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Documento BOE-A-2017-9960

Resolución de 8 de agosto de 2017, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música e ICEX España Exportación e Inversiones, relativo a la participación española en la Feria Internacional LAMC 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 22 de agosto de 2017, páginas 85401 a 85403 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Referencia:
BOE-A-2017-9960

TEXTO ORIGINAL

La Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y el Consejero Delegado de ICEX España Exportación e Inversiones, han suscrito, con fecha 3 de mayo de 2017, un Convenio de colaboración entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM) e ICEX España Exportacion e Inversiones relativo a la participación española en la Feria Internacional LAMC 2017.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del referido Convenio, como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 8 de agosto de 2017.–El Subsecretario de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, José María Jover Gómez-Ferrer.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM) e ICEX España Exportación e Inversiones relativo a la participación española en la Feria Internacional LAMC 2017

En Madrid, a 3 de mayo de 2017.

REUNIDOS

Doña Montserrat Iglesias Santos, Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en nombre y representación del citado organismo, con domicilio a estos efectos en la Plaza del Rey, 1, y CIF: Q-2818024-H, en virtud del nombramiento por Real Decreto 856/2014, de 3 de octubre, y en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 6 del Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre (BOE nº 306 de 20 de diciembre).

Don Francisco Javier Garzón Morales, Consejero Delegado de ICEX España Exportación e Inversiones, con domicilio social en Madrid, Paseo de la Castellana, 14-16, nombrado mediante Real Decreto 563/2014, de 27 de junio, actuando en representación de la entidad por delegación de competencias del Consejo de Administración mediante Resolución del 20 de septiembre de 2013, en adelante ICEX.

EXPONEN

I. Que LAMC es el evento más importante de música latinoamericana que se lleva a cabo en EE.UU. y se ha convertido durante los últimos años en el más importante escaparate de las nuevas tendencias en la industria.

II. Que LAMC es considerado el Festival independiente de la música latina ya que engloba prácticamente todos los géneros y todas las fusiones, lo mejor de la música latina y los sonidos más novedosos del rock, el hip-hop, indie, alt y música electrónica y ofrece oportunidades únicas de networking para artistas, managers, bookers, representantes, distribuidores y programadores y profesionales de la música en vivo, empresas de servicios, entidades de gestión de derechos de autor y de artistas, así como representantes de otros sectores de la industria: tecnología, publicidad y productoras de cine y televisión.

III. Que, dada la relevancia que reviste este evento, en su triple dimensión de feria de negocios, congreso internacional y festival de música, las entidades firmantes consideran necesario articular la participación española en la edición de 2017 por constituir una excelente oportunidad para mostrar la creación musical y artística de nuestro país, así como para promocionar la imagen de España.

Que, por todo lo expuesto, y reconociéndose las partes la capacidad legal necesaria para contratar y obligarse, acuerdan firmar el presente Convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre las partes para la organización de la participación de España en la feria LAMC 2017, que se celebrará en Nueva York (Estados Unidos) del 11 al 15 de julio de 2017.

Segunda. Aportaciones económicas de las partes.

El presupuesto asumido por las Entidades firmantes del Convenio es el siguiente:

ICEX (IMPUESTOS INC.): 30.000 €.

INAEM (IMPUESTOS INC.): 15.000 €.

La aportación del INAEM se realizará con cargo a la partida presupuestaria 18.107.144A.226.06, del presente ejercicio, en el que existe crédito adecuado y suficiente, abonando dicha cantidad a ICEX, entidad encargada de la producción ejecutiva y, consecuentemente, del pago directo a proveedores.

La aportación total del INAEM se realizará a ICEX una vez concluido el evento (15 de julio de 2017) y en un plazo máximo de 30 días desde la aceptación de la factura.

Los eventuales ingresos que pudieran derivarse de la participación en el evento serán destinados íntegramente al pago de los costes asumidos por ICEX como entidad que gestiona su cobro (descontados las cargas y tributos que, en su caso, correspondan).

Tercera. Promoción y difusión.

Las partes se comprometen a que en toda la publicidad y en todo el material de promoción y difusión de la participación española en la Feria aparecerán los logotipos de las instituciones participantes junto con el logotipo y lema «Sounds from Spain».

Las partes se comprometen a consensuar el contenido de las notas de prensa que ambas instituciones publiquen en relación con el objeto del presente convenio.

Cuarta. Modificación y extinción.

El presente Convenio de colaboración podrá resolverse por mutuo acuerdo expreso de las partes, así como por las demás causas contempladas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Las partes quedan liberadas del cumplimiento de sus recíprocas obligaciones en caso fortuito o de fuerza mayor. Se entenderá, en todo caso, como supuesto de fuerza mayor, sucesos como incendios, inundaciones, guerras, actos vandálicos o de terrorismo, prohibición de las actividades por parte de la autoridad competente y, en general, todas aquellas que no se pudieran evitar.

La parte que alegue la fuerza mayor deberá justificarla convenientemente.

Quinta. Naturaleza del convenio y jurisdicción.

Este Convenio tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 4.1 c) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Este Convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.

La posible discrepancia en la aplicación y/o interpretación de este Convenio se resolverá por diálogo directo entre las partes, o bien por la Comisión de Seguimiento integrada por Doña Margot Gómez-Arnau Díaz-Cañabate en representación de ICEX, y por Don Eduardo Fernández Palomares en representación de INAEM, cuyo objeto será velar por la ejecución y buen fin de la organización de la participación de España en LAMC 2017 y resolver sobre las incidencias que puedan plantearse en su desarrollo. Se celebrarán cuantas reuniones se consideren necesarias por cualquiera de las partes para la consecución del fin señalado.

En caso de no llegar a un acuerdo, las partes someterán las cuestiones litigiosas que se puedan derivar de su interpretación, desarrollo o ejecución al conocimiento de los juzgados y tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Sexta. Colaboración entre las partes.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente Convenio.

Séptima. Contratos derivados del presente convenio.

Cuando los contratos que deban celebrarse para la ejecución del Convenio sean suscritos por entidades del sector público, se tramitarán de conformidad con el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Octava. Duración.

El plazo de duración del presente Convenio se extenderá desde su firma hasta la finalización del proyecto programado, el cual no excederá, en ningún caso, la fecha del 31 de diciembre de 2017.

Novena. Publicación en el Portal de Transparencia.

Las partes se comprometen a poner el presente convenio a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno (artículo 8.1b).

Y en prueba de su conformidad con cuanto antecede, todas las partes firman el presente documento, por triplicado y a un solo efecto, en Madrid a 3 de mayo de 2017.–En representación del INAEM, Montserrat Iglesias Santos.–En representación de ICEX, Francisco Javier Garzón Morales.

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