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Documento BOE-A-2017-2283

Resolución de 20 de febrero de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta del Acuerdo que fija la cuota empresarial para 2017 a la Fundación Laboral de la Construcción.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 2017, páginas 15277 a 15278 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2017-2283
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/02/20/(6)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de 6 de febrero de 2017 en la que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116.4 del V Convenio colectivo del sector de la Construcción (código de convenio nº 99005585011900), se fija la cuota empresarial para 2017 a la Fundación Laboral de la Construcción, Acta que fue suscrita, de una parte por la Confederación General de la Construcción (CNC) en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO. de Construcción y Servicios y UGT-FICA en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de febrero de 2017.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

Acta de la reunión 1/2017 de la Comisión Paritaria del artículo 108 del Convenio General del Sector de la Construcción

En representación laboral: CCOO de Construcción y Servicios, D. Daniel Barragán Burgui y UGT-FICA, D. Juan Carlos Barrero Mancha.

En representación empresarial: CNC, D. Pedro C. Fernández Alén y D. Francisco Santos Martín.

En Madrid, a seis de febrero de dos mil diecisiete, en la sede de la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), se reúnen los señores que se relacionan al margen.

Los representantes de ELA-HAINBAT y CIG debidamente convocados no comparecen.

Se comienza el estudio de los diferentes puntos del Orden del Día:

1.º Cuota 2017 a la Fundación Laboral de la Construcción.

Estudiar la propuesta hecha por el Patronato de la FLC, en relación con la cuota empresarial a la FLC, que se adjunta como anexo I a este acta y que tiene el tenor literal siguiente:

«Proponer a la Comisión Paritaria del Convenio General del Sector de la Construcción que se fije la cuota a la Fundación Laboral de la Construcción en el 0,35 por ciento para el año 2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116.4 del V Convenio General del Sector de la Construcción».

Por todo ello se acuerda fijar la cuota a la Fundación Laboral de la Construcción en el 0,35 por ciento para el año 2017.

Asimismo se mantienen los tipos de recargo por mora previstos en los anejos en el convenio de recaudación suscrito entre la FLC y la Tesorería General de la Seguridad Social, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 22 de septiembre de 1993.

2.º. Ruegos y preguntas.

No hay intervenciones.

Firmada esta acta por un representante de cada organización, se acuerda su remisión por el Secretario de esta Comisión Paritaria a la Dirección General de Empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a efectos de su registro y posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado.

A la Comisión Paritaria del V Convenio General del Sector de la Construcción

Por medio del presente escrito le doy traslado del acuerdo adoptado por el Patronato de la Fundación Laboral de la Construcción, reunido en sesión plenaria el día 21 de diciembre de 2016 que acordó lo siguiente:

«Proponer a la Comisión Paritaria del Convenio General del Sector de la Construcción que se fije la cuota a la Fundación Laboral de la Construcción en el 0,35 por ciento para el año 2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116.4 del V Convenio General del Sector de la Construcción».

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 20/02/2017
  • Fecha de publicación: 03/03/2017
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 28 de febrero de 2012 (Ref. BOE-A-2012-3725).
Materias
  • Construcciones
  • Convenios colectivos
  • Fundaciones
  • Industria de la construcción
  • Negociación colectiva

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