Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud presentada por Viessmann SL con domicilio social en Área Empresarial Andalucía c/ Sierra Nevada, 13, 28320 - Pinto, Madrid, para la certificación de 1 captador solar, fabricado por Viessmann Faulquemont SAS en su instalación industrial ubicada en Faulquemont (Francia):
Resultando que por el interesado se han presentado los dictámenes técnicos:
Laboratorio emisor |
Clave |
---|---|
Tüv Rheinland |
21239899.001-1/2 |
Habiendo presentado asimismo el interesado certificado en el que la entidad VDE Prüf-und Zertifizierungsinstitut GmbH confirma que Viessmann Faulquemont SAS, cumple los requisitos de calidad exigibles de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas para paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, y que por todo lo anterior se ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumplen todas las especificaciones sobre exigencias técnicas de los paneles solares, con arreglo a su última actualización por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre.
Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto emitir la resolución de Certificación conforme a la tabla siguiente:
Modelo |
Contraseña |
---|---|
Vitosol 300-TM SP3C 1,51 m2 |
NPS-19017 |
Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de resolución.
Según la disposición transitoria de la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, se otorga un periodo transitorio de cuatro años para que las certificaciones de captadores solares se realicen según las Normas UNE-EN 12.975-1 y UNE-EN 12.975-2. Transcurrido dicho plazo, 12 de diciembre de 2018, tanto para la certificación como para la renovación, se deberán presentar los informes de ensayo según las normas UNE-EN 12.975-1 e ISO 9.806, no siendo válidos por tanto a efectos de la próxima renovación a partir de la fecha indicada, los informes de ensayo que se hubieran presentado para la presente certificación y no cumpliesen las citadas Normas.
La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo para el modelo que se especifica en la tabla anterior se indican a continuación.
Esta certificación se ajusta a las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre. Asimismo, el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
También podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, significando que, en caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la citada ley.
Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
1. Modelo con contraseña NPS-19017
Identificación:
Fabricante: Viessmann Faulquemont SAS.
Nombre comercial: Vitosol 300-TM SP3C 1,51 m2.
Tipo de captador: Calentamiento líquido, con cubierta.
Año de producción: 2017.
Dimensiones:
Longitud: 2244 mm.
Ancho: 1052 mm.
Alto: 150 mm.
Área de apertura: 1,6 m2.
Área de absorbedor: 1,51 m2.
Área total: 2,36 m2.
Especificaciones generales:
Peso: 40 kg.
Presión de funcionamiento máximo: 600 KPa.
Fluido de transferencia de calor: agua/glicol.
Resultados del ensayo
• Rendimiento (basado en el área total):
Desviación típica (+/−) |
Unidades |
||
η0,hem |
0,504 |
0 |
– |
η0,b (estimado) |
0,51 |
0 |
– |
a1 |
1,292 |
0 |
W/(m2K) |
a2 |
0,044 |
0 |
W/(m2K2) |
• Potencia extraída por unidad de captador (W):
Tm – Ta en K |
400 W/m2 |
700 W/m2 |
1000 W/m2 |
---|---|---|---|
10 |
433 |
788 |
1160 |
20 |
402 |
757 |
1129 |
30 |
369 |
724 |
1096 |
50 |
295 |
650 |
1022 |
70 |
212 |
567 |
939 |
90 |
120 |
475 |
847 |
0 |
461 |
817 |
1189 |
Observaciones:
Valores obtenidos para un ángulo de inclinación de 3.º
Madrid, 21 de septiembre de 2017.–La Directora General de Política Energética y Minas, M.ª Teresa Baquedano Martín.
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