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Documento BOE-A-2018-17705

Resolución de 30 de noviembre de 2018, de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona, por la que se revocan las delegaciones de competencias en materia de extranjería de las Resoluciones de 5 de enero de 2004 y de 29 de abril de 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 25 de diciembre de 2018, páginas 127100 a 127101 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2018-17705
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/11/30/(2)

TEXTO ORIGINAL

Hechos

A los efectos de lograr una mayor eficacia en el funcionamiento de la Oficina de Extranjería, la Subdelegada del Gobierno en Barcelona delegó en el Jefe de la Oficina, o el titular del puesto que le sustituya, la competencia para la declaración de inadmisión a trámite de las solicitudes presentadas relativas a los procedimientos regulados en la Ley Orgánica 4/2000, de 22 de Enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, y por la Ley Orgánica 14/2003, mediante Resolución de 5 de enero de 2004 («Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona» del 8).

Asimismo, y en aras del mismo objetivo de agilización del funcionamiento de la Oficina de Extranjería, la Subdelegada del Gobierno en Barcelona delegó en los responsables de la oficina de extranjeros de la calle Murcia, n.º 42 y de la sala de atención al público de la oficina de extranjeros sita en Paseo de San Juan, n.º 189 y, en su caso, en los titulares de los puestos de trabajo que les sustituyan, la competencia para la declaración de inadmisión a trámite de las solicitudes presentadas relativas a los procedimientos regulados en la Ley Orgánica 4/2000, de 22 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en aplicación de los supuestos a los que se refiere la Disposición Adicional cuarta de la citada norma, en la redacción dada a la misma por la Ley Orgánica 2/1009, de 11 de diciembre, mediante Resolución de 29 de abril de 2011 («Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona» de 6 de mayo).

Con la introducción de la firma electrónica por parte de la Subdelegada del Gobierno en Barcelona de las resoluciones en materia de extranjería, la necesidad de delegar la competencia para firmar dichas resoluciones de inadmisión a trámite de manera más rápida y eficaz desaparece.

Fundamentos de Derecho

El artículo 9.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que la delegación de competencias será revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido.

El artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano delegante, y el ámbito territorial de competencia de éste.

Resolución

Por todo lo expuesto, resuelvo:

Revocar las delegaciones de competencias hechas en favor del Jefe de la Oficina de Extranjería mediante Resolución de 5 de enero de 2004 («Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona» del 8) y en los responsables de la sala de atención al público de la Oficina de Paseo San Juan, n.º 189 y de calle Murcia, n.º 42 mediante Resolución de 29 de abril de 2011 («Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona» de 6 de mayo).

Ordenar la inserción de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», siendo aplicable a partir del día siguiente a su publicación.

Barcelona, 30 de noviembre de 2018.–El Subdelegado del Gobierno en Barcelona, P. S. (Real decreto 617/1997, de 25 de abril), el Secretario General de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona, Simón Pérez Segura.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/11/2018
  • Fecha de publicación: 25/12/2018
  • Aplicable desde el 26 de diciembre de 2018.
Referencias anteriores
  • MODIFICA:
    • lo indicado de la Resolución de 5 de enero de 2004 (BOPB de 8 de enero de 2004).
    • lo indicado de la Resolución de 29 de abril de 2011 (BOPB de 6 de mayo de 2011).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
Materias
  • Barcelona
  • Delegación de atribuciones
  • Extranjeros
  • Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas

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