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Documento BOE-A-2018-10905

Acuerdo de 10 de julio de 2018, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye a los Juzgados de Primera Instancia n.ºs 7 y 9 de Castellón de la Plana, el conocimiento, con carácter exclusivo y excluyente, de los asuntos de derecho de familia, liquidación de regímenes económico matrimoniales así como los relativos a procesos sobre capacidad de las personas e internamientos involuntarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 31 de julio de 2018, páginas 77038 a 77038 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2018-10905
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2018/07/10/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 10 de julio de 2018 acordó:

1. Atribuir, en virtud de lo previsto en el artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el conocimiento, con carácter exclusivo y excluyente, de los asuntos de derecho de familia, liquidación de regímenes económico matrimoniales así como los relativos a procesos sobre capacidad de las personas e internamientos involuntarios, a los juzgados de primera instancia n.º 7 y n.º 9 de Castellón de la Plana.

2. Dejar sin efecto las especializaciones en su día aprobadas respecto de los juzgados de primera instancia n.º 7 y n.º 9 de Castellón de la Plana por los acuerdos del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de fechas 5 de noviembre de 2003 y 25 de noviembre de 2010, respectivamente.

3. Los asuntos de la misma naturaleza que los que son objeto de este acuerdo de especialización y que estuviesen turnados a los juzgados de primera instancia de la misma sede, se continuarán por éstos hasta su conclusión, sin verse afectados por el presente acuerdo.

4. Este acuerdo producirá efectos desde el 1 de enero de 2019.

Madrid, 10 de julio de 2018.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 10/07/2018
  • Fecha de publicación: 31/07/2018
  • Efectos desde el 1 de enero de 2019.
Referencias anteriores
  • DEJA SIN EFECTO:
  • DE CONFORMIDAD con el art. 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Castellón
  • Familia
  • Juzgados de Primera Instancia
  • Reparto de asuntos

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