Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud de Renovación de Certificación de los Captadores Solares Térmicos presentada por:
Titular: Constante Solar S.L.
Domicilio Social: Vía Principal, n.º 22, nave 7, Dársena Pesquera, 38180-Santa Cruz de Tenerife.
Fabricante: Constante Solar S.L.
Lugar de Fabricación: Tenerife.
De los captadores solares que fueron certificados con las contraseñas y la fecha de Resolución que se relaciona a continuación:
Modelo |
Contraseña |
Fecha resolución |
---|---|---|
Constante Solar Cu-1208-P |
NPS-9315 |
07/04/2015 |
Constante Solar Nt-1010-P |
NPS-8915 |
07/04/2015 |
Constante Solar Cu-0210-S |
NPS-9915 |
07/04/2015 |
Conforme a los ensayos emitidos por:
Laboratorio emisor |
Clave |
---|---|
CENER |
30.0731.1-1 |
CENER |
30.0738.0-2 |
CENER |
30.0892.2 |
Resultando que se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya renovación de vigencia de certificación solicita, y que el modelo cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, sobre exigencias técnicas de los paneles solares.
Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto renovar la certificación de los citados productos, con las contraseñas de certificación:
Modelo |
Contraseña |
---|---|
Constante Solar Cu-1208-P |
NPS-8117 |
Constante Solar Nt-1010-P |
NPS-8217 |
Constante Solar Cu-0210-S |
NPS-8317 |
Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de la Resolución definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación.
Esta renovación de certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable.
Según la disposición transitoria de la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, se otorga un periodo transitorio de cuatro años para que las certificaciones de captadores solares se realicen según las Normas UNE-EN 12.975-1 y UNE-EN 12.975-2. Transcurrido dicho plazo, 12 de diciembre de 2018, tanto para la certificación como para la renovación, se deberán presentar los informes de ensayo según las normas UNE-EN 12.975-1 e ISO 9.806, no siendo válidos por tanto a efectos de la próxima renovación a partir de la fecha indicada, los informes de ensayo que se hubieran presentado para la presente certificación y no cumpliesen las citadas Normas.
La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo para los modelos que se especifica a tabla anterior se indican a continuación.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
También podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, significando que, en caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la citada ley.
Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
1. Modelo con contraseña NPS - 8117
Identificación:
Fabricante: Constante Solar SL.
Nombre comercial: Constante Solar Cu-1208-P.
Tipo de captador: Plano.
Año de producción: 2007.
Dimensiones:
Longitud: 2070 mm.
Ancho: 1270 mm.
Altura: 83 mm.
Área de apertura: 2,44 m2.
Área de absorbedor: 2,44 m2.
Área total: 2,63 m2.
Especificaciones generales:
Peso: 57,8 kg.
Presión de funcionamiento máx.: 700 KPa.
Fluido de transferencia de calor: Agua+etilenglicol.
Resultados de ensayo
• Rendimiento térmico:
η0 |
0,791 |
|
a1 |
3,644 |
W/m2K |
a2 |
0,016 |
W/m2K2 |
Nota: referente al área de apertura |
• Potencia extraída por unidad de captador (W):
Tm – Ta en K |
400 W/m2 |
700 W/m2 |
1000 W/m2 |
---|---|---|---|
10 |
678 |
1256 |
1833 |
30 |
468 |
1046 |
1624 |
50 |
227 |
805 |
1383 |
2. Modelo con contraseña NPS - 8217
Identificación:
Fabricante: Constante Solar S.L.
Nombre comercial: Constante Solar Nt-1010-P.
Tipo de captador: Plano.
Año de producción: 2007.
Dimensiones:
Longitud: 2071 mm.
Ancho: 1071 mm.
Altura: 86 mm.
Área de apertura: 2,03 m2.
Área de absorbedor: 2,03 m2.
Área total: 2,22 m2.
Especificaciones generales:
Peso: 53,4 kg.
Presión de funcionamiento máx.: 700 KPa.
Fluido de transferencia de calor: Agua+etilenglicol.
Resultados de ensayo
• Rendimiento térmico:
η0 |
0,801 |
|
a1 |
3,738 |
W/m2K |
a2 |
0,017 |
W/m2K2 |
Nota: referente al área de apertura |
• Potencia extraída por unidad de captador (W):
Tm – Ta en K |
400 W/m2 |
700 W/m2 |
1000 W/m2 |
---|---|---|---|
10 |
572 |
1060 |
1549 |
30 |
392 |
881 |
1369 |
50 |
185 |
674 |
1162 |
3. Modelo con contraseña NPS - 8317
Identificación:
Fabricante: Constante Solar S.L.
Nombre comercial: Constante Solar Cu-0210-S.
Tipo de captador: Plano.
Año de producción: 2007.
Dimensiones:
Longitud: 2070 mm.
Ancho: 270 mm.
Altura: 85 mm.
Área de apertura: 0,42 m2.
Área de absorbedor: 0,4 m2.
Área total: 0,56 m2.
Especificaciones generales:
Peso: 15,5 kg.
Presión de funcionamiento máx.: 700 KPa.
Fluido de transferencia de calor: Agua.
Resultados de ensayo
• Rendimiento térmico:
η0 |
0,784 |
|
a1 |
5,09 |
W/m2K |
a2 |
0,023 |
W/m2K2 |
Nota: referente al área de apertura |
• Potencia extraída por unidad de captador (W):
Tm – Ta en K |
400 W/m2 |
700 W/m2 |
1000 W/m2 |
---|---|---|---|
10 |
108 |
206 |
304 |
30 |
58 |
156 |
254 |
50 |
0 |
98 |
196 |
Madrid, 29 de marzo de 2017.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid