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Documento BOE-A-2017-13154

Resolución 420/38249/2017, de 31 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con el Gobierno de Aragón, para la financiación del XXV Curso Internacional de Defensa del año 2017 "Seguridad y Defensa: Conocer el pasado para preparar el futuro".

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 15 de noviembre de 2017, páginas 109842 a 109849 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2017-13154

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 4 de octubre de 2017 el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de Aragón para la financiación del XXV Curso Internacional de Defensa del año 2017 «Seguridad y Defensa: Conocer el pasado para preparar el futuro», en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 31 de octubre de 2017.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, David Javier Santos Sánchez.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de Aragón para la financiación del XXV Curso Internacional de Defensa del año 2017 «Seguridad y Defensa: Conocer el pasado para preparar el futuro»

En Zaragoza, a 4 de octubre de 2017.

De una parte, el Excmo. Sr. don Luis Lanchares Dávila, General Director de la Academia General Militar, actuando en representación del Ministerio de Defensa, por delegación de firma, otorgada por la Excma. Sra. Ministra de Defensa, expresamente para este acto, mediante documento de fecha 22 de septiembre de 2017.

Y, de otra parte, el Excmo. Sr. don Vicente Guillén Izquierdo, Consejero de Presidencia del Gobierno de Aragón, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, autorizado para este acto por Acuerdo de dicho órgano de fecha 3 de octubre de 2017.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

El Gobierno de Aragón viene colaborando con el Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar (Zaragoza), desde el 1 de diciembre de 1998, con la firma entre ambos de un Convenio de colaboración para la realización de diversos cursos, con periodicidad anual, sobre la problemática de la defensa en el contexto nacional e internacional, así como los distintos aspectos interrelacionados con dicha problemática, tales como la Política Europea de Seguridad y Defensa y las Fuerzas Armadas. Una vez agotada la vigencia del Convenio anteriormente citado, así como de sus prórrogas, el apoyo institucional del Gobierno de Aragón al Ministerio de Defensa se materializó el 20 de julio de 2006 con la firma de un Convenio Marco, cuya vigencia se prorrogó hasta el 20 de julio de 2012. La colaboración entre ambas partes se ha instrumentalizado mediante los dos Convenios de duración plurianual mencionados y diversos Convenios de aplicación del referido Convenio Marco, donde se definían tanto el objeto del curso como la participación económica del Gobierno de Aragón en el mismo.

Finalizada la vigencia del Convenio Marco y de sus prórrogas, la gestión de la nueva situación económica en el entorno europeo requería cambios presupuestarios y una programación responsable de ciertas estrategias de colaboración, imbricadas en el entorno presupuestario anual de la Comunidad Autónoma de Aragón, impidiendo que la vigencia de las colaboraciones se prolongara más de un año. Así, desde el año 2012, el apoyo económico del Gobierno de Aragón a la celebración de los Cursos Internacionales de Defensa que ha venido programando el Ministerio de Defensa se ha articulado a través de Convenios de colaboración anuales (a excepción del Convenio bienal, suscrito el 27 de julio de 2016, para la financiación del curso del año 2015 y del curso del año 2016).

Estos Cursos Internacionales de Defensa, con una temática diferente cada año, se han convertido en un importante foro de debate de todas aquellas cuestiones que, relacionadas con la seguridad y defensa, anualmente se han ido planteando como de candente actualidad, contando para ello con grandes analistas y estudiosos de las cuestiones objeto de debate, altos mandos militares, españoles y extranjeros, y personalidades de la vida política, social y cultural, estatal y autonómica. Los cursos se enmarcan en la competencia que al Ministerio de Defensa le atribuye el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, a cuya finalidad han de contribuir el resto de los poderes públicos.

El Gobierno de Aragón, mostrando su deseo de apoyo a estos cursos, tendentes a lograr un mayor conocimiento de la Unión Europea y de todas las políticas que desde ella se abordan, entre las que se encuentra la Política Exterior y de Seguridad Colectiva de la Unión Europea, en la que se halla inserta la Política de Seguridad y Defensa Común y, buscando a la par que la sociedad aragonesa, en su conjunto, y sus ciudadanos, en particular, tomen conciencia y se involucren en temas tan trascendentes como los que en dicho foro se tratan, ha suscrito desde el año 1998, como hemos visto, Convenios de colaboración con el Ministerio de Defensa, en donde quedaba reflejado dicho apoyo, participando económicamente en la realización de los cursos que se han venido celebrando anualmente.

El Gobierno de Aragón estima que la colaboración iniciada, y que ha dado tan fructíferos resultados, debe continuar. Un curso de carácter internacional como el propuesto por la Academia General Militar para el año 2017 «Seguridad y Defensa: Conocer el pasado para preparar el futuro» es de indudable interés público, social y económico para la Comunidad Autónoma de Aragón al afectar a una materia, la Seguridad, que es una de las principales obligaciones del Estado dentro de su acción exterior.

Desafortunadamente el tema de la Seguridad y Defensa se encuentra permanentemente de actualidad, tanto dentro como fuera de nuestras fronteras. Dado que este año se celebra la XXV edición del curso, se pretende dirigir la mirada atrás al pasado, analizar y exponer lo realizado, lo avanzado en los 25 últimos años y, tomando este análisis como punto de partida, aventurar el previsible futuro. El desarrollo de este curso se centrará en la exposición a cargo de personalidades relevantes y expertos, civiles y militares, de temas tales como las estructuras europeas pasadas, actuales y futuras; las redes terroristas, con su actualidad, historia reciente y las enormes posibilidades que las nuevas tecnologías les aportan; la libertad de prensa y la búsqueda del punto de compromiso entre la libertad, la seguridad y la privacidad; la situación en los escenarios más cercanos a Europa y la contribución de las Fuerzas Armadas a la estabilidad; así como otros riesgos presentes y futuros que ya se vislumbran, tales como el demográfico, el de la carencia de recursos o el del control de las redes de comunicación. Este curso se organiza con el claro objetivo de permitir a los asistentes adquirir unos conocimientos que les permitan disponer de opinión y criterio propio en una serie de temas de acuciante actualidad y, como es obvio, de indudable interés público para nuestra Comunidad Autónoma. El Gobierno de Aragón quiere colaborar en la financiación de este Curso Internacional de Defensa, propiciando un espacio de debate y reflexión sobre esta materia.

Junto a ello, no hay que olvidar que en la celebración de estos cursos tienen una activa participación la Universidad de Zaragoza y otras instituciones de la Comunidad, desarrollándose estos en una localidad, Jaca, que muestra su proyección exterior, no solo como localidad turística, sino también como ciudad capaz de albergar acontecimientos de trascendencia cultural y académica.

La Cátedra Miguel de Cervantes, integrada en la Academia General Militar de Zaragoza, es un órgano de apoyo a la enseñanza que tiene como finalidad, entre otras, la de contribuir al conocimiento social de la Defensa Nacional de las Fuerzas Armadas y de las relaciones de España con otros Estados, Alianzas u Organizaciones Internacionales que procuren la Paz y la Seguridad Internacional. Para ello, cuenta con una amplia experiencia en el desarrollo de actividades formativas y en la promoción y organización de ciclos de conferencias, seminarios, congresos, etc.

La singular posición institucional de la Academia General Militar de Zaragoza permite a esta desempeñar una importante función formativa en el ámbito que nos ocupa, al disfrutar de una posición de privilegio en relación con los contenidos del curso y disponer de los contactos necesarios para reunir a un prestigioso conjunto de especialistas de ámbito nacional y europeo, tanto de ámbito público como privado, para impartir las conferencias que componen el curso. Esta posición de privilegio no la ostenta ninguna otra entidad o agente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón. No se trata únicamente de que la Academia General Militar sea idónea por su naturaleza y funciones para la realización de estos cursos, sino que solo ella está en condiciones de acometerlos con éxito al disponer de la experiencia, el conocimiento, los medios técnicos y humanos, así como los contactos para realizar las actividades objeto del Convenio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, podrán concederse de forma directa las subvenciones «previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones.»

En el mismo sentido, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, prevé en su artículo 14.5.a) que podrán concederse de forma directa las subvenciones previstas «nominativamente en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma o de las entidades locales.»

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 de la citada Ley 5/2015, de 25 de marzo, «la concesión de las subvenciones previstas nominativamente en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para cada ejercicio, se formalizará mediante resolución del titular del Departamento gestor del crédito presupuestario al que se imputa la ayuda o mediante convenio», que tendrán el carácter de bases reguladoras de la concesión.

En el Presupuesto del Departamento de Presidencia para 2017, aprobado mediante Ley 4/2017, de 10 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017, aparece consignada la línea de subvención G/10040/1311/405004/91002, Convenio Academia General Militar-Curso Internacional de Defensa, dotada con veinticinco mil euros (25.000,00 €).

La presente subvención, prevista en régimen de concesión directa, está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Presidencia, de acuerdo con la Orden de 26 de enero de 2017, del Consejero de Presidencia, por la que se aprueba la modificación número 3 del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Presidencia para el periodo 2016-2019, de acuerdo con lo establecido en la medida 90 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente aprobado por Acuerdo del Gobierno de Aragón en sesión de 13 de septiembre de 2011.

Por todo lo anterior, y habida cuenta de que el Ministerio de Defensa ha acreditado la correcta ejecución y justificación de las subvenciones concedidas en ejercicios anteriores para la realización de los Cursos Internaciones de Defensa, el Gobierno de Aragón considera justificada la formalización del presente Convenio de colaboración.

El Convenio, en su clausulado, regula, por un lado, los términos y obligaciones a que se someten ambas partes y, por otro lado, define como único objeto del mismo la financiación de los costes relativos a la celebración del XXV Curso Internacional de Defensa del año 2017.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de Convenio.

Es objeto de este Convenio articular la colaboración entre el Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar, y el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Presidencia, para la financiación de los costes relativos a la celebración del XXV Curso Internacional de Defensa del año 2017 «Seguridad y Defensa: Conocer el pasado para preparar el futuro».

Segunda. Obligaciones del Ministerio de Defensa.

El Ministerio de Defensa, por mediación de la Academia General Militar, se compromete a realizar el XXV Curso Internacional de Defensa del año 2017 «Seguridad y Defensa: Conocer el pasado para preparar el futuro, cuyo desarrollo se prevé en Jaca (Huesca) del 25 al 29 de septiembre (ambos inclusive) de 2017 en el Palacio de Congresos de dicha ciudad.

El Ministerio de Defensa se compromete a hacer constar en todos los folletos, documentos y demás publicidad sobre la materia objeto del convenio, la colaboración del Gobierno de Aragón, mediante la utilización del logo correspondiente. De acuerdo con lo anterior, cuando el Ministerio deba hacer uso del identificador corporativo del Gobierno de Aragón, deberá solicitar, con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Igualmente, si del convenio se deriva para el Ministerio de Defensa la realización de actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del Gobierno de Aragón o cualquiera de sus variantes, la creatividad y el plan de medios de dichas actividades deberá ser objeto de solicitud, con carácter previo a cualquier actuación, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, con el objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los objetivos y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.

El Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar, mantendrá con el Gobierno de Aragón un intercambio de información en materias relacionadas con el XXV Curso Internacional de Defensa del año 2017 «Seguridad y Defensa: Conocer el pasado para preparar el futuro».

Tercera. Obligaciones del Gobierno de Aragón.

La aportación financiera del Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Presidencia, para la financiación del Curso Internacional de Defensa del año 2017, en cualquier caso, será, como máximo, de veinticinco mil euros (25.000,00 €), que se realizará en pago único, previa justificación, con cargo a la aplicación presupuestaria G/10040/1311/405004/91002 (Convenio Academia General Militar-Curso Internacional de Defensa), dotada con veinticinco mil euros (25.000 €) de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017, aprobados mediante Ley 4/2017, de 10 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017.

Con dicha aportación se financiarán, principalmente, los gastos de organización del curso, viajes de trabajo, preparación de los programas de los asistentes, ponentes y profesores, desplazamientos, honorarios de los colaboradores, estancias de los ponentes y de los alumnos del curso, así como gastos en concepto de publicaciones, funcionamiento y difusión.

El Gobierno de Aragón efectuará la debida difusión institucional de los cursos objeto del presente Convenio.

El Gobierno de Aragón mantendrá también con el Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar, un intercambio de información en materias relacionadas con el XXV Curso Internacional de Defensa del año 2017 «Seguridad y Defensa: Conocer el pasado para preparar el futuro».

Cuarta. Financiación y pago de la subvención.

La aportación financiera del Gobierno de Aragón para apoyar económicamente, mediante subvención, la celebración del Curso Internacional de Defensa del año 2017 «Seguridad y Defensa: Conocer el pasado para preparar el futuro» será compatible con la percepción de cualesquiera otras subvenciones, ayudas o ingresos, procedentes de cualquier Administración Pública o entes públicos o privados, nacionales o extranjeros, de la Unión Europea u organismos internacionales.

El Gobierno de Aragón podrá financiar el 100% de la actividad subvencionable con el límite de 25.000,00 €, previsto en la cláusula tercera. En todo caso, de conformidad con el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. En caso contrario, la aportación del Gobierno de Aragón se reducirá en el importe excedido.

El pago por el Gobierno de Aragón se ajustará a lo dispuesto en el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quinta. Medidas de control y justificación.

El Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar, acreditará documental y detalladamente al Gobierno de Aragón –Servicio de Acción Exterior, del Departamento de Presidencia– tras la finalización del Curso Internacional de Defensa, que la aportación económica ha sido aplicada a los fines propuestos, acompañando la justificación de los gastos efectuados en ejecución de las actividades objeto de subvención, así como del pago realizado al efecto.

Para acceder a la financiación del Gobierno de Aragón, el Ministerio de Defensa deberá justificar la ejecución de un gasto de, al menos, 25.000,00 €, con anterioridad al 15 de noviembre de 2017. A estos efectos, si el gasto total justificado por el Ministerio de Defensa es inferior a 25.000,00 €, la aportación económica del Gobierno de Aragón será equivalente al total de los gastos realmente realizados y justificados por la Academia General Militar.

El cumplimiento de la obligación de justificación conllevará, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 y 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en los artículos 32 a 38, ambos inclusive, de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, la obligación de presentar ante el Servicio de Acción Exterior la siguiente documentación:

a) Memoria detallada de las actividades realizadas en ejecución del presente Convenio.

b) Certificado del representante legal detallando la aplicación de los fondos y su adecuación a los fines perseguidos.

c) Cuando la actividad subvencionada haya sido financiada, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, certificado acreditativo del importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.

d) Certificado acreditativo de que los impuestos indirectos incorporados a las facturas (IVA) que sirven de base a la justificación no son susceptibles de recuperación o compensación.

e) Relación numerada de las facturas aportadas, con detalle de la fecha, número de factura, importe y concepto.

f) Copia compulsada de las facturas y demás documentos acreditativos del gasto, así como justificantes de los pagos realizados. La justificación podrá consistir en la acreditación de gastos tales como la adquisición de material de oficina, la realización de material divulgativo diverso, pago de ponentes, moderadores o colaboradores, alquiler del local en el que se realizará el curso, certificados de dietas, justificantes de la manutención, de los alojamientos y desplazamientos, contratación de profesionales de comunicación, alquiler de vehículos para transporte de ponentes y alumnos, apoyo a la estancia a alumnos del curso y otros gastos diversos. Se aportará copia compulsada del documento contable de pago con el descuento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en formalización o, en su caso, el justificante de ingreso en la Agencia Estatal de Administración Tributaria de las retenciones practicadas a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

g) Certificados expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón acreditando que el beneficiario de la subvención se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En este sentido, se podrá autorizar al órgano gestor para obtener los citados certificados.

De conformidad con el artículo 34.3 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la normativa reguladora de la contratación pública para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que las realicen, presten o suministren o salvo que el gasto se hubiese realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. En el caso de elegir la oferta que no resulte ser la económicamente más ventajosa, el beneficiario deberá justificar adecuadamente la elección.

El incumplimiento de la obligación de justificación, la no justificación en plazo o la justificación de forma indebida supondrá, respecto de las cantidades no justificadas en tiempo o forma, la pérdida de eficacia del compromiso de financiación asumido por el Gobierno de Aragón.

En todo caso, serán de aplicación las medidas relativas a transferencias corrientes previstas en el punto III del Plan de Racionalización del gasto corriente del Gobierno de Aragón.

El control de la documentación justificativa de la actividad y la aplicación de la aportación financiera efectuada por el Gobierno de Aragón a los fines propuestos se realizará por el Servicio de Acción Exterior, del Departamento de Presidencia, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación, seguimiento y control que pudieran corresponder a otros órganos, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

Sexta. Comisión de seguimiento.

A los efectos de resolver cualquier tipo de controversia o problema que pudiera surgir en la interpretación, cumplimiento y aplicación del presente Convenio de Colaboración se constituirá una Comisión de seguimiento conformada, por una parte, por el Director General de Relaciones Institucionales y Desarrollo Estatutario y el Jefe de Servicio de Acción Exterior y, por otra parte, por el General Director de la Academia General Militar y el Director de la Cátedra Cervantes.

Séptima. Naturaleza jurídica. Legislación aplicable y jurisdicción competente.

Este Convenio, que tiene naturaleza administrativa, está excluido del ámbito de aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Para la interpretación de las controversias que puedan surgir en la ejecución y aplicación del presente Convenio se estará a lo dispuesto en las cláusulas del mismo y, subsidiariamente, se acudirá a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y en las restantes normas administrativas que le sean de aplicación y a los principios generales del derecho.

En todo caso, las cuestiones litigiosas que pudieran surgir, sin perjuicio de las facultades de la Comisión de seguimiento para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del convenio, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo.

Octava. Régimen de modificación del Convenio.

Para la modificación del contenido del presente Convenio se requerirá el acuerdo unánime de las dos partes firmantes del mismo.

Novena. Causas de extinción y resolución.

Este Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Serán causas de resolución de este Convenio:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) La imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin del Convenio.

c) El acuerdo unánime de los firmantes.

d) El incumplimiento grave de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de seguimiento.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa no conllevará la indemnización de los posibles perjuicios causados.

e) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en otras leyes.

Con independencia de lo previsto en las causas de resolución a), c), d) y e), cuando cualquiera de las partes considere que existe causa de resolución del Convenio lo pondrá de manifiesto, por escrito y con la debida expresión de la causa y de la justificación acreditativa de esta, a la otra parte, la cual podrá aceptar la resolución o intentar la continuación del Convenio. Si en el plazo de quince días no se acuerda por ambas partes la continuación del Convenio, este se considerará resuelto. La Comisión de seguimiento participará en el acercamiento de las partes para la adopción de la decisión que resulte pertinente.

Décima. Efectos del Convenio y vigencia.

El presente Convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017. Podrán imputarse al presente convenio los gastos originados como consecuencia de actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2017.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio de colaboración en tres ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Defensa (por delegación de firma otorgada por la Ministra de Defensa el 22 de septiembre de 2017), el General Director de la Academia General Militar, Luis Lanchares Dávila.–Por el Gobierno de Aragón, el Consejero de Presidencia, Vicente Guillén Izquierdo.

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