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Documento BOE-A-2017-12873

Orden INT/1074/2017, de 7 de noviembre, sobre delegación de funciones en órganos del Departamento de Interior de la Generalitat de Cataluña, en virtud de las medidas autorizadas con fecha de 27 de octubre de 2017 por el Pleno del Senado respecto de la Generalitat de Cataluña en aplicación del artículo 155 de la Constitución.

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 8 de noviembre de 2017, páginas 107404 a 107407 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2017-12873
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2017/11/07/int1074

TEXTO ORIGINAL

Mediante el Real Decreto 944/2017, de 27 de octubre, se designaron órganos y autoridades encargados de dar cumplimiento a las medidas dirigidas al Gobierno y a la Administración de la Generalitat de Cataluña, autorizadas por acuerdo del Pleno del Senado, de 27 de octubre de 2017, por el cual se aprobaron las medidas requeridas por el Gobierno de la Nación al amparo del artículo 155 de la Constitución.

Asimismo, por el Real Decreto 943/2017, de 27 de octubre, se cesó al Consejero de Interior, y por el Real Decreto 945/2017, de 27 de octubre, entre otras medidas, se dispuso el cese del Secretario General y del Director General de la Policía del Departamento de Interior.

Por otra parte, el Consejo de Ministros, mediante Real Decreto de 3 de noviembre de 2017, en uso de la habilitación conferida al Gobierno de la Nación por el apartado E.5 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de octubre de 2017, aprobado por el Acuerdo del Pleno del Senado de fecha 27 de octubre de 2017 («Boletín Oficial del Estado» n.º 260, de 27 de octubre de 2017), ha designado al Secretario General Técnico del Ministerio del Interior para ejercer las funciones del titular de la Secretaría General del Departamento de Interior de la Generalitat de Cataluña. Esta designación se ha efectuado con carácter excepcional y transitorio.

Atendiendo a las medidas y disposiciones aprobadas, resulta imprescindible adoptar las decisiones sobre el ejercicio de las funciones atribuidas a los órganos del Departamento de Interior de la Generalitat de Cataluña que, en aplicación de los principios de eficacia y eficiencia, permitan el normal funcionamiento de dicho Departamento y sus organismos vinculados o dependientes. Ello resulta particularmente necesario al haberse cesado al titular de la Consejería y al de la Dirección General de la Policía sin haberse efectuado nuevo nombramiento en ninguno de los dos puestos, sin perjuicio de que el Ministro del Interior haya sido habilitado para el ejercicio de las funciones y para la adopción de los acuerdos, resoluciones y disposiciones que corresponden al titular del Departamento de Interior, conforme a la legislación autonómica de aplicación, en la esfera específica de su actuación, de conformidad con lo establecido en el anexo I del Real Decreto 944/2017, de 27 de octubre.

En su virtud, de acuerdo con el artículo 8 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 8, 9 y 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, así como el artículo 45 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Cataluña, dispongo:

Primero. Funciones del Secretario General Técnico del Ministerio del Interior.

1. Las funciones que corresponden al titular de la Secretaría General del Departamento de Interior, incluidas las que ejerce por delegación, serán ejercidas por el titular de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 965/2017, de 3 de noviembre, por el que se designa al Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, don Juan Antonio Puigserver Martínez, para ejercer determinadas funciones correspondientes a la Secretaría General del Departamento de Interior de la Generalitat de Cataluña y al Área de Procesos Electorales y Consultas Populares del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda.

2. Se delegan las funciones que corresponden al Director General de la Policía del Departamento de Interior en el titular de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, que las ejercerá en los términos a los que se refiere el número anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el siguiente párrafo.

Corresponden al Comisario del Cuerpo de Mossos d’Esquadra al que se atribuye la jefatura del cuerpo, además de las que tiene atribuidas por razón de su cargo, el mando, la dirección y la inspección del cuerpo a que hace referencia el artículo 1.1 del Decreto 415/2011, de 13 de diciembre, de estructura policial de la Dirección General de la Policía, bajo la dirección y supervisión de las autoridades superiores, y en su virtud, las previstas en las letras a), salvo las unidades administrativas, b), c), d) y h) del artículo 1.3 de dicho decreto y las demás que se le encomienden.

Segundo. Asunción por el Secretario General Técnico del Ministerio del Interior de las funciones delegadas en el titular de la Secretaría General del Departamento de Interior.

1. Se ratifican las siguientes resoluciones de delegación de competencias, que se entenderán efectuadas en la persona que ejerce las funciones correspondientes a la Secretaría General de Interior:

a) Resolución INT/2573/2016, de 14 de noviembre, de delegación de competencias del Consejero de Interior en el Secretario General del Departamento de Interior relativas a la facultad de sancionar por faltas muy graves del artículo 18.2 del Decreto 212/2002, de 1 de agosto (DOGC de 18/11/2016).

b) Resolución INT/1411/2016, de 25 de mayo, de delegación de competencias del Consejero de Interior en el Secretario General del Departamento de Interior relativas a la facultad para sancionar por faltas muy graves al personal del Cuerpo de Mossos d’Esquadra (DOGC de 08/06/2016).

c) Resolución INT/490/2016, de 5 de febrero, de delegación de competencias del Consejero de Interior en el Secretario General del Departamento de Interior para la resolución de los recursos de alzada en materia de seguridad ciudadana, seguridad privada, violencia deportiva y espectáculos públicos y actividades recreativas (DOGC de 02/03/2016).

d) Resolución INT/81/2011, de 18 de enero, de delegación de competencias del Consejero de Interior en el Secretario General del Departamento de Interior (DOGC de 24/01/2011).

2. Se delegan en la persona que ejerce las funciones que corresponden a la Secretaría General del Departamento de Interior:

a) La facultad sancionadora determinada por la Ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada, con respecto a las infracciones muy graves, prevista en el artículo 19.1.a) del Decreto 35/2017, de 11 de abril, de regulación del ejercicio de las competencias de la Generalitat de Cataluña en materia de seguridad privada.

b) La decisión sobre la prestación de los servicios de vigilancia y protección a los que se refiere el artículo 41.3 de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada, prevista en el artículo 5 a) del Decreto 35/2017, de 11 de abril, de regulación del ejercicio de las competencias de la Generalitat de Catalunya en materia de seguridad privada.

c) La resolución de los recursos de alzada contra los actos administrativos que provienen de los órganos de gobierno del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña.

d) La resolución de los recursos de alzada contra resoluciones del Director General de Administración de Seguridad en materia de videovigilancia policial.

e) La determinación de los servicios mínimos relativos a la prestación de servicios de seguridad privada con motivo de convocatorias de huelga en el territorio de Cataluña.

f) La resolución de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial de la Administración.

g) Las resoluciones de encomiendas de gestión en entidades que tengan atribuida la condición de medio propio de la Administración de la Generalitat de Cataluña.

3. Se ratifica la Resolución INT/563/2015, de 19 de marzo, por la cual se designa el órgano departamental al cual se atribuye la condición de unidad de información en materia de transparencia e información pública del Departamento de Interior.

Tercero. Ratificación de la delegación de competencias del Consejero de Interior en varios órganos del Departamento de Interior.

1. Se ratifican las siguientes resoluciones de delegación de competencias:

a) Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo, de delegación de competencias del Consejero de Interior en varios órganos del Departamento de Interior (DOGC de 25/03/2011). No obstante, las competencias a las que se refiere el artículo 1 quedan delegadas en la persona que ejerce las funciones correspondientes a la Secretaría General, sin perjuicio de la posible delegación de firma en los titulares de los órganos de la Dirección General de la Policía.

b) Resolución INT/82/2011, de 18 de enero, de delegación de competencias del Consejero de Interior en el Director de Servicios del Departamento de Interior (DOGC de 24/01/2011).

c) Resolución INT/2634/2015, de 12 de noviembre, de delegación de competencias del presidente del Servicio Catalán de Tráfico en la persona titular de la Dirección del Servicio Catalán de Tráfico en materia de contratación (DOGC de 19/11/2015).

2. Se delega en el titular de la Dirección General de Protección Civil la facultad de sancionar a la que se refiere el artículo 76.2 c) de la Ley 4/1997, de 20 de mayo, de protección civil de Cataluña.

Cuarto. Ratificación de la delegación de competencias del titular de la Secretaría General de Interior en varios órganos del Departamento de Interior.

Se ratifica la Resolución INT/1767/2011, de 11 de julio, sobre delegación de determinadas facultades del Secretario General del Departamento de Interior en materia de gestión de personal, de formación, de gestión económica y de contratación administrativa (DOGC de 20/07/2011). No obstante, las competencias delegadas en su artículo 2 en el titular de la Dirección General de la Policía se ejercerán por la persona que ejerce las funciones correspondientes a la Secretaría General, sin perjuicio de la posible delegación de firma en los titulares de los órganos de la Dirección General de la Policía.

Quinto. Ratificación de la delegación de competencias de la Dirección General de Administración de Seguridad.

Se ratifica la Resolución INT/1222/2011, de 12 de mayo, de delegación de determinadas facultades sancionadoras del Director General de Administración de Seguridad (DOGC de 20/05/2011).

Sexto. Organismos y entidades adscritas al Departamento de Interior.

La persona que asume las funciones que corresponden a la Secretaría General de Interior asume la Presidencia del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña, del Servicio Catalán de Tráfico y del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña, así como las competencias que de esta Presidencia se derivan, incluida la designación y nombramiento de los miembros de estos entes que la normativa vigente atribuya a la Presidencia.

Séptimo. Órganos colegiados.

1. La persona que asume las funciones que corresponden a la Secretaría General de Interior ejercerá la Presidencia de los órganos siguientes:

a) Consejo de la Policía de la Generalidad-Mossos d’Esquadra.

b) Comisión de Protección Civil de Cataluña.

c) Comisión de la Policía de Cataluña.

d) Consejo de Seguridad de Cataluña.

e) Comisión Interdepartamental para la Mejora de la Seguridad Vial.

f) Comisión Catalana de Tráfico y Seguridad Vial.

g) Comisión Interdepartamental de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

h) Comisión de Espectáculos Públicos y de Actividades Recreativas.

i) Consejo Asesor de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

j) Consejo Rector de la Red RESCAT de Cataluña.

2. También le corresponderá la designación y nombramiento de los miembros de órganos colegiados que la normativa vigente atribuya a la Presidencia.

Octavo. Régimen jurídico.

1. Las delegaciones de competencias a las que se refiere esta orden no suponen alteración de su titularidad, aunque sí de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén.

2. Los actos dictados por delegación se ajustarán a lo dispuesto en el artículo 8.8 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y en el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

3. Las delegaciones a las que se refiere esta orden pueden ser revocadas en cualquier momento, y no podrán ser, a su vez, objeto de delegación, sin perjuicio de la posible delegación de firma por parte de los órganos delegados, de conformidad con el artículo 12.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

4. Las competencias delegadas a que hace referencia esta orden podrán ser avocadas en cualquier momento por el órgano delegante, de conformidad con lo que establece el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Noveno. Información a los órganos delegantes.

Los órganos delegantes podrán exigir de los órganos delegados la remisión periódica de una relación de los actos que dicten en ejercicio de las competencias delegadas.

Décimo. Efectos.

Esta orden producirá efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno de la Generalitat resultante de las elecciones al Parlamento de Cataluña que tendrán lugar el día 21 de diciembre de 2017.

Igualmente se publicará en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña».

Madrid, 7 de noviembre de 2017.–El Ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido Álvarez.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 07/11/2017
  • Fecha de publicación: 08/11/2017
  • Efectos desde el 8 de noviembre de 2017, hasta la fecha indicada.
  • Publicada en el DOGC núm. 7492, de 10 de noviembre de 2017.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
  • EN RELACIÓN con el Real Decreto 965/2017, de 3 de noviembre (Ref. BOE-A-2017-12677).
  • RATIFICA:
    • en la forma indicada: Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo, (DOGC de 25/03/2011).
    • Resolución INT/82/2011, de 18 de enero (DOGC de 24/01/2011).
    • Resolución INT/2634/2015, de 12 de noviembre (DOGC de 19/11/2015).
    • Resolución INT/1767/2011, de 11 de julio (DOGC de 20/07/2011).
    • Resolución INT/1222/2011, de 12 de mayo (DOGC de 20/05/2011).
    • Resolución INT/563/2015, de 19 de marzo (DOGC de 30/03/2015).
    • Resolución INT/81/2011, de 18 de enero (DOGC de 24/01/2011).
    • Resolución INT/490/2016, de 5 de febrero (DOGC de 02/03/2016).
    • Resolución INT/2573/2016, de 14 de noviembre (DOGC de 18/11/2016)..
    • Resolución INT/1411/2016, de 25 de mayo (DOGC de 08/06/2016).
  • CITA:
Materias
  • Cataluña
  • Comités consultivos
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio del Interior
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior

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