Está Vd. en

Documento BOE-A-2017-7716

Resolución de 15 de junio de 2017, de la Dirección General de Planificación y Formación Profesional, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se publica la convocatoria del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 3 de julio de 2017, páginas 56440 a 56442 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-A-2017-7716

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral (BOE número 205, de 25 de agosto), y una vez firmada la resolución de la Dirección General de Planificación y Formación Profesional del Departamento de Educación, Cultura y Deporte por la que se convoca el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación incluidas en diversas cualificaciones profesionales del catálogo nacional de cualificaciones profesionales,

El Director General de Planificación y Formación Profesional del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón resuelve anunciar los siguientes aspectos de la misma:

Primero.

La Resolución de 5 de junio de 2017, del Director General de Planificación y Formación Profesional del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, por la que se convoca el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación incluidas en diversas cualificaciones profesionales incluidas en el catálogo nacional de cualificaciones profesionales, está previsto que se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» de fecha 23 de junio de 2017.

Segundo.

Se convoca el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, correspondientes a las unidades de competencia siguientes:

Convocatoria: SSC 2017-07. Prestación de servicios bibliotecarios

Familia profesional: Servicios Socioculturales y a la Comunidad (SSC).

Nivel: 3.

Cualificación: SSC611_3: Prestación de servicios bibliotecarios.

Unidades de competencia:

UC2022_3: Informar y formar al usuario de la biblioteca.

UC2023_3: Incorporar y mantener los fondos de la colección de la biblioteca.

UC2024_3: Realizar el servicio de préstamo bibliotecario.

UC2025_3: Realizar actividades de extensión cultural y bibliotecaria.

Estas unidades de competencia están incluidas en:

Certificado de profesionalidad: (SSCB0111). Prestación de servicios bibliotecarios (Real Decreto 1697/2011, de 18 de noviembre).

Título: –

Convocatoria: SEA 2017-08. Vigilancia y extinción de incendios forestales

Familia profesional: Seguridad y Medio Ambiente (SEA).

Nivel: 2.

Cualificación: SEA595_2: Operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en el medio natural y rural.

Unidades de competencia:

UC1964_2: Ejecutar labores de vigilancia y detección de incendios forestales, mantenimiento de infraestructuras de prevención y extinción, e informar a la población.

UC1965_2: Ejecutar operaciones de extinción de incendios forestales.

UC1966_2: Realizar labores de apoyo de contingencias en el medio natural y rural.

UC0272_2: Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia.

Estas unidades de competencia están incluidas en:

Certificado de profesionalidad: (SEAD0411). Operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en el medio natural y rural (Real Decreto 624/2013, de 2 de agosto).

Título: Técnico en Emergencias y Protección Civil (Real Decreto 907/2013, de 22 de noviembre).

Tercero. Plazas convocadas.

Las convocatorias se desarrollarán en dos fases. En la primera fase se convocan las siguientes plazas por cualificación:

Para la convocatoria SSC 2017-07: 75 plazas.

Para la convocatoria SEA 2017-08: 75 plazas.

Se podrá ampliar el número de plazas de esta convocatoria cuando existan circunstancias que lo justifiquen. Dicha ampliación se publicitará a través de la página web de la Agencia de las Cualificaciones Profesionales de Aragón http://servicios.aragon.es/pwac/.

Sin perjuicio de lo anterior y excepcionalmente, para atender circunstancias que lo justifiquen, se podrá admitir un número de personas superior a las plazas convocadas.

Cuarto.

El plazo de presentación de solicitudes será del 19 de julio al 8 de septiembre de 2017, ambos inclusive.

Quinto.

Las bases de la resolución de la convocatoria del presente procedimiento, así como la solicitud de participación, estarán disponibles a efectos informativos en la siguiente dirección de internet del Departamento de Educación, Cultura y Deporte: http://servicios.aragon.es/pwac/.

Sexto.

La solicitud de participación se realizará, a través de la aplicación informática, accediendo a https://servicios.aragon.es/eac/webpeac/.

La solicitud cumplimentada en la aplicación informática deberá imprimirse y, junto con la documentación justificativa que se indica a continuación, ser presentada, en el plazo establecido, en los centros gestores asignados a las correspondientes convocatorias y que son los siguientes:

SSC 2017-07: Prestación de servicios bibliotecarios. CPIFP Movera (Zaragoza).

SEA 2017-08: Vigilancia y extinción de incendios forestales. CPIFP Pirámide (Huesca).

Asimismo, la solicitud podrá presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptimo.

La presente convocatoria se encuentra entre las actuaciones financiables en el Programa Operativo Empleo, Formación y Educación, programa financiado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

Octavo.

En los casos en que esta resolución utiliza sustantivos de género gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos, debe entenderse que se hace por mera economía en la expresión, y que se utilizan de forma genérica con independencia del sexo de las personas aludidas o de los titulares de dichos cargos o puestos, con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos.

Zaragoza, 15 de junio de 2017.–El Director General de Planificación y Formación Profesional, Ricardo Almalé Bandrés.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid