En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, se acuerda publicar en el «Boletín Oficial del Estado» que, en virtud de Sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 11 de noviembre de 2015, se ha desestimado el recurso contencioso-administrativo núm. 179/2014, interpuesto contra la resolución desestimatoria del recurso de reposición de fecha 11 de marzo de 2014, que se interpuso contra la Orden del Ministerio del Interior de fecha 23 de septiembre de 2013, de denegación de la declaración de utilidad pública. Habiéndose estimado el recurso de casación núm. 268/2016, interpuesto por la entidad contra la citada Sentencia de la Audiencia Nacional, según Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de abril de 2018 la siguiente entidad se declara de utilidad pública:
– Asociación inscrita en el Registro Especial de Entidades Deportivas de la Generalitat Valenciana:
Denominación |
N.º Reg. |
Fecha de efectos de la declaración de utilidad pública |
---|---|---|
Real Club de Regatas de Alicante |
413 |
23/04/2018 |
Madrid, 5 de septiembre de 2018.–El Ministro del Interior, P.D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.
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