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Documento BOE-A-2017-9402

Resolución de 26 de junio de 2017, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Sector Público Local, ejercicio 2014.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 7 de agosto de 2017, páginas 78382 a 78540 (159 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2017-9402

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 26 de junio de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización del Sector Público Local, ejercicio 2014, acuerda:

1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.

2. Valorar la información cuantitativa que proporciona el Tribunal de Cuentas respecto a las entidades locales en el ejercicio 2014.

3. Destacar la generalizada utilización de la prórroga presupuestaria por parte de las entidades locales, lo cual refleja la compleja planificación presupuestaria que padecen estas administraciones, dependientes en parte de las asignaciones presupuestarias que perciben de otras administraciones, lo cual distorsiona la conveniente gestión municipal ordenada y transparente.

4. Resaltar que los municipios de menor población no absorben mayor porcentaje de gasto que los de mayor dimensión, ya que los municipios de menos de 5.000 habitantes representaban el 12 % de la población y gestionaron en 2014 el 11,2 % del gasto municipal, lo cual invita a cuestionar el cambio de modelo de gestión que propicia la reforma local respecto a dichos municipios.

5. Destacar la importancia del gasto asumido por los ayuntamientos en áreas como la sanidad, la educación, la protección y promoción social o fomento del empleo que han prestado con grandes limitaciones debido a las restricciones presupuestarias, lo cual de nuevo invita a cuestionar el cambio de modelo de gestión de los servicios por parte de las entidades locales, a partir de la reciente reforma local.

6. Valorar positivamente el aumento de los ingresos de las entidades locales en 2014 que constata la información del Tribunal de Cuentas, si bien señalar también el diferente comportamiento de los ayuntamientos mayores respecto a los de menor tamaño, ya que en estos el aumento ha sido inferior.

7. En lo que se refiere a las entidades mercantiles participadas por entidades locales, señalar que el 31 % de ellas presentan resultados negativos, lo cual exige perfeccionar su gestión y saneamiento de sus cuentas.

8. En lo que se refiere a la contratación administrativa del sector público local, destacar la necesidad de perfeccionar el cumplimiento de la norma de contratación administrativa en beneficio de la transparencia.

9. Instar al Gobierno a:

Homogenizar en la normativa estatal y autonómica los plazos de rendición de las cuentas de las entidades locales en todo el territorio nacional, así como regularse plazos de tramitación y rendición más breves, de forma que se aproxime la rendición de cuentas y, por tanto, su control a la gestión a la que hacen referencia, con criterios de transparencia y oportunidad.

Modificar la ley para que la rendición de cuentas sea considerada en todo el territorio nacional requisito indispensable para el acceso por las entidades locales a los procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones públicas.

Reforzar la capacidad de las Intervenciones Locales para la formación de la cuenta general de las entidades locales para facilitar la rendición de cuentas en plazo.

Reforzarse los procedimientos necesarios para la reestructuración o disolución de las mancomunidades, los consorcios y las EATIM que no estén desarrollando actividad ni prestando servicio alguno, así como de las entidades del sector público local empresarial, de modo que su permanencia responda a razones de eficiencia, estabilidad, racionalidad y sostenibilidad financiera.

Promover la regulación de plazos de tramitación y rendición de las cuentas generales de las entidades locales más breves de forma que sea posible aproximar la rendición de cuentas y, por tanto, el suministro de información contable y su control a la gestión a la que hacen referencia, con criterios de transparencia y oportunidad.

Llevar a cabo las reformas necesarias para que la rendición de cuenta de las entidades locales y las entidades dependientes que forman parte de la cuenta general de la entidad local sea un requisito indispensable parar el acceso a los procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones públicas.

Revisar y actualizar, si fuera necesario, la normativa actual en relación al procedimiento de rendición de la cuenta general de las entidades locales en el caso de no ser aprobadas por el Pleno municipal u órgano de representación equivalente, lo cual origina el incumplimiento de la obligación legal de rendición ante el Tribunal de Cuentas.

Tomar las posibles soluciones legales y administrativas respecto al Sector Público:

a. Homogeneización de las normativas estatal y autonómicas respecto a los plazos de presentación de las cuentas.

b. Procurar a las entidades locales de los medios necesarios, tanto humanos (FHN) como materiales (programas y equipos informáticos), para asegurar el cumplimiento de la rendición de las cuentas.

c. Promover las reformas legales oportunas para promover la cultura de la rendición de cuentas como un mecanismo de buena gestión.

d. Modificar la normativa aplicable a la materia de cara a favorecer la rendición de cuentas.

e. Reforzar la capacidad de las Intervenciones Locales.

10. Instar al Gobierno del Estado y a los gobiernos autonómicos a:

Dotar a las diputaciones provinciales de herramientas, incluidos recursos económicos, para facilitar que los entes locales, especialmente los más pequeños, puedan rendir sus cuentas dentro de los márgenes temporales legalmente establecidos.

En el marco de sus competencias, promover la homogeneización en la normativa estatal y autonómica de los plazos de rendición de las cuentas de las entidades locales en todo el estado.

11. Instar a los órganos competentes de la Administración estatal y autonómica a:

Que, tan pronto tengan conocimiento de la falta de rendición de las cuentas generales de una entidad local, hagan efectivas, de manera oportuna, las medidas que ofrece la normativa, de modo que la aplicación de la misma impulse en la práctica la rendición.

12. Instar a las entidades locales que incumplen reiteradamente con la obligación de rendir cuentas en el plazo legalmente establecido a:

Implantar los mecanismos y procedimientos internos necesarios, dotándose, en su caso, de medios adecuados para asegurar un seguimiento oportuno del proceso de rendición de sus cuentas generales y de que este se realice en el plazo legalmente previsto.

13. Instar a las entidades locales que no operan de esta manera:

Habilitar los mecanismos que garanticen el envío regular al Tribunal de Cuentas de la información relativa a su actividad contractual.

Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de junio de 2017.–El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.–El Secretario Primero de la Comisión, Vicente Ten Oliver.

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