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Documento BOE-A-2017-6628

Resolución de 26 de mayo de 2017, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad Francisco Marroquín.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 12 de junio de 2017, páginas 48442 a 48444 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2017-6628

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio de colaboración entre el Instituto Cervantes y la Universidad Francisco Marroquín.

Madrid, 26 de mayo de 2017.–El Secretario General del Instituto Cervantes, Rafael Rodríguez-Ponga Salamanca.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO CERVANTES Y LA UNIVERSIDAD FRANCISCO MARROQUÍN

En Madrid, a 19 de mayo de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Juan Manuel Bonet Planes, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 49/2017, de 27 de enero (BOE de 28 de enero), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Alcalá, 49, 28014 Madrid, con NIF Q-2812007 I; en adelante, también el IC.

Y de otra parte, don Gabriel Calzada Álvarez, Rector de la Universidad Francisco Marroquín, cargo para el que fue nombrado por Resolución 2013-VII-33 del Consejo Directivo de la Universidad Francisco Marroquín, adoptada en su sesión de 3 de julio de 2013 (Acta del Notario Luis Fernández Molina de fecha 19 de agosto de 2013, inscrita en el Registro de las Personas Jurídicas bajo la partida número 33, folio 33, del libro 3 de Nombramientos), y según las facultades que le otorga el artículo 15 de los Estatutos de la Universidad Francisco Marroquín, aprobados por Acuerdo Gubernativo de 12 de agosto de 1971, actúa en nombre y representación de la citada universidad, con domicilio a los efectos del presente Convenio en 6a. Calle Final, Calle Manuel F. Ayau, Zona 10, Ciudad de Guatemala, Guatemala, en adelante, también la UFM.

Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente Convenio de colaboración en nombre de las instituciones que representan y, a tal efecto

EXPONEN

I. Que el Instituto Cervantes es un organismo público sin ánimo de lucro del Reino de España creado por la Ley 7/1991, de 21 de marzo, con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, que, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de su Ley de creación, tiene como fines la promoción universal de la enseñanza, el estudio y el uso del español y el fomento de cuantas medidas y acciones contribuyan a la difusión y mejora de la calidad de estas actividades así como contribuir a la difusión de la cultura en el exterior.

II. Que la UFM, fue fundada en 1971 como una organización privada, secular, coeducacional y no lucrativa y tiene como misión enseñar y difundir los principios éticos, jurídicos y económicos de una sociedad de personas libres y responsables. En los últimos años, la UFM se ha preocupado por utilizar tecnologías innovadoras para enriquecer la experiencia de aprendizaje dentro y fuera del campus de estudios.

III. Que la UFM cuenta entre sus proyectos con un curso gratuito, masivo, abierto y en línea denominado «Descubre D. Quijote de la Mancha», que tiene como objetivo impulsar la enseñanza de las humanidades, por medio de la mejor novela de Miguel de Cervantes, D. Quijote de la Mancha. Dicho curso ha sido posible gracias a una donación recibida de John Templeton Foundation, junto a otros donantes. El citado curso se ofrece a través de la plataforma Open Edx donquijote.ufm.edu, los canales de Youtube Newmedia UFM y Don Quijote UFM y la página de SlideShare UFM Curso Descubre a D. Quijote de la Mancha.

IV. Que ambas partes están interesadas en colaborar para que el Instituto Cervantes pueda disponer, gratuitamente del citado curso en línea.

V. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente acuerdo ha sido informado favorablemente por el servicio jurídico del Instituto Cervantes.

VI. Que este acuerdo ha sido autorizado para su suscripción por el Ministerio de Hacienda y Función Pública con fecha 16 de diciembre de 2016.

VII. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes, en sesión de fecha de 16 de junio de 1995, aprobó los criterios básicos para la firma de convenios con Universidades y otras instituciones académicas.

Por todo ello, las partes manifiestan su voluntad de formalizar el presente Convenio de colaboración con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Las partes acuerdan que el objeto del presente convenio es establecer los mecanismos de colaboración entre la UFM y el IC para la difusión del curso en línea de la UFM denominado «Descubre D. Quijote de la Mancha», en adelante «el curso», así como la cesión por parte de la UFM al IC, de forma gratuita y sin coste alguno para el IC, del citado curso.

Segunda.

Para realizar la colaboración objeto del presente convenio, la UFM se compromete a realizar todas las actividades necesarias en colaboración con el IC y, entre otras:

a) Facilitará al Instituto Cervantes la incorporación en cualquiera de sus recursos electrónicos o páginas web, del curso y le cederá gratuitamente los ficheros necesarios, en los formatos correspondientes que ambas partes acuerden.

b) Cede mediante el presente documento al Instituto Cervantes los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación sobre el curso y sus contenidos, para todos los países del mundo y por el periodo de tiempo más amplio previsto por la legislación vigente.

Específicamente, la UFM garantiza al Instituto Cervantes la utilización pacífica del curso cedido y de los materiales y contenidos del mismo en relación con los derechos de propiedad intelectual de los correspondientes titulares o con cualquier otro tipo de derechos sobre los mismos, de tal forma que pueda difundirse por el IC libremente en el ámbito del presente convenio y durante el plazo de vigencia del mismo.

En consecuencia, la UFM exime al Instituto Cervantes de cualquier reclamación de terceras personas, físicas o jurídicas, que pretendan tener derechos sobre el curso cedido o una parte o la totalidad de los contenidos del mismo. Asimismo, la UFM exonera al Instituto Cervantes de toda responsabilidad en caso de que terceras personas utilicen de cualquier forma, reproduzcan, distribuyan, transformen o efectúen comunicación pública o divulguen por cualquier medio, el curso o sus contenidos.

c) Autorizará al Instituto Cervantes para que este difunda el curso cedido, y permita que los interesados accedan al mismo

d) Enviar al IC las actualizaciones del curso que ambas partes acuerden de interés para su incorporación.

Tercera.

Por su parte, para realizar la colaboración objeto del presente convenio, el Instituto Cervantes se compromete a realizar las actividades necesarias, y entre otras:

a) Proporcionará a la UFM las estadísticas de uso del curso.

b) Difundirá el curso, tanto en su versión en español como en inglés, a través de sus sedes en el mundo y de sus equipos dedicados a la enseñanza y promoción de la lengua y cultura en español. Igualmente lo difundirá entre sus usuarios y público potencial, con especial empeño en facilitar el acceso al mismo a través del portal de Internet del IC.

c) En todas las acciones de difusión respetará los créditos correspondientes a la UFM y a sus colaboradores o titulares de derechos de propiedad intelectual sobre el mismo.

d) Respetará el derecho de la UFM a percibir un pago solo por parte de aquellos alumnos del curso que, habiéndolo superado, voluntariamente deseen obtener una certificación universitaria emitida por la UFM.

Cuarta.

El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y su vigencia se extenderá por un período de cuatro años, pudiendo prorrogarse en cualquier momento antes de su finalización, previo acuerdo de los firmantes, por un nuevo periodo de cuatro años, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula segunda en relación con los derechos de propiedad intelectual.

Quinta.

El seguimiento de la ejecución de lo establecido en el presente convenio se realizará mediante el intercambio de la información entre las partes y la elaboración de informes de evaluación y de valoración de los resultados.

Cada parte designará al responsable del seguimiento del presente convenio.

Las partes podrán rescindir este convenio en el caso de que una de ellas incumpla sus obligaciones y se abstenga de reparar dicho incumplimiento dentro de los quince (15) días siguientes al aviso, notificación o solicitud que la otra parte le haga en el sentido que proceda a cumplir la obligación motivo del requerimiento.

La rescisión o terminación de este convenio no afectará de manera alguna la validez y exigibilidad de las obligaciones contraídas con anterioridad.

Sexta.

Las partes convienen que el presente instrumento es producto de la buena fe, por lo que toda controversia e interpretación que se derive del mismo, respecto de su operación, formalización y cumplimiento, será resuelta por ellas de común acuerdo, a través de los representantes que designen para ello.

Y en prueba de conformidad, firman ambas partes el presente Convenio de colaboración, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha al principio indicados.–Por el Instituto Cervantes, el Director, Juan Manuel Bonet Planes.–Por La Universidad Francisco Marroquín, el Rector, Gabriel Calzada Álvarez.

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