase de construcción las afecciones con relevancia paisajística se producirán por la apertura de nuevas vías de acceso, la ampliación de las existentes y de los trabajos con maquinaria en los alrededores de los apoyos. Las actuaciones provocarán pérdida de cobertura vegetal, presencia de nuevos caminos o rodaduras, afecciones puntuales a ejemplares arbóreos y apertura de algunos muros para el paso de la maquinaria. En todo caso el promotor considera que el impacto será mínimo porque las actuaciones están muy acotadas espacialmente y serán temporales, se utilizarán fundamentalmente caminos y pasos existentes, y las afecciones al suelo y a la vegetación serán recuperables mediante restauración y regeneración natural.

Los impactos asociados a la fase de funcionamiento se deben principalmente a la intrusión visual del apoyo recrecido en nuevas áreas de visibilidad y a la pérdida de calidad del paisaje en aquellas áreas en las que ya se veía el apoyo por causa de su mayor altura.

En cualquier caso es una línea ya existente, en la que la modificación de la altura por el recrecido solo afecta a algunos apoyos y no se trata de un incremento significativo por lo que el promotor estima que a partir de 500 m no es posible percibir el recrecido del apoyo como algo diferente al ya existente. Respecto a la fase de funcionamiento las labores de operación y mantenimiento son las mismas que se realizan actualmente y por lo tanto no se generan nuevo impactos en este sentido.

C.2.7 Población, salud humana: Respecto a la salud humana el Consejo de la Comisión Europea recomienda como niveles de referencia para el campo electromagnético de 50 Hz: 5 kV/m para el campo eléctrico y 100 µT para el campo magnético. Según la documentación aportada las líneas eléctricas de 400 kV arrojan unos máximos de campo magnético en el punto más cercano a los conductores de 15 µT, muy inferiores a los niveles de referencia, el aumento de la capacidad implica un aumento de la intensidad, lo que repercutirá en un aumento del campo magnético aunque los valores estimados (25,85 µT para una carga nominal del 100%) son muy inferiores al nivel de referencia. Respecto al campo eléctrico el valor estimado a un metro de altura sobre el suelo debajo del conductor es 3,24 kV/m. Por otro lado se añade para mayor claridad que las poblaciones se encuentra a distancias superiores a los 500 m del tendido salvo el núcleo urbano de Montehermoso que se encuentra a 325-350 m del apoyo 320 y el núcleo urbano de Mieza que se encuentra a 375 m del apoyo 13.

Respecto a la población el impacto positivo más importante es la mejora del suministro eléctrico, y durante la fase de obras una mejora del empleo local y mejora de la actividad hostelera (hoteles, restaurantes y comercios).

C.2.8 Bienes materiales, patrimonio cultural: Respecto a las infraestructuras, vías pecuarias y bienes materiales no se esperan afecciones. En referencia al patrimonio cultural en paralelo a la realización del Estudio de Impacto Ambiental, arqueólogos especializados han realizado un Informe de prospección arqueológica intensiva para la evaluación cultural del ámbito del proyecto.

D. Condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los efectos adversos sobre el medio ambiente

Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los «Manuales de buenas prácticas ambientales en las familias profesionales», que se encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las actuaciones previstas.

Además, el promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental, en la documentación adicional, en el plan de restauración y demás documentación complementaria generada, así como las indicaciones realizadas por las diferentes administraciones públicas consultadas.

A continuación, se destacan aquellas medidas del estudio de impacto ambiental que se consideran más relevantes, así como aquellas medidas adicionales establecidas como respuesta a las alegaciones e informes recibidos en el procedimiento y al análisis técnico realizado.

D.1 Con carácter general:

D.1.1 Previamente al inicio de cualquier actuación se solicitarán las respectivas autorizaciones o concesiones que sean pertinentes a los órganos competentes, de cara a cruzamientos, ocupaciones de monte público, utilización de vías pecuarias, concesiones de agua, autorizaciones de vertido, y cualquier tipo de autorización o concesión que sea necesario.

D.1.2 Se adoptarán todas las medias oportunas para la correcta gestión de los residuos asegurando en todo momento el cumplimiento de la normativa vigente.

D.1.3 Se adoptarán todas las medidas necesarias para cumplir la normativa existente en materia de prevención de incendios. Además si los trabajos se realizan en época de peligro alto de incendios (entre el 1 de julio y el 30 de septiembre) y se utilizan herramientas o maquinaria cuyo funcionamiento genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, se contactará con el órgano ambiental de la comunidad autónoma para solicitar autorización previa al fin de adoptar las medidas preventivas que se indiquen.

D.2 Suelo, subsuelo, geodiversidad:

D.2.1 Las actuaciones sobre el terreno, tales como excavaciones, tratarán en la medida de lo posible de minimizar la aparición de procesos erosivos por arrastres.

D.2.2 Los excedentes de las excavaciones que se generen se reutilizarán en la medida de lo posible tratando de alcanzar un balance de tierras cero. Para aquellos excedentes que no puedan ser reutilizados, por motivos técnicos o por motivos de demanda se procederá a la gestión de los inertes mediante canteras o particulares autorizados, respetando el cumplimiento de la jerarquía de gestión de residuos recogido en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

D.3 Agua:

D.3.1 En todas las actuaciones a realizar se respetarán las servidumbres legales y, en particular, la servidumbre de uso público de 5 m en cada margen establecida en los artículos 6 y 7 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, en su redacción dada por el Real Decreto 9/2008, de 11 de enero. A este respecto, se deberá dejar completamente libre de cualquier obra que se vaya a realizar dicha zona de servidumbre. Para la elección de la ubicación de las instalaciones auxiliares se evitará la ocupación del dominio público hidráulico y de la zona de servidumbre de los cauces. Además se evitará, en la medida de lo posible, la ocupación de terrenos situados sobre materiales de alta permeabilidad.

D.3.2 Cualquier acopio de materiales se ubicará de manera que se impida cualquier riesgo de vertido, ya sea directo o indirecto; por escorrentía, erosión, infiltración u otros mecanismos sobre las aguas superficiales o subterráneas.

D.3.3 Durante los movimientos de tierras, se deberán establecer las medidas necesarias para asegurar la retención de sólidos previa a la evacuación de las aguas de escorrentía superficial, con el fin de evitar el incremento de sólidos en suspensión en el agua de los cauces de la zona de actuación, garantizando que tanto su instalación como su posterior retirada, una vez finalizada su función, no suponga la alteración de los valores ambientales que se pretenden proteger. Concretamente en lo que se refiere a las actuaciones en los apoyos 42 y 351 será necesario contar con material absorbente de derrames (sepiolita), para actuar con mayor celeridad en caso de producirse un vertido accidental. Además se colocarán balas de paja, en el apoyo 351, y caballón de tierras en la zona de menor cota de la base del apoyo 42 para evitar la incorporación de sedimentos al cauce.

D.3.4 Tal y como indica la Confederación Hidrográfica del Duero se deberán tomar las medidas oportunas para asegurar que, en ningún caso, se produzcan vertidos de aceites, combustibles, lubricantes, u otros contaminantes al terreno o a los cursos de agua; se recomienda la elaboración de protocolos de actuación específicos en previsión de la ocurrencia de incidentes de este tipo, para poder actuar de la manera más rápida posible y evitar la contaminación de las aguas superficiales y/o subterráneas. Este aspecto cobra especial importancia en este caso, puesto que, una vez consultado el mapa litoestratigráfico, se comprueba que parte de la zona de actuación se sitúa sobre materiales detríticos de alta y muy alta permeabilidad, por lo que existe riesgo de afección a las aguas subterráneas. Por consiguiente las zonas en las que se ubiquen las instalaciones auxiliares y parques de maquinaria deberán ser impermeabilizadas para evitar la contaminación de las aguas subterráneas. Las aguas procedentes de la escorrentía de estas zonas impermeabilizadas deberán ser recogidas y gestionadas adecuadamente para evitar la contaminación del dominio público hidráulico.

D.3.5 Si durante cualquier actuación fuese alterado el drenaje natural del terreno, éste deberá ser restaurado o restituido adecuadamente.

D.3.6 Toda actuación no prevista en el estudio de impacto ambiental ni en la documentación adicional que surja en el transcurso de las obras y/o durante la fase de funcionamiento, que pueda afectar al dominio público hidráulico será puesta en conocimiento de la confederación hidrográfica competente, a la mayor brevedad posible.

D.3.7 En el paso de todos los cursos de agua y vaguadas por los caminos y viales que puedan verse afectados, se deberán respetar sus capacidades hidráulicas y calidades hídricas.

D.4 Aire, factores climáticos, cambio climático:

D.4.1 Se realizarán riegos periódicos de los caminos de acceso para evitar la emisión de polvo y partículas en suspensión.

D.4.2 Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos en los accesos a menos de 30 km/h. Asimismo, la maquinaria a utilizar cumplirá la normativa referente a emisiones atmosféricas (marcado CE).

D.5 Flora y fauna:

– Respecto a la flora:

D.5.1 Previo al inicio de los trabajos de tala, poda y desbroce se solicitará el correspondiente permiso al órgano ambiental de la comunidad autónoma.

D.5.2 Tal y como especificó la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, respecto a las podas de arbolado que, siendo imprescindibles, impliquen la provocación de cortes de más de 20 cm de diámetro tratándose de encinas, o 15 cm para el resto de especies, serán sustituidas por la tala del ejemplar completo, en cuyo caso se informará previamente al órgano ambiental de la comunidad autónoma, y además se aplicará los establecido en el plan de restauración incluido en el apartado D.5.5 con la reposición de ejemplares en proporción 1:10.

D.5.3 El desbroce de matorral, cuando sea estrictamente necesario, se realizará mediante roza al aire con los medios que se estimen convenientes evitando el arranque de la vegetación o cualquier tipo de afección al suelo.

D.5.4 En caso necesario, preferiblemente los restos se triturarán in situ o, en su defecto, serán extraídos del monte.

D.5.5 Se ejecutará el plan de restauración incluido en la documentación adicional en el que se incluirán los siguientes condicionantes:

– Se realizarán labores para recuperar el estado original de los terrenos en los apoyos cuyo acceso y/o base del apoyo vaya a requerir algún tipo de adecuación debido al tránsito de la maquinaria, más el vano 6-7 en el que se pretende soterrar el tramo de línea telefónica. Concretamente, las zonas a restaurar son las correspondientes a los siguientes apoyos: 2, vano 6-7, 25, 42, 115, 121, 134, 160, 250, 356, 369, 373 y 374. Los trabajos de restauración consistirán en; laboreo superficial o escarificado del terreno a 20 cm de profundidad, el acopio (se retirará una capa de suelo fértil de 40 cm) y posterior extendido de tierra vegetal, siembras y plantaciones en aquellas zonas que se considere necesario para lograr una mejor cobertura vegetal.

– Se procederá a la restauración del hábitat de ribera en el entorno del apoyo 351. Según el plan de restauración presentado en la información adicional aportada, la restauración se realizará mediante una plantación lineal de sauce, acompañado de los siguientes individuos de especies características de la orla de la ribera del río Jerte: Salix alba (1 ud/ 5 m2), Viburnum tinus (1 ud/ 10 m2), Prunus spinosa (1 ud/10 m2) y Sambucus nigra (1 ud/ 10 m2), previa autorización de la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura que determinará la idoneidad de la propuesta.

– En el caso de aquellos apoyos cuyo acceso sea campo a través, y en los que en la plataforma no se requiera ningún tipo de actuación pero se localicen dentro de Hábitats de Interés Comunitario (apoyos 4, 30, 34, 302, 342, 383 y 386) y/o campos de cultivo, se realizarán trabajos de laboreo o escarificado al finalizar los trabajos para evitar la compactación del suelo.

– Tal y como indicó la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura, dentro del plan de restauración se repondrán todos los ejemplares arbóreos afectados por las talas con una proporción 1:10 «10 ejemplares por cada pie arbóreo afectado».

– Se afecta a un total de 13 ejemplares arbóreos de tres especies diferentes: 1 ejemplar de Quercus pirenaica, 8 de Quercus ilex y 4 de Olea europea. Por tanto, de partida, se repondrán un total de 130 ejemplares arbóreos, con plantas de dos savias. Para las tareas de reposición se deberán considerar también los requisitos expuestos en el condicionado 7 del informe de la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, en el que se indica que las nuevas plantas se protegerán con protectores individuales de mallazo electrosolado de 2 m de altura y 0,8 m de diámetro debidamente estabilizados y anclados al suelo con tres perfiles angulares de acero de 2.500 × 40 × 40 × 4 cm.

– En los casos de que sean plantas nuevas se practicarán hoyos de al menos 40 × 40 × 40 cm y se aplicarán riegos de mantenimiento tras la plantación, al menos durante los dos primeros veranos, según las necesidades específicas.

– Las zonas donde se llevarán a cabo las plantaciones, tal y como se indica en el plan de restauración, será en las inmediaciones de los apoyos donde se desarrollen las restauraciones, no obstante la localización exacta deberá ser consultada con el órgano ambiental de la comunidad autónoma antes de la ejecución de los trabajos.

– El seguimiento del plan de restauración se desarrolla específicamente en el apartado E de la presente Resolución.

D.5.6 Respecto a los dos ejemplares de madroño y cornicabra situados junto a la base del apoyo 379 deberán ser señalizados para su conservación previamente a la realización del trabajo de recrecido para evitar cualquier afección.

– Respecto a la fauna:

D.5.7 Tal y como indicaron los dos órganos ambientales de Castilla y León y Extremadura, previo al inicio de los trabajos deberá elaborarse un calendario o planificación de la ejecución de la actuación, al objeto de evitar la afección, principalmente a las especies de fauna, por las posibles molestias y/o cambios que pudieran producirse en relación con los valores de la fauna a proteger (se deberá considerar la época crítica de las especies protegidas). Dicho calendario deberá ser aprobado previo al inicio de los trabajos por el órgano ambiental de la comunidad autónoma.

D.5.8 Todas las actuaciones se realizarán en coordinación con el órgano ambiental de la comunidad autónoma, y en un radio de 500 metros de las zonas de obras para evitar molestias a la fauna.

D.5.9 Con la finalidad de prevenir las afecciones a la avifauna, y en consideración con los condicionantes indicados en los informes de la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León y de la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura, se instalarán salvapájaros en los siguientes vanos:

– Desde el vano 1-2 hasta Herguijuela de Ciudad Rodrigo, concretamente hasta el vano 207-208. Los dispositivos, que serán de tipo espiral, se instalarán de modo que entre los distintos cables la distancia entre ellos no supere los 5 m.

Los siguientes dispositivos serán de tipo aspas verticales con catadióptrico y se instalarán de modo que entre los distintos cables la distancia entre ellos no supere los 10 m:

– Desde el vano 236 al 268. Los trabajos de señalización en los vanos 255-256 y 253 hasta 260 se ejecutarán fuera del periodo comprendido entre el 1 de febrero y el 15 de septiembre, en base a lo establecido en el plan de gestión de la ZEPA «Sierra de Gata y Valle de las Pilas».

– Del 301 al 303.

– Del 319 al 321.

– Del 332 al 334.

– Del 339 al 341.

– Del 348 al 357.

Para la ejecución de este condicionado se analizarán previamente los accesos, con la finalidad de seleccionar aquellos que ambientalmente sean más favorables. En el caso de detectar cualquier posible afección significativa no contemplada en el estudio de impacto ambiental así como en la información adicional se informará al órgano ambiental de la comunidad autónoma.

D.5.10 En las zonas, a priori, más sensibles por afecciones a la avifauna, según la información disponible, se realizarán seguimientos previos de identificación de avifauna protegida y nidificaciones, procediendo en caso de identificar situaciones de interés a notificarlo al órgano ambiental de la comunidad autónoma para adoptar las medidas que se consideren oportunas. Los apoyos en los que se realizará este seguimiento serán los siguientes: 2, 4, vano 6-7, 25, 30, 34, 37, 42, 60, 63, 115, 155, 156, 160, 170, 173, 182, 250, 333 y 351.

D.5.11 En los apoyos a recrecer en los que se ha constatado la presencia de nidos, además de realizar un seguimiento previo de la avifauna, en las mismas condiciones mencionadas en el apartado anterior se realizará un seguimiento a posteriori. Los apoyos con nidos identificados son: 36, 120, 137, 154, 181, 182, 242, 303, 320, 321, 332, 333, 334, 339, 340, 341, 342, 348, 349, 350, 351, 352, 353, 354, 355, 356, 357, 370, 372, 373, 379, 380, 382 y 383.

D.5.12 Tal y como indicó la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura la retirada de nidos se podrá efectuar fuera de la época de cría (de 1 de febrero a 15 de julio) y contando con autorización del órgano ambiental de la comunidad autónoma previa solicitud específica. En todo caso no se podrá actuar dentro de este periodo, puesto que se trata de actuaciones de mejora programadas, y no de averías o reparaciones de urgencia. En el caso de que en cualquier apoyo en el que se tuviera que intervenir se detectara la presencia de nidos de especies amenazadas, estos no se podrán retirar.

D.5.13 Todas las actuaciones que se realicen en los apoyos y en sus accesos indicados en el apartado anterior (incluyendo recrecido, instalación de salvapájaros, podas, talas y desbroces, acondicionamiento del terreno) se ejecutarán en cumplimiento de lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, para ello es preciso programar los trabajos fuera de los meses de febrero a julio en todos los apoyos.

D.5.14 Por otro lado en los apoyos 42 y 351 se realizarán prospecciones previas para la identificación de ejemplares protegidos de anfibios, reptiles, insectos y micromamíferos, para la toma de medidas específicas en caso de su identificación.

D.5.15 Si durante los trabajos se observasen restos o cadáveres de especies protegidas se comunicará al órgano ambiental de la comunidad autónoma a la mayor brevedad posible.

D.6 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000: Todo el condicionado relativo a los apartados anteriores aplica directamente a las actuaciones que se realicen en cualquier tipo de espacio natural protegido.

D.7 Paisaje: La estricta aplicación del plan de restauración de las afecciones a la flora repercutirá directamente en la mejora de la calidad paisajística.

D.8 Población, salud humana:

D.8.1 Se asegurará en todo momento, en base a la mejor información disponible, la no afección a la salud pública como consecuencia de los campos electromagnéticos en fase de explotación.

D.9 Bienes materiales, patrimonio cultural:

D.9.1 Se comprobará que durante la realización de los trabajos se asegure el cerramiento temporal en las parcelas en las que sea necesario retirar un muro o alambrada, especialmente en aquellas donde exista ganado. Una vez finalizadas las actuaciones el cerramiento se restituirá a su estado original.

D.9.2 No se afectará a ninguna infraestructura de uso público. En el caso de utilización de vías pecuarias, si en algún caso es necesario desplazar alguna señalización, se reubicará tras realizar los trabajos correspondientes sustituyéndose si sufriera algún deterioro inevitable.

D.9.3 Respecto a las conducciones de abastecimiento que pudieran verse afectadas en la ejecución de excavaciones, se deberá garantizar por cualquier medio, la integridad de las mismas, y en todo caso, asegurar la continuidad de la prestación del servicio de abastecimiento de aguas para consumo humano.

– Respecto al patrimonio cultural:

D.9.4 Para garantizar la protección del patrimonio cultural, una vez definido el proyecto de ejecución definitivo se realizará una prospección arqueológica intensiva en toda la zona de actuación, incluidas las áreas de servidumbre, zonas de paso de la maquinaria y zonas de acopios y préstamos con la finalidad de localizar, delimitar y caracterizar los yacimientos arqueológicos, paleontológicos o elementos etnográficos que pudieran localizarse a tenor de estos trabajos. La prospección se realizará por técnicos especializados y el informe definitivo se remitirá a los órganos competentes de las comunidades autonómicas para su aprobación previa al inicio de los trabajos.

D.9.5 Para los elementos etnográficos «Reg. 07. Marcas de cantería» y «Reg. 08. Chozo 05», «Reg. 06. Chozo 04», «Reg. 09. Fuente del Forno Tejero», «Reg. 12. Chozo 07», «Reg. 13. Ermita de San Gregorio» y «Reg. 14. Chozo 08» se procederá a la señalización y balizamiento así como al seguimiento intensivo durante la fase de obras por técnicos especializados.

D.9.7 Además de estas medidas se establecerá un control y seguimiento general durante la realización de las obras, durante el cual un arqueólogo supervisará con detenimiento la remoción y extracción de tierras poniendo especial atención en advertir la presencia de cualquier resto o construcción que no se hubiese hallado en la prospección. Durante este seguimiento se prestará especial atención a las zonas cercanas a los yacimientos, así como a los elementos etnográficos registrados en el ámbito de actuación.

Cada una de las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental y en este apartado deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.

E. Programa de vigilancia ambiental

El estudio de impacto ambiental contiene un programa de vigilancia cuyo objetivo consiste en garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas y correctoras descritas y de las incluidas en el estudio de impacto ambiental y documentación complementaria. En cada una de las fases de dicho programa, se realizará un seguimiento de la eficacia de las medidas adoptadas y sus criterios de aplicación, emitiendo los correspondientes informes de vigilancia.

El programa de vigilancia se detalla en la información adicional presentada por el promotor, incluyendo aspectos generales destinados a vigilar y a asegurar el cumplimiento de todas las medidas propuestas. Durante la fase de obras se vigilará minuciosamente que todos los posibles daños que hayan podido producirse al entorno se han rehabilitado y corregido correctamente.

Dentro del propio programa se incluyen dos planes:

– Plan de restauración: Descrito a nivel de detalle en la información adicional presentada por el promotor y cuyas principales actuaciones se desarrollan en la medida D.5.5 de la presente Resolución. En lo que se refiere a las restauraciones especificadas, una vez llevadas a cabo se realizarán las labores necesarias de conservación para garantizar el arraigo y buen desarrollo de las plantas durante los 5 años posteriores a la obra, tal y como indicó la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorios de la Junta de Extremadura. Entre las actuaciones de mantenimiento se incluirán la reposición de marras, escardas y binas.

– Plan de seguimiento de la mortandad de la avifauna: Tal y como se indica en la documentación adicional el programa de vigilancia ambiental incluirá expresamente un plan de seguimiento de la mortandad de la avifauna por colisiones y electrocuciones al objeto de avanzar en el conocimiento y en el progreso técnico, y adoptar medidas adicionales necesarias, en base a los resultados obtenidos, y especialmente en caso de detectarse impactos significativos, con el objeto de minimizar cualquier afección no contemplada suficientemente.

– La metodología del plan se desarrolla de forma concreta en la documentación adicional presentada por el promotor. Se han seleccionado 20 unidades de muestreo, sobre los 101,41 km de longitud a muestrear, teniendo en cuenta los resultados del estudio de identificación de tramos conflictivos para la avifauna (mapa de riesgo), incluido como anexo en la documentación adicional, y por los tramos exigidos por los órganos ambientales de las comunidades autónomas. De forma concreta y en cumplimiento del condicionado de la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura se incluirán además entre los tramos a muestrear los siguientes:

• Cuerdas de sierra en la sierra de la Bolla y sierra de los Ángeles (Descargamaría, Robledillo de Gata, Torrecilla de los Ángeles y Pinofranqueado). Es importante que las labores de seguimiento de la avifauna que se localicen dentro de las zonas ZIP de la ZEPA «Sierra de Gata y valle de las Pilas» se realicen de forma compatible y sensible con las poblaciones de avifauna protegida, especialmente en la época reproductora. Para ello, el personal encargado deberá contar con una credencial o autorización de seguimiento o estudio de avifauna.

• Tramo entre los apoyos 278-300, por la proximidad de una colonia de buitre negro y por tratarse de una zona de paso de grulla común entre los sectores de Gabriel y Galán y Borbollón.

• Zonas de paso de aves y determinadas en el estudio de impacto ambiental, así como en la información adicional de interés para la avifauna o de alta peligrosidad.

• Entorno de los ríos Árrago y Jerte.

• Entorno de antiguas graveras.

– El plan de seguimiento de la mortandad se ejecutará durante un año, posteriormente, una vez finalizado, se entregará una memoria del plan a los órganos ambientales de las comunidades autónomas para su evaluación, en el que se incluirá detalladamente toda la información recopilada, con la finalidad de adoptar las medidas necesarias en caso de que sea oportuno.

La autorización del proyecto incluirá el programa de seguimiento y vigilancia ambiental completado con las prescripciones anteriores.

Asimismo, la declaración de impacto ambiental favorable no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto «Repotenciación de la línea de transporte de energía eléctrica a 400 kv DC Aldeadávila-Arañuelo/ Hinojosa-Almaráz/Aldeadávila-Hinojosa (Cáceres y Salamanca)» por quedar adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales, siempre y cuando se realice la alternativa 3 en las condiciones señaladas en la presente Resolución que resultan de la evaluación practicada.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 41.3 de la Ley de evaluación ambiental, y se comunica a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

De acuerdo con el artículo 41.4 de la Ley de Evaluación Ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 29 de noviembre de 2018.–El Director General de Biodiversidad y Calidad Ambiental, Francisco Javier Cachón de Mesa.

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