En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, se acuerda publicar en el «Boletín Oficial del Estado» que, en virtud de Sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 13 de enero de 2016, se ha desestimado el recurso contencioso-administrativo núm. 241/2014, interpuesto contra la Orden del Ministerio del Interior de fecha 3 de junio de 2014, de revocación de la declaración de utilidad pública. Habiéndose estimado el recurso de casación núm. 697/2016, interpuesto por la entidad contra la citada Sentencia de la Audiencia Nacional, según Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de abril de 2018 la siguiente entidad mantiene su condición de asociación de utilidad pública:
– Asociación inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior:
Denominación |
N.º Nal. |
Fecha de efectos de la declaración de utilidad pública |
---|---|---|
Real Asociación de Hidalgos de España |
223 |
14/04/1967 |
Madrid, 5 de septiembre de 2018.–El Ministro del Interior, P.D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.
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