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Documento BOE-A-2018-15328

Resolución de 4 de octubre de 2018, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Diputación Provincial de Toledo, para la reparación y conservación de acuartelamientos de la Guardia Civil en la Provincia de Toledo en 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 8 de noviembre de 2018, páginas 109114 a 109117 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2018-15328

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito el 20 de septiembre de 2018 el Convenio entre el Ministerio del Interior (Secretaría de Estado de Seguridad) y la Diputación Provincial de Toledo para la reparación y conservación de acuartelamientos de la Guardia Civil en la Provincia de Toledo, para la anualidad 2017, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Convenio que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 4 de octubre de 2018.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior (Secretaria de Estado de Seguridad) y la Diputación Provincial de Toledo para la reparación y conservación de acuartelamientos de la Guardia Civil en la Provincia de Toledo, para la anualidad 2017

 En Madrid, a 20 de septiembre de 2018.

REUNIDOS

De una parte, doña Ana María Botella Gómez, Secretaria de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, nombrada por Real Decreto 503/2018, de 18 de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2108), actuando en nombre y representación de la Administración General del Estado, con competencia para la firma de convenios de colaboración según lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 40/2015, de 01 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, don Álvaro Gutiérrez Prieto, Presidente de la Diputación Provincial de Toledo, actuando en nombre y representación de la misma en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 34 a) y b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, asistido por don José Garzón Rodelgo, Secretario General de la Corporación.

Reconociéndose ambas partes capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este Convenio, a tal efecto

MANIFIESTAN

Primero.

Que el principio constitucional de colaboración entre las distintas Administraciones Públicas que integran el Estado, así como el de eficiencia que deben presidir la actuación de las mismas implica poner a disposición de cualquiera de ellas los medios que precisen para el mejor ejercicio de sus funciones.

Segundo.

Que la Diputación Provincial de Toledo es consciente de la labor desarrollada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y en concreto por el de la Guardia Civil. Por ello está decidida a favorecer, en la medida de sus posibilidades, la mejora de las condiciones de vida y trabajo de los miembros de la Guardia Civil, que redundará inequívocamente en la mejora de las condiciones y calidad de vida de todos los ciudadanos, especialmente en un territorio como la provincia de Toledo. Igual proyección se produce respecto a las competencias y funciones de las Entidades Locales que integran nuestro territorio.

Tercero.

Que la protección del orden público, la vigilancia del tráfico en vías interurbanas, la protección de la naturaleza y el medioambiente, la atención policial al ciudadano y a quienes visitan esta provincia, la conservación de recursos hidráulicos y de la riqueza cinegética piscícola y forestal, pone de manifiesto la importancia de la misión encomendada a la Guardia Civil en la salvaguardia y satisfacción del interés general.

Cuarto.

Que la Diputación Provincial de Toledo, sensible al grave problema de los acuartelamientos y en aras a colaborar en la consecución de un mejor servicio del Instituto de la Guardia Civil, ofrece su colaboración para la realización de las obras de conservación y reparación de los acuartelamientos con condiciones de habitabilidad deficientes.

Quinto.

Con el fin de documentar este ofrecimiento, la Secretaría de Estado de Seguridad y la Diputación Provincial de Toledo, suscribieron un Convenio de Colaboración el 25 de mayo de 2016. Finalizada la vigencia del precitado Convenio, y toda vez que el ofrecimiento de colaboración por parte de la Diputación Provincial de Toledo tenía vocación de permanencia en el tiempo, la mencionada Entidad Provincial ha propuesto la firma de un nuevo Convenio para la presente anualidad.

En consecuencia, la Diputación Provincial de Toledo y el Ministerio del Interior (Secretaría de Estado de Seguridad) suscriben el presente Convenio, que se desarrollará con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El objeto del presente Convenio es establecer el régimen de colaboración entre la Diputación Provincial de Toledo y el Ministerio del Interior (Secretaría de Estado de Seguridad), para promover la modernización de las instalaciones oficiales, con el objeto de ofrecer un servicio de calidad a los ciudadanos, así como mejorar las condiciones de vida y de prestación del servicio por parte del personal del referido Cuerpo, mediante aportaciones económicas destinadas a la realización de obras de reparación y conservación de las casas-cuartel, así como para dotar a la Comandancia de Toledo de los medios materiales que le sean necesarios sin que, si fuese posible a juicio de la Comisión Mixta, ninguna de las citadas partidas exceda del 60 % de la aportación económica total.

Segunda.

La aportación de la Diputación Provincial de Toledo al presente Convenio será de doscientos mil euros (200.000 €), para el año 2017, con cargo a la aplicación presupuestaria 2017/1610/72001, en la que existe crédito adecuado y suficiente para la financiación de que se trata.

El importe del gasto de inversión que financia dicha aportación económica que, a 31 de diciembre de 2017, no haya sido objeto de certificación como obligaciones reconocidas por la Dirección General de la Guardia Civil y, en consecuencia, el saldo del pago anticipado del gasto no realizado que financia la mencionada aportación a dicha fecha constituirá, en su caso, financiación afectada para el gasto de inversión pendiente de ejecutar, certificar y justificar durante el año 2018 y en un importe equivalente.

Del Presente Convenio no se derivan obligaciones financieras para el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil).

Tercera.

Se crea una Comisión Mixta de Seguimiento del presente Convenio, integrada por tres representantes de la Diputación Provincial de Toledo, tres representantes de la Administración General del Estado, de los que dos pertenecen a la Dirección General de la Guardia Civil y uno a la Subdelegación del Gobierno en Toledo. Cada una de las Administraciones representadas podrá estar asistida por los técnicos que consideren convenientes.

La Comisión Mixta se constituirá en un plazo máximo de un mes desde la firma del presente Convenio.

La Comandancia de la Guardia Civil de Toledo remitirá a la Comisión Mixta, en el plazo máximo de un mes desde su constitución, una relación priorizada de las obras que se pretenden realizar en las Casas Cuarteles de la provincia, hasta el importe máximo establecido en la cláusula segunda.

La Comisión Mixta, una vez constituida, tendrá las siguientes funciones:

a) Aprobar las actuaciones a realizar en el marco del Convenio.

b) Supervisión y control de los Justificantes de todos los gastos que se originen como consecuencia de las obras programadas.

c) Solucionar los problemas de interpretación y cumplimiento del Convenio.

d) Cualesquiera otras que pudieran surgir, encaminada al buen funcionamiento y desarrollo del programa.

El funcionamiento de la Comisión se atendrá a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del sector Público, sobre órganos colegiados.

Cuarta.

La Dirección General de la Guardia Civil a través de sus órganos competentes y con cargo a la aportación recogida en la cláusula segunda, asumirá la ejecución de las obras y la tramitación de los permisos, licencias y autorizaciones administrativas que en su caso deban obtenerse, así como, en su caso, la dirección facultativa de las obras.

Quinta.

La aportación de la Diputación provincial de Toledo, se efectuará con cargo a la partida del presupuesto aprobado para el año 2017, en el plazo de un mes a partir de la aprobación por parte de la Comisión Mixta de las actuaciones a realizar. El ingreso se hará en el Tesoro, éste generará crédito en los presupuestos de la Dirección General de la Guardia Civil, conforme a lo establecido en el artículo 53 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

El saldo del crédito generado que, a 31 de diciembre de 2017, no hubiera sido objeto de reconocimiento de obligaciones, en su caso, constituirá remanente de crédito de incorporación obligatoria, financiado con ingreso afectado, al presupuesto de 2018 de la Dirección General de la Guardia Civil.

La Dirección General de la Guardia Civil emitirá certificación acreditativa de las obligaciones reconocidas a fecha 31 de diciembre de 2018 de aquellos gastos incurridos en el desarrollo del presente Convenio.

Si el importe del gasto finalmente certificado y justificado fuera inferior al de la aportación económica de la Diputación, cifrado en la cláusula segunda anterior y objeto de pago anticipado, el saldo resultante será objeto de reintegro a ésta en el plazo de un mes contado a partir de la fecha anterior.

Sexta.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público el presente Convenio resultará eficaz desde el momento de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» e inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y su vigencia se extenderá al periodo comprendido entre dicho momento y el 31 de diciembre de 2018 o la conclusión de las actuaciones en él incluidas si fuera anterior a dicha fecha. La justificación de la inversión deberá presentarse por parte de la Dirección General de la Guardia Civil durante la vigencia de este instrumento jurídico.

En el caso de prórroga, modificación o resolución del Convenio, se requerirá igualmente su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación.

Son causas de extinción del presente convenio las establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En caso de resolución anticipada del convenio, las actuaciones en curso continuarán su desarrollo hasta su finalización.

La resolución del convenio por causa de incumplimiento de las obligaciones y compromisos de las partes no dará lugar a indemnización por incumplimiento.

En todo caso, se estará a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptima.

La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes y deberá ser formalizado mediante la correspondiente adenda.

Octava.

Este instrumento jurídico tiene naturaleza administrativa, de manera que las controversias que surjan en la ejecución del mismo y que no puedan ser resueltas en el seno de la comisión de seguimiento serán sometidas al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede firman el presente convenio en dos ejemplares originales igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados, de todo lo cual como secretario, doy fe.–La Secretaria de Estado de Seguridad, Ana María Botella Gómez.–El Presidente de la Diputación Provincial de Toledo, Álvaro Gutiérrez Prieto.–El Secretario de la Corporación, José Garzón Rodelgo.

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