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Documento BOE-A-2017-8421

Resolución de 27 de junio de 2017, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica la Adenda al Convenio marco de colaboración cultural y educativa con la Fundación Goethe.

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 18 de julio de 2017, páginas 62647 a 62649 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Referencia:
BOE-A-2017-8421

TEXTO ORIGINAL

Habiendo sido suscrito, el pasado día 20 de junio de 2017, la Adenda al Convenio Marco de Colaboración Cultural y Educativa entre el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y la Fundación Goethe y, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, sobre Convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 27 de junio de 2017.–La Consejera Gerente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, Alicia Pastor Mor.

ANEXO
Adenda al Convenio Marco de colaboración cultural y educativa, suscrito entre el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y la Fundación Goethe, para la realización de tres conciertos en los Reales Sitios con el patrocinio de la Fundación Goethe

En Madrid, a 20 de junio de 2017.

REUNIDOS

De una parte, D. Alfredo Pérez de Armiñán y de la Serna, Presidente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, nombrado por Real Decreto 956/2015, de 23 de octubre, en representación de este organismo autónomo adscrito a Presidencia del Gobierno, con CIF S-2801002-C, y domicilio social en el Palacio Real, C/ Bailén s/n, 28071 de Madrid, en virtud de las atribuciones que le otorga el Reglamento de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional, aprobado mediante Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo.

De otra parte, D. Josef Brem, Patrono y Vice Presidente Madrid de la Fundación Goethe, en nombre y representación de la misma, con domicilio social calle Zurbarán, 9, 28010 Madrid.

EXPONEN

Primero.

Que, con fecha 6 de mayo de 2015, el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional (en adelante, Patrimonio Nacional) y la Fundación Goethe, firmaron un Convenio Marco de colaboración, con validez desde dicha fecha hasta el 31 de diciembre de 2018, para la cooperación cultural y educativa que tiene por objeto establecer el marco legal por el que se regulará la realización de actividades culturales que se consideren de interés mutuo en el ámbito competencial de ambas instituciones.

Segundo.

Que, para el desarrollo de dichas actividades, en dicho Convenio Marco se prevé la formalización del objeto y de los compromisos que las partes puedan asumir mediante acuerdos de la Comisión de Seguimiento que se formalizarían en las correspondientes adendas.

Tercero.

Que Patrimonio Nacional y la Fundación GOETHE están interesados en la organización conjunta de conciertos en distintos Reales Sitios de Patrimonio Nacional, en 2017, para lo que acuerdan formalizar la presente Adenda con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

La presente Adenda tiene por objeto establecer las condiciones de colaboración por las que se llevará a cabo la organización de tres conciertos que se celebrarán en los Reales Sitios de Patrimonio Nacional con el patrocinio de la Fundación Goethe. Estos conciertos serán:

– Concierto número 1: El sábado 24 de junio de 2017, a las 20:00 horas, en el Palacio Real de Aranjuez, actuará el cuarteto de guitarras formado por Gruber & Maklar y por Kavannag & Kirchhoff.

– Concierto número 2: El sábado 7 de octubre de 2017, a las 19:30 horas, en la Iglesia del Monasterio de Santa María la Real de Las Huelgas, el Trío Bachchor de Stuttgart interpretará un programa de Hindegard von Bingen, Guillaume Dufay, Johannes Ockeghem y Cantigas de Santa María.

– Concierto número 3: El domingo 26 de noviembre de 2017, a las 13:00 horas, en la Casa de las Flores del Real Sitio de La Granja de San Ildefonso, el quinteto Ensemble Nobiles ofrecerá música vocal de Alonso Lobo con motivo del IV Centenario de su muerte.

Segunda. Compromiso de las partes.

A) La Fundación Goethe contratará a los intérpretes de los tres conciertos mencionados anteriormente y financiará el total de los gastos, IVA incluido, de cachet, traslados, alojamiento y manutención de los músicos.

B) Patrimonio Nacional aportará la infraestructura necesaria para la realización de los conciertos y el coste del alquiler, trasporte y afinación de los instrumentos si fueran precisos hasta un máximo de DOS MIL (2.000) EUROS. Además, para la divulgación de los conciertos objeto de esta Adenda, Patrimonio Nacional editará las invitaciones, los carteles y los programas de mano.

Todos los gastos que en virtud de las obligaciones adquiridas en la presente Adenda deba soportar Patrimonio Nacional estarán condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto del Organismo de 2017.

C) Para cada uno de los conciertos, y atendiendo a las características de los mismos y de la sala donde se celebren, las partes acordarán el número máximo de invitados por parte de la Fundación Goethe.

Tercera. Difusión.

Ambas entidades se comprometen a destacar la colaboración objeto de la presente Adenda, incluyendo sus logotipos en cuanta documentación se genere y con los medios que se utilicen para la promoción y difusión de los conciertos (inserciones en prensa, programa, folletos, comunicaciones, páginas web, etc.).

Cuarta. Comisión de seguimiento.

La organización, control y seguimiento de los conciertos se llevará a cabo por la Comisión de Seguimiento prevista en el Convenio Marco de colaboración.

Todas las demás cuestiones no previstas en la presente Adenda se regirán por lo dispuesto en el Convenio Marco de colaboración.

Quinta. Extinción.

La presente Adenda podrá extinguirse por cumplimiento o por resolución.

Serán causas de resolución:

6.1 El mutuo acuerdo de las partes.

6.2 La imposibilidad sobrevenida de realizar la actividad descrita.

6.3 El incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos asumidos, previa denuncia de la parte cumplidora.

Las partes quedan liberadas del cumplimiento de sus recíprocas obligaciones en caso fortuito o de fuerza mayor.

Sexta. Vigencia.

Esta Adenda estará en vigor desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2017.

Y, en prueba de conformidad, las partes firman la presente Adenda, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados.–Por el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, Alfredo Pérez de Armiñán y de la Serna, Presidente.–Por la Fundación Goethe, Josef Brem, Vice-Presidente Madrid.

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